La denominada Ley Helms-Burton se aprobó en Estados Unidos en 1996 y desde 1992 existía la Torricelli. Estas decisiones de la década del noventa del siglo XX, que tienen relación de continuidad y, de alguna manera, se complementan, responden a un contexto muy específico: la desaparición del llamado campo socialista y de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) entre 1989 y 1991, por lo que los grandes poderes mundiales percibían el “fin del comunismo” en el mundo y el triunfo del capitalismo a escala universal como una posibilidad real, lo que sería capitalizado de modo particular por las grandes potencias, de modo notable por la hegemónica: los Estados Unidos.
Ese contexto es esencial para entender las decisiones del Congreso y del Presidente en ejercicio del imperio estadounidense, pero más aún: la existencia de la Revolución Cubana era –y es- en extremo molesta e inaceptable para ese imperio tan cercano geográficamente. Ya en 1959, documentos norteamericanos establecían que esa Revolución debilitaba la imagen de los Estados Unidos, de modo que muy temprano hubo definiciones claras y precisas, de acuerdo con las cuales se implementaron políticas de hostilidad. Desde la administración de Eisenhower (1953-1961) ya se establecieron objetivos esenciales: destruir la Revolución Cubana e impedir la aparición de una segunda Cuba en el hemisferio. Con variantes en la forma, estos objetivos han presidido la política hacia “la Llave del Golfo” durante más de 60 años. Dentro de esas variantes se encuentra la aprobación de esas leyes en los años noventa.
El proceso del derrumbe del socialismo en Europa y la desaparición de la URSS, así como la implementación de políticas ante esta situación, abarcó varias administraciones norteñas: Ronald Reagan 1980-1988, George Bush (padre) 1988-1992 y William Clinton 1992-2001; es decir, tanto republicanos como demócratas actuaron durante ese proceso, independientemente de que la caída tuviera lugar de modo específico cuando presidía Bush padre, mientras la aprobación de la Ley Torricelli y la Helms-Burton se produjo con el gobierno de Clinton.
¿Cómo se manifestó la política hacia Cuba en ese difícil contexto? Lo primero que debemos considerar es que la posición cubana fue de resistencia, de defensa del socialismo como sistema justo para la sociedad. Fidel lo planteó en diversas ocasiones. Ya el 26 de julio de 1989 había advertido: “porque si mañana o cualquier día nos despertáramos con la noticia de que se ha creado una gran contienda civil en la URSS, o, incluso, que nos despertáramos con la noticia de que la URSS se desintegró, cosa que esperamos que no ocurra jamás, ¡aun en esas circunstancias Cuba y la Revolución Cubana seguirían luchando y seguirían resistiendo!”
El 3 de abril de 1991, al volver sobre el tema y plantear la necesidad de preservar la Revolución, explicaba su importancia para evitar que los niños y niñas de Cuba “no anden mañana descalzos, para que no se queden sin escuelas ni hospitales ni médicos, para que no se queden sin maestros y sin libros, para que no sean pordioseros, para que no sean prostitutas”. La decisión de defender las conquistas de la Revolución, con el apoyo popular, constituyó un reto de gran envergadura para el propio pueblo y su dirección, pero también para los propósitos del gran imperio del Norte que pensó había llegado el mejor momento para destruir esa incomodidad cercana.
Como queda dicho, en 1992 se aprobó la denominada Ley Torricelli, o “Ley de la democracia en Cuba”, que establecía un conjunto de medidas destinadas a asfixiar la economía e impulsar actos de desestabilización de la situación en cubana, justo cuando había desaparecido el CAME, la URSS y, por tanto, las relaciones económicas ventajosas para la Isla caribeña; de manera que recrudecer la política ya iniciada desde 1962 con la imposición del bloqueo económico a la Gran Antilla, se convirtió en una política priorizada, pero no dio los resultados esperados; por tanto, había que arreciar las medidas.
En marzo de 1996, el Congreso estadounidense aprobó la “Ley de la Libertad Cubana y la Solidaridad Democrática”-conocida por los apellidos de quienes la propusieron, Helms y Burton-, ley que contó con la sanción del presidente Clinton, y por la cual este pasó al Congreso las prerrogativas para dirigir la política con Cuba, a la vez que fortaleció las sanciones internacionales que ya sufría la Isla, el apoyo a grupos internos de oposición -lo que implicó el incremento del financiamiento para esas actividades dentro y fuera de Cuba, entre las que incluyó, las de TV Martí- y otras medidas de agresión que aumentaron la internacionalización del bloqueo.
El Título 1 de la Ley se denomina “Fortalecimiento de las sanciones internacionales contra el gobierno de Castro”, lo que resulta muy preciso acerca de su sentido y sostiene la denominación de “gobierno de Castro”, como manera de demonizar al líder y eliminar su carácter popular en la percepción del mismo. Entre los aspectos que contempla ese título primero, se encuentra un grupo de secciones, entre las cuales podemos citar algunas como evidencia de sus intenciones y sus métodos: Aplicación del embargo económico de Cuba, Prohibición de la financiación indirecta de Cuba, Oposición de los Estados Unidos al ingreso de Cuba a las instituciones financieras internacionales, Oposición de los Estados Unidos a que se dé por terminada la exclusión del Gobierno de Cuba de la Organización de Estados Americanos, Trasmisiones televisivas hacia Cuba.
