Tal vez uno de los asuntos que más comentarios ha generado en nuestra edición digital es la jubilación. Una buena parte de estos aboga por la modificación de la edad del retiro, lo que demuestra que les faltan argumentos para comprender la realidad social que motivó su incremento. Otros plantean diversas preocupaciones y dudas.
Una internauta que se identifica como Niurka pertenece al grupo de los que desean que se valore en el XXI Congreso de la CTC la edad de jubilación, que se estableció por ley, después de una amplia y democrática consulta, hace diez años. Deduce que después de determinada edad se requieren atenciones médicas con frecuencia, y otras gestiones que solo pueden efectuarse en el horario de la jornada laboral, las cuales actualmente se hacen de forma atropellada y estresada por falta de tiempo, pues se priorizan las obligaciones laborales. Agrega que dichas jornadas por lo general tienen horarios muy rígidos y extensos, y “muchos amanecemos a las cinco de la mañana y regresamos a nuestros hogares pasadas las seis de la tarde a realizar labores domésticas que también toman tiempo y esfuerzo, después de los 55, en el caso de las mujeres, resulta extenuante y eso sin mencionar los achaques propios de la edad”.
Otra cibernauta que firma Mayda piensa que la ley ya lleva una revisión justa “para los que nos jubilamos por la anterior y hoy estamos con 200 o 300 pesos de pensión y nos hemos incorporado al trabajo de nuevo”. Y se pregunta: “¿Cuántos años necesito trabajar de nuevo para poder llegar, por los beneficios de la ley actual, a la pensión promedio de los que hoy se jubilan?, ¿por qué no se analiza un recálculo por una cantidad de años específicos trabajados después de la jubilación? Llevo de reincorporada 3 años pero la salud ya no es la misma”.
Mecho plantea que se jubiló con 60 años y 36 de trabajo. “Me incorporé en el mismo mes a trabajar, hasta la fecha que voy a cumplir 64. Increíblemente después de la jubilación mi salario promedio mejoró gracias al pago por la actual Resolución 6. ¿Tengo derecho a recalcular mi pensión?”.
Quisiera saber si antes un proceso de disponibilidad laboral es obligatorio obligar a personas. En edad de jubilación jubilarse
Quisiera me aclararan. Me jubile con la nueva ley, y llevo 2 años reincorporado, puedo solicitar se me recalcule mi pensión?. Gracias, responder a email edilita.cuba@gmail.com
En caso de que se haya jubilado con el 90 por ciento por tener 45 años de servicio, la pensión no se le aumenta por reincorporarse al trabajo.
ANGEL DARWIN TAMAYO dice:
13 noviembre, 2019 a las 13:41
REITERAMOS EL COMENTARIO PORQUE SEGUIMOS SIN RESPUESTA CONCRETA SOBRE EL TEMA . LO REITERAREMOS LAS VECES QUE SEA NECESARIO HASTA TANTO NO RECIBAMOS NA RESPUESTA CONCRETA Y PRECISA , TALY COMO HA INDICADO NUESTRO PRESIDENTE DIAZ CANEL . NECESITAMOS CLARIDAD Y CONCRESION :
Este tema continua sin abordarse de forma concreta y precisa . Se recurre siempre a las resoluciones , decretos lo cual es correcto etc , pero no se aborda el tema en su justa medida y la cuestion es clara .
Las personas de edad y digo para tomar una referencia mas de 70-75 años que nos hemos reincorporado al trabajo fundamentalmente como profesionales en la actividad y devengamos por mas de 7 – 8 años como promedio salarios superiores a los que devengabamos antes de juvilarnos , requerimos una decision concretqa si el tema sera abordado o no . Los incrementos recientemente aprobados (lo cual consideramos en termino general . ES MAGNIFICO Y MERECIDO PARA LAS PERSONAS ACREEDORES DE LOS MISMOS). Ahora bien , reiteramos aquellos que nos hemos juvilado anteriormente (PERIODOS 1995 – 2000 Y OTROS ) , con salarios adecuados a lo que se pagabqa anteriormente , tenemos una juvilacion ´´PIRRICA´´ . TENEMOS ACTUALMENTE EN NUESTRO CASO 80 AÑOS CUMPLIDOS Y 60 AÑOS DE TRABAJO , Hasta cuando , este tema sera ´´evadido´´ . ES NECESARIO UNA RESPUESTA CONCRETA . TOMESE COMO REFERENCIA LA EDAD PROMEDIO DE LOS INCORPORADOS Y DEFINASE EL TEMA , TOMANDO EN CONSIDERACION LOS AÑOS POSTERIORES DE TRABAJO EFECTIVO DESPUES DE SU JUVILACION INICIAL Y SE ESTARA ADOPTANDO UNA DECISION JUSTA Y LO QUE ES MAS ´´REVOLUCIONARIA´´ AL LADO DE ESTE CAÑON DE ESTA REVOLUCION INVENCIBLE HASTA EL FINAL .REPETIMOS ANALIZAR EL ´´RECALCULO ´´ DE PENSIONES CON UN ANALISI CASUISTICO Y JUSTO. SALUDOS REVOLUCIONARIOS DARWIN TAMAYO
REITERAMOS EL COMENTARIO PORQUE SEGUIMOS SINRESPUESTA CONCRETA SOBRE EL TEMA . LO REITERAREMOS LAS VECES SE ADMITEN. O ABORDAMOS EL TEMA O RESPONDEMOS COBN CLARIDAD
Este tema continua sin abordarse de forma concreta y precisa . Se recurre siempre a las resoluciones , decretos etc , pero no se aborda el tema en su justa medida y la cuestion es clara . Las personas de edad y digo para tomar una referencia mas de 70-75 años que nos hemos reincorporado al trabajo fundamentalmente como profesionales en la actividad y devengamos por mas de 5 a 8 años como promedio salarios superiores a los que devengabamos antes de juvilarnos , requerimos una decision concretqa si el tema sera abordado o no . Los incrementos recientemente aprobados (lo cual consideramos en termino general . ES MAGNIFICO Y MERECIDO ). Ahora bien , reiteramos aquellos que nos hemos juvilado anteriormente , con salarios adecuados a lo que se pagabqa anteriormente , tenemos una juvilacion ´´PIRRICA´´ . Hasta cuando , este tema sera ´´evadido´´ . ES NECESARIO UNA RESPUESTA CONCRETA . TOMESE COMO REFERENCIA LA EDAD PROMEDIO DE LOS INCORPORADOS Y DEFINA ESE EL TEMA , TOMANDO EN CONSIDERACION LOS AÑOS POSTERIORES DE TRABAJO EFECTIVO DESPUES DE SU JUVILACION INICIAL Y SE ESTARA ADOPTANDO UNA DECISION JUSTA Y LO QUE ES MAS ´´REVOLUCIONARIA´´ AL LADO DE ESTE CAÑON DE ESTA REVOLUCION INVENCIBLE HASTA EL FINAL
BUENOS DÍAS, TENGO 55 AÑOs Y HE TRABAJADO CON EL ESTADO ININTERRUMPIDAMENTE DURANTE 31 AÑOS, PERO DESDE EL 2015 SOY TRABAJADORA POR CUENTA PROPIA (HACE 6 AÑOS),QUISIERA ME ACLAREN: SI SOLICITO LA BAJA DE MI EMPRESA Y CONTINÚO PAGANDO LA SEGURIDAD SOCIAL COMO TCP, AL ARRIBAR A LOS 60 AÑOS, QUE TENDRÍA 36 AÑOS DE TRABAJO, PUEDO SOLICITAR LA JUBILACIÓN?
