Debe atenerse a lo dictado por el Tribunal

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El fiscal jefe de la Dirección de Atención a los Ciudadanos  de la Fiscalía General de la República, Rafael Ángel Soler López, responde a Eugenio Márquez Ortega, quien mostró su desacuerdo con el proceder de la abogada que lo atendió.

Trabajador de la Empresa Procesadora de Café Rolando Ayub, en Contramaestre, Santiago de Cuba,  él presentó su inconformidad en el bufete colectivo de su municipio.

“La Fiscalía Provincial de Santiago de Cuba —señala el Jefe de Atención—, investigó el asunto, y estableció que Eugenio fue objeto de un proceso de idoneidad en sus funciones como chofer por parte de la administración de su empresa, lo que le fue notificado en el año 2017.

“El trabajador reclamó ante el Órgano de Justicia Laboral, que declaró Con Lugar lo planteado. Ante este pronunciamiento la administración presentó la apelación ante el Tribunal Municipal de Contramaestre, que declaró Sin Lugar la demanda.

“Persistió ante la Sala de lo Laboral del Tribunal Supremo Popular, quien mediante sentencia número 287/18 declaró Con Lugar el procedimiento a favor de la administración.

“En la propia sentencia se le comunicó a Eugenio que contra lo dispuesto no cabe recurso alguno, debiendo atenerse a los resultados.

“En fecha 12 de abril del 2019 se le notificó por la Fiscalía Provincial de Santiago de Cuba el resultado de la investigación, con el cual mostró conformidad”.

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2 comentarios en Debe atenerse a lo dictado por el Tribunal

  1. Como es posible que el OJLB de LUGAR y cuando apele la Admin le dan SIN lugar. No si el sindicato es solo para cobrar a los trabajadores.

  2. Una pregunta para los abogados: «no cabe recurso alguno». Pero, ¿el trabajador no puede presentar solicitud de REVISIÓN ante el Tribunal Supremo? La revisión no es un «recurso», pero sería bueno esclarecerlo. Gracias.

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