Actividades donde no se permite el trabajo por cuenta propia (Listado y PDF)

Actividades donde no se permite el trabajo por cuenta propia (Listado y PDF)

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El Clasificador Nacional de Actividades Económicas (CNAE), está integrado en 4 niveles de agregación que se reparten en 21 secciones identificadas mediante un código alfabético de una letra, subdivididas a su vez en 87 divisiones, 237 grupos, 421 clases, que en total contienen 2 mil 110 actividades, limitándose total o parcialmente algunas de estas estructuras, o solo determinadas actividades, que la propuesta se propone limitar 124 de ellas.

 

 

La lista no incluye actividades consideradas ilícitas para todos los actores económicos o prohibidos expresamente por ley como, por ejemplo: la caza y pesca de especies prohibidas y en peligro de extinción, explotación de las plantas endémicas, empleo infantil y trabajo forzado, entre otras.

Este listado pudiera ser modificado a partir del proceso de conciliación de las normas jurídicas, actualmente en proceso de elaboración.

Los dígitos que se reflejan entre paréntesis en el listado, corresponden a los niveles de clasificación de las divisiones, grupos, clases o actividades.

Actividades donde no se permite el ejercicio del trabajo por cuenta propia, según el Clasificador Nacional de Actividades Económicas.

I. Sección A: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

Esta sección comprende la explotación de recursos naturales vegetales y animales; es decir, las actividades de cultivo, la cría y reproducción de animales, la explotación maderera y la recolección de otras plantas, de animales o de productos animales en explotaciones agropecuarias o en su hábitat natural.
1. Cultivo de plantas narcóticas. (128)

2. Control de plagas. (161)

3. Caza ordinaria y mediante trampas con fines comerciales. (170)

Nota: Los agricultores pequeños asociados o no a cooperativas, los usufructuarios de tierra y propietarios de patios y parcelas, a los efectos de la agricultura y la ganadería, en materia de producción y comercialización, se rigen por lo dispuesto por el Ministerio de la Agricultura y no como trabajo por cuenta propia.

II. Sección B: Explotación de minas y canteras.

Esta sección abarca la extracción de minerales que se encuentran en la naturaleza en estado sólido (carbón y minerales), líquido (petróleo) o gaseoso (gas natural).

También se incluyen actividades complementarias dirigidas a preparar los materiales en bruto para su comercialización, por ejemplo, trituración, desmenuzamiento, limpieza, secado, selección y concentración de minerales, licuefacción de gas natural y aglomeración de combustibles sólidos.

4. Extracción de carbón de piedra y lignito. (510 y 520)

5. Extracción de petróleo crudo y gas natural. (610 y 620)

6. Extracción de minerales metalíferos. (710, 721, 722, 729)

7. Explotación de otras minas y canteras, excepto extracción de piedra arena y arcilla. (890, 891, 892, 893 y 899)

8. Actividades de servicios de apoyo para la explotación de minas y canteras. (910 y 990)

 

III. Sección C: Industria manufacturera.

Esta sección abarca la transformación física o química de materiales, sustancias o componentes en productos nuevos.

9. Elaboración de azúcar. (1072)

10. Elaboración de productos de tabaco, excepto para actividades de artesanía. (1200)

11. Impresión de periódicos, revistas, tabloides, libros, mapas, atlas, sellos de correos, timbres fiscales, documentos de títulos, cheques y otros documentos de garantía, incluye cuños, gomígrafos y papel moneda y cualquier otro impreso que atente contra lo dispuesto en la Constitución de la República de Cuba y en la legislación vigente. (1811)

12. Fabricación de coque y productos de la refinación del petróleo. (1910 y 1920)

13. Fabricación de sustancias químicas básicas de abonos y compuestos de nitrógeno y de plásticos y caucho sintético en formas primarias. (2011)

14. Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario. (2021)

15. Fabricación de pólvoras propulsoras, productos pirotécnicos, incluidas cápsulas fulminantes, detonadores, bengalas de señales, fósforos y otros explosivos. (2029)

16. Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico, incluida la elaboración de formulaciones con alegaciones terapéuticas a partir de plantas medicinales, incluyendo la mezcla de estas en ninguna de sus formas. (2100)

17. Fabricación de metales comunes, excepto la fundición de metales. (2410, 2420 y 2421)

18. Fabricación de armas y municiones. (2520)

19. Fabricación de insignias militares. (2599)

20. Fabricación de pilas, baterías y acumuladores. (2720)

21. Fabricación de vehículos automotores. (2910)

22. Construcción de buques y otras embarcaciones. (3011 y 3012)

23. Fabricación de locomotoras y material rodante. (3020)

24. Fabricación de aeronaves y naves especiales y maquinaria conexa. (3030)

25. Fabricación de vehículos militares. (3040)

26. Fabricación de motocicletas, excepto partes y piezas, vehículos de propulsión manual (carretillas, carritos para equipaje, para supermercado, etc.) y de tracción animal. (3091)

27. Fabricación de uniformes militares. (3290)

28. Reparación y mantenimiento de armas de fuego y municiones. (3311)

 

IV. Sección D: Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado

Esta sección abarca el suministro de energía eléctrica, gas natural, agua caliente y productos similares a través de una infraestructura permanente (red) de conducciones. Se incluye también la distribución de electricidad, gas, vapor, agua caliente y productos similares en polígonos industriales o edificios residenciales.

29. Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica. (3510)

30. Fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías, excepto el biogás. (3520)

31. Suministro de vapor y de aire acondicionado. (3530)

 

V. Sección E: Suministro de agua; evacuación de aguas residuales, gestión de desechos y descontaminación.

Esta sección comprende las actividades relacionadas con la gestión (incluidos la recogida, el tratamiento y la eliminación) de diversos tipos de desechos, como desechos industriales o domésticos sólidos o no sólidos, así como de lugares contaminados. Se incluyen también las actividades de suministro de agua.

32. Distribución de agua mediante redes de distribución, en comunidades de más de mil habitantes (3600)

33. Recogida de desechos peligrosos. (3812)

34. Tratamiento y eliminación de desechos peligrosos. (3822)

35. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desechos. (3900)

 

VI. Sección F: Construcción.

Esta sección comprende las actividades corrientes y especializadas de construcción y obras de ingeniería civil, previa contratación, según el proyecto de trabajo que pretenda realizar, con las entidades estatales correspondientes.

 

VII. Sección G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas.

Esta sección comprende la venta al por mayor y al por menor (sin transformación) de todo tipo de productos y la prestación de servicios accesorios a la venta de esos productos.

La venta al por mayor consiste en la reventa (venta sin transformación) de productos nuevos y usados a minoristas, a usuarios industriales, comerciales, institucionales o profesionales y a otros mayoristas, o la actuación como agente o intermediario en la compra o la venta de mercancías para esas personas o compañías.

36. Venta de vehículos automotores. (4510)

37. Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores. (4530 y 4540)

38. Comercio al por mayor, excepto la venta mayorista de productos agropecuarios. (4610, 4630, 4641, 4649, 4651, 4652, 4653, 4659, 4661, 4662, 4663, 4669 y 4690)

39. Venta al por menor de productos de tabaco en comercios especializados. (4723)
40. Venta al por menor de combustibles para vehículos automotores en comercios especializados. (4730)

41. Venta al por menor de equipo de información y de comunicaciones en comercios especializados. (4741 y 4742)

42. Venta al por menor de productos farmacéuticos y medicinales. (4772)

43. Actividades de galerías de arte comerciales. (4773)

44. Venta al por menor de sellos y monedas. (4773)

45. Venta de armas y municiones. (4773)

46. Otras actividades de venta al por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados para productos prohibidos. (4799)

 

VIII. Sección H: Transporte y almacenamiento.

Esta sección comprende las actividades de transporte de pasajeros o de carga, regular o no regular, por ferrocarril, por carretera, por vía acuática y por vía aérea, y de transporte de carga por tuberías, así como actividades conexas como servicios de terminal y de estacionamiento, de manipulación y almacenamiento de la carga. Abarca también el alquiler de equipo de transporte con conductor u operador; las actividades postales y de mensajería.

