Entrevista online: Formas y sistemas de pago en Cuba (+PDF y Video)

Entrevista online: Formas y sistemas de pago en Cuba (+PDF y Video)

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Entrevista online sobre formas y sistemas de pago en Cuba. Redacción del periódico Trabajadores. Foto: Heriberto González.
Entrevista online sobre formas y sistemas de pago en Cuba. Redacción del periódico Trabajadores. Foto: Heriberto González.

Estimada(o) internauta:

El periódico Trabajadores desarrolló en la mañana el foro debate online con el tema «Salario: formas y sistemas de pago en Cuba», organizado por este semanario, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Central de Trabajadores de Cuba.

El numeroso volumen de cartas, correos electrónicos y mensajes a través de las redes sociales llegadas a nuestra redacción con dudas sobre el tema nos han motivado a crear un documento descargable aquí, en formato .pdf, que puede servir de útil guía a todas aquellas personas interesadas en aclarar alguna inquietud relacionada con la Resolución 17. De la misma manera, las personas que nos enviaron sus preguntas pueden encontrar las respuestas en dicho documento.

En esta oportunidad nos acompañaron Edith González (asesora del Viceministro del MTSS) y Guillermo Sarmiento (Director de Organización del Trabajo del MTSS), y Rafael Guevara Chacón, jefe del departamento de empleo y salario de la CTC. Además estuvo con nosotros Juan Mario Pérez Hernández, jefe de Departamento de organización y salario del MTSS.

A continuación ofrecemos una versión de la entrevista interactiva.

¿Es la Resolución 17 la clave de la solución para los problemas del salario en Cuba? Con esta pregunta comenzó la entrevista interactiva que este lunes realizó el semanario Trabajadores en relación con la Resolución 17, norma aprobada hace pocos meses y que regula los sistemas de pago para el sector empresarial cubano.

Al respecto Guillermo Sarmiento Director de Organización del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)  reconoció que la Resolución 17 no se puede decir que es una varita mágica, no responde por sí sola a un problema tan complicado como el salario, el cual depende de muchos factores como empleo, variables diversas, el entorno económico del país.

Hay que ubicarse en el contexto en que surge, que es la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución. Hay algunos muy específicos que promueven elevar la autonomía de las empresas, la responsabilidad de estas dándoles más facultades y en ese contexto la Res 17 es un paso de avance, precisó.

Es una norma legal más revolucionaria que la anterior (Resolución 9), que vincula los ingresos a los resultados, puntualizó el especialista.

Rafael Guevara Chacón, jefe del departamento de empleo y salario de la CTC, abundó que la Resolución 17 responde además a un grupo de demandas  que en relación con el salario han sido realizadas en varios procesos políticos realizados por el movimiento sindical, también respecto a la falta de autonomía y de capital de las empresas para poder desarrollarse.

Por eso debemos subrayar que es parte de un paquete de normas jurídicas que se han venido aprobando, entre las que se incluye la flexibilización del objeto social de las empresas, lo cual va encaminado a otorgar más autonomía a las entidades y a que administren mejor su capital humano y de salario.

Es mucho más revolucionaria. La Resolución 9 generaba pagos sin respaldo productivo y si hoy se aplica bien la 17 esto no debe ocurrir, recalcó.

En este primer momento también se habló de los problemas más frecuentes detectados  en la aplicación de la norma por los organismos representados en la entrevista interactiva.

El experto de la CTC señaló que un problema identificado es el propio desconocimiento de la Resolución, para cuya implementación no hubo gradualidad, fue aprobada en abril del 2014  para entrar en vigor al mes siguiente, dijo.

La Resolución 9 generaba pago sin respaldo productivo y por ejemplo se cobraba al menos el salario básico, pero con la 17 se gana en relación con el aporte.

Por eso la CTC y el MTSS han realizado varios recorridos por el país explicando en qué consiste la norma. Son encuentros  en los que participan dirigentes sindicales, cuadros y funcionarios, pero sabemos que no es suficiente, deben aprovecharse todos los espacios como este para seguir esclareciendo.

Este es un tema que preocupa porque se cobra en dependencia del resultado de la empresa y su gestión económica y las posibilidades financieras, lo contrario se reflejará en el salario, por eso en todos los escenarios posibles hay que tratar el tema y que los trabajadores puedan plantear sus dudas, manifestó.

Sobre este mismo aspecto, Sarmiento planteó que si bien es cierto que no hubo gradualidad en la implementación de la Resolución 17,  en las directivas del plan 2014 ya se esbozaba el tema.

En la aplicación de la Resolución 17 hay asuntos que hemos tratado como el del diseño, y dentro de él un elemento es la formación y distribución, sobre todo en esta última del fondo de salario que se forma. Se ha observado en la estructura que hay que tener en cuenta el aporte individual y colectivo y el tema de la auditoría, la interpretación del mismo concepto establecido en el capítulo séptimo donde se enfatiza en que hay que tener en cuenta la correspondencia con los indicadores.

Prerrogativas del director

Las dudas de la internauta llamada Blanca, de la empresa Agropecuaria Florencia en Ciego de Ávila sirvieron para abundar en otro aspecto importante,  la responsabilidad del director de la empresa para aprobar el sistema de pago.

Edith González,  asesora de viceministro del MTSS, respondió basándose en el artículo TERCERO de la Res 17/2014 que dice: la facultad de aprobación de los sistemas de pago es de los Directores de las empresas que están en perfeccionamiento empresarial, o de las empresas que están directamente subordinadas a un órgano, organismo o entidad nacional, y en el caso de las empresas que estén integradas a una Organización Superior de Dirección Empresarial  corresponde al Jefe de dicha organización, en todos los casos, previo acuerdo con el sindicato al nivel que corresponda.

Por eso especificó la especialista que el Grupo empresarial no puede imponer un indicador a la empresa, si esta tiene facultad, tiene que hacerla valer.

Sarmiento declaró que las facultades están claras. Todo parece indicar que Blanca habla de las ventas netas y ese es un indicador directivo, de los seis establecidos, al igual que por ejemplo el del encargo estatal.

El valor de ese indicador que puede ser una de las dudas de la compañera puede estar asociado a que les pusieron una cifra o número y hay que revisar, porque el plan de la economía está teniendo intercambios a varios niveles y ese número tiene que estar conciliado.

