Vacaciones anuales pagadas: No cambiar salud por dinero

Vacaciones anuales pagadas: No cambiar salud por dinero

1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas5 Estrellas (Sin valoración)
Cargando...
En las asambleas se discuten más los problemas de salario y menos los de salud, cuando lo primero que tenemos que analizar es acerca de condiciones de labor, afirma Roberto Betharte. Foto: Agustín Borrego

Las vacaciones anuales pagadas aparentemente es un tópico noble, pero hoy por hoy clasifica entre los que más dudas y quejas tramitamos desde Buzón abierto.

Resulta evidente que hay violaciones de las direcciones administrativas y de los propios trabajadores. Por eso en nuestra misión de informar acudimos al ingeniero Roberto Betharte Mazorra, jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC, para que nos amplíe sobre el tema a partir de una primera aclaración, ¿qué es el 9.09?

No es más que la división del mes de vacaciones entre los 11 meses laborados, que significa el 90,9 % de lo que alguien trabaja en el año y aporta para las vacaciones anuales pagadas. Cada mes que labora, el trabajador acumula dos días, 45 minutos y varios segundos de vacaciones.

Qué ocurre en los casos del descuento del 5 % por la contribución especial a la Seguridad Social?

Recordemos que ello está dispuesto en la Resolución No. 261 del Ministerio de Finanzas y Precios, la cual rige desde octubre del 2016 para los trabajadores que reciben beneficios salariales por nómina superiores a los 500 pesos mensuales por las siguientes condicionantes: perfeccionamiento empresarial, pago por resultados o la distribución de las utilidades.

La contribución especial a la Seguridad Social solo se efectúa sobre la base del total de los ingresos recibidos por el trabajador, o sea, los que recibe y constan en el registro de nóminas del mes. Otro momento es cuando el trabajador cobra las vacaciones anuales acumuladas, pues estas no se reflejan en las nóminas. Entonces es que se aplica la retención del 5 % para ese período y no del salario formado para crear el salario devengado. Hacer esto último constituiría un descuento doble, error en el que han incurrido algunas entidades.

¿Influirán en algo las indisciplinas en el disfrute de las vacaciones fuera de lo programado y el disloque que puede provocar esto en los departamentos de Recursos Humanos?

Sabemos de las indisciplinas pero son violaciones de la propia administración. Por ley, las vacaciones tienen que disfrutarse en lapsos planificados en función de la producción o los servicios, por eso se concilian entre la organización sindical y los empleadores y forman parte de los convenios colectivos de trabajo, a no ser como recoge el Código de Trabajo, que por excepcionalidad puede haber un corrimiento.

Además, las vacaciones anuales pagadas son un derecho del trabajador y la trabajadora, y desde el punto de vista de la salud es casi obligatorio, por eso está en la ley. No por gusto los expertos han determinado que cada cinco meses y medio el hombre y la mujer tienen que descansar. Y es para recuperarse de la fatiga laboral, del esfuerzo físico y mental.

Todo lo relacionado con este tema se encuentra en la Sección Sexta, del capítulo III, de la Ley 116.

Otras quejas que llegan a Buzón abierto se relacionan con la imposición de las administraciones a liquidar las vacaciones aunque no empezaron a trabajar en el año natural.

Los períodos de vacaciones programadas se disfrutan dentro del año de trabajo, lo que se llama año fiscal, pues puede ser de febrero a febrero, de septiembre a septiembre.

¿Qué ocurre con quienes las posponen por razones de trabajo?

Si surgen circunstancias excepcionales que demandan la permanencia del trabajador en su actividad, el empleador oído el criterio de la organización sindical, puede posponer el disfrute de las vacaciones acumuladas o acordar simultanear su cobro con el salario por la labor realizada, garantizando el descanso efectivo de siete días al año como mínimo. De este acuerdo debe quedar constancia escrita.

Los días trabajados por esta razón acumulan tiempo y salarios a los fines del nuevo período vacacional.

Sobre ese aspecto hay confusiones y existen quienes quieren acogerse solo al pago doble y no descansar.

Es obligatorio descansar al menos una semana según establece el Código de Trabajo aprobado en el 2014. Fue uno de los aspectos más analizados en la discusión del anteproyecto, porque se hizo costumbre que en determinados organismos había trabajadores que estaban dos años y hasta tres sin disfrutar sus vacaciones anuales pagadas.

