Dictamen al proyecto de Ley de la Inversión Extranjera

Dictamen al proyecto de Ley de la Inversión Extranjera

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Foto: René Pérez Massola.
Foto: René Pérez Massola.

José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, presentó de dictamen al Proyecto de Ley de la Inversión Extranjera, elaborado por esta y la Comisión de Asuntos Económicos.

También fueron elegidos por los votos de los diputados, dos nuevos miembros del Consejo de Estado, dado el reciente fallecimiento de dos miembros de este órgano. Los nuevos integrantes de la máxima instancia del Gobierno son Ulises Guilarte De Nacimiento, quien se desempeña como secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba, y Rafael Ramón Santiesteban Pozo, presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños.

El dictamen de dichas comisiones refiere que “El proyecto de Ley de la Inversión Extranjera que se somete a la decisión de la Asamblea Nacional, tiene como objetivo esencial actualizar y precisar la normativa legal que regula la inversión extranjera a los cambios que se operan en la economía de la nación, de manera tal que con las debidas garantías que se ofrecen a la inversión de capitales extranjeros, los mismos se incrementen y nos  permitan, sobre la base del respeto y defensa de la soberanía e independencia del país, obtener recursos financieros, tecnológicos y mercados en los sectores productivos y de los servicios donde se identifiquen intereses mutuos, así como su vinculación a encadenamientos productivos domésticos en función de un desarrollo económico, próspero y sostenible de nuestra sociedad socialista .

“Fue en el año 1982 cuando el Gobierno Revolucionario cubano mediante el Decreto-Ley 50 “Sobre asociación económica entre entidades cubanas y extranjeras en el país”, comenzó a organizar el proceso de inversión extranjera, realizándose la primera inversión en el año 1988 en el sector del turismo, extendiéndose luego a otras ramas de la economía; en el año 1995 la Asamblea Nacional aprobó la Ley 77, “Ley de la Inversión Extranjera”, todavía hoy vigente, con el objetivo de continuar incentivando la inversión de capital foráneo en el país, para fortalecer su capacidad y desarrollo económico, Ley que  ha sido  complementada por un conjunto de normativas jurídicas emitidas indistintamente por el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo y los organismos de la Administración Central del Estado para contextualizarla a los requerimientos de la nación.

Refiere cómo se interrelaciona esta con los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, aprobados en el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba y ratificados por esta Asamblea Nacional; para atemperar todas las normativas legales en la materia, a las exigencias que de los mismos se derivan, en aras de la actualización del modelo económico cubano que en ellos se traza, con el objetivo de garantizar la continuidad e irreversibilidad del socialismo, el desarrollo económico del país y la elevación del nivel  de vida de la población .

Este proceso se ejecuta en el contexto de una economía mundial competitiva y lastrada por crisis sucesivas, con predominio de las reglas que dicta el mercado y en la que Cuba se inserta con la necesidad insoslayable de alcanzar un desarrollo sostenible, lo que le exige incrementar las tasas de su  Producto Interno Bruto y de Acumulación para lograr las transformaciones estructurales necesarias; en ese escenario, la inversión del capital extranjero, resulta un elemento activo y fundamental para el desarrollo de determinados sectores de la economía.

“Los movimientos internacionales de capital y en especial los flujos de inversión extranjera directa, son hoy de tal magnitud e importancia en el mundo, que no parece posible concebir un proceso de desarrollo económico sin contacto con esas inversiones y sin que se intente aprovechar sus aspectos positivos. De hecho, ningún país que transita hoy por el camino del desarrollo, lo hace sin contar con la inversión de capital extranjero como un componente de su política económica.

“Consecuente con esto, la renovación de las normas jurídicas que regulan las inversiones extranjeras, es una práctica internacional que se corresponde con las cambiantes situaciones económicas que se generan tanto a nivel mundial como en la economía interna de los Estados.

El proyecto de Ley de la Inversión Extranjera, ratifica que la asociación con el capital extranjero debe reportar beneficios mutuos y, de conjunto con las normas que le complementan, exige que las reglas que se pacten en el proceso de concertación del negocio sean diáfanas y precisas, los intereses de las partes debidamente resguardados y no se deje resquicio alguno a la corrupción.

“Esta norma ofrece garantías al inversionista extranjero, entre otras, la debida seguridad jurídica, la no expropiación, excepto por razones de intereses social o utilidad publica previamente declarados por el Consejo de Ministros y con la debida indemnización, así mismo, el derecho a interesar que se prorrogue el plazo de vigencia de la inversión, la libre transferencia al exterior de sus dividendos o beneficios, la opción de venta en cualquier momento de su parte en la asociación, así como facilidades y excepciones tributarias. A lo que se suma los atractivos que ofrece Cuba en términos de calificación de sus recursos humanos, su estabilidad socio-política, la seguridad ciudadana, la seriedad y honra a los compromisos contraídos y la política firme y decidida de nuestro gobierno de luchar contra toda manifestación de corrupción administrativa, a contrario de lo que acontece en el mundo, aquejado de violencias de todo género contra los empresarios y sus familiares y de comentados escándalos de corrupción”.

Toledo Santander informó sobre los análisis que precedieron a la aprobación de la Ley, para lograr que los diputados pudieran ejercer con toda su responsabilidad el derecho al voto.

 

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