Rafael respondió que en este caso se desencadenan un grupo de interrogantes a partir de una mala aplicación de la resolución.

Es cierto que el Director tiene la facultad de aprobar el o los sistemas de pago a aplicar, y sí tiene que recoger en el diseño los indicadores directivos a cumplir, como parte del objeto social de su empresa.

Es obligatorio establecer a partir de qué cumplimiento se procede a pagar resultados o no y este viene condicionado por los indicadores directivos del plan de la economía.

Lo anterior obliga al mismo tiempo a protegerse contra el incumplimiento de estos indicadores y por tanto tiene que establecerse en el propio diseño, las penalidades correspondientes al mismo, por cuanto esto condiciona el salario a distribuir a partir del salario formado, lo cual no quiere decir que por no cumplir el indicador se elimina el pago por resultados, sino que aun cuando alguno se incumpla, si se formó suficiente salario para distribuir, se distribuye, en correspondencia al resultado alcanzado. Ejemplo: Indicador directivo: Ventas netas acumuladas. Se establece en el diseño.

Abunda que el incumplimiento de ese indicador penaliza el salario formado de la siguiente forma: Por cada porcentaje de incumplimiento en las ventas se penaliza el monto formado en un 1, 2…%., o sea, del total del salario formado se deduce lo correspondiente al monto equivalente a la penalidad y el resto, una vez deducido el 9.09, pagar los destajos, etc., se distribuye. Conceptualmente, no es proporcional el pago del resultado al cumplimiento de los indicadores, sino en correspondencia con dicho cumplimiento, por lo tanto es incorrecto lo que se aplica en su empresa.

Valor Agregado Bruto

En el salario de los trabajadores del sistema empresarial tiene un peso importante el indicador  Valor Agregado Bruto, lo cual generó decenas de dudas de los internautas y lectores que se comunicaron además, por el correo electrónico de la página Buzón abierto.

Por eso los especialistas explicaron ampliamente ese elemento en el segundo momento de la entrevista interactiva.

Sarmiento expuso que el gasto de salario por peso de valor agregado bruto (GS/VAB) es la parte del valor agregado que se destina a salario y como se explicita en el resuelvo 7 de la propia resolución, el salario a recibir no tendrá limites siempre que no se deteriore este indicador. Matemáticamente es el resultado de dividir el fondo de salario de la organización entre el valor agregado bruto (VAB).

El VAB no es más que la nueva riqueza que se crea en la empresa, es decir, esta tuvo que adquirir materias primas, portadores energéticos, comprar servicios a terceros y con ellos crear un nuevo valor.  Una parte de ese valor se destina al salario.

¿Cómo se fija? Pues bien muchos de los internautas han planteado sus inquietudes con respecto a este aspecto y podemos decirles que se estableció fijar este indicador en el 2015 teniendo en cuenta las directivas aprobadas para la elaboración del plan.

Se determinó que no fuera superior al previsto en el año anterior, lo que garantizaba que existiera una adecuada correspondencia entre el crecimiento de la productividad y el salario medio; de no ser así caeríamos en una situación inflacionaria y no habría cómo respaldar materialmente los incrementos de salario; téngase en cuenta que el plan que estamos ejecutando eleva la productividad un 6,2 % y el salario medio un 5,8 %.

De este modo se pretende incentivar la participación de todos los trabajadores en la gestión de la empresa, porque todos pueden contribuir a elevar niveles productivos y a reducir gastos innecesarios.

Rafael complementó esta explicación diciendo que esos no son indicadores viejos, sino que el mismo valor agregado es lo que tiene el trabajador, su participación, su expresión en el producto interno bruto y es la base de los indicadores de salario, que no es más que la cuantía en porcentaje de esa riqueza creada.

Son indicadores que condicionan los resultados de la empresa y los salarios y deben tener claridad en la participación activa del salario que perciba y nos parece saludable todo lo que podamos ayudar para que se esclarezcan estos términos.

La 17 se dice que es mucho más revolucionaria y requiere explotar todas las reservas productivas y la participación directa de todos los trabajadores. Y el ahorro que debe constituir una premisa. Se ajusta mucho más al principio de distribución socialista de que cada cual reciba según su aporte y ha demostrado que donde hay resultado el salario a percibir por los trabajadores es muy superior.

Interpretaciones de la Resolución

Por los mensajes que seguimos recibiendo es notable que no son pocos los casos de directivos y trabajadores de entidades que han interpretado erradamente la Resolución 17. Sobre las acciones para evitar más errores y la propia preparación de ese personal abundaron los invitados.

Rafael señaló que la CTC hizo un amplio proceso de instrucción de todos sus cuadros y ha organizado a través de los sindicatos la preparación de los dirigentes sindicales de base. Ha trasladado y tramitado las correspondientes alertas y preocupaciones a los organismos rectores de la política de conjunto con los sindicatos. Igualmente hemos involucrado a todos los interesados y protagonistas en el esclarecimiento de las dudas, hemos acompañado al MTSS y otros organismos en la preparación de cuadros administrativos y políticos y hemos orientado la necesidad de incrementar dicha preparación para una mejor aplicación de la norma en respaldo a lo que nos pide la dirección de la Revolución.

Sarmiento subrayó que se han realizado acciones importantísimas desde febrero del 2014 y desde ahí se ha logrado una integralidad en las acciones de capacitación en recorrido por varias provincias, porque no es la única norma que busca perfeccionar el sistema empresarial.

El sindicato tiene que discutir

Obligada fue la pregunta en relación con el papel del sindicato en la discusión y aprobación de la Resolución 17.

Rafael resaltó que la economía está sometida actualmente a un proceso de cambios continuo solo comparable a los primeros años de la Revolución. Es cierto que hay problemas objetivos, de estructura, de planificación, la contratación, etc., que inciden en el salario de los trabajadores. Nos corresponde esclarecer, capacitar, transmitir la confianza en los cambios que realiza el país para revitalizar nuestra economía y en consecuencia, elevar el ingreso de nuestros trabajadores, siempre en correspondencia con el resultado y aporte realizado.

Precisó que el sindicato tiene que garantizar con la nueva resolución que se pague en el tiempo y la cuantía establecidos en función del resultado que se alcance y para eso tiene que tener dominio de estos temas.