GRACIAS
Este tema continua sin abordarse de forma concreta y precisa . Se recurre siempre a las resoluciones , decretos etc , pero no se aborda el tema en su justa medida y la cuestion es clara . Las personas de edad y digo para tomar una referencia mas de 70-75 años que nos hemos reincorporado al trabajo fundamentalmente como profesionales en la actividad y devengamos por mas de 5 a 8 años como promedio salarios superiores a los que devengabamos antes de juvilarnos , requerimos una decision concretqa si el tema sera abordado o no . Los incrementos recientemente aprobados (lo cual consideramos en termino general . ES MAGNIFICO Y MERECIDO ). Ahora bien , reiteramos aquellos que nos hemos juvilado anteriormente , con salarios adecuados a lo que se pagabqa anteriormente , tenemos una juvilacion ´´PIRRICA´´ . Hasta cuando , este tema sera ´´evadido´´ . ES NECESARIO UNA RESPUESTA CONCRETA . TOMESE COMO REFERENCIA LA EDAD PROMEDIO DE LOS INCORPORADOS Y DEFINA ESE EL TEMA , TOMANDO EN CONSIDERACION LOS AÑOS POSTERIORES DE TRABAJO EFECTIVO DESPUES DE SU JUVILACION INICIAL Y SE ESTARA ADOPTANDO UNA DECISION JUSTA Y LO QUE ES MAS ´´REVOLUCIONARIA´´ AL LADO DE ESTE CAÑON DE ESTA REVOLUCION INVENCIBLE HASTA EL FINAL
La verdad es que en esta pagina se comenta y se comentan dudas y no veo por donde se reciben las respuestas y alguien interesado en darlas…………..quien me puede aclarar si existe realmente el recalculo de la chequera a un jubilado incorporado nuevamente al trabajo despues de 5 años más de labor?…les estaria muy agradecida.Gracias
Mi duda es la misma que lo planteado por Mayda el 22 mayo ,2019 a las 14.00 en este semanario me parece que se debe analizar esta situacion ,ya que como se esta manisfestando el envejecimiento de la poblacion lo que estan llegando a la edad de jubilacion plantean que no van a seguir y habemos unos cuantos que seguimos y no vemos un estimulo para continuar
Hola un saludo cordial,me dirijo hacia ustedes con la preocupación de que si existe un artículo donde diga que el trabajador que cumpla sus servicios en otra provincia deberán proveerlo de una dieta especial y un haceo personal por el tiempo que este cumpliendo dicha misión para yo mostrárselo al director de mi empresa.Mi caso es el siguiente: Soy trabajador de la EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES DE GRANMA,DE LA BRIGADA #6 BRULIO CORONEAX BETANCOUR me desempeñó como operador de ZANJEADORA DITCH WITCH RT120 Y a pesar de ser la única que tiene el micons en Granma tiene muy poco contenido de trabajo en dicha provincia,por lo que se presta servicios en modo de alquiler en otras provincias ej SANTIAGO DE CUBA,TUNAS,MATANZAS,ect…he presentado mi reclamo a su director adjunton y su respuesta es que la empresa a la que yo le presto servicio debe propiciarme las condiciones para yo realizar mi trabajo,cuando no es hací la empresa receptora solo se encarga de un mal hospedaje y una alimentación muy critica que es el desayuno y la comida.Sin haceo personal ni almuerzo,el día 10/5/2019 cumpliré un mes de estar alquilado en SANTIAGO DE CUBA y de ellos solo he almorzado 4 días y son los domingos que es el único día que el hospedaje me pone almuerzo los demás días he tenido que soportar un hambre indeseable de 6am que es el desayuno a 6pm que es la comida,yo quisiera ver si el que no quiere propiciar dicha dieta seria capas de estar 12horas consecutivas sentado en un equipo aguantando el calor que jenera el clima mas el equipo,el polvo que levanta dicha potente maquina. No entiendo como un equipo con su operador que jenera entre $30000 y $40000 mensual se le dificulte a su empresa proporcionarle una dieta y un haceo adecuado….me tomado la curiosidad de tirar cálculos y solamente en almuerzo si lo hubiese tendido que comprar en paladar sumarían en 26 días $770 pesos sin contar haceo personal que debe ser una cuchilla de afeitar,2 javones de baño y 2 de lavar un desodorante y un tubo de pasta si yo con mi salario que en pocos casos llega a $800 tengo que pagar todo eso
¿ entonces para que o para quien estoy trabajando?Claro esta que para mi beneficio no es.Le suplico ayuda tengo una familia que mantener y de no ser ayudado tendré que abandonar mi empleo cosa que no quiero ni puedo con la situación que atraviesa el país…ESPERO SU AYUDA REVOLUCIONARIAMENTE.
