Cuba actualiza su sistema penal

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sistema judicial cuba

Desde el pasado primero de octubre entró en vigor el Decreto-Ley 310 del 2013, que modifica el sistema cubano de justicia penal, ante la necesidad de actualizar el Código Penal acorde con las transformaciones del país.

Entre los objetivos esenciales está procurar mayor efectiviad y eficacia en la prevención y enfrentamiento al delito, y acercar la administración de justicia a las personas que intervienen en los procesos penales.

Para precisar los detalles de la nueva legislación participaron en Mesa Redonda el vicefiscal general de la República, Rafael Pino; el vicepresidente del Tribunal Supremo Popular, Oscar Silvera, y el segundo jefe de la Dirección General de Investigación Criminal, Félix Alberto Llanes.

La nueva normativa amplía los procesos en los tribunales municipales y eleva hasta 3 años la posibilidad de privación de libertad sin llegar a la vista judicial.

Sobre la confiscación de bienes

Otro Decreto que entró en vigor en Cuba, en agosto último, es el No. 313, acerca de los procedimientos a seguir con los bienes muebles que se ocupan en procesos penales y confiscatorios administrativos.

En la Mesa Redonda se explicó que esa disposición establece los organismos de la Administración Central del Estado y entidades responsabilizados con el depósito, conservación y disposición de tales ocupaciones.

También organiza esos procedimientos con el fin de evitar altas permanencias de los bienes depositados, y fija que el importe de la comercialización de los bienes confiscados se abonará al Presupuesto del Estado.

El éxito del nuevo Decreto estará en el actuar racional de las fuerzas del Ministerio del Interior -único que funge como entidad depositaria- al momento de ocupar los bienes que solo tengan relación directa con el delito que se investiga.

(Tomado de Radio Reloj)

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3 comentarios en Cuba actualiza su sistema penal

  1. perdón una consulta soy de argentina y trabajo en el poder judicial, quiere decir que una persona puede estar privada de libertad hasta por tres años sin control judicial?

  2. «La nueva normativa amplía los procesos en los tribunales municipales y eleva hasta 3 años la posibilidad de privación de libertad sin llegar a la vista judicial.» Les dijo que esto no es un avanzo, no es mismo, todos lo sabem – incluso ustedes!

  3. No se hasta qué punto puede considerarse un logro o paso de avance, el hecho que un agente de la autoridad pueda decretar tu entrada en prision sin un abogado que te represente o un tribunal que te juzgue puede prestarse para abusos de autoridad y posibles venganzas familiares. Al menos es lo que entiendo de esta ley que no esta suficientemente argumentada en el articulo de prensa.

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