Tiene que participar y propiciar la participación de los trabajadores en el diseño de los sistemas de pago, no aprueba pero debe exigir por que se lleve a la asamblea los sistemas de pago para su aplicación. El sindicato tiene que ser promotor y exigente del análisis de los temas vinculados al salario en los consejos de dirección y en las asambleas de afiliados y trabajadores y de representantes. Por supuesto juega un papel muy importante en lo que se acuerde para la distribución de los beneficios, buscando siempre la justeza en premiar verdaderamente a los que más aportan.

Ejemplificó que en estos momentos se está presentando el plan de la economía en los colectivos y también es buen momento para  presentar la propuesta del sistema de forma de pago, lo cual de ser aprobado por los trabajadores.

Algunas dudas en cuanto a los beneficiarios de esta Resolución fueron respondidas por Juan Mario Pérez Hernández, jefe de Departamento de organización y salario del MTSS.

Su contesta se basó en la pregunta del internauta José Marrero, quien supuso se pronunciaba en cuanto a cuándo se aplica el pago por rendimiento y particularmente el pago por resultados.

Aquí entra a jugar un grupo de medidas que tienen que preceder la aplicación del sistema de pago por resultado o a destajo. En el primer caso la diferencia que pudiera crear este sistema de pago es que tiene que antecederlo un plan diseñado con rigor, para explotar las reservas productivas, y como resultado final está el pago, señala.

Se parte del criterio de que en esa entidad exista una plantilla racional, en la cual todos los trabajadores contribuyen al resultado final de la empresa y por eso, tanto valor tiene el personal de apoyo o administrativo que el directo a la producción, solo basta que haya proporción adecuada en la aplicación del sistema de pago.

En la práctica no puede faltar rigor de diseño en el reglamento de principios y forma de distribución, de lo cual parte la definición de la forma de distribución por las áreas. Por eso en la medida en que se sea más preciso habrá una distribución mejor.

Al comentario del moderador en que se insiste mucho en hacer un adecuado diseño para salvar presumibles diferencias  Sarmiento significó que todos agregan valor y por tanto son importantes.

En el tercer y último momento de la grabación fueron precisados elementos relacionados con el diseño del sistema de pago.

Al respecto respondió Sarmiento que es importante velar por el diseño y puntualizó que todo lo que se haga en cuanto a los sistemas de pago tiene que tener el aval y los criterios de la organización sindical a su nivel correspondiente.

Podemos hablar de una unidad empresarial de base (UEB), una empresa o una Organización Superior de Desarrollo Empresarial (OSDE), pero siempre tiene que quedar clara la cuota de participación de todos los trabajadores. No es que ganen más directos o indirectos a la producción.

Lo que no puede ocurrir es que en una oficina central de una OSDE o de una empresa haya una distribución de la nueva riqueza (salario) que supere 10 o 12 veces el número que lo genera.

Pero es muy útil que haya buena gestión de comercialización igual que un buen obrero calificado que produzca.

El trabajador en una UEB puede participar de los dos sistemas de forma de pago, destajo y por los resultados finales de la producción.

Consideraciones finales

A partir de la interrogante de si se valoran algunos cambios a partir de los elementos expuestos en la entrevista interactiva, Edith responde que no hay ninguno previsto. Es una norma con solo ocho meses de aplicación y se están haciendo acciones y dando seguimiento por los organismos pertinentes. Tendrá una evaluación y de ella derivarán medidas.

Puntualizó que no es la única norma que regula el salario en el país, la suprema es la 116 Código de Trabajo y su reglamento. Además existen otras que estarán vigentes hasta el momento en que sean aprobadas otras en proceso de elaboración.

Abundó que en Cuba existe una política salarial, que benefició a miles de trabajadores del sector de la salud pública y se irá implementando de acuerdo a las prioridades que fije el Gobierno y por supuesto de acuerdo con las posibilidades económicas del país. Esto es para el sistema presupuestado, significó, porque para el sistema empresarial es la 17.

Sarmiento puntualizó que estábamos acostumbrados al detalle de las cosas, y actualmente el país está en proceso de otorgar facultades a las empresas y los principios generales que rigen el sistema salarial están en la 17 y hay conocimiento en el sistema empresarial para diseñar su sistema de pago de acuerdo con sus características.

Se puede pagar a destajo y por resultado, pero no ocurre lo mismo en todos los sectores. Hay diferencias que tienen que tener en cuenta y a partir de ahí ser implementadas en las empresas y organizaciones de acuerdo con sus características, cuándo se aplica, cómo.

En el pago por resultados se están dando las facultades generales, no se dice al empresariado cómo distribuir individualmente. Qué otros indicadores tener en cuenta eso es competencia de las organizaciones, por eso esta norma no establece un traje para cada uno, concluyó.

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62 comentarios en Entrevista online: Formas y sistemas de pago en Cuba (+PDF y Video)

  1. porque en el complejo las terrazas artemisa no se paga la 6 desde hace ya varios años y en 2017 nos hicieron firmar un documento donde haciamos dejacion de ña misma

  2. Hola mi inquietud es la siguiente sobre la 17, yo soy mecánico de un taller de reparacion de equipos electrodomesticos en el municipio de santa cruz del sur, provincia camaguey, nuestra empresa es Servicios, desde que se comenzó a implantar la resolucion 17 he tenido varias dudas y una de ella es, porque si nosotros somos trabajadores vinculados, es decir no tenemos limites de ganar por lo que hacemos, sin embargo cuando se paga por esta resolucion a los directos que somos nosotros a la produccion, los que ingresamos cada centavo para el cumplimiento del plan, no se nos remunera igualmente que a los indirectos y explico, por ejemplo la almacenera que tiene un básico de 275.00 llega a cobrar hasta 675.00 es decir 400.00 pesos mas, sin embargo cuando yo cobro por vinculacion 475.00 de resultado me pagan 155.00 pesos que diferencia no? estará bien aplicada la resolucion en nuestra empresa, me gustaria una respuesta.

  3. Quisiera me explicaran la diferencia en la formacion del salario entre una empresa que tiene aplicado el perfeccionamiento con una empresa que no lo tiene, partiendo de la base que sean empresas de indicadores similares.