Para si algun dia visitas nuevamente esto, aqui tienes la resolución 267/2014 del MFP
Consejo, habla con tu representante del sindicato para que te apoye y con el Director del tu Empresa, enseñales la Resolución, en caso de no tener solución o que te reconozcan como quiera, haz la reclamación al Órgano de Justicia Laboral (OJL) de tu empresa o vas al Ministerio de Trabajo de tu municipio para que te asignen a un OJL, y de no resolver, sigue a los tribunales municipales.
En los 26 días te han dejado de pagar 1820.00 CUP, por concepto de Alimentación, ahora lee bien la resolución, pues si te garantizan el desayuno y la comida y el hospedaje, solo queda pendiente el almuerzo, que si te lo pagan a razón de 0.60 CUC diarios, la empresa no debe realizarte ningún pago. En esto no va incluido el aceo personal, eso lo pones tu, pues donde te alojas debe garantizarte en la habitación donde te encuentres el jabón de baño, no así, la pasta, jabón de labar y desodorante, eso si va por tus medios, pues hasta ahora no he visto nada al respecto. Espero que esto te ayude.
MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS
RESOLUCIÓN No. 267/2014
10/06/2014
Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.32 del 15 de julio del 2014
Establecer la dieta diaria por alimentación y alojamiento, en pesos cubanos (CUP), según se detalla en el Anexo Único de la presente Resolución
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo No. 7334, de fecha 19 de diciembre de 2012, del Consejo de Ministros, se aprobaron las funciones específicas del Ministerio de Finanzas y Precios, entre las que se encuentra la regulada en el apartado Segundo, numeral 12, de aprobar los precios y tarifas que sean de su competencia y controlar su aplicación.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7561, de fecha 16 de mayo de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros dispuso que este Ministerio regule lo pertinente con respecto a la adecuación de las dietas, en correspondencia con los precios que se establezcan para las instalaciones que se dediquen al hospedaje de las personas que viajen en funciones de trabajo.
POR CUANTO: Se ha considerado que la cuantía de la dieta que se asigna a los dirigentes, funcionarios y trabajadores para el territorio nacional, no se ajusta al escenario económico actual, por lo que se hace necesario establecer nuevos importes de dietas.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o:
PRIMERO: Los gastos por dietas son aquellos en los que incurren los cuadros, directivos, funcionarios y trabajadores, en lo adelante trabajadores, cuando son enviados eventual o temporalmente a realizar labores que implican una variación de su lugar habitual de alimentación y alojamiento.
Estos gastos comprenden los de alimentación (desayuno, almuerzo y comida) y alojamiento.
SEGUNDO: Establecer la dieta diaria por alimentación y alojamiento, en pesos cubanos (CUP), según se detalla en el Anexo Único de la presente Resolución, que consta de una (1) página, y forma parte de esta.
TERCERO: Las entidades que han sido autorizadas a otorgar las dietas diarias con componente en pesos convertibles (CUC), utilizan los importes siguientes:
a)Para la alimentación, un importe total de 15,50 pesos, incluidos los pesos cubanos y pesos convertibles (CUP+CUC).
b)Para el alojamiento, un importe total de 20,00 pesos, incluidos los pesos cubanos y pesos convertibles (CUP+CUC).
Para estas dietas se cumple lo establecido en los restantes apartados de la presente Resolución.
CUARTO: Disponer que las entidades estatales y sociedades de capital ciento por ciento cubano contraten con las entidades a las que pertenecen las instalaciones que ofertan los servicios de alojamiento y alimentación para los trabajadores en viajes de interés laboral, siempre que sea posible.
QUINTO: El importe de la dieta por concepto de alojamiento se asigna por persona y hasta el límite que se define en el Anexo Único. Si el trabajador se aloja en una habitación de más de una capacidad, solo tiene derecho al importe máximo por ese concepto.
SEXTO: Los trabajadores en viajes de trabajo, pueden hospedarse en instalaciones no administradas por entidades estatales, debidamente autorizadas.
SÉPTIMO: Las dietas se entregan por anticipado o se pueden pagar por las entidades directamente a las instalaciones que prestan los servicios de alojamiento y gastronomía, utilizando los instrumentos de pago vigentes. Estas se calculan tomando como base los días de duración del trabajo a realizar y el importe de la dieta diaria establecida por la presente.
A los trabajadores que tienen autorizado estipendio de alimentación, el importe que reciben por ese concepto, se les deduce del monto de la dieta que corresponda a la alimentación o mediante el mecanismo de descuento que se aplique, por cada día laborable solicitado como anticipo.
OCTAVO: Los órganos, organismos, organizaciones, otras entidades estatales y sociedades de capital ciento por ciento cubano, establecen las horas de salida y entrada de los viajes para los cuales tienen derecho a la dieta.
NOVENO: Justificar mediante comprobantes, el importe que se entrega en efectivo para hospedaje. En los casos que el hospedaje se realice en instalaciones no administradas por entidades estatales, el justificante debe contener los siguientes datos:
a)Nombres y apellidos del arrendador;
b)número de Identificación Tributaria;
c)número de licencia que autoriza a prestar el servicio;
d)nombre y apellidos de quien recibe el servicio;
e)fecha de entrada y salida, número de días e importe total;
f)firma del arrendador.
El importe entregado en efectivo para la alimentación no requiere justificantes.
