El lunes 4 de enero del presente año comenzó la batalla para Yarelky Olivera Estrada, licenciada en Gestión de Información de Salud (GIS), técnica en Informática y trabajadora del policlínico Julio Antonio Mella, ubicado en la provincia de Camagüey.
No se ha limitado en contar su caso en carta enviada a esta sección a finales de marzo último. También reclamó y ha consultado el Código de Trabajo (CT), por eso está convencida de que existen varias violaciones de lo legislado.
Dice que desde el 18 de noviembre del 2012 laboró en el departamento de Informática del centro, donde era la única licenciada. Mas, por reducción de plantilla, quedó disponible y le informaron que sería reubicada en Estadísticas.
Refiere que tal comunicación se la dio la directora sin la presencia de un representante sindical y le planteó que como pertenece al sector no quedaría en la calle, moviéndose su cargo de técnico A en Gestión Económica, a especialista C en esa misma rama.
Cuando preguntó la causa de su disponibilidad no halló respuesta y la funcionaria la instó a que firmara la planilla de notificación, lo cual hizo aunque estuvo en desacuerdo. Incluso el jefe de Recursos Humanos (RR.HH.) aseguró desconocer los motivos porque no era miembro de la comisión de idoneidad, y solo debía saber que no iba a quedar en la calle.
Olivera Estrada reclamó el 4 de enero al órgano de justicia laboral (OJL) y dos días después se personó en la Dirección Provincial de Salud y se entrevistó con la jefa de RR.HH., sin obtener respuesta convincente. Pasados 11 días la citaron en el policlínico para rubricar un anexo al nuevo contrato de trabajo. Ella aún esperaba el pronunciamiento del OJL y pidió un día para asesorarse.
El 18 de enero la directora le comunica que debía firmar, de lo contrario no había manera de pagarle, desconociendo según la lectora lo expresado en el artículo 42 del CT, de que “cuando se modifican las condiciones establecidas en el contrato de trabajo por la entidad, esta se encuentra obligada a mostrar los fundamentos de su decisión, si el trabajador no está de acuerdo, puede no suscribir el suplemento (…)”.
El 25 de enero se reunió el OJL para efectuar la vista. “Al comenzar, pregunté los motivos de mi disponibilidad, la directora —quien era mi jefa inmediata— planteó que yo era la menos idónea”. Hasta ese momento la trabajadora expresa desconocer quiénes integraban el OJL y la comisión de idoneidad, pues los nombres no coincidían con la lista publicada en el mural.
“¿Cómo sabe eso si no me ha evaluado nunca y los controles realizados por las instancias municipales reflejan que todo está bien? Además, la idoneidad exige calificación y yo soy la única licenciada de mi departamento”.
Manifiesta que otros argumentos esgrimidos por la administración fueron que tenía varios certificados médicos pues debido al embarazo quedó con una lesión en el cuello del útero que requirió cauterización en dos ocasiones, y que no participaba en movilizaciones. Ambas situaciones encuentran respuesta en lo establecido para la protección a la madre trabajadora en el Código de Trabajo, y en su labor en la campaña contra el Aedes aegypti en dos oportunidades, respectivamente.
El OJL dio su fallo sin lugar el 29 de enero, fecha con la que Yarelky inscribió su misiva, la cual concluye diciendo que le orientaron hacer un documento para adjuntarlo al expediente y poder solicitar la apelación ante el tribunal municipal. Preocupa no solo el tratamiento del caso sino además, que dos meses después fue que nos escribió.