  4. Quisieramos encontrar respuesta a esta pregunta que es una inconformidad de los trabajadores nuestros. Pertenecemos a una UEB de una empresa que presta servicios en la UNE y otras entidades, nuestros trabajadores lo mismo montan un polipasto de poca capacidad que una grúa de gran tonelaje, nuestra queja radica en que se paga igual por cualquiera de estos trabajos, es decir no se toma en cuenta la complejidad de los mismos. En las formas y sistemas de pago aplicados en nuestro país puede encontarse algo que haga referencia a nuestra preocupación?.

  5. Mil gracias a Lázaro González Rodríguez por todo su comentario , he aprendido con toda su gran disertación de conocimientos y sobre todo estamos muy de acuerdo con él , pues estamos sufriendo en carne propia las consecuencias de esta mala política de salarios y su vez todas las consecuencias negativas que trae para todos aquellos trabajadores que hemos hecho un esfuerzo por cumplir los planes y las utilidades y ahora en nuestro caso por gastos en fluctuación de monedas nos quieren aplicar los famosos 225.00 , nuestros directivos están haciendo esfuerzos por demostrar que es inaplicables pero hasta hoy no hemos tenido respuestas , en fin nuestra fuerza laborar hoy en mi empresa está por el piso pues de que valió tanto esfuerzo y de que viviremos?sobran los comentarios

  6. Hola, muy buenos días, mi inquietud es la siguiente:
    Yo trabajo en una UEB, por lo que dependemos de que la empresa nos autorice los importes a distribuir. Si mi centro es capaz de formar un valor agregado y después de todos los pasos que se requiere, determinan que se puede distribuir por ejemplo 500.0 mil pesos entre los trabajadores y elevan esta cifra a la empresa, la cual solo autoriza de ellos 300.0 mil planteando problemas de liquidez . Me pregunto, ¿estos 200.0 mil pesos que se dejaron de distribuir por esta razón como quedan?

  7. No es posible bajar las aclaraciones de la R 17 ,además de que el portal del MTSS está en reparación, lo que pudieran hacer una edición especial sobre estas aclaraciones

  8. ES UNA PREGUNTA SI SE COBRA POR LA RESOLUCIÓN 16, TAMBIEN SE PUEDE COBRAR POR LO QUE ESTIPULA LA RES.17.SI ME PUDIERAN ENVIAR LA RESPUESTA A MI CORREO SE LO AGRADECERIA, SALUDOS

  9. A continuación brindamos algunos argumentos (5) que ponen bajo la lupa la «Legislación salarial para la salud del 2014» la cual consideramos no cumple con las leyes existentes y principios enunciados por la dirección del pais.

    Las leyes no se comentan solo se publican textualmente:

    1- CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE CUBA.
    Capitulo VI.
    IGUALDAD
    Articulo 43: El estado consagra el derecho conquistado por la Revolución de que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana:
    – perciben salario igual por trabajo igual;

    2- LINEAMIENTOS DE LA POLITICA ECONOMICA Y SOCIAL DEL PARTIDO

    Los lineamientos definen que el sistema político económico que prevalecerá continuará basándose en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, donde deberá regir el principio de distribución socialista «de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo».

    Empleo y salarios
    170. Asegurar que los salarios garanticen que cada cual reciba según su trabajo, que éste genere productos y servicios con calidad e incremento de la producción y la productividad y que los ingresos salariales tengan un reflejo efectivo en la satisfacción de las necesidades básicas de los trabajadores y su familia.

    3- LEY No. 116 CÓDIGO DE TRABAJO
    CAPÍTULO I
    DISPOSICIONES GENERALES
    SECCIÓN PRIMERA
    Fundamentos y principios del derecho de trabajo

    ARTÍCULO 2.- Los principios fundamentales que rigen el derecho de trabajo son:
    c) igualdad en el salario; el trabajo se remunera sin discriminación de ningún tipo en correspondencia con los productos y servicios que genera, su calidad y el tiempo real trabajado, donde debe regir el principio de distribución socialista de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo. El Estado, atendiendo al desarrollo económico-social alcanzado, establece el salario mínimo en el país;

    Los argumentos 4 y 5 si se explican

    4- CATEGORIA DOCENTE.
    En la educación superior existe un sistema de categorías docentes (Instructor, Asistente, Auxiliar, Titular), las cuales se obtienen por exámenes de competencia y se pagan en correspondencia a la categoría del profesor, bajo el principio de «a mayor categoría docente, mayor retribución salarial».
    A partir de la implementación de la legislación salarial para la salud del 2014, al no aplicarse el incremento salarial a todos los profesores de las Universidades Medicas, esto provoco que se rompiera el principio que ha sustentado las categorías docente. En estos momentos un profesor con la categoría de Instructor (categoría minima), puede recibir un salario superior a un profesor Titular (categoría máxima), algo que contradice el principio «de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo».

    5- PIRAMIDE SALARIAL.
    Ha sido ampliamente divulgado la contradicción existente en la actualidad entre responsabilidad y salario, donde se habla del concepto de pirámide invertida (mayor responsabilidad y menor salario), abogándose por su rectificación en las nuevas medidas que se tomen en el país. Sin embargo la legislación salarial para la salud del 2014, la cual debería rectificar el problema de la pirámide invertida, lo resuelve en algunas áreas (Hospitales), pero invierte todavía mas la pirámide en otras áreas (Universidades Medicas), pues ahora tenemos profesores con menor responsabilidad (Instructores) con un salario muy superior a profesores con mucha mayor responsabilidad (Titulares), algo que contradice la política de los Lineamientos del Partido.

    Gracias por permitir opinar

  10. El artículo se plantea.

    El VAB no es más que la nueva riqueza que se crea en la empresa, es decir, esta tuvo que adquirir materias primas, portadores energéticos, comprar servicios a terceros y con ellos crear un nuevo valor. Una parte de ese valor se destina al salario.

    ¿Cómo se fija? Pues bien muchos de los internautas han planteado sus inquietudes con respecto a este aspecto y podemos decirles que se estableció fijar este indicador en el 2015 teniendo en cuenta las directivas aprobadas para la elaboración del plan.

    Se determinó que no fuera superior al previsto en el año anterior, lo que garantizaba que existiera una adecuada correspondencia entre EL CRECIMIENTO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MEDIO; de no ser así caeríamos en una situación inflacionaria y no habría cómo respaldar materialmente los incrementos de salario; TÉNGASE EN CUENTA QUE EL PLAN QUE ESTAMOS EJECUTANDO ELEVA LA PRODUCTIVIDAD UN 6,2 % Y EL SALARIO MEDIO UN 5,8 %. De este modo se pretende incentivar la participación de todos los trabajadores en la gestión de la empresa, porque todos pueden contribuir a elevar niveles productivos y a reducir gastos innecesarios.