DÉCIMO: Los receptores de los anticipos para dietas, liquidan dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de regreso a la localidad donde radique su centro de trabajo y en ningún caso se entregará nuevo anticipo al receptor, sin que haya liquidado el anterior.
UNDÉCIMO: Cuando excepcionalmente, por razones justificadas y mediante la debida autorización, al trabajador le correspondiera la dieta y no se le asignara anticipadamente, se pagará la que corresponde a su regreso a la entidad, según los días utilizados.
DUODÉCIMO: El gasto por concepto de transporte no constituye parte de la dieta y se aprueba dentro del marco del presupuesto de la entidad. El trabajador lo justifica mediante comprobante emitido por el transportista con los datos de la fecha del viaje, destino e importe.
En el caso de no contar con el comprobante, se autoriza, excepcionalmente, el reembolso por la autoridad facultada, mediante la presentación de declaración escrita y firmada por el trabajador, que contenga: motivo del viaje, destino, fecha, medio de transporte utilizado e importe, el que tiene que corresponderse con la tarifa aprobada y de no existir, la predominante para ese servicio.
DECIMOTERCERO: Las dietas se aplican por igual, tanto por las empresas que financian el gasto con recursos propios, como por las unidades presupuestadas, las cuales reciben los recursos centralmente del Presupuesto del Estado.
Los recursos financieros se planifican anualmente en los planes y presupuestos de las entidades.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.
Dada en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2014.
Lina Olinda Pedraza Rodríguez
Ministra de Finanzas y Precios
ANEXO ÚNICO IMPORTE DE LA DIETA DIARIA, EN PESOS CUBANOS (CUP), Y SU DISTRIBUCIÓN POR CONCEPTO DE ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO
Importe de la dieta diaria: 140,00
De ello:
Por concepto de alimentación, sin justificantes
Desayuno 10,00
Almuerzo 30,00
Comida 30,00
Por concepto de alojamiento, con justificante: Hasta 70,00
MUY DE ACUERDO CON TODO LO QUE DICE FIDEL CASTRO INFANTE,NADIE CONTÓ CON PONER ESTÁ LEY ,SE PUSO Y AHORA NOSOTROS(as) TENEMOS QUE PAGAR LAS CONSECUENCIA ,TODO EL MUNDO ESPERABA QUE EN EL CONGRESO SE HABLARÍA DE ESTE TEMA ,SI, HABLÓ LA MINISTRA Y LO QUE DIJO FUE QUE POSIBLEMENTE PARA EL 2021 SE AUMANTARA LA EDAD A DONDE VAMOS A LLEGAR QUIEN NOS ESCUCHA ,DONDE PODEMOS PLANTEAR NUSTROS PROBLEMAS
Buenas tardes, mi comentario va dirigido al tema del pago de la seguridad social producto de certificados médicos, alguien ha pensado que es logico ganar más dinero estando de certificado que trabajando. Al parecer eso es lo más logico del mundo y después a.lguien dice que es preocupante que sean menos las personas que se incorporen a trabajar
Soy del Criterio que si yo ya tengo trabajado 37 años y quiero jubilarme porque no me siento bien o por lo que sea y tengo 55 años porque no lo puedo hacer si yo ya trabaje 37 años o sea ya hice todos mis aportes ahora le toca a la juventud o voy a tener que recoger mi chequera con un baston si es que llego se me hace muy injusta esta ley de los 60 para las mujeres que no solo tenemos el trabajo de la calle sino el de la casa,espero que esta ley se reconsidere y se discuta en cada centro de trabajo y se tomen en serio las opinioones de los trabajadores,que estoy segura que la mayoria piensa lo mismo que yo,no es mi culpa todos esos indices demograficos y todas esas cuentas y estadisticas,ya yo cumpli con kis años de trabajo.
Buen Día a los foristas, es interesante el tema. Estamos hablando de Seguridad social el tratamiento a los jubilados, su edad para la Jubilación y me interesa el intercambio. Pues ya ando por los 57 años, soy hipertensión como el 30 % de los cubanos. Pero lo curioso es que todos sin excepción se refieren a la pensión lo que corresponde como dinero que es en definitiva lo que permite el sostén del sujeto como célula fundamental de la sociedad para mantenerse y enfrentar sus necesidades más crecientes. Para el cálculo de la pensión se toma como base hasta ahora lo devengado en los años de servicio. Sin otros atenuante sobre el costo de la vida. Por tanto sugiero a los que legislan que deben de sentarse ya a evaluar y establecer pauta para el tratamiento político social de la población mayoría por cierto, como dijo Castro Infante para el 2024, y sugiero además que no se detengan solamente en la mal llamada pensión que de hecho puede tener otras bondades a partir de las causas y condiciones donde se produce la jubilación. A nivel mundial existen ejemplos que pueden tomarse como base para perfeccionarlo y condicionarlo más si convivimos en nuestra Cuba donde el mantenimiento de las conquistas que enaltecen a la revolución ejemplo para los países desarrollados. La capacidad del salario es baja y para el jubilado no hay resultado por tanto sus activos se encuentran en una burbuja. Lo que puede ser inyectado por una bonificación de hasta un 50 % de sus ingresos por supuesto con una escala inversa. Los medique o como quieran llamarle pueden ser entregado sin costo algunos pues todos o en la mayoría lo necesitan medicamentos. como se hace con los combatientes. y en el caso de la Edad veo contradictorio que por un lado se aplica el reordenamiento laboral desplazando más de medio millón de trabajadores y por otro se eleva la edad del retiro ,no entiendo esta ecuación, no le encuentro lógica puede ser táctica ,estratégica pero económica productiva, no ¿Qué futuro nos repara si no actuamos ahora, la mayoría para ese entonces será protegida por la Juventud de hoy . desde el punto de vista social. Deben de tener respuesta. Esperemos que si. Que exista conciencia al respeto y que sigamos siendo Cuba. Que el hombre siga siendo importante para la sociedad. Pues las últimas medidas impuestas, muestran una ruptura que ojala no sea tendencia. Y que podamos reincorporarnos como un todo , con la protección del estado.
