Lo que considera mala implementación de la Resolución 6/16 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y las afectaciones salariales producidas a los trabajadores son denunciadas en extensa carta a esta sección por Luis Ramón Torres González, secretario general del buró sindical de la unidad empresarial de base (UEB) Jesús Suárez Gayol, radicada en el holguinero municipio de Banes y subordinada a la Empresa Ferrocarriles Oriente, con asiento en Santiago de Cuba.
“Como sindicato y fiel representante de los trabajadores ya no tengo a dónde acudir. En el colectivo me reclaman lo que a ellos pertenece y no consigo una respuesta, y mucho menos atención a lo que está pasando, en franca violación de lo dispuesto en la ley”, destaca en el texto que acompaña con firmas de los afiliados, en representación de los 410 que conforman el colectivo y “ven afectados sus ingresos debido a la mala interpretación y aplicación de los sistemas de pago aprobados” en la citada norma legal.
Explica que el encargo estatal de la UEB es “la importante tarea de garantizar el transporte por ferrocarril de la caña y sus derivados de los cinco centrales azucareros en la provincia de Holguín”.
Como está establecido, dice, el plan de ingreso inicial del 2016 fue discutido y aprobado en el colectivo, pero posteriormente la dirección de la Empresa Ferrocarriles Oriente varió en dos ocasiones aquella cifra inicial sin el conocimiento y análisis con quienes tienen que ejecutarla.
Argumenta Torres González que la cantidad ratificada en asamblea fue aportar 4,6 millones de pesos, que subió en 2,5 millones y “en pleno término del balance del mes anterior, la entidad informa que por tercera vez consecutiva el plan de ingreso ha sido cambiado y se nos vuelve a elevar la parada, ahora en 1,5 millones (…) lo cual deriva en una lógica alteración de los indicadores”.
Según la misiva, lo más triste de la situación resulta que esos aumentos no cuentan con respaldo productivo y, además, de ellos solo conocieron cuando despacharon las informaciones del cierre de mayo en Santiago de Cuba.
La consecuencia inmediata es que les dejaron de pagar 116 mil 805 pesos, fruto del trabajo realizado en abril, y al reclamarlos les respondieron que les pagarían, lo cual vieron con preocupación, debido al último cambio del plan de negocios, señala.
Fundamenta su reclamación en algunos datos económicos, como que en abril cumplieron con todos los indicadores límites que se expresan en la Resolución 6, creando un valor agregado bruto de 394 mil pesos, que se debían distribuir a los trabajadores; sin embargo, la entidad solo autorizó el pago de 276 mil 205 pesos, con la consiguiente afectación salarial.
Desde entonces, recalca, como secretario general del buró sindical he reclamado sin resultado alguno ante las instancias posibles lo que se nos dejó de retribuir. Lo conocen en el sindicato provincial y nacional, en la Empresa Ferrocarriles Oriente y en su nivel superior.
Subraya que en toda esta batalla supieron que la empresa autorizó a pagar por la Resolución 17 estando la misma derogada (marzo 2016) por la Resolución 6.
No obstante la preocupación material, a Luis Ramón le inquieta la repercusión individual y colectiva en cuanto a comportamiento, porque demás está decir el descontento que prima en el colectivo por la situación descrita.
Todo ello lo motivó a enviarnos vía correo electrónico la misma carta en tres ocasiones, para asegurar que la recibiésemos, y a llamar por teléfono en igual número de veces para reafirmar lo escrito, una de las más recientes historias llegadas a nuestra redacción sobre la posible violación de lo normado en cuanto a sistemas de pago, en una ley que empieza a gatear y en cuya aplicación no deben permitirse ciertos desafueros que llevaron al fin de su predecesora.
Con relación a la Resolución/6 es ciertamente una norma amplia y abierta para que se obligue a una mejor gestión y administración de los recursos humanos, económicos y financieros. A lo que te refieres es un intento de establecer limites en el salario de los indirectos, con el objetivo de acortar las distancias que en ocasiones se crean entre el salario de los directos y los indirectos, algo que se seguirá revisando y perfeccionando. Con relación a la Resolución/155, es cierto que se produjo un giro con el tema de las auditorias, ya presente en la 100 pero a la inversa. (No tener una negativa en 18 meses). Es cierto que sale de repente y es un tema que se esta discutiendo con los organismos rectores involucrados, incluyendo la Contraloría, para ver si realmente hay capacidad para garantizar el cumplimiento de dicho requisito para todo el sistema empresarial del país. Lo que si debe quedar claro como política es que esa debe ser la tendencia a seguir, porque no es lógico que empresas que se pasen años sin ser auditadas y no conocer el estado de sus finanzas, paguen algo sobre lo que no tienen verdadero dominio. Finalmente unirnos a esa confianza en que son normas productos de las transformaciones actuales a las que se les mantienen seguimiento, por lo que cualquier adecuación o perfeccionamiento en lo adelante siempre podrá estar presente.