    En el artículo se habla del AUMENTO DEL SALARIO mediante el indicador SALARIO VALOR AGREGADO BRUTO pero, en LOS LINEAMIENTOS ECONÓMICOS se establece que una EMPRESA IRENTABLE será cerrada o fusionada con otra, luego lo más importante para la empresa es la RENTABILIDAD

    ¿Cual es indicador para medir LA RENTABILIDAD, que contribuya a la eficiencia, efectividad y eficacia de la EMPRESA?

    En el libro UN HOMBRE QUE ACTUA COMO PIENSA
    Víctor Pérez Galdos Editora política 1987

    ERNESTO GUEVARA DE LA SERNA el 21 de diciembre 1962 en el acto de graduación de administradores de la escuela Patricio Lumumba propone una forma de medir la RENTABILIDAD planteando

    Por eso nosotros establecemos como base esencial, no EL CONTROL POR EL PRECIO, no el control por LOS LOGROS FINANCIEROS de la Empresa a través del capital asignado, sino EL CONTROL POR LOS COSTOS. Para nosotros LOS COSTOS es lo fundamental; y el ANÁLISIS DE LOS COSTOS debe ser su tarea fundamental de índole económica.
    Es decir, LA RENTABILIDAD de las empresas es una condición ESENCIAL PARA EL DESARROLLO DEL COMUNISMO. Pero LA RENTABILIDAD debemos medirla a NIVEL DE COSTO, Y EL AVANCE EN LA RENTABILIDAD COMO AVANCE EN LA PRODUCTIVIDAD, COMO DESCENSO DE LOS COSTOS.

    Si la empresa para producir UN PESO de producción GASTA MENOS DE UN PESOTendrá GANANCIA y se podrá distribuir las utilidades, además EL COSTO POR PESO DE PRODUCCIÓN es de fácil asimilación por los obreros encargados de producir y controlar la producción.

    Saludos cordiales,

    Oviedo

  11. Sobre el sistema de pago en Salud Publica implementado en junio de 2014

    Hace unos dias el presidente Raul Castro en el discurso de la CELAC manifestaba su preocupacion por las diferencias de salarios entre hombres y mujeres en EU. Conocera nuestro presidente que desde junio de 2014 producto de la legislacion salarial en salud no solo mujeres sino tambien hombres reciben salarios muy diferentes (entre un 40 o 50 por ciento menos que otros trabajadores con igual contenido de trabajo ) en el caso de los profesores de las Universidades Medicas, por una clasificacion realizada por el MINSAP de sus trabajadores, algo que viola todas las legislaciones existentes en el pais, sin que hasta la fecha sea resuelto el problema, a pesar de los criterios expuestos en todos los niveles y el sindicato prometer una solucion al respecto que seria dada a mas tardar en octubre de 2014. Estamos en febrero de 2015 y es como si no pasara nada, nadie da una respuesta al problema.

  12. Lo cierto es que la resolución 17 solo me a dado penurias, pues el año pasado desde que se implementó en mi empresa jamás he logrado mi salario básico, he sido penalizado y lo más insólito es que mi empresa solo aporta en divisas y a mi me pagan en CUP , como entender que no existe respaldo productivo cuando se ingresa en divisa, alguien me puede explicar eso.

  13. En el cuerpo de este forodebate se plantea:
    «El numeroso volumen de cartas, correos electrónicos y mensajes a través de las redes sociales llegadas a nuestra redacción con dudas sobre el tema nos han motivado a crear un documento descargable aquí, en formato .pdf, que puede servir de útil guía a todas aquellas personas interesadas en aclarar alguna inquietud relacionada con la Resolución 17. De la misma manera, las personas que nos enviaron sus preguntas pueden encontrar las respuestas en dicho documento.»

    ¿Donde puedo encontrar el link para descargar dicho PDF?

  14. Estimados compañeros, porque razon mi empresa ENERGOIMPOR es la segunada empresa Importadora y Exportadora del pais, somos una empresa en perfeccionamiento empresarial, se aplica la Resolucion 17 MTSS desde julio 2014, cumplimos dos meses pero por causas ajenas a la empresa entre algunas, problemas con los bancos Chinos entre ellos el Banco Chino al no permitir el pago en dolares, con el BNP BANK, con las cartas de credito son las principales causas como ve son problemass del pais, se ve afectado el cumplimiento del Plan y no vemos que nadie se proyecte y se nos de una explicacion porque razon se ve afectado el pago de los trabajadores y por esa razon externa hemos cobrado dos meses al minimo de la Resolucion 17 MTSS, tengo mas datos que puedan explicar esta situacion ahora nos hace falta una explicacion ya que como Empresa Importadora y Exportadora no produciomos vienes de ningun tipo y estamos sujetos igual, favor nuestros trabajadores no comprenden que por causas ajenas no se les pague completo.
    Misael Sanchez Uria
    Secretario Buro SWindical
    ENERGOIMPORT

  15. Entendemos que todo tiene que tener un diseño a corto y también a largo plazo. Dejar a las empresas la responsabilidad de hacer su reglamento de pago es asistirla por entidades consultoras imparciales con un personal calificado en la temática científica que es pagar al trabajador por el resultado con calidad certificada de su desempeño.. Hacemos trabajo para que el país prospere, Pagar el trabajo es garantizar la estabilidad de la fuerza laboral.

  16. Aprovecho esta oportunidad para referirme a la resolucion 17 tengo el gusto de informarle que desde Julio/2014 nos estan penalizando el salario que nominalmente segun esta referida es 225.00 pero efectiva es mucho menos dirigiendome a los que la hicieron la mayoria de los trabajadores cubanos tienen deuda con el banco o descuentos en nomina ademas del impuesto sobre el salario por tanto el salario a cobrar siempre sera menos de este limite

  17. Conocemos que existen dos definiciones de las unidades presupuestas con tratamiento especial, las que financian sus gastos totales o las que financian sus gastos parciales, la Resolución 17 no especifica en el apartado decimotercero, si son a todas, el problema es que la OSDE GESIME a partir de este año a mi centro lo declara como unidad presupuestada con tratamiento especial autofinanciada, y nos exige pasar aplicar la Resolución 17, sin una previa preparación, hemos solicitado que sea de forma paulatina y no nos lo aceptan, alegando que a pesar de ser presupuestada tenemos que aplicar la Res. 17, la que en su apartado no específica lo deja abierto, nosotros somos una unidad de ciencia y técnica, que el reordenamiento de estas unidades en el país no ha concluido, tenemos mucha insertidumbre, nos está creando disgusto en los trabajadores e incluso estamos perdiendo investigadores, necesito me aclaren.