El Título 2, “Ayuda a una Cuba libre e independiente”, contempla en primer lugar la “Política hacia un gobierno de transición y un gobierno electo democráticamente en Cuba”, de lo que se deriva lo que harían una vez instaurado ese “gobierno de transición” implementado por la política norteña para consolidarlo.
Uno de los títulos más controvertidos de la Helms-Burton es el tercero, “Protección de los derechos de propiedad de los nacionales estadounidenses”, por el cual se sanciona a quienes tengan intereses o vínculos con las empresas nacionalizadas –que ellos califican de confiscadas- por la Revolución en 1960 y se incentivan las reclamaciones de esas propiedades, mientras el último título establece la “Exclusión de los Estados Unidos de extranjeros que hayan confiscado bienes de nacionales estadounidenses o traficado con dichos bienes”.
Como puede apreciarse por los títulos citados, hay en esta Ley toda una estrategia para estrangular la economía cubana y potenciar acciones desestabilizadoras para alcanzar el objetivo de liquidar el proceso revolucionario cubano. Se trataba de aprovechar el contexto para implementar esa política, lo cual resulta muy evidente cuando se miran sus conclusiones.
En la Sección segunda se dice que el Congreso había llegado a conclusiones, entre las que se consignan que “En los últimos cinco años la economía de Cuba se ha reducido en un 60% por lo menos”, esto lo valoraban como resultado del fin de los subsidios de la ex Unión Soviética ascendentes a entre cinco y seis mil millones de dólares anuales; la extrema disminución del comercio entre Cuba y los países del antiguo bloque soviético; y la política declarada del Gobierno de Rusia y los países del antiguo bloque soviético de basar las relaciones económicas con Cuba en condiciones estrictamente comerciales.
De manera que aprovechaban ese contexto para arreciar las medidas contra la Revolución Cubana, conscientes, como lo consignan en el propio texto de que “Al propio tiempo, el bienestar y la salud del pueblo cubano se han afectado sustancialmente como resultado de este deterioro económico”, a lo que agregaban la renuencia de la dirección cubana de implementar los cambios que ellos trataban de imponer.
La propaganda debía estar en torno a la democracia y las elecciones libres, tratando de que Cuba retornara al sistema democrático burgués y, con ello, al capitalismo y, por supuesto, a la órbita del imperialismo estadounidense. La última de las conclusiones hace una afirmación importante: “Durante los últimos 36 años, el Gobierno de Cuba ha planteado y continúa planteando una amenaza a la seguridad nacional de los Estados Unidos.”
Esa conclusión, evidentemente no puede referirse a la imposible amenaza militar que pueda representar Cuba, aunque la intenten presentar desde esa perspectiva para justificar su política; pero sí pudiera decirse que debilita la hegemonía de los Estados Unidos, como habían apreciado desde 1959, cuando aún Cuba no había asumido el camino socialista de manera expresa. Una Revolución socialista, popular, de justicia social, para un país que defiende su soberanía frente al gran poder mundial, es un desafío para ese imperio situado a 90 millas de la pequeña isla.
Entre los propósitos declarados por la Ley, se encuentra “fortalecer las sanciones internacionales contra el Gobierno de Castro” y también “proporcionar un marco de política para el apoyo de los Estados Unidos al pueblo cubano en respuesta a la formación de un gobierno de transición o a un gobierno electo democráticamente en Cuba”, es decir, que se promueve el retorno a la dependencia, a partir de instaurar un gobierno que responda a los intereses y el modelo de los Estados Unidos, retrotrayendo la historia de Cuba a la situación que vivió este pueblo a partir de 1902 como propósito central.
En este sentido, podemos apreciar una línea de continuidad con proyectos de más vieja data, como fue el “Programa de acción encubierta contra el régimen de Castro”, preparado por el Grupo 5412,[1] de 16 de marzo de 1960, cuyo objetivo era:
(…) provocar la sustitución del régimen de Castro por uno más consagrado a los verdaderos intereses del pueblo cubano y más aceptable para Estados Unidos, de manera tal que se evite cualquier apariencia de intervención norteamericana. Esencialmente, el método para alcanzar este fin será el de inducir apoyo y, en la medida posible, dirigir la acción dentro y fuera de Cuba, por grupos selectos de cubanos (…).
Las formas se han adaptado a las circunstancias de cada momento, pero mantienen la continuidad en cuanto a derrocar la Revolución Cubana y sustituirla por un régimen promovido desde los Estados Unidos y, por tanto, dependiente de aquel poder. Claro que la existencia de la Revolución Cubana lastima a los intereses hegemónicos del capitalismo en el mundo y, de modo particular, a la hegemonía ejercida por el imperio norteamericano; sin embargo, eso no da derecho a la intromisión, a la agresión que afecta a todo un pueblo en un acto genocida, a la destrucción de un modelo, de un sistema que cuenta con la aprobación de la gran mayoría del pueblo cubano como se ha evidenciado, entre otros momentos, en la participación popular en los procesos electorales, en las discusiones masivas de documentos que marcan directrices de políticas y, de modo muy claro y rotundo, en la discusión colectiva y aprobación de la Constitución actual en referendo popular.
A 25 años de la aprobación de la Ley Helms-Burton, es importante reflexionar sobre este hecho, comprender su contexto, sus antecedentes y sus propósitos, eso proporciona mejores armas para entenderla y enfrentarla.
[1] Grupo Especial del Consejo de Seguridad Nacional con funcionarios de los Departamentos de Estado y Defensa para revisar propuestas de acciones encubiertas.
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Profesora titular
no fue parte quien firmo esa ley