El 26 de Julio, día de conmemoración nacional, es domingo y por lo tanto no se traslada el descanso, por estar precedido y seguido de día feriado.
Esta respuesta a la lectora Niurka Mendoza desde la oficina nacional de atención a la población en la CTC nos da el pie forzado para ampliar información acerca de lo que establece el Código de Trabajo en su sección cuarta, dedicada al tratamiento laboral en esas fechas y también en las de festividad u homenaje de carácter oficial y feriadas.
Se dispone que los días de conmemoración nacional y feriados son los 1ros de enero y de mayo, el 26 de julio y el 10 de octubre; mientras que están declarados feriados los días 2 de enero, 25 y 27 de julio, y 25 y 31 de diciembre de cada año.
Asimismo, el artículo 97 resuelve que: Cuando los días de conmemoración nacional 1ro de mayo y 10 de octubre caen domingo, se traslada el descanso para el lunes siguiente.
Sin embargo, si el 1ro de enero y el 26 de julio coinciden con un domingo, no se efectúa el traslado del descanso por estar precedidos y seguidos de días feriados.
Que pasa si mis vacaciones cae en 25,26y 27 de julio
Buenos días
El próximo sábado es 10 de octubre.
Mi pregunta es la siguiente:
?Se transfiere el feriado del 10 de octubre para otro día?
Gracias por su atención
Saludos
No, únicamente se transfiere cuando cae domingo, hay que esperar al año que viene
Saludos a todos, sobre el tema una duda: si por necesidad del centro de trabajo hubo necesidad de que yo trabajara el día 25, 26 y 27 de julio, señalados días feriados, desde las 8:00am hasta pasadas las 12 de la noche, permaneciendo incluso en el centro sin salir esos días, porque es que ahora Capital Humano dice que no me va a pagar doble los días 25 y 26 por el simple hecho de que era sábado y domingo, soy del criterio que si en vez de descansar y disfrutar de las festividades, garantice el servicio que se hacia necesario, eso debe ser retribuido como se establece, con el pago doble de esas dos jornadas.
y que pasa si el dia de conmemoracion nacional cae sabado, el 10 de octubre por ejemplo? lo convierten en laborable y listo???
Hola,,, me parece muy bien la aclaración sobre estas irregularidades del horario de trabajo de los trabajadores, y que sirva para aclarar a los que trabajan en las áreas de Capital Humano,,, aprovecho para relacionar otro aspecto que puede también llamar la atención:
En varias entidades del país se trabaja una hora más de lunes a jueves para compensar las 4 horas laborables del sábado de la propia semana, en este caso que el sábado 25 de julio es feriado los trabajadores de estas entidades tienen que laborar esta hora adicional o simplemente trabajan sus 8 horas diarias ???