47. Transporte por tuberías, incluye la explotación de gasolineras. (4930)

48. Transporte marítimo en aguas internacionales, de cabotaje y para actividades turísticas. (5011 y 5012)

49. Transporte por vía aérea. (5110 y 5120)

50. Almacenamiento y depósito. (5210)

51. Actividades de servicios vinculadas al transporte terrestre, excepto la explotación de aparcamientos o garajes, aparcamientos para bicicletas. (5221)

52. Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático. (5222)

53. Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo. (5223)

54. Otras actividades de apoyo al transporte. (5229)

IX. Sección I: Actividades de alojamiento y de servicios de comida.

Esta sección abarca las actividades de unidades que ofrecen a sus clientes servicios de alojamiento para estancias cortas y de preparación de comidas completas y bebidas para su consumo inmediato.

55. Actividades de campismo, parques de vehículos de recreo y parques de caravanas. (5520)

 

X. Sección J: Información y comunicaciones.

Esta sección abarca la producción y distribución de información y de productos culturales y el suministro de los medios para transmitir o distribuir esos productos, así como datos o comunicaciones, actividades de tecnologías de la información y actividades de procesamiento de datos y otras actividades de servicios de información.

56. Edición y maquetación de libros, directorios y listas de correos, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte. (5811, 5812, 5813)

57. Producción audiovisual y cinematográfica, actividades de grabación de sonido y edición de música, excepto la operación y/o arrendamiento de equipamiento para la producción artística, Agente de selección de elenco (casting), Auxiliar de producción artística. (5911)

58. Actividades de exhibición de películas cinematográficas y cintas de vídeo. (5914)

59. Transmisiones de radio. (6010)

60. Programación y transmisiones de televisión, y actividades de programación cultural de la música, las artes escénicas, el libro, las artes plásticas, el cine, el patrimonio cultural y el trabajo comunitario. (6020)61.

Actividades de telecomunicaciones alámbricas. (6110)

62. Actividades de telecomunicaciones inalámbricas, incluye el servicio de móvil troncalizado. (6120).

63. Actividades de telecomunicaciones por satélite. (6130)

64. Otras actividades de telecomunicaciones, exceptuando la venta de productos y servicios que le son proveídos por ETECSA y el Grupo Empresarial Correos de Cuba (agentes de telecomunicaciones y agente postal). (6190)

65. Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas. (6311)

66. Actividades de agencias de noticias. (6391)

 

XI. Sección K: Actividades financieras y de seguros.

Esta sección comprende las actividades de servicios financieros, incluidas las actividades de seguros, reaseguros y fondos de pensiones y las actividades auxiliares de los servicios financieros. También se incluyen las actividades de tenencia de activos, como las actividades de las sociedades de cartera y las de los fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares.

67. Intermediación monetaria (6411 y 6419)

68. Actividades de sociedades en cartera (6420)

69. Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares (6430)

70. Arrendamiento financiero (6491, 6492 y 6499)

71. Seguros de vida y seguros generales. (6511 y 6512)

72. Reaseguros. (6520)

73. Fondos de pensiones. (6530)

74. Actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros. (6611, 6612 y 6619)

75. Actividades auxiliares de las actividades de seguros y fondos de pensiones, excepto los agentes de seguros (6621y 6629)

76. Actividades de gestión de fondos (6630)

 

XII. Sección L: Actividades inmobiliarias.

Esta sección comprende las actividades de arrendadores, agentes y/o corredores de bienes raíces y prestación de otros servicios inmobiliarios, como los de tasación inmobiliaria o los de depositarios de plicas inmobiliarias. También se incluye la construcción de estructuras combinada con el mantenimiento de la propiedad o el arrendamiento de esas estructuras.

77. Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, excepto para el arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios. (6810)

78. Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata, excepto la intermediación en la compra, la venta y el alquiler de bienes inmuebles a cambio de una retribución o por contrata. (6820)

 

XIII. Sección M: Actividades profesionales, científicas y técnicas.

Esta sección abarca las actividades profesionales, científicas y técnicas especializadas. Esas actividades requieren un nivel elevado de capacitación, y ponen a disposición de los usuarios conocimientos y aptitudes especializados.

79. Actividades jurídicas y de contabilidad, excepto la teneduría de libros. (6910 y 6920)

80. Actividades de oficinas principales. (7010)

81. Actividades de arquitectura e ingeniería. (7110 y 7120)

82. Investigación científica y desarrollo. (7210 y 7220)

83. Otras actividades profesionales científicas y técnicas, con excepción de los traductores de documentos y traductores e intérprete certificado, actividades de diseño y fotografía. (7490)

84. Actividades veterinarias; excepto para atender a los animales afectivos. (7500)

 

XIV.Sección N: Actividades de servicios administrativos y de apoyo.

Esta sección abarca diversas actividades de apoyo a actividades empresariales generales. Esas actividades difieren de las profesionales, científicas y técnicas, en que su finalidad principal no es la transferencia de conocimientos especializados.

85. Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo, excepto el alquiler de bicicletas. (7721)

86. Arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares. (7740)

87. Actividades de empleo. (7810, 7820 y 7830)

88. Actividades de agencias de viajes y operadores turísticos. (7911 y 7912)

89. Servicios de reserva y actividades conexas. (7990)

90. Actividades de seguridad. (8010)

91. Actividades de servicios de sistemas de seguridad, excepto la instalación, reparación, reconstrucción y ajuste de dispositivos mecánicos o electrónicos de cierre, cajas de caudales y cajas fuertes. (8020)

92. Actividades de investigación. (8030)

93. Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas. (8299)

 

XV. Sección O: Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria.

Esta sección comprende las actividades que suelen correr a cargo de la administración pública, entre las que se encuentran la promulgación de leyes, su interpretación judicial y la administración de los reglamentos de aplicación y programas correspondientes, las actividades legislativas, tributarias, de defensa nacional y de orden público y seguridad, los servicios de inmigración, las relaciones exteriores y la administración de programas gubernamentales. Se incluyen también las actividades relacionadas con planes de seguridad social de afiliación obligatoria.

94. Actividades de la administración pública. (8411)

95. Regulación de las actividades de organismos que prestan servicios sanitarios, educativos, culturales y otros servicios sociales. (8412)

96. Regulación y facilitación de la actividad económica. (8413)

97. Administración de actividades relacionadas con los censos de población y viviendas. (8415)

98. Relaciones exteriores (8421)

99. Actividades de defensa, incluida la Ciberseguridad. (8422)

100. Actividades de mantenimiento del orden público y de seguridad. (8423)

101. Actividades de planes de seguridad social de afiliación obligatoria. (8430)

XVI.Sección P: Enseñanza

Esta sección comprende la enseñanza de cualquier nivel y para cualquier profesión, oral o escrita, televisión o por otros medios de comunicación. Abarca la enseñanza impartida por las distintas instituciones del sistema educativo general en sus distintos niveles, la enseñanza para adultos, etcétera. Se incluyen también las escuelas y academias militares, las escuelas de prisiones, etcétera, en sus niveles respectivos.

102. Enseñanza, excepto para la atención educativa y el cuidado de niños, los profesores de música y otras artes; profesores de taquigrafía, mecanografía o idioma, instructores de automovilismo, para la práctica de ejercicios físicos, clases de gimnasia aerobia y repasadores. (8510, 8511, 8513, 8521, 8522, 8523, 8530, 8541, 8549, 8561 y 8562)

 

XVII. Sección Q: Actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.

Esta sección comprende la prestación de servicios de atención de la salud y de asistencia social. Abarca una amplia gama de actividades, desde servicios de atención de la salud prestados por profesionales de la salud en hospitales y otras instalaciones hasta actividades de asistencia social sin participación de profesionales de la salud, pasando por actividades de atención en instituciones con un componente importante de atención de la salud.

103. Actividades de hospitales (8610)

104. Actividades de médicos y odontólogos (8620)

105. Otras actividades de atención de la salud humana. (8690)

106. Actividades de atención de enfermería en instituciones. (8710)

107. Actividades de atención en instituciones para personas con retraso mental, enfermos mentales y toxicómanos. (8720)

108. Otras actividades de atención en instituciones. (8790)

109. Actividades de asistencia social, excepto para el cuidado de enfermos, personas con discapacidad y ancianos. (8810 y 8890)

 

XVIII. Sección R: Actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas.

Esta sección comprende una amplia gama de actividades que atienden a variados intereses culturales, recreativos y de entretenimiento del público en general, incluidos espectáculos en vivo, actividades de museos y lugares históricos, juegos de azar, actividades deportivas y recreativas.

110. Actividades de periodistas. (9000)

111. Gestión de salas de conciertos, de video, galerías de arte, librerías, excepto la venta de libros de usos, casas de cultura, teatros y otras instalaciones similares. (9000)

112. Actividades de bibliotecas físicas o digitales, archivos y centros de información o documentación. (9101)

113. Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos. (9102)

114. Actividades de zoológicos y reservas naturales. (9103)

115. Actividades de juegos al azar y apuestas. (9200)

116. Gestión de instalaciones deportivas, excepto los gimnasios de musculación y el arrendamiento de piscinas. (9311)

117. Actividades de clubes deportivos, tales como fútbol, bolos, natación, golf, boxeo, culturismo, ajedrez, atletismo, tiro, etcétera. (9312)

118. Otras actividades deportivas, incluye el buceo. (9319)

119. Otras actividades de esparcimiento y recreativas, excepto la gestión de bares, discotecas, pistas de baile y la organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas. (9329)

 

XIX. Sección S: Otras actividades de servicios.

Esta sección comprende las actividades de asociaciones, la reparación de ordenadores y de efectos personales y enseres domésticos y diversas actividades de servicios personales no clasificadas en otra parte.

120. Actividades de asociaciones empresariales profesionales. (9411 y 9412)

121. Actividades de sindicatos (9420)

122. Actividades de otras asociaciones (9491, 9492 y 9499)

123. Pompas fúnebres y actividades conexas. (9603)

 

XX. Sección T: Actividades de los hogares como empleadores; actividades no diferenciadas de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio.

Esta sección comprende la caza y la recolección, la agricultura, la construcción de viviendas, la confección de prendas de vestir, la cocina, la enseñanza, el cuidado de los miembros de la familia y otros servicios producidos por los hogares para su propia subsistencia.

 

XXI. Sección U: Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales.

Esta sección comprende actividades de organizaciones internacionales, como las Naciones Unidas y los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, órganos regionales. Incluye además las actividades de misiones diplomáticas y consulares.

124. Actividades de organizaciones internacionales y de misiones diplomáticas y consulares. (9900)

 

Puede descargar el archivo:  Actividades donde no se permite el ejercicio del trabajo por cuenta propia (1317 descargas)

 

(Tomado del sitio del MTSS)

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11 comentarios en Actividades donde no se permite el trabajo por cuenta propia (Listado y PDF)

  1. ¿Hay alguna prohibición para realizar trabajos de tatuajes a personas o animales? ¿que debo hacer si quiero realizar esta actividad?

  2. Quiero saber si existe una lista con lo que esta permitido.muchos de los renglones expuesto son obvio que deben ser dirigidos por el estado .pero hay otros que no los entiendo .creo que seria más fácil para la población una lista de lo que es lícito.

