El cachumbambé de las utilidades (Separata Economía)

El cachumbambé de las utilidades (Separata Economía)

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La distribución de utili­dades suscita el interés entre los trabajadores. Para ello, es preciso que cada colectivo sepa que se tienen que cumplir dos principios fundamenta­les: “No se puede hablar de distribución de rique­za si esta antes no se ha creado, y tampoco debe hablarse de una distribu­ción de los ingresos gene­rados por ella que no sean compatibles con la parti­cipación individual de los trabajadores”.

Foto: Agustín Borrego Torres

Es imprescindible que todos conozcan el regla­mento elaborado para ese fin, de conjunto con la di­rección de la entidad y el sindicato. Hay que emitir criterios cuando sea so­metido a consideración de la asamblea sindical, y aprobarlo, para ser incor­porados al Convenio Co­lectivo de Trabajo. Así se contribuye a la verdadera participación y negocia­ción de las partes. Es el instante para diferenciar los cargos y trabajadores que más aportan a los re­sultados de la entidad, y que a la postre sean los más beneficiados.

Dicho asunto, ya abordado en otras sepa­ratas, sigue generando inquietudes en los colec­tivos. Por esto nos aden­tramos de nuevo para ahondar cuestiones que todavía deben perfilarse mejor para salir del ca­chumbambé de las utili­dades.

Momento de aprobar las reservas voluntarias

Tras el cierre del año fiscal 2024, en que cada entidad procesa los estados económicos/financieros, transcurre en todo el país —has­ta el 28 de febrero— la presen­tación a las Juntas de gobierno, gobiernos provinciales u organis­mos, según corresponda, de las propuestas de las reservas volun­tarias para el 2025, con vistas a su aprobación.

Entre ellas están los fondos monetarios o utilidades que se distribuyen en beneficio de los trabajadores a partir de las ri­quezas creadas durante el año pasado, proceso que particular­mente tendrá que realizarse en los centros de trabajo antes del 30 de abril.

Según la licenciada Berta Iris Rojas Gattorno, directora de Política Financiera del Mi­nisterio de Finanzas y Precios (MFP), deben tenerse en cuenta el Reglamento de cada entidad y la Resolución no. 201/2023, del citado organismo. Esta norma recoge el procedimiento para el sistema de relaciones financie­ras entre las empresas estatales, las empresas filiales, las unida­des empresariales de base, las sociedades mercantiles de capi­tal ciento por ciento cubano y las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, con el Estado.

Subraya la entrevistada que deben priorizarse las reservas destinadas a fomentar el capital de trabajo, es decir, con vistas al desarrollo de la entidad, de sus inversiones, de la innovación tec­nológica, de liquidar deudas, de la capacitación; de la prevención y enfrentamiento a desastres, de asumir proyectos como parte de su responsabilidad social, por ci­tar algunas.

De acuerdo con Berta Iris, el propósito es fortalecer la empresa estatal socialista, su autonomía, sobre la base del incremento de la producción, de la productivi­dad y la eficiencia. El salario es la principal fuente de ingreso de cada trabajador, en tanto las uti­lidades constituyen un estímulo a los resultados sobresalientes de su desempeño, concluye la directora de Política Financiera del MFP. (Fidel Rendón Matienzo)

 

 

Repartir bien y mirar a quién

Francisco Rodríguez Cruz

Durante estos tres primeros meses del año los cierres finan­cieros que realizan las empre­sas son el punto de partida para un ejercicio económico de tras­cendental relevancia para los colectivos de trabajadores, el cual suele generar no poca in­quietud: la distribución de las utilidades.

Por lo general, durante las últimas semanas de diciembre comienza el empujón final para cobrar todo lo que sea posible y garantizar el cumplimiento de los planes de venta, primer requisito para que con el pos­terior cierre contable suene la caja contadora de la empresa y del bolsillo de quienes garanti­zaron esa ganancia.

Ya la gente tiene entonces más o menos un tamaño de bola, como decimos popularmente, sobre si le tocará o no ese in­greso adicional, lo que no sabe es cuánto y, a veces, asimismo surge la impaciencia sobre el cuándo lo recibirá.

Porque resulta que la agili­dad en este proceso es funda­mental para la economía nacio­nal, pero también para quienes laboran. Un enredo en las cuen­tas, una demora en los cálculos, pueden conllevar retraso en la distribución de utilidades entre los trabajadores.