Realmente la Resolución 6 deja muchas cosas sin decir, en este caso me parece no es la resolución, sino un problema de los planes que suben sin contar con los trabajadores, para mi la 6 es clara en cuanto a su aplicación en las UEB, pero en las Direcciones de las empresas deja muchas lagunas vacías, por ejemplo, se dice que son hasta dos salarios medios para el resto de los trabajadores y 2,5 para el director general, sin embrago esto crea una incongruencia salarial, porque estaría cobrando lo mismo un subdirector de la empresa que una auxiliar general y no es que la segunda no tenga importancia, pero el nivel de responsabilidad es mayor en uno que en otra, sin embargo esto no queda claro, se le dio verbalmente la indicación a las empresas a través de seminarios de establecer la diferencia en el sistema de pago, pero eso se contrapone a lo que dicta la resolución, a eso agréguele la evaluación por el desempeño,es decir que todavía le quedan a la 6 lagunas que resolver.
aprovecho el escenario para hablar además del pago por la eficiencia económica, en el capítulo IV Artículo 4 de la Resolución 155 se plantea. Tener una auditoría financiera con calificación de satisfactoria o aceptable, la cual no debe rebasar el período de dieciocho (18) meses. Para las oficinas centrales de las organizaciones superiores de dirección empresarial, se exige además que como mínimo el noventa por ciento(90%) de las entidades empresariales que la integran cumplan este requisito.
en la Resolución 100 de 2015 se planteaba en el Capítulo IV artículo 42. No tener auditorías evaluadas de deficiente o mal, en el período de dieciocho (18) meses anteriores al 31 de diciembre del año que se analiza.
como se puede apreciar el cambio es sustancial, están obligando alas empresas a tener una auditoría en 18 meses, pero esto no se comunicó antes de cambiar la resolución y miles de trabajadores que no tienen la culpa se quedaron sin recibir un dinero que ya habían formado, porque a alguien se le ocurrió cambiar la resolución sin comunicar los cambios a tiempo. no es lo mismo no tener auditoría evaluada de deficiente o mal a tener una auditoría satisfactoria o aceptable, en los últimos 18 meses, y creo que si debe ser así, pero a partir de este año en lo adelante y no aplicarlo a partir del 2015, porque no se comunicó con tiempo el cambio, esto se ha dicho ya en reiteradas ocasiones a través de varios medios, nadie hace caso a estas reclamaciones, nos quejamos por gusto, a veces hasta parece que se hace a propósito para crear el descontento en los trabajadores y que se pierda la confianza en la revolución, en los sindicatos y hasta en el PCC.Yo tengo la convicción de que esto se solucione y se autorice a las empresas que formaron el dinero y cumplen con el resto de los indicadores a que paguen ese dinero que es de los trabajadores.
Este tema se esta generalizando en las UEB de la EFO, estas y otras preocupaciones tenemos los trabajadores de Talleres, aun sin definir por la UFC el modelo económico para estas unidades, hoy no creamos VAB y por esta causa no cobramos por resultados, aun y cuando realizamos la mejor de las producciones físicas para que con esta entrega de equipos otra UEB (la de Ferrocarril) transporte cargas y viajeros, aportando ingresos a la EFO, se han enviado varios escritos a diferentes periódicos pero no los han publicado, no se si están esperando respuestas de la UFC o la EFO, lo real es que los trabajadores estamos sumamente preocupados y no tenemos respuestas.
