El ministro de Transporte (MITRANS), Eduardo Rodríguez Dávila, explicó los cambios en la importación de motocicletas y ciclomotores luego de la última actualización de la política de comercialización de vehículos.
Según el ministro, estas modificaciones buscan ampliar alternativas y entraron en vigor en un contexto de creciente demanda de transporte personal en todo el país.
Anteriormente cualquier persona podía importar directamente como equipaje no acompañado o envío, ciclomotores o motocicletas eléctricas sin límite de potencia y remolques ligeros de hasta 750 kg de carga, en ambos casos los aranceles se pagaban en pesos cubanos.
Con las nuevas decisiones, se mantiene lo establecido para los ciclomotores y motocicletas eléctricas, pero se podrán importar, además, como equipaje no acompañado de pasajero o envío, ciclomotores y motocicletas de combustión interna o híbridas, con o sin sidecar, nuevas y de uso (hasta 10 años), de hasta 250 cc y triciclos eléctricos o híbridos, con capacidad superior a dos plazas y hasta seis o de carga hasta 1000kg.
En este caso una por persona en cinco años, pagando los aranceles y los servicios de aduana en divisas convertibles, según aparece en las infografías que acompañan esta publicación. Estarán exonerados del pago de aranceles, los cascos de protección integrales que se importen junto a las motocicletas. Se invita a las comercializadoras a comercializar las motos en plaza junto a sus correspondientes cascos de protección.
Con esta decisión se amplían las alternativas para quien desee adquirir un ciclomotor o una motocicleta de combustión.
Algunas alternativas a continuación:
1- La puede traer desde el exterior como equipaje no acompañado incluyendo el correspondiente costo de flete y manipulación el cual dependerá del país de origen y el medio de transporte, si es una moto sin sidecar, presenta en la aduana la factura de compra, paga en divisas convertibles un arancel de 46 usd y el servicio de aduana por 8 usd y con los documentos de nacionalización puede inscribir la moto en el registro de vehículos.
2- Alguien (puede ser un familiar o un amigo) se la puede enviar desde el exterior, en ese caso la moto debe venir embarcada a su nombre pagando el flete y manipulación correspondiente, presentando la factura de compra, paga un arancel ascendente a 246 usd y el servicio de aduana 8usd y con los documentos de nacionalización que expide la Aduana puede inscribir la moto en el Registro de Vehículos.
3- Puede comprarla en alguna de las comercializadoras autorizadas, las que a partir del mes de enero ampliarán las ofertas en divisas convertibles. En este caso todo se paga en usd y al ser varias comercializadoras, podrá escoger. Con la factura de compra puede proceder a su registro en el Registro de vehículos.
4- Puede comprársela a otra persona natural, siempre que la moto a adquirir esté debidamente registrada en el Registro. En este caso, según lo establecido, deberá pagar el correspondiente impuesto de transmisión de bienes y herencias.
Los cambios introducidos abren nuevas vías para la importación y la compra y venta de este tipo de vehículos, facilitando el acceso a la población y ofreciendo nuevas oportunidades en un mercado en constante evolución.