Por su interés, Trabajadores comparte el artículo del periodista de Cubadebate Sergio Alejandro Gómez que sintetiza en cinco aspectos logros de la Revolución en el ámbito del empleo. Le agregamos algunas leyes y documentos que complementan la información aquí ofrecida
Uno de los grandes aportes del triunfo revolucionario del 1ero de enero de 1959 fue la superación de la explotación y el trabajo enajenado por la construcción consciente y colectiva de un proyecto económico, político y social basado en la justicia.
Ese camino se ratifica hoy con la inclusión en la nueva Constitución cubana, que se someterá a referendo en febrero próximo, de una declaración de principios sobre el tipo de sociedad que se busca construir:
“Convencidos de que Cuba no volverá jamás al capitalismo como régimen sustentado en la explotación del hombre por el hombre, y que solo en el socialismo y en el comunismo el ser humano alcanza su dignidad plena”.
Un joven abogado, que luego se convertiría en el Comandante en Jefe de la Revolución, marcó el camino en 1953 con su histórico alegato La historia me absolverá:
“El problema de la tierra, el problema de la industrialización, el problema de la vivienda, el problema del desempleo, el problema de la educación y el problema de la salud del pueblo; he ahí concretados los seis puntos a cuya solución se hubieran encaminado resueltamente nuestros esfuerzos, junto con la conquista de las libertades públicas y la democracia política”.
Con la llegada al poder de los barbudos de la Sierra Maestra se abrió el camino para el cumplimiento de esos compromisos y la transformación de la realidad heredada tras siglos de colonialismo y explotación.
60 años después, los derechos laborales y la dignificación del trabajo constituyen conquistas indiscutibles de la Cuba revolucionaria.
Si bien la recuperación del poder adquisitivo del salario es una deuda pendiente desde las distorsiones introducidas a partir del llamado Periodo Especial, nuestro país cuenta con indicadores sobre el trabajo que están a la vanguardia internacional.
1. Las vacaciones
Aunque resulta algo natural a lo que pocas veces se presta atención, la legislación sobre vacaciones pagadas en Cuba es una de las más favorables para los trabajadores en el mundo entero.
La Ley No.116 Código de Trabajo, del 2014, explicita que los trabajadores tienen derecho al disfrute de un mes de vacaciones anuales pagadas por cada 11 meses de labor efectiva; y el máximo de descanso es de 30 días naturales.
Esto ubica a la mayor de las antillas en un selecto grupo junto a países como Finlandia, Francia, Baréin, Yibuti, Guinea, Kuwait, Libia, Maldivas y Nicaragua, que rondan la barrera de las tres decenas de días de vacaciones pagas.
En países como Polonia, Eslovenia o Grecia el período vacacional varía en función de la antigüedad del puesto, desde los 20 días mínimos por el primer año trabajado hasta los 25 tras pasar diez años en una misma empresa.
Al otro lado del espectro se encuentran países como Canadá, Birmania y Japón, con tan sólo diez días hábiles disponibles; Tailandia, Nigeria y México con 6; y China con 5 (aunque se compensa con el número de días feriados).
En México los trabajadores sólo pueden disfrutar de seis jornadas al año asignadas por ley siempre que hayan superado su primer año dentro de una compañía, aumentando esta cifra dos días por año trabajado hasta un máximo de 12. A partir de entonces, la suma se ralentiza a dos días por cinco años trabajados. De este modo, un mexicano deberá tener a sus espaldas 25 años de antigüedad en una empresa para optar al descanso mínimo de tres semanas aconsejado de la ONU.
Un ejemplo a parte es el de Estados Unidos, considerado el único país desarrollado que considera el tiempo libre remunerado un beneficio y no un derecho.
De acuerdo con la BBC, los estadounidenses pueden agradecerle esto a su Acta de las Normas del Trabajo Equitativo. Esta reliquia de 1938 regula el máximo de horas semanales de trabajo, las horas extra, el salario mínimo y el trabajo infantil, pero no menciona el tiempo libre remunerado.
2. Protección a la maternidad y paternidad
La promoción de la maternidad y la paternidad, así como el respeto de sus derechos laborales, está en el centro del sistema de atención de la seguridad social cubana, al tiempo que constituye una de las grandes conquistas de la Revolución.
Desde la entrada en vigor de la Ley 116, Código de Trabajo, en el año 2014, el gobierno cubano garantiza la protección de la madre trabajadora. Para acompañarlo, desde el 2017 entraron en vigor los Decreto-Leyes No. 339 y 340 y otras cuatro resoluciones que estimulan la fecundidad, la incorporación y reincorporación de la mujer al trabajo y la participación de otros familiares en el cuidado y atención de los menores.
