Son varias las razones para expresar optimismo y considerar que en lo adelante estos asuntos alcancen mejores resultados.
Como expresáramos anteriormente, el marco regulatorio para las empresas es más favorable en torno a sus facultades, por decisiones que permiten una gradual capitalización ante la retención de una parte de las finanzas que se tributaban al presupuesto del Estado, destinándose a la planificación de inversiones menores, al mejoramiento de las condiciones de trabajo, al crecimiento en los ingresos, mediante la vinculación del salario a los resultados y como estímulo por la eficiencia mediante la distribución de parte de las utilidades, una vez vencido el ejercicio fiscal.
Los últimos procesos políticos desarrollados con los trabajadores para la presentación de las cifras del plan y el presupuesto nos han permitido corroborar que aun en las difíciles condiciones en que se ha trabajado, siempre ha existido el debate y la crítica oportuna alrededor de lo expuesto y en su inmensa mayoría una actitud consecuente por parte de la clase trabajadora.
Esta debe concentrarse en demandar más trabajo y recursos para producir, como el aseguramiento necesario de materias primas y materiales para dar cumplimiento al plan de la entidad, sin dejar de reconocer al mismo tiempo justas demandas de medios de trabajo, de protección, ropa y calzado, alimentación, y otras de índole salarial, ante la pérdida de la capacidad de compra por la eliminación de una parte de los fondos sociales de consumo no provenientes del trabajo y por el incremento incesante de los precios.
Todos estos asuntos solo tendrán cabida en el plan si trabajamos consecuentemente en el perfeccionamiento de los métodos y estilo de trabajo sindical, a la par que exijamos a nuestras administraciones por el cumplimiento de su responsabilidad y que los trabajadores, desde la etapa de concepción del plan de la economía y del presupuesto de la entidad, emitan sus criterios, repitiendo este ejercicio hasta su aprobación definitiva.
Los sindicatos nacionales desempeñan un papel preponderante a partir de la definición de indicaciones conjuntas con los organismos, cuyas acciones para la realización de ambos procesos (concepción y presentación), deben estar contenidas en los lineamientos de los convenios colectivos de trabajo.
Debemos continuar exigiendo la participación de cuadros administrativos de las estructuras superiores de dirección en las asambleas de representantes, porque son quienes intervienen en todo el proceso de planificación y estarán en mejores condiciones para explicar, argumentar, convencer y decidir, ante las justas demandas que se realicen.
En ocasiones esto no ocurre y es el cuadro sindical quien se debate en explicar asuntos que aunque los domine no le corresponden, privándose a los trabajadores de intercambiar con su administración, algo que reclaman con cierta regularidad.
La atención y el tratamiento oportuno de los planteamientos generados en procesos políticos anteriores, o en la actividad cotidiana, demandan respuestas o soluciones, lo que sin duda, promueve un ambiente de credibilidad entre los trabajadores.
El proceso de separación de funciones estatales y empresariales también se inserta entre las acciones para impulsar el crecimiento de los niveles de actividad, productividad y eficiencia en las entidades.
No son pocos los escenarios en los que por derecho propio los trabajadores y sus representantes sindicales tienen la posibilidad de participar, pero para ello resulta indispensable que la dirección sindical establezca prioridades en el trabajo, y logre efectividad en la coordinación de acciones con las administraciones, generando un clima de exigencia mutua.
Solo así estaremos en condiciones de alcanzar una real participación de los trabajadores en la gestión económica de las entidades donde laboran y que se sientan verdaderos dueños colectivos de las riquezas que crean con sus manos.
Nota de la Dirección
Conceptos como objeto social e inventarios ociosos y de lento movimiento fueron abordados en el trabajo periodístico con título Desafío para los trabajadores, de la edición del lunes 19 de enero del 2015. A propósito de ello, consideramos oportuno publicar fragmentos de los contenidos que al respecto recogen la Resolución 134/2013 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), en su artículo 6, y el Decreto 315/2013 del Consejo de Ministros, en su artículo 7.
Sobre el objeto social, la citada Resolución faculta al director de la empresa para decidir sobre actividades secundarias derivadas del objeto social de la entidad que dirige y sobre aquellas eventuales que eviten la paralización de la producción y los servicios. Asimismo, decide sobre la realización de actividades de apoyo como arrendamiento de locales y almacenes, servicios de parqueo, autoconsumo, entre otras.
Por su parte, el Decreto dispone que los órganos, organismos, Osde y las entidades en correspondencia con lo establecido por el MEP (Ministerio de Economía y Planificación) y el MFP, determinan y aprueban el destino económicamente útil de los inventarios de lento movimiento y ociosos, siguiendo un orden de prelación que su comercialización mayorista como primer objetivo.
Central de Trabajadores de Cuba