Desde este martes quedó publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba la Resolución 128 de 2020 del Ministerio de Salud Pública que emite disposiciones sanitarias específicas complementarias para la etapa de prevención y control de la propagación de la COVID-19 en nuestro país.
Estas disposiciones confirman la aplicación y control de medidas sanitarias para el ejercicio de las acciones de prevención y control de la enfermedad transmisible COVID-19 en el territorio nacional, según lo establecido en el artículo 9 del Decreto-Ley 54 “Disposiciones Sanitarias Básicas”, de 23 de abril de 1982.
En la emisión del miércoles 13 de mayo del programa televisivo “Hacemos Cuba”, se explicarán estas disposiciones, con la presencia de Dagmara Cejas Bernet, Directora Juídica del MINSAP.
Puede consultar y descargar esta resolución aquí: Resolución 128 de 2020 de Ministerio de Salud Pública
Vamos bien pero me preocupa algo,mi esposa trabaja como medico en el Hosp Celestino Hernandez Santa Clara y le dieron una careta para protegerse pero no ha podido ponérsela porque está hecho de un material plástico que está muy opaco y puede sufrir una caída o afectarle la visión,sin embargo a otros trabajadores le entregaron gafas con la calidad requerida,¿por qué a algunos doctores no le entregaron esas gafas?el material de esas caretas no es el más apropiado porque no tiene la nitidez adecuada
Quisiera conocer cuál norma o medida higiénico sanitaria prohíbe que en la actual emergencia epidemiológica,productos agricolas,puedan trasladarse, de un municipio a otro por TCP en ejercicio de la actividad Carretillero o vendedor de productos agrícolas