La Gaceta Oficial Ordinaria número 127 publica este lunes la Ley 174, del Presupuesto del Estado del 2025, aprobada en el reciente Cuarto Período Ordinario de Sesiones, correspondiente a la X Legislatura, por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Bajo la rúbrica de Esteban Lazo, su presidente, señala que aún en las complejas condiciones por la que atraviesa el país, con las restricciones del bloqueo estadounidense, una espiral de inflación a nivel global y limitaciones en la generación de bienes y servicios endógenos, se respalda la Educación, Salud Pública, Cultura, Deporte, Seguridad y Asistencia Social, y las políticas y programas dirigidos a atender las personas, hogares y comunidades en situación de vulnerabilidad.
Señala a su vez que las proyecciones de ingresos y gastos presupuestarios para el 2025 toman en consideración los principios del Programa de Estabilización Macroeconómica, y las directivas aprobadas para la elaboración del Plan de la Economía y del Presupuesto del Estado para ese período.
Todo ello con el objetivo de impulsar la implementación de los lineamientos del VIII Congreso del Partido, y en consecuencia avanzar en los programas económicos y sociales que tributan a los objetivos del Plan de Desarrollo Económico y Social hasta el año 2030.
Se ratifica el Sistema Tributario como fundamental fuente de recursos financieros para el Presupuesto del Estado, y en este propósito como parte de las proyecciones de Gobierno juegan un papel determinante las acciones que tributan a la reducción gradual del déficit fiscal, a partir de proyectar un incremento de los ingresos.
En la propia ley se subraya transformar con efectividad y sostenibilidad la gestión y el sistema de control sobre el cumplimiento de los aportes y la implementación de medidas tributarias, que se atemperen a las condiciones actuales de la economía, contribuyan a la estabilización macroeconómica y minimicen las brechas de elusión y conductas evasoras, unido a la exigencia en el uso y destino racional del gasto presupuestario.
Otro por cuanto expresa que con el objetivo de respaldar los niveles de actividad en pos de la recuperación económica, el incremento de la capacidad de redistribución de los ingresos bajo los principios y objetivos de justicia social, se requiere exigencia en el uso más eficiente de los gastos corrientes en el sector presupuestado.
También se deben acometer acciones integrales y sostenibles que garanticen el control de los recursos financieros asignados, y restringir el crecimiento de los gastos de personal en las unidades presupuestadas, sin afectar la calidad de los servicios.
Uno de los artículos destaca que los ingresos se planifican a partir de las proyecciones macroeconómicas.
En tanto los niveles de actividad del Plan de la Economía contienen el impacto de las medidas tributarias a aplicar en el año 2025, como parte de la implementación de las proyecciones del Gobierno para corregir distorsiones y reimpulsar la economía, y el resultado del enfrentamiento al ejercicio ilegal de actividades económicas.
De acuerdo con el texto el resultado financiero del Presupuesto del Estado para el año 2025 es de un déficit de 88 mil 538 millones 900 mil pesos, el cual tiene carácter máximo.
Cuando concurran situaciones o se adopten decisiones que justifiquen su incremento, se requiere la autorización del Consejo de Estado, el cual informa de ello a la Asamblea Nacional del Poder Popular en el período de sesiones más próximo, señala la Ley, además de desglosar en cifras las partidas destinadas a gastos y los ingresos previstos.
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