  18. ¿Cómo entender que se haga un Reglamento para el Sistema de Pago en el que no se haga mención a la acción de las contrapartes en la figura del sistema de gestión de la calidad, sección de ingeneria entre otros?

  19. Los rabajadores tenemos muchas dudas con este sistema de pago que es favorable pero creo que no ha entendido bien , no ha sido bien explicado o ha sido mal interpretado y en el desarrollo del mismo han surgido imnumerables lagunas con esos pagos, por ejemplo en mi centro de trabajo una especialista de la empresa dijocategoricamente que si mi UEB cumple al 80% el plan y no cumple al 100 por causas ajenas a su voluntad a pesar de haberse trabajado los trabajadores no cobrarian ningun salariosencillamente el basico pero me pregunto lo que se hizo bien no nos merecemos un aporte a ese esfuerzo realizado y por razones ajenas no entiendo y recalco que solo se cobran utilidades si se llega al 100 por ciento o mas y pregunto la Resolucion de nuevas formas de pagos lo contempla asi?, creo que es necesario explicar de nuevo esta resolucion televisivamente por laMesa Redonda y con ejemplos ya existentes a partir de cuestiones reales, esa es mi sugerencia

  20. He leído los comentarios publicados hasta hoy 22 de enero, creo que la comisión o grupo de trabajo que estará el 26 de enero tendrá que prepararse bien para dar explicaciones convincentes o al menos profesionales. Solo expresar algunas ideas colaterales el respecto:
    1. Como bien se dijo en un comentario anterior se debe de velar por el capital humano de nuestro país, pues ira emigrando de las instituciones publicas y empresas estatales hacia otras formas de ganar dinero que no le generaran a la larga ingresos monetarios al país en el mejor de los casos.
    2. Por otra parte si bien se eliminaron las gratuidades, que con acierto o desaciertos eran merecedores en su gran mayoría los trabajadores o la familia de estos, y por lo cual un trabajador honesto podía tener motivaciones adicionales al salario para permanecer en un puesto de trabajo. Hoy no es así, por lo que no le tengamos miedo a la inflación y suban el SALARIO no por sistema de pago ni indicadores. Así motivaremos a los que no trabajan el estado a que así sea y nuestra juventud vera que se puede comprar un celular o una lapto trabándole al estado y no vendiendo pizza por cuenta propia que si bien es necesario no aporta nada en la balanza de gasto ingresos de divisas del país.
    3. Lo mejor que ha tenido este país es que las medidas fundamentales se les ha consultado al pueblo recuerdo cuando adolescente en pleno periodo especial se consulto por los barrios las medidas para subir el precio de los cigarros, las bebidas entre otras muchas cosas que se propusieron y todos los que estamos escribiendo aquí aguantamos las necesidades y no desertamos del país con la esperanza que esas medidas como al final sucedió trajeran alivió al pueblo Ej. la libra de arroz de 40 pesos en el 1992 bajo 3,50 pesos por si alguien piensa que estamos mal ahora recuerden. Estos son momentos en los que se necesita seguir mejorando ¿por que no se nos consulta? ¿sera este foro un paripe de consultarnos?. porque el 95 % o mas de nuestro trabajadores no tiene acceso a Internet ni Intranet de ellos no recibirán preguntas ni comentarios y son la mayoría. Recomiendo utilicen la radio o los telecentros municipales y así tal vez los medios de difusión lleguen a la mayoría.
    Nota: me ha sorprendido la libertad con que han publicado los comentarios por eso me anime a escribir.
    SIN + un secretario del sindicato de una sección sindical.

  21. Pertenesco a una UEB de producción de medicamentos que antes fue una empresa y ahora estamos fusionada en una empresa de otra provincia. En mi entidad trabajamos sin descanzo para cumplir con los planes y obtener resultados favorables en los indicadores pero al final todo el esfuerzo, por aumentar nuestros ingresos personales, pueden no beneficiarnos porque el pago por resultado depende de los resultados a nivel de empresa lo que desmotiva a los trabajadores al saber que la empresa no está en condiciones de cumplir por dificultades en otra UEB.
    La resolución 17 no resuelve el problema salarial a la mayoría de la empresas de este pais. Nosotros no producimos el medicamento que queremos hacer porque se venda mas y nos de mayores ingresos,dependemos de las demandas que haga Salud Pública y de las materías primas que nos envíe el organismo porque como empresa no podemos gestionarla directamente
    en el exterior dependemos del transporte que nos asignen.
    Esa inseguridad es muy molesta para los trabajadores que estamos en una empresa en perfeccionamiento cuyo trabajadores deben cobrar por sus cargos entre 300 hasta alrededor de 800 y que cojamos en base a 225.00 pesos que a muchísimos no le alcanza para pagar las deudas al banco.
    Cómo quedamos?. A donde iremos a parar?

  22. Cienfuegos, 13 de Enero

    Esta no es la primera vez que escribo a los órganos de prensa del país, el 22 de Marzo del 2014
    en el diario Granma, en la página 3, se publicó el artículo ¨ El incremento salarial incluye a todos los trabajadores de salud ¨, el cual trataba de una entrevista al Sr. Del Risco y a Ileana Morales sobre el incremento salarial. si no mal recuerdo, Juventud Rebelde se hizo eco en un artículo muy similar, es decir el incremento salarial al sector de la salud.

    Inmediatamente que me leí el artículo publicado, escribí sobre mi inconformidad con lo que se expresaba en ese artículo; no solo envié mi inconformidad a Granma, sino que lo hice extensivo, a Juventud Rebelde y a Trabajadores como prensas escrita nacionales; también a Cubadebate, a la Mesa Redonda y a Cubadice, es decir, hice partícipe de mi criterio a los órganos informativos más importante de mi país.

