“Defendamos la ley, hagamos cumplir la ley y aprobemos la ley”, ante tal sentencia de Eusebio Leal Spengler, Historiador de la Ciudad, el sentir de los diputados fue la aprobación de dicho Proyecto, el cual sintetiza las tradiciones de lucha del pueblo cubano.
Al comenzar el debate de este tópico, el diputado José Luis Toledo Santander, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, esbozó algunos pasajes históricos relacionados con los símbolos.
Subrayó que la historia de nuestra Bandera Nacional, símbolo de identidad, es la historia de nuestros sueños de lucha y sacrificios para alcanzar la independencia de la Patria.
Dijo que en “este peregrinar en pos de nuestra liberación patria” estuvo además el Himno de Bayamo, y puntualizó que fue el 13 de agosto de 1867 cuando se le encomendó a Perucho Figueredo que redactara lo que en la madrugada del día 14 se convirtió en La Bayamesa.
Recordó, que el 20 de octubre de 1868, en la ciudad de Bayamo, el pueblo enardecido por la victoria y en medio de la exaltación sublime del sentimiento patrio, se escucharon por primera vez las notas del Himno y que, en la madrugada del 26 de julio de 1953, los jóvenes revolucionarios, antes de salir al combate para asaltar los cuarteles Moncada y Carlos Manuel de Céspedes, también lo hicieron suyo.
Serían esas notas del Himno Nacional —agregó— las que inspiraron a los nobles guerreros en el llano y en las montañas y luego a todo un pueblo.
“¿Y qué decir de nuestro Escudo patrio?, reflejo de nuestras ansias de libertad”, enfatizó.
De ahí el llamado para que los ciudadanos los veneren y respeten. “Al honrarlos nos estamos honrando nosotros mismos”, porque una Patria libre, socialista y soberana es el propósito de esta ley.
La lectura del dictamen de dicho Proyecto fue dada a conocer por Andrés Castro Alegría, presidente de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, que de conjunto con la de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, tuvo a su cargo la redacción del texto.
El proyecto de Ley —aseguró— tiene como objetivo dar solución a la problemática que se aprecia en la sociedad en cuanto a la contradicción que se manifiesta entre lo estipulado en la vigente Ley de Símbolos Nacionales, su Reglamento y el uso que hacen e interesan a nuestros ciudadanos dar a los mismos.
Afirmó que el documento señala que la solución de esa contradicción propone un reto adicional: flexibilizar los usos, pero mantener el debido respeto a los símbolos nacionales en el sentido de la consideración y deferencia que merecen por representar la nación y toda su historia.
El texto reconoce que a partir de este análisis resultó imprescindible actualizar toda la normativa legal vigente sobre la materia, así como puntualizar y dar mayor precisión a sus contenidos; partiendo del principio de alcanzar una Ley que favorezca la mayor presencia de los símbolos nacionales en la sociedad en un ambiente de orden y respeto a lo normado.
De igual manera, resalta la importancia de que en el proceso de implementación de la norma jurídica se logre generar una conciencia de responsabilidad colectiva de conocimiento, respeto y veneración de los símbolos nacionales.
Al referirse a las novedades de la Ley, señaló que dos de sus Títulos se dedican a las responsabilidades del Estado, la familia y las instituciones educacionales y formadoras para contribuir a fomentar en la sociedad el conocimiento de los Símbolos Nacionales, las principales regulaciones para su uso y una conducta de respeto a ellos. Solo así la contradicción entre la Ley y el uso correcto por los ciudadanos, la familia y las instituciones será resuelta en su totalidad.
La nueva Ley tuvo en cuenta las sugerencias y criterios que emitieron los diputados y expertos consultados durante el proceso de estudio y discusión, así como las recomendaciones y propuestas enviadas al sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular; planteamientos que fueron evaluados, lo cual permitió realizar 108 modificaciones al texto inicialmente circulado.
Finalmente, explicitó que ambas comisiones consideraron que existe correspondencia entre el Proyecto de Ley presentado y la Constitución de la República.
Dictamen de las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos sobre el proyecto de Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba
La propuesta de Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba que se ha sometido al estudio y valoración de los diputados, especialistas e instituciones y que fue publicada en el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular, es resultado del ejercicio de iniciativa legislativa de su Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.
En la redacción de esta norma trabajaron coordinadamente, especialistas designados por los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior, de Educación, Educación Superior, Cultura, Justicia, Relaciones Exteriores, de las Secretarías de los Consejos de Estado y de Ministros y de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Se revisaron y tuvieron en cuenta documentos históricos y las actas de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su segunda Legislatura (1983).
El proyecto de Ley que se propone tiene como objetivo dar solución a la problemática que se aprecia en nuestra sociedad en cuanto a la contradicción que se manifiesta entre lo estipulado en la vigente Ley de Símbolos Nacionales, su Reglamento y el uso que hacen e interesan a nuestros ciudadanos dar a los mismos.
