La Gaceta Oficial de la República de Cuba ha publicado en varias ediciones extraordinarias más de un centenar de normas jurídicas, entre ellas el Decreto Ley 17 del Consejo de Estado, que ampara toda la política de la implementación del proceso de ordenamiento monetario.
Entre los textos aparecen 19 resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que establecen los cambios en la distribución de los ingresos, en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, por mencionar algunos ejemplos, ya que abarcan todas las actividades del entramado social, por lo cual es imposible reseñarlas en breve espacio.
Estas normas son la guía por las que debe actuarse para evitar errores. Su conocimiento es imprescindible tanto para los encargados de la aplicación en las diferentes instancias del Gobierno como en los colectivos, para los que deben convertirse prácticamente en un documento de cabecera de las administraciones y el sindicato.
Es preciso además que tanto los trabajadores como la población conozcan y consulten estos documentos, a los cuales pueden acceder a través de los sitios web de la Gaceta y los organismos correspondientes.
Como se ha reconocido públicamente, en algunos dirigentes faltó preparación para esta Tarea, porque hubo elementos que se violaron, como el precio en los comedores obreros que debía ser como máximo de 18 pesos, entre otras cuestiones que no se han aplicado bien.
Marino Murillo Jorge, jefe de la Comisión de Implementación de los Lineamientos, explicó que una de las características de este proceso es que cuando se toma la decisión y se inicia no se puede volver atrás, hay que seguir, rectificando las desviaciones que puedan surgir, ya que económicamente no es posible revertirlo. De ahí que sea fundamental, subrayó, trabajar con mucho cuidado y rigor.
Por la envergadura y complejidad de la Tarea pueden ocurrir tropiezos en el camino de su aplicación, aunque lo más importante es que las autoridades del país han emprendido este proceso tomando como termómetro las opiniones de la población y de los trabajadores para darles respuesta inmediata.
Quisiera que se me exclareciera , puede en una estructura plana de direccion (donde el director esta en la escala 26 con 3 subordinados simples en la escala 17 )haber 9 escalas salariales de diferencias entre ambos si el decreto 281 de perfeccionamiento dice que son maximo 4 del cuadro al trabajador simple