    Sabía de antemano que no me publicarían el artículo en ninguno de los lugares que antes he mencionado, se bien (aunque no soy periodista), de las restricciones que tienen y hay que respetarla, pero sabía que al menos uno de cada órgano de prensa lo leería y eso me bastaba, lo demás vendría después.

    Granma me informó que pasó mi correo a la oficina del Ministro, gesto que agradecí y como respuesta de mi Ministerio, el rector de mi Universidad recibió la siguiente indicación que cito íntegramente: A través de la Oficina de Atención a la Población de nuestro Ministerio, le
    Llega al Rector revisar con usted acerca de su misiva al periódico Granma. Nos gustaría poder vernos mañana martes, luego de mi Consejo de Dirección cerca de las 12:30 pm, aquí en el Decanato. Con afectos, Decana.

    Y por supuesto fui y no tuvieron más remedio que reconocer que fui respetuoso (no podía ser de otra forma, solo defendía un derecho y eso se hace con respeto), pero además se reconoció que tenía razón.

    Juventud Rebelde también me contestó solo diciéndome que tenía que indicar a que periodista le enviaba el correo, pues bien le escribí entonces a José Alejandro Rodríguez a su sección acuse@juventudrebelde.cu, pero no recibí respuesta, tampoco lo hizo CubaDebate, ni la mesa Redonda, ni Cubadice, ya explique antes que aunque no soy periodista puedo imaginar las limitaciones y reglas que rigen.

    Pero lo que considere más llamativo y doloroso como trabajador, es que le escribí al órgano de prensa Trabajadores a su correo buzon@trabajadores.cu, que supongo que es dirigido a los trabajadores, y que si dan ese correo es para que nos aclaren duda o tramiten nuestros criterios a otros niveles, pero nada de respuesta, ese fue el silencio que más me afectó, porque lo entendí que no me trataban como un trabajador de este país.

    Sería muy bueno para mí y para otros que si pueden le pasen este correo al Secretario General de la CTC, bueno espero que no haya restricciones para que eso sea posible.
    Estos fueron los inicios, después el Sr. Del Risco en otro artículo publicado en Granma el 5 de Junio del 2014 por la periodista Lisandra Fariñas Acosta, El incremento salarial a los trabajadores de la salud está garantizado, y de nuevo expresé mi inconformidad con todo lo que ese Sr. expresaba en el mismo. Debo reconocer que la periodista Lisandra me contestó y me gustó su respuesta, fue al menos la más consecuente conmigo.
    Pero lo que más me indigno de ese artículo, es cuando el Sr. Del Risco expresó y cito textualmente: . “Nos hemos reunido ya con más de 395 000 trabajadores, y hay provincias como Pinar del Río, Mayabeque, Matanzas y Guantánamo que concluyeron esta etapa, aunque nos quedan previstas unas 803 asambleas hasta el día 10 de este mes”.
    Y me pregunto ¿Por qué cuando vino a nuestra Universidad de Cienfuegos según las propias palabras de nuestro rector solo se reunió con un grupo de personas escogidas y no fuimos invitado ninguno de los que se sabían que habían mostrado inconformidad?, incluso personalmente le escribí al Sr. Del Risco y por supuesto no me contestó, Todavía hoy me pregunto ¿No tenían una respuesta convincente?, ¿Quiénes fueron esos 395 000 con los que se reunió? ¿Todos eran médicos, enfermeras técnicos de la salud y por supuesto no encontró oposición? ¿También fueron seleccionados? ¿Demagogia?, realmente da mucho que pensar y más cuando no se da respuesta al que la exige, que lo deja todo a su imaginación y más si se trata de profesionales.
    Le dimos a una diputada nacional varios documentos de nuestra inconformidad y nunca recibimos respuesta, no sé si se le extraviaron los documentos que se le dio o tampoco tenían nada que decirnos.
    Quisimos reunirnos con los representantes del nuestro sindicado en la provincia y nada, tratamos, aprovechando que el Ministro fue alumno de nuestra Universidad y que visita a sus familiares en el terruño y a través de un familiar que trabaja en la facultad tener una pequeño intercambio con él y nada, es cierto que molestarlo en una visita privada no es del todo correcto, pero bueno, si nadie nos daba una explicación aceptada, pensábamos que él la tenía, pero nada todo ha sido en vano.
    No soy el único que ha escrito a los órganos de prensa ni al Ministerio al que suponemos que pertenecemos, somos varios, en mi Universidad son varios incluyendo a militantes del PCC y en el país, también conocemos de otras universidades que han hecho lo mismo ¿Por qué no se habla de la cifra de los inconformes ante la medida?, ¿somos tan poco que somos insignificante?, creo que eso nunca ha sido política de la Revolución.
    Hasta aquí todo lo que he hecho o hemos hecho si incluyo a otros.

    Ahora, el órgano de prensa Trabajadores convoca para el día 26 de Enero a un debate sobre la política salarial por tantas quejas al respecto al salario, supongo que de otros sindicatos también por el número de quejas que han recibido al respecto, según informó el mismo diario se realizará entre 10 y 12 de la mañana on line a través de un sitio que dan a conocer, no sé si nosotros podemos participar porque en nuestra política interna del uso de la internet para poder llegar al sitio empieza a partir de las 12 del día, le pediremos permiso al rector para ver si nos ayuda a participar en ese fórum, creo que sí.

    Por lo pronto le hago llegar mi criterio una vez más:
    En el discurso pronunciado por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, en las conclusiones del XX Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba, 22 de febrero de 2014, “Año 56 de la Revolución” (Versiones Taquigráficas – Consejo de Estado)
    Al referirse al tema de la política salarial, en la cual dio una explicación que considero bien detallada, además expresó y cito textualmente:
    En este tema dejo aparte los servicios médicos, que sí se les aumentará el salario próximamente, por cuanto el ingreso fundamental del país en estos momentos obedece al trabajo de miles de médicos prestando servicios en el exterior.
    Aclaro que también cumplí misiones e hice mi aporte a ese ingreso y como yo otros tantos pero ahora no contamos para disfrutar de ese aumento salarial.
    Creo que si el Presidente, se hubiera referido en sus palabras explícitamente que era a todos aquellos médicos, enfermeras, técnicos de la salud, estomatólogos etc. que están vinculado a la asistencia directamente en los hospitales, policlínicas, consultorios médicos, etc, todos hubiéramos estado de acuerdo, porque se lo merecen por la importancia que la salud representa para la sociedad.

