Hace algunas semanas supe de una muchacha que enfrentaba un tremendo dilema porque su expareja la acosaba e intimidaba a través de las redes sociales.
El problema se pudo encaminar a través de los servicios jurídicos del Centro Nacional de Educación Sexual, pero incluso para instituciones especializadas hasta ahora resultaba difícil defender los derechos de las personas que recibían algún tipo de agravio o perjuicio mediante el uso de las tecnologías de la comunicación.
Ese tipo de conflictos fue de lo primero que me vino a la mente cuando esta semana trascendió la noticia sobre la aprobación de un conjunto de normas jurídicas que define y reglamenta el empleo en nuestro país de las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y el uso del Espectro Radioeléctrico.
El caso que les comentaba, por ejemplo, encaja perfectamente en la definición de ciberacoso que incluye la Resolución 105, del Ministerio de Comunicaciones, como parte de ese paquete legislativo, donde se detallan los diversos tipos de incidentes de ciberseguridad que pueden afrontar tanto las instituciones como la propia ciudadanía.
Y como esa, son muy numerosas las respuestas que ofrece la mencionada legislación para muchas situaciones no solo técnicas, sino que guardan relación con nuestra vida cotidiana, en esta era tan mediada por el uso –y a veces abuso– de las telecomunicaciones.
Porque en gran medida lo que busca el Decreto-Ley 35 y sus normas complementarias es precisamente protegernos de conductas abusivas, acciones violentas y daños éticos, sociales, económicos y de cualquier índole que puedan cometerse mediante las tecnologías de la comunicación.
Hacía mucho tiempo que especialistas y usuarios de esos medios y vías de interacción social echábamos en falta la existencia de preceptos claros, precisos y jurídicamente jerarquizados para guiar, ordenar y contribuir al mejor aprovechamiento de estas plataformas tan necesarias para la sociedad, tal y como existen en muchos países del mundo, en particular los de mayor desarrollo económico y tecnológico.
Por supuesto, la puesta en vigor de estas normas en un momento donde el país enfrenta múltiples agresiones en este campo, que van desde la ciberguerra y el ciberterrorismo, hasta los intentos de subversión, generó enseguida una feroz campaña de falsas noticias y manipulaciones que buscan acusar al gobierno cubano de querer amordazar, censurar y limitar la expresión ciudadana en las redes sociales de Internet.
Quien no la debe, no la teme, escribí como una de mis primeras reacciones en uno de esos espacios, y lo reitero. Los fenómenos nocivos que conceptualizan y buscan remediar estas normativas nada tienen que ver con nuestra libertad de expresar inconformidades, críticas y hasta denuncias públicas por vías digitales.
Estos planteamientos, por cierto, cada vez reciben mayor seguimiento y atención directa por representantes de instituciones y organismos que ahora prestan mucha más atención a esas vías de retroalimentación con la ciudadanía, aunque todavía falta mucho por hacer para resolver las insatisfacciones y necesidades infinitas que todos tenemos.
Al contrario de lo que quieren hacernos creer lo medios dependientes del financiamiento extranjero y ciertos individuos con identidad real o falsa que desde ese mismo ciberespacio arremeten con saña contra las citadas leyes, por ser protagonistas o cómplices de tales ciberagresiones contra Cuba, el propósito es que cada día más las tecnologías de la información y la comunicación nos sirvan para construir puentes de entendimiento, solidaridad y amor, que nos permitan resolver problemas y mejorar nuestras vidas, con total y justa ciberclaridad en lo que decimos y hacemos.