SÓLO SE LE EXPLICÓ A LA POBLACIÓN EL TEMA DEL INCREMENTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN,NUNCA SE LLEVÓ A LA VOTACIÓN COMO SE HIZO CON LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA.SI SE HACE UNA ENCUESTA DESDE LA PUNTA DE MAISI, HASTA EL CABO DE SAN ANTONIO,VAN A TENER EL RESULTADO DE QUE NADIE ESTA DE ACUERDO CON ESTA EDAD DE JUBILACIÓN, SINÓ SOMETANLO A BOTACIÓN COMO SE HIZO CON LA CONSTITUCIÓN. PORQUE NO SE TOMAN OTRAS INICIATIVAS.COMO POR EJEMPLO. DEJARLA COMO ESTABA Y LOS QUE CONTINUEN PORQUE SE SIENTEN BIEN DE SALUD REMUNERARLO POR CADA AÑO QUE TRABAJEN POR ENCIMA, Y LUEGO ESTAS PERSONAS CUANDO SE JUBILEN APLICARLE UN PORCIENTO MUY POR ENCIMA AL QUE SE JUBILÓ NORMAL,PARA NADIE ES UN SECRETO QUE LAS CONDICIONES DE VIDA DE NUESTRO PAIS NO ES LA MISMA QUE LA DE LOS PAISES DESARROLLADO, LA ALIMENTACION DE NOSOTROS LOS CUBANO NO ES LA MEJOR Y POR OTRA PARTE ESTA EL CAMBIO CLIMATICO.
Recuerdo que cuando se presentó el Secretario del Sindicato Municipal para el análisis erradamente comparó los años de servicio con países como Suecia, Finlandia y Japón entre otros, y le dije que como revolucionario lo asumía, pero que yo como cubano no tenía las condiciones de los ciudadanos de esos países, pasado el tiempo en los análisis para el VII Congreso del PCC mi preocupación es referida a la pensión por jubilación, quisiera saber a cuánto asciende lo acumulado por mis años de trabajo y YO poder decidir sobre ese dinero y NO tener que ir cada mes al banco o a un cajero a sacar una cantidad de dinero, nunca tuve respuesta, recientemente en el referendo para la nueva constitución reitré mi preocupación, la misma que envié a este periódico, y también a Granma, Juventud Rebelde, Cubadebate y a los programas de Hacemos Cuba, nunca he recibido respuesta, trabajo desde los 15 años, llevo 48 años trabajando y aún debo esperar por 2 años mas, NO ES JUSTO!
buenos dias hace dia escribi mi dudas al periodico y hoy vuelvo a escribir pues necesito respuesta urgente por favor para saber que hacer en mi caso y mi pregunta es la siguiente:
Soy de guantanamo, padre de familia con 2 niños y un salario que no me alcanza pues tambien tengo que pagar creditos y mantener a la familia y me hacen una propuesta de trabajo en la habana, dicha empresa esta interesado en mi persona por mi curriculum y aval y yo estoy interesado en pertenecer a dicha empresa por los beneficios que me brinda y en gtmo no hay empresa con esa caracteristicas.la directora de dicha entidad esta loca porque yo este alla y me dio hasta el dia 2 de mayo y lo que nos limita para efectuar el contrato es un cambio de direccion.
Mi pregunta es Yo siendo de gtmo no puedo trabajar en la habana, por favor necesito respuesta lo mas antes posible preferiblemante antes del 15 de abril
En nuestro sitio digital en http://www.trabajadores.cu/20170604/no-existen-limitaciones-legales-la-contratacion/ puede encontrar la nota titulada: «No existen limitaciones legales para la contratación», publicada el el 4 junio, 2017 • 16:16 por Ariadna Pérez Valdés.
Textualmente, publicamos lo siguiente:
Meses atrás se dirigió a esta sección Rafael Ramírez Cosío para indagar sobre la contratación en la capital de personas sin dirección permanente en la provincia.
El remitente, luego de una publicación en el periódico Granma, visitó sin éxito varias instituciones en busca de aclaraciones, pues a pesar de vivir en el municipio de La Habana del Este, su domicilio oficial es en Camagüey.
Al respecto Yudelvis C. Álvarez Fonseca, jefa del Departamento Jurídico del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) explica que no se establecen limitaciones legales o requisitos para que las entidades ubicadas en La Habana efectúen o mantengan la contratación directa e individual de trabajadores residentes en otras provincias.
Así lo regula el Decreto Ley No. 268 del 26 de junio del 2009, modificativo del Régimen Laboral, que eliminó estas prohibiciones contenidas en la Resolución No. 9 del 16 de mayo de 1997, y la derogó expresamente.
Por su parte, el artículo 3 del Decreto No. 326, Reglamento del Código de Trabajo, ratifica lo regulado en dicho cuerpo legal y establece que: “Los jefes de los órganos, organismos, entidades nacionales, organizaciones superiores de dirección y el Presidente del Consejo de la Administración Provincial de La Habana, tienen la responsabilidad indelegable de aprobar, a sus entidades radicadas en dicha provincia, las excepciones para la contratación y el traslado de trabajadores provenientes de otros territorios del país, para cubrir sus necesidades de fuerza de trabajo de forma temporal o permanente”.
Previo a la autorización deben garantizarse las condiciones de vida y de labor de ese personal. La especialista aclara que esas excepciones se refieren al traslado masivo de trabajadores hacia la capital, por interés del empleador, como ha sucedido en los casos de brigadas de constructores, maestros, enfermeros. En los movimientos de personal de diferentes territorios hacia La Habana, el MTSS ejerce el control sobre las disposiciones establecidas para la fuerza laboral.
