Por María de las Nieves Galá y Alina M. Lotti
Una a una agrupa las pizzas. Les echa el queso y el puré. Es un proceso simple que Armando Ramírez aprendió desde que comenzó a trabajar en la cafetería Don Kike, ubicada en 100 y Boyeros. Sin dejar de hacer su faena atendió a las periodistas de Trabajadores que irrumpieron allí sin previo aviso.
Hace tan solo seis meses el joven de 25 años decidió dar un cambio a su vida: convertirse en cuentapropista. Graduado de Técnico de Nivel Medio en Veterinaria comenzó a laborar en el Instituto de Investigaciones Porcinas, en el municipio capitalino de La Lisa; sin embargo, “la cuenta no daba, tengo un niño pequeño y quería mejorar económicamente. Aquí todos los días gano 70 pesos”. Según expresa su esposa, Yanelis Díaz, también trabaja en un establecimiento similar en el barrio de Altahabana.
Cuando le preguntamos qué contrato había establecido con su jefe, dijo que solo de forma verbal: él sabe a qué hora debe entrar, cuando tiene algún problema lo llama, y todavía no ha cogido vacaciones.
En la misma área de venta, Maitre Biltres, de 27 años, labora en el quiosco Playa Varadero. Comentó que culminó estudios de Técnico de Nivel Medio en Bibliotecología en la zona oriental del país, y al mudarse para la capital, el trabajo por cuenta propia ha sido una buena opción. “Tengo un niño pequeño que está en el círculo infantil, y cuando presento algún problema, llamo por teléfono a mi jefe, con el que tengo buenas relaciones, aunque no he firmado ningún contrato por escrito”.
Lo expuesto por ambos entrevistados es una situación recurrente en varios puntos visitados por estas reporteras; tema debatido recientemente en la Comisión de Atención a la Niñez, la Juventud y la Igualdad de Derechos de la Mujer del Parlamento cubano a partir de las acciones de control y fiscalización que los diputados realizaran en las áreas de concentración del sector no estatal.
Código del Trabajo, una garantía
Según declaró a los diputados la viceministra primera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Marta Elena Feitó Cabrera, desde el 2010 el trabajo por cuenta propia ha tenido un incremento sostenido —de 157 mil que lo ejercían en ese momento hasta más de 500 mil a finales de diciembre—. “Eso ratifica su validez como fuente de empleo, producción y prestación de servicios; y demuestra la aceptación que tiene por parte de la población”.
La Viceministra Primera añadió que de ese total, el 31 % eran jóvenes, e igual por ciento mujeres, quienes se han ido “posesionando”. Manifestó, además, que el 24 % son graduados de noveno grado; el 56 % bachilleres; el 10 % técnicos de nivel medio y el 8 % de nivel superior.
Al referirse al Código de Trabajo, Ley 116, señaló que uno de los aspectos fundamentales que introdujo es la relación entre las personas naturales. “Todo titular que contrata trabajadores tiene que establecer y formalizar con ellos un contrato, o documento equivalente y dejarlo por escrito. El Código define los derechos mínimos que tiene que garantizar el empleador a esa fuerza contratada.
“Los cuentapropistas tienen la garantía de ocho horas de trabajo al día, y hasta una hora más, y 44 horas semanales como máximo, al igual que los del sector estatal. Por tanto, deben saber de sus derechos y exigirlos.
“La Ley 116 ratifica la igualdad en el trabajo, la no discriminación por género, color de la piel, creencias religiosas u orientación sexual, debemos aprovechar el conocimiento técnico que nos brinda, tenemos las herramientas”, argumentó Marta Elena Feitó.
Un titular con experiencia
Uno de los primeros en establecerse en el “área privilegiada de 100 y Boyeros” es Jorge Gutie Sánchez, titular del quiosco Playa Varadero, quien se muestra satisfecho con las ganancias y afirma que “no hay por qué caer en ilegalidades”.
Ser carismático y poseer experiencia en la actividad le han permitido desempeñarse con soltura como secretario general de una de las dos secciones sindicales que allí radican, con 80 afiliados.
Al interrogarlo acerca de la forma en que realizan el contrato con sus empleados, señaló que no se formaliza por escrito. Agregó que esto constituye una preocupación y reconoció el desconocimiento que existe.
Dijo que en el activo sindical celebrado en noviembre pasado, analizaron aspectos del Código de Trabajo. “Nos proponemos estudiar la posibilidad de que haya más seriedad en el contrato, a fin de que los empleados sepan defender sus derechos. Incluso, cuando se vaya a despedir a un empleado, debe hacerse una evaluación entre el ejecutivo sindical y la administración, para no atropellar sus derechos”.
Comentó la preocupación acerca de la responsabilidad de los custodios respecto al cuidado de los bienes materiales que protegen. “Nosotros tenemos siete en el área y nos estamos esclareciendo con los abogados sobre la manera de hacer el contrato legal.
“Nos interesa impulsar la contratación, ya sea en la actividad de alimentos, bisutería, calzado. En este momento, estamos dando los primeros pasos, nos autopreparamos y estudiamos el Código de Trabajo”.
Las mujeres, mayor rigor
Si alguien debe exigir con mayor rigor que el contrato vaya más allá de lo verbal, esas son las mujeres. Adriana Peña Lamar, quien labor en una de las cafeterías del famoso agro de Tulipán, ubicado en Plaza de la Revolución, explicó que la principal motivación para ser cuentapropista no fue económica. “Anteriormente, tenía turnos rotativos, lo cual me imposibilitaba atender a mi niña de cuatro años. Tengo derecho a vacaciones, un salario fijo y cuando presento alguna dificultad, se lo doy a conocer a mi jefa”.
