¿Debo resignarme a no cobrar?

¿Debo resignarme a no cobrar?

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cartaJuan A. Jiménez Valle reside en Calzada entre avenida 45 y 47, edificio 2 , aparta­mento D3, reparto Brisas del Mar, Cár­denas, Matanzas. Quiere saber si su caso tiene solución, o qué debe hacer para te­nerla.

“Es respecto al pago de mis años de servicio en Educación, ya que comencé a trabajar el 12/1/ 1973 y en el 2019 me re­tiro, pero sigo reincorporado dentro de la misma institución y organismo.

“En el 2022 se me extravió el expe­diente entregado por el Inass al retirarme y con la nueva medida del pago por los años de servicio solamente se me recono­cen los cinco años de reincorporación.

“Solamente poseo un certifico entre­gado por el Inass al momento de mi reti­ro, donde se refleja la fecha de los años trabajados del 17 de enero de 1973 al 31 de agosto del 2018.

“Han pasado tres meses de aplicarse la nueva Resolución y no han podido de­cirme si mi caso tiene alguna solución, o qué tengo que hacer si la tuviera, o si tengo que resignarme a no cobrar esos años por haberse extraviado el expe­diente”.

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