Parece existir un amplio consenso social entre nuestras autoridades gubernamentales, economistas, trabajadores, dirigentes sindicales y ciudadanía en general, sobre la necesidad de atraer capital foráneo como una opción necesaria para el desarrollo nacional.
La Ley No. 118 de la Inversión Extranjera, en vigor desde hace más de un año, constituye para la mayoría de los especialistas un paso esencial, una puerta sólida para la consecución de ese propósito.
La amplitud de su alcance y diversidad de modalidades previstas, las garantías que ofrece a los posibles inversionistas, las bondades amplísimas de su régimen especial de tributación, con significativas exenciones, bonificaciones y otras facilidades fiscales, conforman un marco legal moderno y atractivo que no ha pasado por alto.
Crecientes son los contactos y visitas de empresarios extranjeros que buscan información y manifiestan su interés por aprovechar estas oportunidades, y esto lo volveremos a atestiguar con fuerza durante la 33 Feria Internacional de La Habana del 2 al 7 de noviembre próximos.
Pero, y siempre parece haber uno, los resultados prácticos en la concertación de negocios desde la promulgación de la citada ley no son tal vez los que muchas personas esperábamos.
Impactan, por supuesto, los efectos negativos del bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos, política decadente, pero todavía en vigor, que esta misma semana vuelve una vez más a la palestra pública con su denuncia y rechazo casi unánime en las Naciones Unidas.
Sin embargo, también hay factores internos, rendijas, que todavía dificultan la concreción de negocios con capital extranjero en nuestro país. Uno de los asuntos en que todavía no conseguimos el despegue preciso, de acuerdo con la dirección del movimiento sindical, es la conformación de una carpeta lo más variada posible de ofertas para atraer inversiones hacia sectores estratégicos de nuestra economía, aunque ya está lista la segunda propuesta de este tipo.
Otros aspectos muy específicos, pero no menos importantes, tienen que ver con la lentitud y naturaleza de determinadas precisiones técnicas, algunas de ellas muy significativas para el movimiento sindical, como ocurrió con la fijación del coeficiente para el pago del salario a los trabajadores por parte de las entidades empleadoras que contratan al personal para las empresas mixtas y de capital totalmente extranjero.
La tasa estableció que por cada peso convertible de salario negociado con el inversor extranjero, el trabajador cubano o foráneo residente en el país recibe dos pesos cubanos. Este mecanismo de retribución que comenzó en diciembre del 2014 y abarcó con carácter retroactivo hasta octubre —aunque la Ley No. 118 entró en vigor desde junio—, ya ha mostrado por el camino varios inconvenientes que motivan insatisfacción en colectivos bajo este régimen laboral en distintos sectores, y preocupaciones del movimiento sindical, que no fue consultado al respecto antes de su aplicación.
La fijación del presupuesto del Estado como la fuente de financiación para la retribución del 50 % de los ingresos resultantes de aplicar el coeficiente de ese 1 x 2, ahora en la práctica resulta un freno para que los inversionistas extranjeros negocien con sus contrapartes cubanas nuevas tarifas, así como para la introducción de sistemas bajo la forma de pago por rendimiento. En última instancia, es el aumento de la eficiencia empresarial en la producción y los servicios, lo que debería proporcionar los recursos financieros para reportar tales incrementos salariales, no las arcas del Estado.
Estos y otros aspectos están en constante discusión para su perfeccionamiento, a partir de los planteamientos de los trabajadores en el proceso político de presentación del plan 2015, sus dirigentes sindicales de base y los sindicatos involucrados, y de la propia CTC, que son parte activa y muy interesada en el éxito de la inversión extranjera en beneficio de sus colectivos y de la sociedad en general, como otro empujón para la economía cubana.