Además, Álvarez Fonseca ratifica que según lo previsto en el Código de Trabajo, la idoneidad demostrada es el principio para determinar la incorporación al empleo de la persona que se pretende contratar, su permanencia en el cargo, la promoción en el trabajo y la capacitación por parte de la entidad. De acuerdo con lo expresado, la jefa del Departamento Jurídico del MTSS puntualiza que las entidades ubicadas en la capital pueden realizar la contratación individual de residentes en distintos territorios del país, sin que exista ninguna limitación legal para efectuarla.
Me jubilé con la ley anterior con 62 años por problemas personales y solicitan mis servicios cuando tenía 66 para aprovechar mis conocimientos y experiencia. Llevo 5 años trabajando aportando grandes resultados a la empresa en mi reincorporación. Me comentan que el recalculo de la pensión es por la ley anterior. Si la nueva ley, aunque aumenta la edad de jubilación beneficia con un mayor aporte.? ¿Porque cuando se lleva más de 5 años de trabajo después de jubilarse no se calcula por la nueva ley? ¿Si se llama en algunos sectores como la educación y otros la incorporación de trabajadores de experiencia (pues la formación de una especialista demora años) y no lo beneficiamos con las mejoras de la nueva ley? Esto sería justo pues la jubilación anterior sería alrededor de 300 pesos y si se recalcula por la nueva ley sería mucho mayor por los pagos por resultados.
Por favor que se analice en el congreso la edad del retiro de las mujeres ,que se rebaje a los 55 años , ya las fuerzas no son las mismas .
Pienso que debe evaluarse en el Congreso, el desacuerdo que tenemos la mayoría de los trabajadores con esa Ley aumentada de los años de jubilación, son muchos los que coincidimos que debe analizarse nuevamente han pasado 10 años y nos sentimos muy mal, yo tengo 41 años de servicio comencé a trabajar con 16 añitos ya tengo 58 , ya no puedo más , mi salud se ha deteriorado, y realmente estoy muy mal, que se le dé paso a los más jóvenes, que ya nosotros, lo necesitamos .
CUANDO SE REALIZARA EL CONGRESO DE LA CENTRAL DE TRABAJADORES DE CUBA???? YO TAMBIEN ESTOY ANSIOSA POR JUBILARME PUES SOY HIJA UNICA Y TENGO UN PADRE DE 83 AñOS, ENFERMO Y TENGO QUE HACER PERIPECIAS PARA IR A TRABAJAR Y A VECES PAGAR PARA QUE LO CUIDEN, INCLUSO MAS DE LO QUE GANO.
TENGO 57 AÑOS DE EDAD Y SOY UNA MUJER ENFERMA PERO NINGUNA DE LAS ENFERMEDADES Q TENGO ME PERMITEN JUBILARME, TENGO 5 OPERACIONES DEL VIENTRE SIN CONTAR LA CESÁREA Q ES UNA OPERACIÓN, TENGO 42 ANOS DE SERVICIOS , AHORA SE ME DECLARÓ UNA CARDIOPATÍA ISQUEMICA CRÓNICA , Y SIENTO Q YA LA SALUD NO ME DA MÁS , ME ESFUERZO PARA VER SI PUEDO VER GRADUAR MI HIJO MENOR Q SE GRADUA DE LA CARRERA DE PERIODISMO EN LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE EN EL MES DE JULIO, PERO NO SÉ SI PUEDA LLEGAR A LA META , ASÍ LES COMENTO A MIS COMPAÑEROS DE TRABAJO Q ME RODEAN Y SON PARTÍCIPE DE LAS MORIDERAS Q SUFRO CON LA CABEZA PUESTA EN MI BURÓ , ENTIENDO LA SITUACIÓN Q TIENE EL PAÍS CON EL ENVEJECIMIENTO POBLACIONAL, PERO ME HE PREGUNTADO, CUANDO SE AUMENTÓ LA EDAD DE JUBILACIÓN, ALQUIÉN SE DIÓ CUENTA EN EL CONCEPTO DE MUJER OBRERA, SE ACORDARON DEL PERÍODO ESPECIAL Q PASAMOS CUANTAS COSAS TUVIMOS Q ASUMIR , LLEGAR A LA CASA A PRENDER UNA LEÑA ,LAVAR CON CUANTAS COSAS INVENTADAS, ATENDER UNA CASA , FAMILIAS ENFERMAS COMO PADRES ANCIANOS ETC , DESPUES DE TERMINAR LA LABOR DE LA CASA EN MUCHAS OCASIONES COMPLACER EL ESPOSO,OTRO TRABAJO, SIN Q SEA UNA FALTA DE RESPETO,CON TODAS ÉSTAS ABVERSIDADES SEGUIMOS DANDO NUESTRO PASO AL FRENTE LO Q CARACTERIZA A LA MUJER CUBANA.
CONSIDERO Q EL CONGRESO VALORE NUEVAMNTE LA EDAD DE LA MUJER SOBRE TODAS LAS COSAS SIN DESCRIMINAR A LOS HOMBRES , SE CONSIDERE LOS 55 AÑOS PARA LA MUJER CUBANA, LA MUJER Q SE SIENTA EN CONDICIONES DE SALUD FÍSICA Y MENTALMENTE CONTINUAR TRABAJANDO, PUEDE SER UN ESTIMULO Q SE JUBÍLE Y CONTRATARLA NUEVAMENTE EN SU MISMO PUESTO, ÉSTO PUDIERA SER ESTUDIADO POR LOS CANALES CORRESPONDIENTE, ESPERO CON MUCHA ANSIEDAD EL CONGRESO DE LA CENTRAL DE TRABAJADORES DE CUBA.
Tengo 39 años de trabajo y comencé con 17. Tengo más de trabajo que años que no trabajé… Y me dicen que todabía debo trabajar 4 años más.