El ejercicio contable y fi­nanciero conclusivo del año debe seguir las mismas reglas que primaron durante los cie­rres trimestrales, pero ahora hay que hilar fino para la de­cisión colectiva sobre los des­tinos de las utilidades después del pago del impuesto (detalle no menor para el cual las em­presas tienen hasta el 31 de marzo).

Para las organizaciones sindicales de base este es un momento crucial que exige su participación en la toma de de­cisiones en los consejos de di­rección. Es decisivo que el diri­gente sindical vaya con mucha preparación a estos debates. A veces las decisiones son inclu­so persona a persona, porque lo que no debe suceder es el igua­litarismo en el beneficio que re­ciba cada quien.

En esta repartición final es necesario también someter a ejercicio crítico todo el re­glamento que rige tal instante. Empieza un nuevo ciclo econó­mico y es cuando debe ser co­rregido lo que esté mal o no sea lo suficientemente justo. La ca­pacidad de negociación sindi­cal a partir de la preparación de sus dirigentes determinará el éxito de esa distribución de utilidades.

Los índices, los coeficien­tes, las escalas, las diferencias entre personal directo e indi­recto a la producción, el po­lémico tema de los cuadros de dirección, las evaluaciones de desempeño, en fin, cada deta­lle que determine quién recibe más o menos dinero tiene que ser transparente y sometido a discusión en el órgano colegia­do que corresponda.

Los ejecutivos sindicales harían bien si tuvieran su pro­pio análisis previo para llegar con posiciones comunes, sólidas y fundamentadas al escenario administrativo en el que al fi­nal se adoptan los acuerdos de­finitivos.

En la medida que eso funcio­ne bien será efectivo o no como estímulo al buen trabajo ese in­greso adicional que recibirán los trabajadores. No pueden quedar dudas ni andar luego en comen­tarios de pasillo lo que recibió este o aquel departamento, esta o aquella persona.

De igual modo hay que asumir con argumentos la explicación so­bre el resto de los destinos para las utilidades. Hay beneficios eco­nómicos que no tienen por qué ser solo individuales.

La posible variedad de des­tino de las reservas debe ser del conocimiento y aprobación de los trabajadores. Hay que re­partir bien, y mirar a quién.

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Decisión legal, pero injusta

Juanita Perdomo Larezada

Por dos años consecutivos la jun­ta de accionistas de las empresas mixtas bajo las que operan los ho­teles Iberostar Parque Central, en La Habana, y Royalton Hicacos, en Matanzas, decidió no aprobar la creación del Fondo de Estimu­lación Económica (FEE), y es pro­bable que suceda lo mismo en el 2025.

Como era de esperar, el des­contento se convirtió en cliente fijo de dos instalaciones claves en las operaciones turísticas en el país, tanto por su peso en el mon­to de los ingresos en divisas como por la eficiencia en operaciones concluidas con utilidades, justo de donde se nutre el mencionado FEE.

Sin embargo, no hay violacio­nes en la decisión de los socios de estas empresas mixtas, porque simplemente se han acogido a lo refrendado en la Ley 118 de In­versión Extranjera que deja a vo­luntad de las partes la creación o no de dicho fondo, algo legitima­do, aunque suene bien controver­sial.

Según la interpretación, ese derecho está contenido en el Ar­tículo 29.1 de esa ley vigente des­de el 2014, y en el que se vino a poner los ojos siete años despúes, con el inicio del ordenamiento monetario y cambiario, y la eli­minación de los estímulos en pe­sos convertibles (CUC), que en el caso de los hoteles mixtos había sido un atractivo sistema mensual de pago de un 2 o 3 % de las uti­lidades. Para ese entonces eran el lugar soñado.

Fue así como llegó el turno al Artículo 29.1, al que se recurrió por primera vez en el 2022, cuan­do se distribuyó un bajísimo por­centaje correspondiente al 2021, cantidades que por suerte tuvie­ron un aumento considerable en el 2023 y el 2024, otras empresas mixtas sí premiaron a 3 mil 784 empleados del grupo empresa­rial Cubanacán. Pese al reco­nocimiento en estos colectivos de que “nada se está violando”, hace más de dos años el sindi­cato viene promoviendo la idea de buscar alguna variante para pro­teger el derecho de ser retribuidos por las riquezas creadas.

