Antonio León Mursilí, director de Capital Humano de AzCuba, da respuesta al trabajo Metalúrgicos en desacuerdo, publicado en esta sección el 10 de febrero último, y considera Con Razón la referida reclamación.
“La queja fue atendida por la dirección de Capital Humano del grupo azucarero, el Sindicato Nacional y la empresa Azutecia, ya que el colectivo de la unidad empresarial de base (DT Lenin) está subordinado a la Empresa Mecánica Integral de AzCuba.
“Se revisaron las normas de referencia y las evidencias aportadas por los entrevistados y se realizaron acciones como la conformación del expediente de propuesta de inclusión de cargos en la categoría II a fin de elevarlo al organismo superior para su posterior tramitación”.
“Fueron visitados los órganos de la provincia relacionados con el proceso, Inass, Dirección de Salud, el Citma y la Oficina Regulatoria de Salud Ambiental, que mostraron su disposición para apoyar los trámites, según el procedimiento establecido por el Decreto 283, Reglamento de la Ley de Seguridad Social.
En la carta se refiere que hubo una reunión con los trabajadores del taller de fundición de la UEB (DT Lenin), ubicado en Senado, municipio de Minas, para informar las acciones que se están desarrollando como parte de la conformación del expediente, según los requerimientos específicos y conforme con lo establecido por la ley.
“Se considera que la queja o petición es veraz, destacando que la empresa no fue ágil en el trámite de la fundamentación y que la definición oficial de la incorporación de los cargos corresponde al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), organismo facultado para emitir por escrito los argumentos de la denegación y las recomendaciones que considere pertinentes.
“Queda clara la responsabilidad administrativa con el cumplimiento de las medidas para solucionar los problemas detectados: agilizar los mecanismos de fundamentación de la propuesta de cargos a incorporar a la categoría II, según procedimiento legal establecido.
“Toda vez recibida la respuesta del Oace facultado legalmente, dar a conocer a los trabajadores la aprobación o los argumentos de la denegación y las recomendaciones que considere pertinentes el MTSS, considerando Con Razón la reclamación”.