Cuando pienso en eso ya me resulta casi imposible por lo cansada que ya me siento, sumándole a eso (como decimos los ya mayores) todos los achaques que tengo. Pienso que además de ser una ley; debió de haber sido una opción para el que desee trabajar mas tiempo de lo que se estableció en la ley. Al final de la jornada no importa tanto la cantidad de dinero con que te jubiles, si a penas se puede sobrevivir con eso. Porque aún trabajndo si necesitaras comprarte un colchón necesitas 10 años para reunir y poder comprarlo, y quien dice un colchón, cualquier efecto electrodoméstico de importancia imperioza como un refrigerador que ya ni se ven en los centros comerciales y qué decir de una lavadora… tan importante en una casa…Nada que me parece que deben ser valorados muchos argumentos para para imponer una ley porque al final, somos nosotros, el pueblo, el que pone sus manos en ´´el arado´´para que todo siga adelante.
Comprendo la realidad social que motivó el incremento de los años de trabajo para la jubilacion, no obstante es sabio valorar la incidencia que produce en las mujeres por multiples causas que ademas del deterioro fisico que entraña ser mujer trabajadora, madre,esposa, hija de padres que coincidiendo con el elevado incremento de la tercera y cuarta edad, ellos tambien envejecen y necesitan de un apoyo familiar que no esta dado en capacidades de casas de abuelos y muchos de ellos postrados e imposibilitados de tener cuidadores prepagados y tienen que ser asumidos por nosotras las mujeres, propiciando un desmedido desgaste en «nosotras» sumandole los problemas de salud que llegado a los 55 años de edad imposibilita el cumplimiento de las obligaciones y una mejor calidad de vida. Es necesario se valore la jubilacion a los 55 años y aquellas que deseen y su fortaleza fisica les permita continuar laborando, se les permita.
mi compañero pedro ferriol rosabal, tiene la duda de que el tiene 65 años de edad y 46 de trabajo ahora pretende jubilarse pero le dicen que por haber trabajado 46 año y haberse excedido de 45 año le descuentan ahora un 2% Del total de la jubilacion, el no entiende pues mas bien deberian de pagarle por haberse excidido prestandole servicio al estado.
Necesitamos conocer mas del Sitema de pago por resultado. Mi entidad esta trabajando en este tema y estamos presentando muchas dudas, necesitamos saber que Leyes de perfeccionamiento rigen este concepto y todo lo relacionado con estos sitemas de pagos en Cuba, Saludos y gracias por su atencion.
Hay que ser realistas, la economía de nuestro país y las características demográficas no permiten disminuir la edad de jubilación pero,no creo justa la comparación con otros paises en cuanto a este aspecto. Es cierto que el estado hecho hasta lo imposi-
ble para garantizar calidad de vida a los cubanos.Sin embargo hay otras situaciones que se deben tener en cuenta.Por ejemplo, muchas de las enfermedades crónicas de la población cercanas hoy a la jubilación, son productos del desgaste ocasionado por las condiciones extremas que enfrentamos durante los peores años del período especial, que creo todos estemos de acuerdo en que prevalece aunque otro estadio ¿O no?. Entonces es factible una flexibilidad de las condiciones de trabajo para esas perso- nas y que no creo debe recaer en la administración y el sindicato porque no en todos los centros de trabajo funcionan como debe ser. Esto debe ser legislado para que no ocurran malas interpretaciones o relajamiento de la disciplina laboral.
no veo ningún pronunciamiento para que algo que nadie esta de acuerdo siga vigente, los que pensaron esa edad de jubilación, no saben lo que es la vida de una mujer trabajadora,no con carro, no con aire acondicionado, sin pensar en los problemas subjetivos y objetivos de cada día, transporte etec etc,POR FAVOR DIAZ CANEL USTED HA DEMOSTRADO SER LA PERSONA INDICADA PARA DAR CONTINUIDAD DE ESTA REVOLUCIÓN, nO PERMITA QUE COSAS COMO ESTAS AFECTEN A SU PUEBLO,ahora de colmo un cobro por los cielos del equipaje en las guaguas, pero que es lo que esta pasando.FELICIDADES POR LA NUEVA MEDIDA DE LAS VIVIENDAS, ESO ES UN ÉXITO.he escrito varias veces y luego no se publica, ojo
Estoy de acuerdo en todo lo expresado anteriormente. La mujer tiene 2 etapas duras en su vida laboral, cuando comienzas estás formando una familia y cuando estás en las culminación tienes que atender los finales de tus padres u otro familiar. Tienes tus culminación de la menstruación y se unen muchos contratiempos y la ley no es justa. En principios cuando presentas el expediente te descuentan el tiempo de maternidad o licencia y otro caso es la diferencia que hay entre una mujer civil y otra militar, que a ésta última se le paga todo al 100% y no se le descuenta nada, se retira con 25 años de trabajo y la mujer civil la llevan contra la pared con toda ésas diferencias. Pero no es sólo con la mujer pensemos en un hombre que empiece a presentar enfermedades que sus fuerzas no lo acompañen. La ley es muy rígida. Y hay muchas telas por donde cortar. Es para un gran debate.
Comparto la opinión de las compañeras, cumplí 58 años, tengo que cuidar mi mamá, ancianita de 86 años, imaginense a esa edad que la persona llega nuevamente a la niñez, porque no saben lo que hacen, valoren esos criterios, reflexionen los analistas, dirigentes etc, que se haga una Resolución para esos casos excepcionales, porque una madre, los hijos y nietos es lo más grande que uno tiene y no podemos abandonarlos nunca, hace unos días salí una hora, y cuando regresé mi mamá se había caido frente a la Cisterna, comencé a trabajar y a los dos días solicité Licencia, por que se me hacía dificil cumplir con mi trabajo, pero lo otro es que soy sola y tengo que trabajar, entonces una hermana mia que está enferma tuvo que llevársela para su casa. Miren que situación… y ya estoy pensando que cuando la traigan, tendré que solicitar la Licencia, pero si tuviera jubilada felizmente no se nos dificultaría nada. Es importante valoren la edad de jubilación.