Puede descargar aquí: Gaceta-oficial-ext-2017-decretos-339-y-340.pdf (2946 descargas)
Entre las principales fortalezas del Código cubano está que la madre puede incorporarse al trabajo antes de que el niño arribe al primer año de vida y simultanearse la prestación social con el salario.
Asimismo, el padre trabajador y los abuelos –maternos o paternos– no jubilados pueden recibir la prestación social para el cuidado del menor hasta que cumpla el primer año de vida.
Son pocos los países de América Latina que han ratificado el Convenio 183 de OIT o en su defecto el Convenio sobre la protección de la maternidad. Además, en muchos casos los estándares nacionales se encuentran por debajo de los establecidos, refiere la OIT.
Con respecto a las licencias por maternidad, por ejemplo, Argentina, Estado Plurinacional de Bolivia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, México y Nicaragua establecen licencias de entre 10 y 13 semanas, por debajo de las 14 semanas fijadas por el convenio. Hay otro grupo de países, en el que se encuentran Cuba, Brasil, Costa Rica, Chile, El Salvador, Paraguay y Venezuela R.B., que han establecido períodos de licencia superiores a las 16 semanas.
3. Pleno empleo
De acuerdo con la edición del 2018 del Anuario Estadístico de Cuba, la tasa de desempleo al cierre del 2017 era de 1,7 por ciento, lo que a nivel mundial se considera pleno empleo.
En contraste con las cifras cubanas, el desempleo ronda el siete por ciento en la Unión Europea y el 4 % en Estados Unidos, cercano a sus récord históricos de plena ocupación.
A nivel regional, 25 millones de mujeres y hombres buscan trabajo y no lo consiguen.
La tasa de desempleo experimentó una leve baja en América Latina y fue de alrededor de 7,8 por ciento al final de 2018, lo cual revierte la tendencia alcista de los últimos tres años. Aunque la mejoría “aún es modesta” en un escenario marcado por la incertidumbre y la volatilidad, destacó un informe divulgado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En las impresionantes cifras de empleo en Cuba influyen varios factores. Entre otros, está la planificación de la demanda efectiva de puestos laborales y la formación de profesionales.
En ese sentido, la mayor de las Antillas destaca por ser uno de los pocos países que garantiza a sus graduados de nivel medio y superior un puesto de trabajo donde ejercer su profesión.
Puede leer también: OIT: leve baja del desempleo a 7,8% en América Latina y el Caribe en 2018
4. Igual salario por igual trabajo entre mujeres y hombres
Las leyes cubanas proscriben cualquier tipo de discriminación y la nueva Constitución cubana establece el principio de igualdad del salario por igualdad de trabajo.
ARTÍCULO 42. Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial, o cualquier otra condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana. Todas tienen derecho a disfrutar de los mismos espacios públicos y establecimientos de servicios. Asimismo, reciben igual salario por igual trabajo, sin discriminación alguna. La violación del principio de igualdad está proscrita y es sancionada por la ley.
Además, no existen regulaciones que amparen o permitan que el salario de un trabajador o profesional sea fijado de acuerdo a su género.
Esa realidad contrasta con el contexto internacional.
“El panorama general sigue siendo inquientante”, esa fue la conclusión recogida en el Informe Global sobre la Brecha de Género 2018, producido por el Foro Económico Mundial (WEF, por sus siglas en inglés), que presenta una imagen clara del estado de los derechos de las mujeres en términos de política, economía y educación.
El informe ubica a Cuba en el puesto 23 de 149 naciones en cuenta a brecha de género.
Las proyecciones para el empoderamiento económico de las mujeres, desde los salarios hasta el control financiero sobre los activos, es de 202 años.
El informe más reciente de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) indica que la brecha global de ingresos entre hombres y mujeres se acerca al 20%.
5.Empoderamiento laboral de las mujeres
En Cuba, las mujeres representan el 53,22 % de los puestos ocupados en la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), máximo órgano legislativo en el país; y constituyen el 48,4 % de los integrantes del Consejo de Estado.
Según datos contenidos en el Informe presentado por Cuba al Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos, las féminas representan el 60,5 % de los graduados de la educación superior y el 67,2 % de los técnicos y profesionales en toda la nación.
Podría decirse con certeza que el sector femenino es protagonista en casi todos los ámbitos de la sociedad: constituye el 49 % de la fuerza laboral en el sector estatal civil; el 48,6 % de los dirigentes; el 81,9 % de los profesores, maestros y científicos; el 80 % de los fiscales, presidentes de Tribunales Provinciales, jueces profesionales y de la fuerza laboral en los sectores de la salud y la educación; por solo citar algunos ejemplos.
En contraste, a nivel mundial solo el 24 % de los parlamentarios son mujeres y los hombres constituyen la mayoría de la fuerza laboral profesional.