Diariamente se viola la Resolución No. 360/2005, del Ministerio de Salud Pública, que prohíbe fumar o mantener encendido cualquier derivado del tabaco en las instituciones del sistema nacional de salud en Cuba, con énfasis en los que laboran o prestan servicios en el sector.
El incumplimiento de lo establecido conlleva medidas disciplinarias previstas en la legislación y no distingue entre trabajadores, dirigentes y funcionarios. Uno de los basamentos de la disposición resulta no solo que sea un tema sensible para todos, sino que “los médicos y enfermeros, en especial, constituyen ejemplos muy negativos cuando practican conductas en flagrante contradicción con la conservación y prevención de la salud que deben fomentar”.
Entre las facultades del organismo está promover, elaborar y controlar los planes y programas de educación para la salud. No es posible que un Estado dedique tanto de su presupuesto para salvar a las personas y potenciar estilos de vida más saludables, y parte de ese esfuerzo caiga por la borda sin al menos reglamentar y promover prácticas en contra de un hábito que, según datos de la Organización Mundial de la Salud, cobra cada año casi 6 millones de muertes, de los cuales unos 2 millones son por cáncer de pulmón.
Publicada en la Gaceta Oficial de la República, la citada Resolución prohíbe fumar dentro de las unidades asistenciales y durante su actividad laboral, a todo el que trabaja o presta servicios allí, así como a los hospitalizados, acompañantes, visitantes u otra persona que esté en forma permanente u ocasional, con excepción de los pacientes psiquiátricos y los recluidos en hogares de ancianos.
La norma legal establece como agravantes fumar en todo tipo de reuniones de dos o más personas en lugares bajo techo y de actividad de carácter docente con nivel de pregrado, sobre todo en el caso de profesores y alumnos. También si ocurre “durante la atención a los pacientes, las consultas, pase de visita o permanencia en salas de hospitalización, laboratorios, consultorios médicos, policlínicos, visitas de terreno a cualquier otra área de la institución o fuera de esta u otras labores o funciones en las que el personal de salud establezca interacción profesional con la población”.
En sus disposiciones finales, la Resolución recoge los responsables de velar por su observancia y la obligatoriedad de dar a conocer el contenido en las asambleas de afiliados, lo cual merece ser retomado a 11 años de aprobada, pues parece letra muerta cuando vemos a tantas personas fumando impunemente dentro de las instalaciones de salud.
En el hospital cespedes de Bayamo se fuma en cualquier parte,eso a parte de dañar la salud empeora la higiene de esta institución que es pesima,hay que tener mucho deseos de vivir para acudir a este sucio lugar.
Es verdad lo que en este artículo se expresa.
En el hospital Guevara de Las Tunas se observa en las áreas aledañas a los pasillos interiores varios kilogramos de colillas de cigarros, pues ni por verguenza los recogen.