No obstante solicitarlo en asambleas de afiliados, en las de representantes, y tribunas al más alto nivel, este periódico es fiel testigo, el asunto sigue pendien­te de solución, con el costo de un marcado éxodo de la fuerza labo­ral, y una incidencia negativa en la calidad de los procesos turísti­cos. Y si preocupa que se vayan, peor es que deje de ser el lugar soñado.

No todas son malas noticias para estas instalaciones. El con­siderado más longevo de sus plan­teamientos por la Tercera Confe­rencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Hotelería y el Turismo, pudiera tener alivio en la aprobación de un aumento sa­larial, una variante que, sin em­bargo, no resolverá el plantea­miento en cuestión.

El FEE es vía de los empleados de esta modalidad de inversión extranjera para beneficiarse de la parte móvil en la estructura sala­rial. Si no se aprueba su creación, se estaría impidiendo ese legítimo derecho, y negándose, además, el principio de distribución socialis­ta de cada cual según su capaci­dad, a cada cual según su trabajo.

Una solución definitiva parece tener el complejo asunto en la inclu­sión de la Ley de Inversión Extranje­ra en el cronograma legislativo de la Asamblea Nacional del Poder Popu­lar del 2026, no solo por la posibili­dad de que establezca como obligato­rio la creación del FEE, equivalente a las utilidades, sino porque la actual norma jurídica quedó en desventaja con las avanzadas transformaciones y sistemas de pago aprobados para la empresa estatal socialista.

Mientras llegue ese momento, muchos se inclinan a un cambio en el contenido de sus reglamen­tos porque no siempre lo legal resulta justo. Ahí están, para corroborarlo, los hoteles Iberos­tar Parque Central y Royalton Hicacos.

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 El atolladero de las ganancias

La trabajadora Anius­ka Mejías Arteaga estiba, vende y administra por menos de 4 mil pesos de salario mensual. Un ejemplo de consa­gración ante el éxodo de perso­nal, en la placita La Piña, del municipio de Ciro Redondo, en la provincia avileña.  Ver más

 

No todo es color de rosa

Un estímulo importante en estos tiempos, para la permanencia del trabajador en nuestras entidades estatales lo constituye, sin duda, todo pago que se realice adicional al salario escala, el cual sabemos no satisface las necesidades de hoy.

La distribución de utilidades llegó para aliviar dicha insatisfacción, pues siempre que se cumplan los requisitos individuales y colectivos, según la legisla­ción vigente, es un monto adicional que el trabajador recibe trimestralmente y al cierre de cada año, pero no todo es color de rosa.

Desgraciadamente, hay irregularidades, distor­siones e, incluso, en ocasiones pagos indebidos, que en su mayoría pudieran evitarse si se cumpliera con el procedimiento elaborado para esos fines, y, en lo fundamental, si existiera una adecuada comunica­ción interna entre la administración y los trabajado­res.

Eso debe transitar por el conocimiento que esos últimos tengan de cómo se formó el monto a distri­buir y cuánto se distribuirá; cuándo se realizará ese pago, a quiénes no les corresponde y cuáles son las causas…, en fin, hacer ese proceso de manera partici­pativa y, sobre todo, con mucha transparencia.

Por supuesto, para lograr lo antes expuesto se requiere que los dirigentes de la sección sindical cumplan, como representantes de todos los trabaja­dores, con su presencia en cada órgano colegiado en lo que se deciden estos temas y exijan que cada de­cisión adoptada sea aprobada en asamblea sindical, tal como se establece, porque, además, se trata del salario de los trabajadores.

Todo lo expuesto está muy bien declarado en las resoluciones que para ello existen: lo único que hace falta es cumplir con lo que está legislado y con ello se evitan disgustos, injusticias y hasta pérdida de tiem­po por reclamaciones.

Si se logra que todos hagamos lo que nos corres­ponde de seguro la distribución de utilidades sí ten­drá el color de rosa que necesitamos. (Ileana Roque)

 

Lo útil de las utilidades

La facultad del sistema empre­sarial estatal para establecer de forma descentralizada la organi­zación del sistema salarial de los trabajadores todavía se rige por el Decreto 87/2023, cuya aprobación respondió al interés gubernamen­tal “de contribuir al incremento de los niveles productivos y de efi­ciencia (…)”.

