El abogado Guillermo Rodríguez Gutiérrez, quien se especializa en derecho familiar, asegura que el Anteproyecto del nuevo Código de las Familias propone soluciones concretas a conflictos que se presentan en la actualidad y hasta el momento no tienen una salida expedita con la norma vigente.
Durante sus más de 35 años de profesión ha atendido en su bufete múltiples casos y recuerda varios ejemplos sin una resolución favorable por estos vacíos jurídicos.
Una vez me plantearon una problemática que fue bastante discutida, para determinar la guardia y cuidado de un menor que había perdido en un accidente de tránsito a su madre, y aunque estaba el padre había interés de la abuela materna de tener la custodia, rememora el letrado.
Cuenta que resultó un proceso complejo, ya que por ley correspondía al padre quedarse con el niño, pero la vida del infante había sido todo el tiempo en el hogar materno y era difícil sustraerlo de ese entorno sin afectar su estabilidad.
El tribunal estuvo obligado a darle al padre la patria potestad, pero de haber estado en vigor el nuevo Código podría ser diferente, pues tendrían más valor otros elementos como los afectos y el interés superior del pequeño, explicó.
Agregó que en reiteradas ocasiones se da también la situación de que los familiares de discapacitados o ancianos no se han puesto de acuerdo para asumir su cuidado, y ante la falta de instrumentos jurídicos se recurre como una solución a declarar a la persona vulnerable como incapacitada y queda bajo tutela.
Sin embargo, señala el abogado, a veces no se trata de individuos incapacitados totalmente, sino que por determinadas circunstancias no pueden valerse por sí mismos y requieren de apoyo, por lo que al declararlos incapaces se lacera su autonomía.
En el nuevo Código, plantea, se dedica un capítulo completo a los cuidadores, y regula que sean determinados familiares quienes atiendan desde el punto de vista material y espiritual a esos necesitados, e incluso puedan reclamar reembolso a otros miembros de la familia por gastos para estas funciones.
La búsqueda de mayor unión y solidaridad en el hogar no termina ahí, y según Rodríguez Gutiérrez la propuesta de la novedosa norma garantiza que ante separaciones de parejas no se desatienda la protección y el sustento económico de los hijos por la persona que no ostente la guardia y cuidado.
Con ese propósito aumenta la exigencia sobre las pensiones alimenticias y se introduce la posibilidad de ayuda alimentaria durante el embarazo de la madre, para que el mismo transcurra de la mejor manera desde lo psicológico y lo material, con la cooperación de quien también es responsable de la criatura.
Al igual, el especialista en derecho familiar mencionó cómo con la reforma que está ahora en proceso de aprobación se pueden reconocer derechos y deberes de los conocidos popularmente como padrastros y madrastras sobre los hijos de su pareja, ya que a menudo tienen un rol importante en su educación y formación.
Por otra parte, añadió, se introduce la posibilidad de cambiar el orden de los apellidos, si el padre y la madre están de acuerdo, de forma tal que sea un proceso más igualitario y democrático.
Mencionó, además, que el nuevo Código viabiliza la guardia y cuidado compartida en caso de divorcio, donde los progenitores podrán distribuirse la tenencia del menor, con determinados requisitos, para poner en primer lugar el interés de los hijos, lo cual incluye el derecho a mantener la comunicación con sus abuelos y otros familiares cercanos.
En resumen, concluyó Rodríguez Gutiérrez, pocas normas jurídicas son tan trascendentes y apasionantes como la del Código de Familias cuando de modificaciones se trata, y todos estamos reflejados en ella de una forma u otra, de ahí la necesidad de estudiarla a fondo y ser partícipes de sus modificaciones. (Tomado de ACN)
Coincido con el abogado que estamos ante una propuesta de código de Familias que resulta ser la mejor a lo largo de la Historia de la legislación cubana, es continuidad de las normas que sentaron pautas en la democratización de los derechos familiares, como el reconocimiento por igual a todos los hijos sin importar si eran concebidos fuera o dentro del matrimonio, y de todo lo que se legisló en el código de familia de 1975, como por ejemplo el reconocimiento a la unión de hecho, y a la igualdad de derechos en el matrimonio.
Pero también es ruptura porque crea nuevos artículos que hacen posible la transversalización de la igualdad de derechos y deberes, tanto desde el punto de vista de género como generacional. Protege a todas las personas vulnerables en las relaciones familiares, a los ancianos, a los niños reconociendo el principio del interés superior del niño. Reconoce y legitima la diversidad familiar, innova en el tema de la adopción, reconoce el derecho de los abuelos a la comunicación con sus nietos y el rol de los cuidadores en los procesos del cuidado, proceso invisibilizado constantemente en la legislación anterior . Es sin lugar a dudas, un código inclusivo e inspirado en crear relaciones familiares democráticas. Quizás no todos compartan esta opinión, y se opongan a algunas de sus propuestas, pero deseo que triunfe la idea de la democracia familiar y que cuando alguien decida sobre su voto, considere que está formulado por personas que han incorporado los enfoques más progresistas que se han ido aprobando en otros códigos a nivel internacional. Que los cambios que se han producido en las familias cubanas a meritan que todas se sientan representadas en él, y por tanto aprueben esta nueva propuesta de Código de Familia. Saludos