Dirección de Educación en Camagüey: “Sin lugar” caso de almacenero en Nuevitas

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En relación con el trabajo publicado el 29 de abril último —Fuera del almacén con justicia a su favor— responde a Trabajadores Mercedes Escuredo Olazábal, directora provincial de Educación en Camagüey, organismo que consideró “sin lugar” la queja expuesta por Héctor Ramón Mazorra Espinosa, padre de Yoel Mazorra Rodríguez, quien se desempeñaba como almacenero en el instituto politécnico Mario Herrero Toscano, del municipio de Nuevitas.

En su misiva a Trabajadores, fechada el 10 de mayo, la directora refirió la atención y el seguimiento dado a este caso, originado a partir de un intercambio de los funcionarios de la Dirección Municipal de Educación con los estudiantes del politécnico sobre la calidad de la alimentación escolar que allí se estaba brindando.´

Una visita de inspección realizada arrojó numerosas irregularidades, violaciones de las normas, procedimientos y del control interno por parte de los encargados de esa actividad, lo cual confirmó los criterios desfavorables que al respecto tenían los educandos.

Según narra la directiva, entre las deficiencias está un faltante de carne de ave en el almacén y también se pudo comprobar una operación de salida para la cocina de una cantidad de ese producto, sin la correspondiente oferta en el menú del comedor para ese día.

“Es evidente que dichas irregularidades estuvieron muy distantes del calificativo que apareció en el artículo publicado como de `nada importante`”.

Luego de la inspección fueron sancionados el director del centro, el subdirector de trabajo educativo, la subdirectora administrativa, la contadora, el jefe de cocina-comedor y, por supuesto, el encargado del almacén, lo cual evidenció que dicho proceso no estuvo dirigido únicamente contra él. La sanción aplicada a este último, inicialmente, fue la de traslado a una plaza de condiciones laborales diferentes (profesor de la asignatura de Mecánica en el propio centro, atendiendo a su condición de licenciado en esa especialidad), con pérdida de la que ocupaba anteriormente.

“No resulta fácil entender —argumentó la directora— que el traslado para esta nueva plaza pueda considerarse como un ‘abuso de poder y una intención de perjudicar al referido trabajador’ como expresa el artículo.

“Es cierto que la reclamación presentada por él fue declarada con lugar por el órgano de justicia laboral de base (OJLB), pero en parte, toda vez que consideró que el traslado hacia otra plaza de condiciones diferentes debía ser por un mes y, además, no lo exoneró de su responsabilidad material inherente al faltante físico comprobado de uno de los productos almacenados, de lo cual no se hace mención en lo publicado”.

Ante la inconformidad de la Dirección Municipal de Educación sobre la decisión del OJLB, el tribunal de esta instancia dictaminó que la sanción a aplicar debía consistir en el traslado hacia otra plaza de condiciones laborales diferentes por un término de 6 meses.

“El fallo de los dos órganos legales facultados que atendieron el caso confirman la responsabilidad del encargado de almacén por lo que no es totalmente cierto lo expresado en el título y en el texto del trabajo en cuanto a ‘…con justicia a su favor’.

“Durante este prolongado proceso legal, Yoel Mazorra Rodríguez mantuvo una conducta personal inadecuada, ofensiva, provocativa y agresiva, incluyendo falta de respeto, insultos y amenazas a dirigentes del centro y de la dirección de educación del municipio, desconociendo la medida considerada inicialmente de mantenerlo como profesor”.

La actitud asumida dio lugar a que el 31 de octubre del 2012 le fuera notificada la determinación administrativa sobre pérdida de los requisitos para ocupar la plaza de encargado de almacén, la cual se ocupa por designación, según las normativas legales establecidas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y avalado por el comité de expertos de la entidad.

“Es necesario aclarar que esta decisión administrativa el trabajador puede impugnarla ante el OJLB en un término de 180 días naturales posteriores a la fecha de notificación, mediante una reclamación por mejor derecho, acción que el trabajador realizó”.

En otra parte de la carta, la directora expresó que en relación con la medida disciplinaria aplicada, las partes (trabajador y administración) agotaron las vías de reclamación que la legislación laboral admite, por lo que la sentencia del tribunal municipal de Nuevitas actualmente es firme —situación similar ocurrió con la responsabilidad material aplicada— no procediendo recursos contra ella.

El 24 de enero del 2013 el trabajador estableció queja ante la Dirección Provincial de Educación, la cual fue atendida y respondida mediante dictamen legal No. 15 de fecha 13 de febrero, notificado el 19 de febrero, acto mediante el cual se analiza e informa que ha transitado por tres procesos (uno laboral y dos administrativos) unidos en el tiempo.

Trabajadores opina

Al conocer en detalles lo ocurrido, a esta periodista le asaltan al menos dos preocupaciones. Se llegó a una indisciplina grave en un sector tan decisivo como educación, donde además hay déficit de docentes en la enseñanza técnica y profesional, entonces ¿por qué un licenciado en Mecánica ocupaba una plaza de encargado de almacén?

Lo otro está relacionado con la “solución” dada al caso. El “traslado hacia una plaza de condiciones laborales diferentes”, quizás no debió haber sido a la de profesor. La ejemplaridad de los educadores cubanos no pasa únicamente por la calidad de las clases y el comportamiento en el aula.

Educador se es todo el tiempo, en la escuela, en el barrio, en la comunidad. Y quien pierda valores como honestidad y honradez, podrá instruir a los alumnos, pero jamás educarlos.

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