José Ángel Ramírez manifestó su desacuerdo al no recalculársele la cuantía de la pensión concedida en el mes de abril del año 2023 correspondiente a las utilidades del cuarto trimestre del 2022 pagadas en este año.
Sobre el tema el Instituto Nacional de Seguridad Social, Inass, le informa que “el Decreto Ley 18 de 2020, establece que, en el año 2023, para el cálculo de las pensiones se tendrán en cuenta los ingresos percibidos en los 2 años anteriores (2021 y 2022).
“Por lo tanto, estas utilidades no forman parte del cálculo de la pensión, al ser devengadas posteriores a los años naturales que sirvieron de base para el cálculo de la pensión que disfruta”.