Precisamente, la Viceministra Primera del MTSS aclaró que “está regulado que se les debe garantizar al menos un día de descanso semanal a los trabajadores por cuenta propia al igual que en el sector estatal, así como un mínimo de siete días de vacaciones al año.
“También tienen derecho a las condiciones de seguridad y salud en la labor que ejecutan. Si es soldador, tiene que tener careta, peto, guantes… Hay un grupo de aspectos establecidos por ley que deben cumplirlos también ellos”.
Lo primero que hace Elisa Milanés Viltres, titular de un quiosco situado en el agro de Tulipán, cuando va a emplear a una nueva persona, es hablar con ella, conocer su situación. “Le abro un expediente; luego le explico las características de lo que hacemos y prescindo de alguien cuando es ausentista. Aquí el contrato es verbal”, afirmó.
Aun cuando en las relaciones empleado-empleador se definen las normas, la valía del contrato firmado sigue siendo una asignatura pendiente, pues hay situaciones con las mujeres embarazadas, quienes después del parto, al regresar a los puestos laborales, muchas veces se encuentran que no existe capacidad para ellas.
Algunos titulares contratan mujeres jóvenes con buena presencia con el pretexto de atraer mayor número de clientes, y aquellas que sobrepasan los 40 años se las ven difíciles para ocupar un puesto de cara a los consumidores.
Sobre el tema, el licenciado Manuel Iglesias Feijóo, abogado del bufete laboral, de Conill y Central, en Plaza de la Revolución, afirmó que la mayoría de los contratados por cuenta propia lo hacen de forma verbal. “No he visto contratos por escrito de este tipo de relación. No es que esté prohibido hacerlo, en todas las materias del Derecho se permite, pero es mejor dejar constancia para cualquier caso de queja.
“Yo recomendaría que lo hicieran, porque si usted tiene un documento firmado por las partes, eso le serviría al abogado al momento de asesorar a alguien para saber cuáles fueron las bases fijadas en esa rela- ción jurídico-laboral y en virtud de eso establecer la demanda correspondiente”.
Manuel afirmó que los transportistas por cuenta propia recurren más al contrato por escrito ya que tienen menos control de sus trabajadores contratados cuando estos salen a laborar y ellos se quedan en sus casas. “El contrato garantiza, por ejemplo, que en caso de que se cometa alguna actividad delictiva, los empleadores no tengan responsabilidad alguna”.
La participación de los trabajadores en el sector no estatal de la economía tiene un carácter estratégico y un papel cada vez más importante en la solución de los problemas laborales de los diferentes sectores, lo cual fue reconocido por Esteban Lazo, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la Comisión de Atención a la Niñez, la Juventud y la Igualdad de Derechos de la Mujer.
Al debatirse el tema fue válida su observación: “Hacemos leyes y después se guardan. Las personas necesitan tener conocimientos, estar informados de sus deberes y derechos. Si tenemos los documentos y no se leen, ni revisan ni consultan, entonces se cometen errores y violaciones”.
Esclarece la CTC
A propósito del tema, la miembro del Secretariado Nacional de la CTC, Gisela Duarte Vázquez, jefa de la esfera de Asuntos Laborales y Sociales, precisó a Trabajadores algunos elementos para una mejor comprensión.
Aseguró que desde la apertura del trabajo no estatal y la ampliación de sus modalidades, el movimiento sindical ha diseñado y aprobado una política para su atención. “Para la CTC esto tiene gran complejidad, pues se diferencia notablemente de la atención a los trabajadores del sector estatal, a quienes mayoritariamente estábamos acostumbrados a organizar y representar”.
Con el crecimiento de los trabajadores por cuenta propia —ya superan los 500 mil— y la aprobación de las cooperativas no agropecuarias (CNA), que suman 498, se han sindicalizado el 79,3 % de los trabajadores no estatales sin vínculo a una entidad estatal y constituido más de 7 mil secciones sindicales.
Una de las vías utilizadas para su atención son las reuniones de representantes y dirigentes sindicales no estatales con los organismos de relación, la CTC y el sindicato correspondiente. Esos espacios permiten conocer de sus preocupaciones y muchas cuestiones han encontrado respuesta o solución.
No obstante, su desconocimiento conduce muchas veces a la violación de derechos elementales No obstante, de manera reiterada se incumple lo establecido en el Código de Trabajo en el capítulo VII, artículo 72, el cual plantea que las relaciones de trabajo entre trabajadores y personas naturales autorizadas a actuar como empleadores se formalizan mediante un contrato de trabajo por escrito, que contemple sus derechos mínimos. Este es un asunto que en algunos de los lugares visitados no se está cumpliendo.
También se violan los derechos mínimos —refrendados en los artículos 73 y 74—, entre los que se encuentran el régimen de trabajo y descanso hasta 44 horas semanales, ocho horas de trabajo diario, un día de descanso semanal, siete días naturales de vacaciones anuales pagadas y condiciones de seguridad y salud adecuadas, por lo que la CTC y los sindicatos deben estrechar vínculos con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para ejecutar acciones que exijan el cumplimiento de lo legislado.
Otra de sus preocupaciones se relaciona con la no protección en caso de enfermarse. El pago de los certificados médicos a corto plazo no se ejecuta ya que se aporta para la Seguridad Social a largo plazo, que garantiza jubilación y protección ante invalidez parcial o total. Lo mismo sucede en caso de accidentarse.
En cuanto a las embarazadas, ellas tienen protección según lo le- gislado en el Decreto Ley 278 del 2010 (capítulo VI), pero al estar contratadas por personas naturales donde se establecen contratos determinados, existen casos que al cumplirse el término de la licencia por maternidad, no han podido incorporarse a la actividad que desempeñaban, asunto el cual se tendrá que seguir estudiando.