Con la presencia de la vicepresidenta de la Asamblea Nacional Ana María Mari Machado se realizó el análisis de la propuesta de dictamen del proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares por parte de los integrantes de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos en la mañana del primer día de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su IX Legislatura.
El diputado José Luis Toledo Santander, presidente de la comisión, expresó que sobre estas dos leyes se ha venido trabajando durante varios meses, para cada una se conformó un grupo de trabajo con la presencia de diputados, delegados de asambleas municipales, presidentes de consejos populares de reconocida experiencia, también funcionarios de la Asamblea Nacional, se invitaron profesores de la Universidad de La Habana, presidentes de asambleas provinciales del Poder Popular. Posteriormente se realizó una reunión de análisis y discusión del documento derivado de este análisis.
Se tuvo en cuenta una labor que se empezó a realizar en la anterior legislatura, encaminado al perfeccionamiento del Poder Popular, en el que se elaboraron 20 preguntas de los asuntos más álgidos de su funcionamiento y se discutió con todos los delegados, proceso en el cual se recogieron más de 20 mil opiniones.
Después de una versión más avanzada se fue a un proceso de discusión en todos los territorios del país con todos los diputados. Se invitaron a otros actores sociales y se aportaron 134 opiniones. De ellas se aceptaron 66. Significó Toledo Santander que ninguna de los criterios contradijo los aspectos esenciales de la ley, sino que estuvieron encaminadas a perfeccionarla y a aclarar dudas.
Esto originó un nuevo texto que se colocó en el sitio web de la asamblea para generar conocimiento de la población. La ubicación de los dos proyectos se han recibido también opiniones, sobre temas de contenido 36 y el resto de estilo, todas han sido valoradas y se está trabajando en darle respuesta.
Esta es una ley, subrayó, que reglamenta el funcionamiento de la asamblea municipal, aunque hay temas que la ley no puede evadir, por ejemplo, referirse a la autonomía municipal y lo consideramos oportuno porque ello está generando opiniones que a veces no son las más atinadas, ello está definido en la Constitución. Es una autonomía reglamentada por la ley.
También destacó que una asamblea municipal no debe celebrar menos de 6 reuniones en el año y que los delegados rindan cuenta una vez al año. “Nuestros delegados no son profesionales y el mandato es de cinco años, eso conllevó a proponer que la rendición de cuenta se haga de este modo, ello implica que el delegado tiene que incrementar los despachos con los electores. Tenemos que rescatar, enfatizó Toledo Santander, la cultura de que en distintos lugares de la circunscripción se coloque un cartel donde se informe dónde y cuándo el delegado va a efectuar sus despachos, como una vía de mantener un vínculo con los electores.
Un avance del proyecto de ley es precisar qué es la rendición de cuenta. La ley recoge la posibilidad de que en algunas asambleas municipales se puedan nombrar como profesionales algunos de los presidentes de las comisiones permanentes de trabajo, no se trata de que todos tengan que serlo, hay que valorarlo. La designación tiene que ser casuística.
La ley va a abordar el tema de la garantía de los derechos de petición, o sea, la facultad de la asamblea municipal de convocar a consulta popular aspectos de interés local, por ejemplo, si en un municipio se ha valorado la conveniencia de cambiar los horarios de comercio y gastronomía, ese tema por su incidencia puede ser motivo de consulta.
La población tiene derecho a proponer a la asamblea también temas que le preocupen y se ha propuesto que este sea un aspecto que se canalice a través del delegado.
La ley va a abordar los consejos populares, mencionó.
Subrayó Toledo Santander que la dirección del país tiene un gran interés de que se estudie y conozca en detalle esta ley por lo cual se desarrollará un proceso de capacitación y acciones que permitan evaluar ese conocimiento. Ello se va a seguir de cerca por la dirección de la Asamblea Nacional.
El intendente le tiene que rendir cuenta de todos sus actos a la asamblea que es la que lo nombra o lo destituye. Hay que romper el cordón umbilical entre el presidente de la asamblea municipal y la administración local, lo cual hace daño. Un intendente es una autoridad que designa la asamblea para que se especialice en el conocimiento de la administración que de este modo será más fuerte y de mejores resultados en su gestión. Esto se desarrollará en otra norma.
Toledo Santander dio lectura al proyecto de dictamen y consideró que es una fortaleza para el trabajo del órgano del Poder Popular contar con una ley ya que hasta ahora su funcionamiento estaba regido por un reglamento. La ley responde a todo lo que durante varios años se ha estado analizando en torno al perfeccionamiento de estos órganos.
El proyecto de dictamen se aprobó por los miembros de la comisión.
La materialización de la letra de la Constitución
Ana María Mari Machado, vicepresidenta de la Asamblea Nacional, destacó la importancia de realizar un proceso de capacitación en torno a las leyes analizadas, lo cual debe ser una de las prioridades del trabajo de la comisión. Ambas, dijo, son el corazón de la materialización de la letra de la Constitución.
Toledo Santander explicó que le corresponde a la Asamblea Nacional decidir la constitucionalidad de los actos del Consejo de Estado y ratificar o no sus decisiones, en atención a los incisos e y f del artículo 108 de la Constitución. Se refirió a 14 decretos leyes y acuerdos sobre diferentes temáticas adoptados entre julio del pasado año y diciembre del actual y dio lectura a un dictamen que propone a la asamblea su ratificación, lo cual fue aprobado por los integrantes de la comisión.
Acerca del autor
Graduada de Periodismo. Subdirector Editorial del Periódico Trabajadores desde el …