Saludos,
Yo me sumo a la opinión de Niurka. Ya tengo cumplidos 59 años y estoy haciendo un esfuerzo sobre humano para llegar hasta los 60 en mi puesto de trabajo. No soy de las más afectadas por la distancia de mi casa al trabajo, pero son dos KM que recorría dos veces al día para atender a mi suegra de 88 años de edad, quien había perdido sus piernas producto de la diabetes; fatalmente falleció hace 8 meses. ? Se pueden imaginar cómo ha quedado mi salud después del estrés y el esfuezo a que estuve expuesta durante 4 años?. A esto se le suma el desgaste del organismo por los embarazos, los partos, la crianza de los hijos; todo atenta contra la salud de la mujer y normalmente estos problemas aparecen después de los 50 años. Yo pienso que 55 años para la jubilación de las mujeres, es justo. Saludos cordiales
Concuerdo en todo con la compañera Niurka es dificil trabajar despues de cierta edad en mi caso tengo casi 55 años y 34 de trabajo enferma pues soy diabetica y impertensa con dolores en ambos pies por falta de circulación y tengo que trabajar y cumplir como si tuviera 45 años es por ello que les pido que analisen esta situacion y por lo menos nos bajen a 58 la edad para la jubilación porque la verdad que ya no rendimos como hace 10 años y cada dia que pase nos vamos deteriorando mas.
saludos
Elina
Muy acertados estas reflexiones y la mía está dirigida a las mujeres profesionales que nuestra vida laboral comienza una vez culminado los estudios universitarios (24 años) cuando ya los demas trabajadores llevan años acumulados de trabajo y a la hora de la juvilación voy en desventaja con los años trabajados en relación con los demás trabajadores, .a pesar de que no existe diferencia alguna de salario y si existe es casi despreciable, entonces cuantos años necesito trabajar de mas para llegar a los 40 años de trabajo.
Si es bueno se tenga en cuenta esta situacion en verdad , que la mujer es mas sencible , en cuanto a la caldad de vida , no somos como los del sexo masculino , fuertes , tengo 57y 38 de trabajo en una profesion muy sacrficada , Enfermera , de un sector de la sociedad donde se deteriora mucho cada organo de nuestro cuerpo cada dia y que estos ultimos años pesan mas cada dia es mucho el estres y las dolencias , por favor valoren esta situacion , , de modificar aunque sea dos años menos de los 60. gracias
SE DARAN CUENTA QUE LAS QUE COMENTAMOS SOMOS MUJERES, ESO ES CIERTO Y ME UNO A ELLAS, NO SOLO LAS ENFERMEDADES QUE INFORMAN, SINO EL POTS-CLIMATERIO QUE TAMBIEN ACTUA COMO EL PROCESO MENOPAUSICO, ADEMAS REPITO EL DESCANSO SE HACE NECESARIO, Y POR FAVOR DEJEMOS DE PENSAR METALIZADAMENTE, PENSEMOS CON RAZONAMIENTO Y LOGICA, ABOGUEMOS POR LO QUE SENTIMOS FISICA Y MENTALMENTE, DISFRUTEMOS LA EDAD QUE TENEMOS EN EL MOMENTO QUE NOS TOCA, A LOS QUE APOYARON ESA LEY MIS RESPETOS, QUIZAS NO RECONOZCAN TODAS ESTAS DOLENCIAS Y CARENCIAS,PUES QUIZAS MUCHAS CON EL MAYOR RESPETO TIENE TRANSPORTE, UN PUESTO QUE QUIZAS NO SEA TAN DESGASTANTE PORQUE TIENE EN QUIEN DELEGAR RESPONSABILIDADES, Y NOSOTRAS LAS SIMPLES OBRERAS, ADEMAS SUMENLE EL TRANSPORTE PARA CUMPLIR CON LA JORNADA, EL RENDIMIENTO NO ES EL MISMO PORQUE COMO ESPECIALISTA DE RECURSOS HUMANOS LO VEO A DIARIO, YA ESTAMOS CANSADAS, SE IMPONE LA JUVENTUD, PARA QUE LOS GRADUAMOS. VALE PENSAR EN TODO ESTO.
Opino igual que Niurka, y agregar que las que por suerte tenemos que atender a los padres ancianos, con más de 80 años, se nos dificulta la vida aun más, las que pueden o desean incorporarse al trabajo después de jubiladas son la minoría de las mujeres, el resto tenemos que cuidar padres ancianos o nietos para que nuestros hijos puedan cumplir su papel en la sociedad, porque las capacidades en los círculos infantiles no son suficientes y las cuidadoras cobran la mitad de un salario por cuidar un niño. Deseo se analice, yo tengo 58 años de edad y 35 de trabajo, no estoy enferma pero cuido de mis padres, que no vieven conmigo, por tanto atiendo 2 casas. En el trabajo estoy bien pero en mi vida personal super complicada.
Es importante que valoren la edad de jubilación. Comparto la opinión de la Cra. Niurka. Es estresante cada dia tener que cazar una guagua para llegar temprano; y no se afecte la evaluación de desempeño para el estímulo o salario 13. Yo no era hipertensa, todo lo contrario y ahora lo soy por problemas de trabajo. Mi circulación tiene problemas. Tengo tratamiento hace más de 10 años debido al estrés a que estoy sometida cada día. Controlo combustible y no es fácil en estos momentos velar y auditar para que todos cumplan lo establecido. Lo hago; pero me ha costado poner en riesgo mi salud.
Por favor, se valore la edad de jubilación en nuestro caso.
Razon tiene Niurka, ya cuando pasamos en el caso de las mujeres de los 55 años, estamos con enfermedades propias de la edad, como hipertensión, deabetes, problemas de circulación y debemos seguir en la agonía del transporte que esta muy malo, y el rigor de la entrada y cumplimiento con el horario de trabajo, el cual se evalua a un anciano al igual que a un joven que puede hasta caminar kilometros a pie. saludos