  3. En el Clasificador Nacional de Actividades Económicas de la ONEI aparecen: Grupo 4100 CONSTRUCCION DE EDIFICIOS y Grupo 7110 ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA Y ACTIVIDADES CONEXAS DE CONSULTORÍA TÉCNICA. Obsérvese que en la organización del Clasificador, se encuentran separadas como si no estuviesen íntimamente vinculadas.
    En su intervención en la reciente Mesa Redonda dedicada a las nuevas reglamentaciones para el Sector No Estatal, la Ministra del MTSS señaló: “por ejemplo, hay una sección dedicada a las actividades de la construcción, donde no se limita ningún tipo de actividad para el sector no estatal“. Se refería a la primera, la 4100
    Las del Grupo 7110, aparecen entre otras como PROHIBIDAS PARA EL SECTOR NO ESTATAL de acuerdo a lo publicado en días recientes por el MTSS, no obstante se señala que: “el listado puede ser modificado a partir del proceso de conciliación con las normas jurídicas actualmente en proceso”..
    “se reconoce que todas las obras, grandes, medianas y pequeñas debieran estar respaldadas por un proyecto,……..eso, que se cumple en la generalidad de las grandes obras, no se realiza de la misma manera en algunas de las medianas y casi nunca en las pequeñas, en las que no siempre está presente el profesional que pueda realizar el proyecto…….no es lo habitual que las Empresas de Proyectos,,,,,realicen los Proyectos de pequeñas inversiones, por estar priorizadas otras obras importantes…….para las inversiones privadas, viviendas, instalaciones para el comercio y la gastronomía o productivas, que son en la actualidad protagonistas importantes en las transformaciones del ambiente urbano, no hay estructuras con calidad y eficiencia que permitan realizar legalmente los proyectos……… no hay formas legales o expeditas para que un equipo pudiera conformarse y enfrentar un proyecto y menos presentar sus propuestas al margen de las Empresas. Contradictoriamente los arquitectos e ingenieros están vetados de incluirse en las plantillas de las Cooperativas No Agropecuarias de la Construcción, de hacerlo deben inscribirse como plomeros, albañiles o cualquier otro oficio…..se han creado varios Grupos Independientes de Proyectos, …. pero no cuentan con la legalidad requerida; no existen mecanismos para incorporar a estos Grupos a proyectos complejos……se observa una migración de jóvenes profesionales en busca de oportunidades de trabajo de mayor retribución…..se realizan algunos estudios, vinculados a la construcción; las más de las veces sin la participación de arquitectos o ingenieros, se obvian consultas y aprobaciones y no se realizan Contratos que garanticen el Control de Autor y los derechos y deberes de ambas partes. Ya se hacen evidentes los efectos, las más de las veces desacertados de estas transformaciones en el ámbito urbano. “
    “En cuanto a las Empresas de Proyectos …., no es objetivo suplantarlas, ellas cuentan con una infraestructura lo suficientemente sólida como para mantener su trabajo. …. se establecerían los nexos entre Empresas Estatales y Trabajadores por Cuenta Propia pudiéndose crear entidades mixtas, grupos no estatales junto a Empresas para desarrollar proyectos complejos y la contratación de profesionales de reconocido prestigio para el desarrollo de partes de esos proyectos y se auspiciaría la exportación de servicios técnicos ampliando las posibilidades de participación de jóvenes profesionales.”
    Quisiéramos agregar que lejos de ver a las formas no estatales como Amenazas a las Empresas que realizan proyectos, deberían considerarse como Oportunidades para su propio desarrollo y el de nuestras ciudades, considerando las Fortalezas que representan esos profesionales; una limitación del trabajo no estatal para arquitectos e ingenieros limitaría su participación en los Proyectos y las Estrategias de Desarrollo Municipales.
    Nuestra Ministra de Trabajo y Seguridad Social en la Mesa Redonda, señaló “por ejemplo, hay una sección dedicada a las actividades de la construcción, donde no se limita ningún tipo de actividad para el sector no estatal“.
    En el dia de ayer apareció en la prensa, el listado de las actividades no permitidas de acuerdo al Clasificador de las Actividades Económicas donde para nuestra sorpresa aparecen en el apartado XIII, punto 81, las actividades de Arquitectura e Ingeniería que, si bien no están dentro del Grupo 4100 (Construcción) forman parte esencial de sus contenidos. Se da la contradicción entonces de que se aprueba la construcción por el Sector No Estatal de obras de diferentes complejidades y sin embargo, la arquitectura e ingeniería, imprescindibles para realizarlas no están consideradas.
    Esperamos su consideración y sus respuestas a lo antes planteado,
    Afectuosamente,
    Arq Nerson H. Gonzalez Mínguez Arq. Fausto Martínez Garcia
    Graduación CUJAE año 1966 Graduación CUJAE año 1970
    Teléfono 5 5702270 Teléfono 5 2599544