El Departamento de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC ha realizado estudios de organización del trabajo que evidencian cuándo hay desgaste físico y mental de los operarios. Simplemente no rinden igual, enferman, son hospitalizados, y puede que no entiendan que es como consecuencia de incumplir lo recogido en la ley. No importa que tengan buena atención en cuanto a salud e higiene del trabajo.

Así lo detectamos y se sigue dando en organismos como los ministerios de Energía y Minas y la Agricultura. Eso es cambiar salud por dinero.

¿Qué hace el departamento que usted dirige en función de capacitar, alertar, informar a los ministerios?

Utilizamos varias vías y trabajamos de conjunto con la esfera de Asuntos Económicos de la CTC, porque hoy se discuten más los problemas de salario y menos los de salud, cuando lo primero que tenemos que analizar es acerca de condiciones de labor. Estas resultan el conjunto de factores que inciden sobre el trabajador. No podemos cambiar salud por dinero, porque cómo vamos a hablar de incremento de la productividad con menos trabajadores debido a enfermedades o porque no rinden lo adecuado. Debemos hablar de aumento de la eficiencia con trabajadores vivos y sanos.

La cantidad de certificados médicos presentados ha crecido en el país y eso tiene que ver con la falta de condiciones de trabajo, con enfermedades profesionales. Por eso enfatizamos: eliminemos el riesgo.

Todos esos temas se analizan y determinan a través de la organización del trabajo, que diría hay reticencia a llevar a cabo.

Para muchos esa especialidad es como un dinosaurio.

Existen varios elementos que atentan contra su puesta en práctica. Muchos organismos se escudan en la inexistencia de escuelas para esos fines y nosotros decimos que la mejor es el centro de trabajo. En el 2005 abordamos los temas de los especialistas y técnicos de gestión de los Recursos Humanos y que dentro de su responsabilidad están los asuntos de organización del trabajo.

Pero hoy un problema es que numerosas personas ocupan aquellos cargos y no están capacitadas para desempeñarlos o tienen muchas lagunas de conocimiento en esa especialidad.

¿Por qué decía que el centro de trabajo es la mejor escuela?

La organización del trabajo surge en Cuba en 1960 implementada por el Che y sus actores fueron los obreros, los vinculados directamente a la producción. A partir de sus experiencias se establecieron normas, eran quienes decían qué herramienta hacía falta o tal o mas cual condición de trabajo. Qué no podremos hacer en la actualidad con el alto nivel técnico y profesional existente en los centros, en las entidades, sin obviar las normas y regulaciones a nivel de país. Entonces, preservemos primero al hombre y después al salario.

Compartir...

7 comentarios en Vacaciones anuales pagadas: No cambiar salud por dinero

  1. Cuando se cobran las vacaciones antes de disfrutarlas y se unen al salario del mes vencido usted paga un impuesto sobre los ingresos personales, que de cobrarse las mismas luego de disfrutarlas no lo pagaría. Pienso que eso debe ser opcional. Es decir el cobro anticipado de las vacaciones.

  2. Quisiera saber sin el tiempo que un trabajador está de peritaje médico producto a un accidente de trabajo acumula vacaciones.

  3. Mi duda radica si yo trabajo sabados alternos y si descanso una semana, en la cual me toca ese sabado, debo cobrar, 6 días o 5.5.

  4. Soy estomatólogo general desde el año 1998, y no entiendo aún por qué cuando me pagan vacaciones el próximo mes sólo cobro medio salario, pues según la otra mitad ya lo cobre en las vacaciones. Guisa Granma.

  5. Hola,
    No sé si mi duda tiene que ver con el tema, pero a algunas empresas a los trabajadores se les paga al final del año algo que popularmente se le llama mes 13 y que sirve de estímulo a los trabajadores. Quisiera saber un poco más sobre el tema y por qué a sectores como educación esto no se le paga.

  6. Vivian, es preocupante la situacion que hay en VC con los tramite de jubilacion, desde julio no se puede ejercer ese derecho por los trabajadores, pues el INASS no tiene segun plantean fuerza de trabajo calificada al efecto.

Escribir comentario

© 2018 Trabajadores. Órgano de la Central de Trabajadores de Cuba
Director: Alberto Núñez Betancourt
Subdirectores Editoriales: Alina Martínez Triay y Joel García León
Territorial y General Suárez. Plaza de la Revolución. La Habana, Cuba. CP: 10698
Fax: 053 (7) 555927 E-mail: digital@trabajadores.cu