Las normas jurídicas que establecen los principios y procedimientos para llevar a cabo el proceso de reinscripción y cambio de chapas de identificación de vehículos, publicadas en la edición extraordinaria No. 11 de la Gaceta Oficial, el pasado 24 de abril, incluyen, además, los procedimientos vigentes por el Ministerio del Transporte (MITRANS) para el uso y control de los vehículos en entidades estatales.
Dos novedosas medidas fueron implementadas por el MITRANS. La primera de ellas plantea que al desaparecer la chapa de color carmelita se introduce un nuevo documento, el cual se denomina Permiso Especial y será otorgado a determinadas personas. De esta forma, se solucionan las irregularidades detectadas en el empleo de los vehículos por personal no autorizado. La segunda medida está relacionada con la eliminación del uso de la Hoja de ruta en los vehículos administrativos de las clases autos, motos y jeeps; y se mantiene su empleo obligatorio en los vehículos de transporte de carga y pasaje. En su lugar se incorpora un nuevo modelo denominado Reporte de Combustible Habilitado y Kilómetros Recorridos, que contribuirá a un mayor control del consumo de combustible, así como a la simplificación de los procedimientos y la disminución de los gastos administrativos.
A fin de aclarar algunas de las interrogantes surgidas en relación con el tema, Trabajadores entrevistó a Javier Roque, director de Transporte Automotor del MITRANS, quien abundó sobre las peculiaridades del proceso de reinscripción y cambio de chapas de identificación de vehículos que se iniciará el próximo 27 de mayo en todo el país.
¿En qué consiste el Permiso Especial?
Es un documento emitido por los titulares de los cargos de cuadro con la categoría de directivos superiores, directivos, y otros cargos que a propuesta de los jefes de organismos, órganos, entidades nacionales y similares de las organizaciones políticas y de masas sean aprobados por el MITRANS. El Permiso Especial será personal e intransferible, solo válido en los vehículos administrativos de la entidad en la cual labora el titular. Este será retirado y cancelado cuando cesa en el cargo la persona para el cual fue expedido. Cada organismo designará a su representante ante el Ministerio del Transporte para realizar los trámites y conciliaciones necesarios.
¿Qué derechos le otorga este al que lo posee?
Es el documento oficial que autoriza al titular a usar el vehículo administrativo de la entidad donde labora, en el cumplimiento de sus atribuciones y funciones, así como para asistir a concentraciones populares, trabajos voluntarios, a centros de salud, funerales o eventos de carácter educacional, deportivo, cultural o de recreación.
También pueden trasladar a trabajadores e invitados de la entidad, tanto cubanos como extranjeros, desde y hacia puertos, aeropuertos, marinas y demás terminales de pasajeros, y además, puede transportar personas ajenas a la entidad propietaria, de existir capacidad disponible en sus recorridos de ida o de regreso.
Un directivo que no maneje, ¿puede entregarle el permiso a su chofer para realizar otro tipo de gestión?
Como expresamos, el documento es personal e intransferible y su empleo es válido exclusivamente en vehículos administrativos de la entidad donde labora el titular y siempre y cuando este viaje en el vehículo. El uso de este documento por otra persona que no sea la designada, constituye una indisciplina, y a los involucrados se les aplicarán las medidas administrativas que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil, u otra en que pueda incurrir.
La Hoja de ruta ¿cuándo deja de ser efectiva?
La Resolución 382 establece en su disposición transitoria primera: “Las personas jurídicas que al momento de la entrada en vigor de la presente Resolución hayan habilitado Hojas de Rutas a los vehículos administrativos, estos documentos serán válidos hasta el cierre del mes en curso, comenzando a emplear el Reporte de Combustible Habilitado y Kilómetros Recorridos, al mes siguiente, con la lectura de los datos correspondientes de la Hoja de ruta”.
Teniendo en cuenta que la Resolución antes mencionada entró en vigor el pasado 24 de abril, ya desde el mes de mayo puede sustituirse el modelo de Hoja de ruta por el de control de combustible. No obstante, los órganos de inspección del MITRANS lo exigirán a partir del 1º de junio para garantizar que todas las entidades puedan crear las condiciones necesarias.
¿Cómo se instrumentará el documento para el control del combustible?
La Resolución 383 del 2013 del Ministro del Transporte establece las Normas sobre el Reporte de Combustible Habilitado y Kilómetros Recorridos. Se trata del documento oficial que permite el registro del combustible abastecido y el consumido por el vehículo administrativo, los kilómetros recorridos, el mantenimiento a realizar y su cumplimiento, así como el control administrativo, la comparación con los datos planificados y análisis de las desviaciones que se produzcan. Se emite en ejemplar único para cada vehículo, por la entidad propietaria del mismo y se habilita y entrega por la persona expresamente autorizada para ello del área de transporte, con una frecuencia mensual.
La empresa que lo estime pertinente puede establecer su Hoja de ruta para un mayor control de sus vehículos…
Independientemente de que el uso de la Hoja de ruta deja de ser obligatorio en los vehículos administrativos de las clases, autos, motos y jeeps, las entidades pueden implementar los procedimientos adicionales que consideren para un mejor control de sus vehículos. El uso de la Hoja de ruta continúa siendo obligatorio para el resto de los vehículos estatales tanto de cargas como de pasajeros.
Ejecución del Proceso de reinscripción y Cambio de Chapas de Identificación de Vehículos:
El Proceso de Reinscripción y Cambio de Chapas de Identificación de Vehículos está previsto a realizarse en tres etapas, que en total abarcan un período de tres años.
En la 1ra etapa se convocará a las personas naturales (particulares) y al sector diplomático.
La 2da etapa corresponderá al sector de las personas jurídicas estatales (actual chapa azul y carmelita).
En la 3ra y última etapa serán convocados el resto de los sectores.
No obstante, a los titulares de los vehículos que acudan a efectuar cualquier tipo de trámite en las oficinas del Registro de Vehículo, se les realizará el cambio de chapa de identificación.
La población, fundamentalmente los propietarios de vehículos, debe mantenerse al tanto de la información que brinden los medios de comunicación en sus respectivos territorios. A través de ellos serán convocados mediante listados que se publicarán periódicamente, en los que se especificarán el día, horario y lugar al que deben presentarse, según el número de la chapa del vehículo.
Acerca del autor
Graduada en Licenciatura en Periodismo en la Facultad de Filología, en la Universidad de La Habana en 1984. Edita la separata EconoMía y aborda además temas relacionados con la sociedad. Ha realizado Diplomados y Postgrados en el Instituto Internacional de Periodismo José Martí. En su blog Nieves.cu trata con regularidad asuntos vinculados a la familia y el medio ambiente.
Excelente artículo, podrían decirme si la Resolución 383 establece parámetros para el empleo del combustible sobrante en las Empresas?