Muchas opiniones ha suscita­do su aplicación porque no resulta la camisa a la medida para todas las entidades, pero este será tema de otro análisis, porque hoy que­remos enfatizar en uno de los ele­mentos estipulados en el artículo 9.1. de esa norma jurídica, según el cual “mantienen vigencia los mecanismos aprobados de retri­bución por los resultados referi­dos al pago por alto desempeño y la distribución de utilidades”.

Respecto a este último refren­do hay que retrotraerse entonces a la Resolución 201/2023, del Mi­nisterio de Finanzas y Precios, contentiva de los procedimientos para regular el sistema de relacio­nes financieras por ejemplo, entre empresas estatales, con el capítulo III dedicado a la distribución de las utilidades después de impues­to. Su Sección Tercera, artículo 26.1, alude a la creación de reser­vas voluntarias, cuyos destinos son variados.

En esto ha enfatizado Ulises Guilarte De Nacimiento, miem­bro de Buró Político del Partido y secretario general de la Cen­tral de Trabajadores de Cuba, en las Conferencias Provinciales 22 Congreso que se están realizando como antesala al magno evento, pues está extendido el concepto de solo vincular las utilidades a más dinero para repartir.

Sin embargo, el universo es amplio, tal como resulta la creación de un fondo para financiar la adqui­sición, reparación y construcción de viviendas. Y aunque el objetivo de esta posibilidad es estabilizar la fuerza laboral, no son muchas las entidades que lo emplean.

Las utilidades pueden desti­narse igualmente, al incremento de Capital de Trabajo (amortización de créditos para inversiones, de deudas e inversiones aprobadas con recursos propios); el desarrollo e investigaciones (de nuevos produc­tos o procesos); el financiamiento de gastos de capacitación (supera­ción, recalificación o actualización de los trabajadores que lo requie­ran) y el financiamiento de pérdi­das contables de años anteriores.

Asimismo, con vistas a crear otros tipos de fondos: de compen­sación; para financiar la estimula­ción a trabajadores y a colectivos laborales (moral y materialmente); de Estabilización de los Ingresos y Retención del Capital Humano en las entidades de ciencia (cuyos pro­ductos se basan en el conocimiento y ciclos de producción a largo pla­zo) y otras reservas.

¿Hay conocimiento generaliza­do de tales facultades? La respon­sabilidad es individual y colectiva. Toca aquí también al sindicato es­tar a la ofensiva. (Vivian Bustamante Molina)

 

A tener en cuenta

Coeficiente de participa­ción laboral (CPL): Repre­senta el criterio del jefe del colectivo y de sus miembros, sobre cuál ha sido el aporte individual de cada uno de sus integrantes en el cum­plimiento de los objetivos de eficiencia previstos en el plan de producción o de los servicios en el período anali­zado, mediante la valoración objetiva de un conjunto de factores que expresamente se fijan para cada brigada, taller, etcétera.

La experiencia ha demos­trado que el uso del CPL para la distribución de las utilidades, cuando no está acompañado de una rigu­rosa evaluación del desem­peño, se convierte en un mecanismo de distribución igualitaria.

En ocasiones los jefes son superficiales y paternalis­tas al no señalar con justeza las deficiencias y no quieren buscarse problemas, tratan de quedar bien con todos, por lo que resulta imprescin­dible diferenciar los cargos y trabajadores según su apor­te individual.

Salario básico: Es la remu­neración que comprende la tarifa de la escala salarial más los pagos adicionales establecidos legalmente.

Salario escala: Es el pago por complejidad y responsa­bilidad aprobado para cada ocupación, según el grupo de escala salarial vigente.

Eficacia: Es hacer en cada momento o etapa lo que hace falta, en correspondencia con los medios disponibles y la coyuntura existente, por lo que está muy ligado al pro­ceso de toma de decisiones.

Eficiencia: Es la capacidad para lograr un efecto deter­minado, es hacer las cosas de la manera más correcta en correspondencia con los procedimientos, métodos y técnicas previstos y obtener los mejores resultados posi­bles, según las condiciones objetivas de cada lugar.

En lo personal demuestra actitudes y competencias en el trabajo desempeñado.

| fuente: Glosario Esfera de Asuntos Económicos CTC

 

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