  4. Hola, debían revisar la actividad de arquitectura e ingeniaría y asociadas que la han “LIMITADO”en las nuevas modificaciones del trabajo por cuenta propia, qué, para mi es una de las más importantes. Creo que no se está viendo correctamente el escenario que necesita el país y se están enfocando solo en buscar ocupar a las personas que no tienen empleo, y no en que nuestra Isla se desarrolle en todos los sentidos, además la realidad es que para que las personas puedan desarrollar sus posibles trabajos por cuenta propia es necesario que el país se desarrolle primero de forma tecnológica, que existan pequeñas cooperativas o trabajadores independientes que le puedan proporcionar al resto asesoría y determinada herramientas para sus emprendimientos, y eso lo puede hacer una masa de personas que están preparada en Cuba y que tiene miles de ideas y sueños que por estas cosas no se logran hacer realidad, una masa de personas talentosas que se ha venido desperdiciando por años y muchos han tenido que emigrar y dar su talento en otros países, es algo penoso. Cuba necesita producir alimentos, bienes y servicios y eso solo se puede lograr desarrollando tecnologías y eso es ingeniería e investigación, tenemos un atraso con respecto al mundo de más de 60 años, mientras ya la era industrial paso y nos encontramos en la nueva era de la información y el conocimiento, nuestro país aún no alcanza la pasada era, los grandes cambios en el mundo lo han hecho los soñadores, personas individuales y los más beneficiados han sido los pueblos. Los cubanos nos han preparados, nos han dado educación por años, solo falta que nos dejen usar esa educación para el bien de nuestra nación. Gracias

  5. Hola, de verdad me gustaria mejor saber en cuales actividades se podra trabajar .

    Seguimos en las mismas y no saldremos de las crisis en que vivimos desde el 1990.
    No ha cambiado nada , es la misma novia con otro traje.
    Hay Cuba, que tendra que pasar mucho tiempo para poder salir de esa pobreza en que vivimos.
    Y donde muchas actividades que son en el resto del mundo no estrategicas sigan monopolisada por el estado.
    No habra desarrollo, no habra adelanto en mucho tiempo, y seguiremos culpando al imperio y a los yanquis.
    Por que no hacer una apertura economica real, y solo dejar en manos del Estado las verdaderas estrategicas actividades.
    Saludos.

    • Si tienes en mente algún proyecto de trabajo por cuenta propia que quieras desarrollar simplemente busca si está en este listado, si no está , pues preséntalo para su aprobación. No tienes que poner el parche antes que ocurra el ponche. Y si está en el listado, quizás más adelante o pronto, se analice y se excluya de esta lista, todo está en revisión. Lo que no está en revisión ni lo estará será todo aquello que pueda afectar nuestra soberanía y la seguridad de nuestra hermosa Revolución. Colabora y sé optimista, mueve buenas energías, que de todas formas, esto es tremendo paso de avance comparado con lo que existe actualmente . No hay peor ciego que el que no quiere ver.

  6. Otro engaño mas al pueblo,la pagina solo abre por internet,y los link que han puesto para descargar en los variados periodicos se dejan descargar pero no se dejan abrir,hasta cuando el mal trabajo

    • Desde La Habana y desde Santa Clara hemos hecho la prueba y se descarga bien. No obstante, estamos al tanto y continuamos probando.

    • Tomando en cuenta la dificultad de arian expresada en su comentario digital, hemos colocado íntegramente el texto.
      Lamentamos que arian haya tenido esta desagradable experiencia que lo ha llevado a opinar que engañamos al pueblo.
      Por favor, si tienen alguna dificultad, háganlo saber. Continuamos al tanto.

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