Como parte del plan del Gobierno para el enfrentamiento a la COVID-19, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) implementó medidas laborales, salariales, de seguridad social y para el trabajo por cuenta propia, con el objetivo de garantizar la protección de los trabajadores y sus familias, el aislamiento social y asegurar sus ingresos ante la paralización necesaria de las actividades laborales.
Las medidas tuvieron un impacto positivo, pues los trabajadores desamparado. Además, se habilitaron teléfonos, correos y perfiles en redes sociales para atender todas las consultas, lo que permitió el intercambio con 26 mil 817 ciudadanos.
Entre las medidas aprobadas destaca la de potenciar el trabajo a distancia, lo cual debe continuar aplicándose, y reporta en la actualidad un total de 624 mil 978 personas en esta modalidad.
Ante la interrupción laboral, se prioriza la reubicación de los trabajadores. Hoy se encuentran reubicados 48 mil 343 de los 146 mil 507 interruptos (33 %). Esta cifra aún es baja en relación con quienes están percibiendo garantía salarial, al 100 % y al 60 % de su salario básico.
Asimismo, se protege con una garantía salarial equivalente al 100 % del salario básico durante el primer mes, y a partir del segundo el 60 %, a las madres de los niños en la enseñanza primaria, especial, y en círculos infantiles, así como a los adultos mayores y otros trabajadores que resultan vulnerables ante la COVID-19.
En este período se desarrollaron acciones dirigidas a los trabajadores del sector no estatal. En tal sentido, en las actividades que disminuyeron su nivel, pero siguen prestando servicios, el empleador garantiza a los contratados una remuneración en proporción al tiempo real trabajado, que no puede ser inferior al salario mínimo del país. Por su parte, a los que no puedan continuar laborando, incluidos los contratados, se les concede la suspensión temporal de la actividad mientras perdure esta situación. Esto último se otorga previa solicitud del interesado, sin trámite adicional. Estas medidas se acompañaron de beneficios tributarios.
En el sector empresarial se mantuvo el pago por resultados a partir de suprimir la condición referida al crecimiento de las utilidades antes del impuesto. También se eliminó lo concerniente al cumplimiento de las utilidades en entidades que aplican sistemas de estimulación en pesos convertibles vinculados al cumplimiento y sobrecumplimiento de indicadores productivos y de eficiencia.
Por otra parte, más de 4 mil 600 trabajadores sociales visitaron 646 mil 751 personas en condiciones de riesgos. Para su atención se habilitó un servicio de mensajería en el que participaron 6 mil 213 trabajadores de comercio, mil 388 trabajadores sociales, 4 mil 938 de los sectores de Educación, Inder y Cultura, y 8 mil 384 de organizaciones de masas, vecinos y familiares.
En el caso de la disminución de los ingresos en un núcleo familiar por la aplicación de las medidas adoptadas para el enfrentamiento de la COVID-19, siempre que se compruebe la insuficiencia para el pago de los servicios básicos, se concede una prestación monetaria temporal de la asistencia social según la composición del núcleo.
De los núcleos protegidos hasta hoy, 268 son de trabajadores, entre ellos, 252 trabajadores por cuenta propia, titulares y contratados que son adultos mayores y han suspendido el ejercicio de su actividad para mantenerse aislados o para dedicarse al cuidado de familiares adultos mayores frágiles, personas enfermas y menores; y 16 son del sector estatal.
Finalmente se asegura la protección de la Asistencia Social a los núcleos familiares que lo requieran durante las tres fases de recuperación de la pandemia, con tendencia a la disminución en la medida en que se normalice la reinserción a la actividad laboral. Como se aprecia, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no se quedó de brazos cruzados ante la COVID-19. Y seguiremos.
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Acerca del autor
Yudelvis Álvarez Fonseca
Directora jurídica del MTSS