Abel Rivero Ochoa – jefe del departamento de OTS de la CTC Nacional:
No obstante no tener toda la claridad sobre tu preocupación trataremos de esclarecer lo máximo posible. En la Empresa de ferrocarriles que es lo que pienso signifiquen las siglas que se emplean, existen muchos problemas tecnológicos y de aseguramiento que nada tienen que ver con la resolución y que corresponde a dicha unión y empresas dar solución paulatinamente. Conozco de varias UEB, incluidos talleres que cobran por resultados y no se porque se plantea que no crean VAB. En la propia inquietud se habla de cumplimiento de producciones en físico lo que si debe generar VAB, solo habría que indagar sobre los niveles de cumplimiento que se están alcanzando. Recordar que además la nueva norma establece la facultad de cambiar por una vez en el año, la forma de pago (puede pasarse a cobrar a tiempo) siempre que las causas no sean imputables al colectivo y no sean recuperables en el periodo.
Cosas como esas suceden y peor al interior de muchas empresas donde los administrativos hacen lo que les da la gana y nada pasa.
Abel Rivero Ochoa – jefe del departamento de OTS de la CTC Nacional:
Luís nuestro estado es un estado de derechos y nos corresponde a todos su cumplimiento. Un derecho no es algo que se otorga por decreto, es algo que hay que ganar con trabajo, prestigio y exigencia y corresponde a dirigentes sindicales y trabajadores, exigir por el cumplimiento de los derechos, paralelo al cumplimiento del deber que a cada cual corresponde.
Esto es habitual en mi empresa, discutimos el plan con los trabajadores, y un mes mas tarde nos aumentan los planes del nivel superior sin enterarnos. Ahora resulta que nos dicen del nivel superior que debemos gastar mas. ¿Acaso no se busca producir mas con menos gastos?. Al parecer a alguien no le agrada los salarios que debengan nuestros trabajadores y nos exigen gastar mas. Se dice que el salario no tiene limites pero tenemos un gasto de salario limite, no solo de los jefes en la resolucion 6, sino de la empresa en general. Al final los iindirectos a la produccion ganan mas sin generar ingresos directos y en sus manos esta el sistema de pago, se pasan el dia buscando como descontarle salario a los que producen para que quede mas monto a distribuir entre ellos.
Abel Rivero Ochoa – jefe del departamento de OTS de la CTC Nacional:
Como planteamos en una inquietud similar recibida recientemente, el plan puede cambiar, solo que no se trata de incrementar el nivel de ingresos o ventas, sino la reformulación de todos los indicadores que esto implica, así como el nivel de aseguramiento que requiere dicho incremento, algo que debe ser explicado en asamblea a los trabajadores. No conocemos de ninguna indicación con relación al incremento de los gastos, por cuanto esto afecta directamente el valor agregado y por ende en el fondo de salario formado y a distribuir. Con relación a que los indirectos ganen mas, como respondemos anteriormente se relaciona casi siempre con un mal reglamento para la distribución de dichas riquezas, no obstante en la propia resolución se comienzan a dar pasos para topar los límites a alcanzar en el salario de los indirectos, tanto a nivel de empresa como a nivel de OSDE. En todo caso, el salario dependerá del cumplimiento de los indicadores directivos y en consecuencia del VAB que se alcance.
quisiera escuchar el por ciento de los afectados contra los beneficiados… y también que papel desempeñan dentro de la empresa cada uno de los por cientos… cuando uno indaga se percata que cobran más lo que no producen y menos los que sudan, je,je,jeee… pero ahí vamos… ojalá y sea mala aplicación de la resolución y no una resolución mala…
Abel Rivero Ochoa – jefe del departamento de OTS de la CTC Nacional:
No sabemos exactamente a que por ciento se refiere el compañero, pero decirle que en el sistema empresarial cubano, que es donde se aplican los sistemas de pago por rendimiento como proporción, los trabajadores indirectos son el 20%, en tanto que aproximadamente el 80% esta vinculado a la producción o los servicios. Generalmente cuando ocurre lo que usted plantea, no se trata de una mala norma, sino de una mala interpretación, o peor, implementación, sobre todo en lo relacionado con la forma a coveniar, de cómo distribuir el salario que se forma, hasta la ultima estructura y trabajador.
Bueno, en mi centro es m{as extensa la prosa…tanto trabajo y no gano lo que trabajo pues no hay ventas por la economía de aquellos países que siempre lo han hecho…..no tenemos culpa de eso pero el plan es bien alto, se produce pero no se vende….otra parte debe investigar y toda investigación arrastra un gasto sobre todo en reactivos que son bien caros…..