La solución de esa contradicción propone un reto adicional: flexibilizar los usos, pero mantener el debido respeto a los símbolos nacionales en el sentido de la consideración y deferencia que merecen por representar la nación y toda su historia.
A partir de este análisis se hace imprescindible actualizar toda la normativa legal vigente sobre la materia, así como puntualizar y dar mayor precisión a sus contenidos; partiendo del principio de alcanzar una Ley que favorezca la mayor presencia de los símbolos nacionales en la sociedad en un ambiente de orden y respeto a lo normado.
En este sentido, es importante que en el proceso de implementación de la norma jurídica se logre generar una conciencia de responsabilidad colectiva de conocimiento, respeto y veneración de los símbolos nacionales.
Como novedades de la Ley que se presenta, sobresalen:
- Se reconoce que si bien existen otros símbolos patrios que son también expresión de las luchas de nuestro pueblo por su libertad en diferentes momentos de su devenir histórico, la Ley que se propone establece que la bandera de la estrella solitaria, el escudo de la palma real y el Himno de Bayamo van a constituir los símbolos nacionales que representan a la nación cubana, tanto en el plano nacional como internacional.
- Se incorpora la posibilidad de confeccionar la Bandera Nacional con otros tejidos o material adecuado, con el propósito de abaratar su elaboración, lo que contribuye a facilitar su adquisición y uso por las personas naturales o jurídicas y la utilización de este símbolo en actos públicos, domicilios, centros laborales, etc., siempre con el cuidado y respeto que corresponde.
- Se establece como obligatoriedad para los organismos responsabilizados con la formación integral de las nuevas generaciones la de incorporar a sus planes de estudio, la educación en el conocimiento y respeto a los símbolos nacionales.
- En la escuela y otras instituciones del Sistema General de Educación se mantiene y refuerza la responsabilidad de los educadores, maestros, profesores y personal no docente de que los estudiantes conozcan lo establecido en cuanto: al respeto y veneración de los símbolos nacionales, que los honren, como el homenaje más elevado a los héroes y mártires de la Patria, y a los que de cualquier modo han servido y defendido la nación.
- Precisa que el Himno Nacional no debe ejecutarse con fines publicitarios y se entona con el vigor de un himno de combate después de izada la Bandera Nacional.
- Se refiere que el Escudo Nacional se ubicará en todos los locales donde se imparta la enseñanza, en la pared hacia la que están orientados los pupitres y mesas de estudio y trabajo de los alumnos.
- Se responsabiliza a los medios de comunicación social, en cualquiera de sus manifestaciones y soportes a diseñar e implementar estrategias de comunicación que, a partir de lo establecido en esta Ley, permitan difundir con sistematicidad su contenido y promover el respeto debido a los símbolos nacionales.
- Se prevé que el uso de los símbolos nacionales en los espacios virtuales, coincida con lo establecido en esta Ley en cuanto a que se respete su forma, significado y posición.
Estos dos últimos aspectos se corresponden con la expresión de la voluntad de la dirección de nuestro país de utilizar las herramientas de la comunicación social y la informatización en las actividades que desarrollemos.
De forma general resalta que la Ley que se presenta, dedica dos de sus Títulos a las responsabilidades del Estado, la familia y las instituciones educacionales y formadoras de contribuir a fomentar en la sociedad el conocimiento de los Símbolos Nacionales, las principales regulaciones para su uso y una conducta de respeto a ellos. Solo así la contradicción entre la Ley y el uso correcto por los ciudadanos, la familia y las instituciones será resuelta en su totalidad.
La Ley que se propone tuvo en cuenta las sugerencias y criterios que emitieron los diputados y expertos que fueron consultados durante el proceso de estudio y discusión, desarrollado entre marzo y abril en 6 reuniones regionales en las que participaron 462 diputados y 863 invitados, en las cuales se formularon 179 intervenciones.
También se tuvieron en cuenta las recomendaciones y propuestas enviadas por correo electrónico al sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Todos los planteamientos fueron evaluados, lo que permitió realizar 108 modificaciones al texto inicialmente circulado.
Las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos consideran que hay correspondencia entre el Proyecto de Ley presentado y la Constitución de la República.
Frente a la arremetida del Imperio y la ultraderecha neofascista que viola las normas más elementales de la convivencia internacional, legitiman la injerencia y todo tipo de agresiones, resulta trascendental aprobar una nueva Ley de Símbolos Nacionales como continuidad de la actividad legislativa, tras la entrada en vigor de la Constitución de la República, el pasado 10 de abril de 2019.
Esta norma es expresión de la historia de lucha y resistencia del pueblo cubano en defensa de nuestra identidad y soberanía como nación, ante la batalla simbólica que desde plataformas colonizadoras se hace contra la Revolución.
Las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos solicitan a los diputados la aprobación del proyecto de la Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba.