Miguel Viciedo Botas, abogado adjunto de la Sección Jurídica del Departamento de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC responde a Gerardo Rodríguez, quien pregunta: “Cuando el trabajador causa baja, qué plazo de tiempo tiene el área responsabilizada para la elaboración de la tarjeta SNC-2 25”.
Al respecto se le aclara que “el Código de Trabajo identifica en su artículo 146 el deber de las administraciones de cumplir con la legislación vigente, dentro de la cual se identifica la actualización permanente del expediente laboral de cada trabajador.
“Y por consiguiente de sus ingresos anotados en la referida tarjeta prevista para ello, con independencia de que el trabajador haya causado baja de la entidad”.
Saludos. En mi caso llevo un mes y medio esperando por causas ajenas a mi persona que la entidad donde trabajaba me entregue el expediente, y han argumentado en la persona de su Directora que tienen hasta (90) días para entregarlo. Siendo el art 20 el único que hace referencia que yo sepa ha este asunto y es solo en caso de deterioro o perdida de este importante documento.
Por cierto. ¿cual es el área responsabilizada para la elaboración de la tarjeta SNC-2 25? ¿es al
libre albedrío de la administración, es Economía, es Recursos Humanos..?