    Y aquí viene la pregunta que nos indignó a muchos ¿Qué diferente hace un medico, enfermero(a), estomatólogo (a), técnico de salud, que solo lo que hace es dar clase en la Universidad de Medicina, de lo que hacemos aquellos que somos profesores de idioma, educación física, historia, informática, lic en biología etc?, entonces ¿Por qué esa diferencia?

    No sé quien fue el artífice, aunque el Sr. Del Risco fue el que habló de desagregarnos en PROPIO y NO PROPIO (es como decir impropio por sinónimo), solo por el hecho de que no éramos graduados del sistema de salud ¿Acaso los del sistema de salud no necesitan en su formación de nuestros conocimientos? ¿Por qué diferenciarnos entonces?, porque también hemos cumplido misiones por la salud, vestimos las batas blancas de la salud, pagamos el sindicato de la salud, nos convocan a las campañas del dengue, cólera con nuestros estudiantes por la salud, ¿Quién me explica esto?, recuerdo que en uno de los artículos de Granma Del Risco dijo que a nosotros Educación Superior nos había aumentado el salario en 100 pesos y a los del sector de la salud no, pero no nos dejaban contratar por nuestra cuenta en otros centros de educación porque éramos de la salud. ¿Por qué no se le aumento 100 pesos entonces a los propios de la salud de la universidad? O de lo contrario rebajarnos los 100 pesos y aumentarnos el doble como se hizo con los propios de la salud que solo se dedican a dar clases como yo y otros tantos. ¿No cree que es una discriminación?, ya lo expresé anteriormente nos volvieron a dividir en blanco y negros y si utilizo los colores de las personas es porque fueron los primeros discriminados en la sociedad al igual que los indígenas es decir para los blancos todo (entiéndase propio) y los negros ( lo mismo, o menos, entiéndase no propio).

    ¿Qué trajo esta política salarial para nosotros en el sector de la salud?, división, entre propios y no propios, hablado con mucha fuerza en reuniones sindicales y reuniones del pcc, al menos en nuestro centro, algunos solicitamos formar un sindicato paralelo de los no propios, la respuesta fue no y decidimos dejar las filas del sindicato, ahora algunos estamos de-sindicalizados, ¿Para qué seguir en un sindicato que no nos representa? ¿Para qué seguir en un sindicato que nos excluyó al igual que algunos de los dirigentes de participar de la visita del Sr. Del Risco? ¿Qué se temía?

    Porque quiero dejar bien claro, que los que decidimos dejar las filas sindicales no lo hicimos solo por un problema de salario, sino del tratamiento que nos dieron y que he explicado anteriormente, eso es lo que más no ha molestado.

    Puedo anexar todo lo que he escrito al respecto porque considero que es injusto muy injusto, no me imagino que respuestas darán los que se suponen que estén en el debate ¿Retractarse o llover sobre lo mojado?.

    Y por último tomo algunas preguntas que tome de un artículo de Cubadebate titulado Vuelve arder la leña de un profesor de la Universidad, que considero interesante repetir porque nos preocupa a muchos….y cito:

    Vuelve la leña a arder… Nuevamente el Órgano Oficial de nuestro Partido Comunista ofrece explicaciones sobre el incremento salarial al sector de la salud. Creo que esto es una falta de respeto al PROLETARIADO. ¿Dónde están las respuestas de tantos y tantos profesionales que escribimos a los medios masivos y en especial a Granma? ¿Es que acaso este Periódico, que tiene tanto prestigio, no es leído por la máxima dirección de nuestro Partido y Gobierno? ¿Es que nuestros principales dirigentes, me refiero a los de nivel central no saben el mal estado de opinión referido a este aumento salarial y la exclusión de él a las Universidades Médicas? ¿Ignoran al centro formador? ¿Es que no se valora el talento y la profesionalidad de los que no somos formados por el sector, formamos parte del sindicato de la Salud?

    Y la que considero la más importante:

    ¿Es que el compañero Raúl, a quien admiro, respeto y sigo sus órdenes sabe a profundidad lo referido al aumento?

    Recientemente en el resumen que se hizo en la TV sobre el 2014 el Sr. del Risco y el Viceministro de Economía volvieron a repetir lo mismo, todos los trabajadores de la salud han sido beneficiado con el aumento salarial y bien saben que no es cierto, somos un buen grupo que a pesar de nuestras categoría docente, años dedicados a la enseñanza médica, categoría científica fuimos excluidos. ¿Por qué no dicen ¨Todos los propios de la salud fueron beneficiados salarialmente¨?, serian más precisos, ¿Realmente qué somos para el Sistema de Salud Pública?, porque existimos, estamos vivos, aun en las aulas cumpliendo con los que nos toca, bueno algunos se han ido.

    Me pregunto ¿Qué somos los no propio? ¿Extraterrestres? O tenemos que irnos todos de la salud y que la salud forme sus propios profesores de inglés, de Historia, de Educación Física, de Extensión Universitaria, de Informática, de Biología y los psicólogos, etc.

    Seguirá la leña ardiendo, ya empezamos algunos abandonar las filas sindicales, volveremos a ellas cuando nos traten como nos merecemos, si es que aun permanecemos en ella.

    Lic Nicolás Ramón Cruz Pérez
    Profesor de Metodología de la Investigación y Bioestadística
    Universidad de Ciencias Médica de Cienfuegos.
    Experiencia: 10 años en la Enseñanza Superior no Médica y 30 en la Enseñanza Médica Superior.

  23. Muy bueno creo que será el forodebate, ya que de los comentarios aqui vertidos se demuestra la incertidumbre que sobre el salario existe en nuestro pais y evidencai que la Resolución No 17 como norma legal no cumple con su funcion como norm aque es la de proteger, ya que su ambiguedad y escaces ha provocado que su intrepretación sea arbitraria y lejos de contribuir al ordenamiento laboral se h acreado todo un clima de inseguridad, estando en vilo un prinicipio constitucional sobre la remuneracion por lo trabajado, ya que los trabajadores estan trabajando por un timepo determinado y al final si se escapa de limite un indicador hay que pagar ese salario minimo, aun y cuando lo hayan trabajado cada quien desde su puesto de trabajo, solo se cobrará lo minimo.
    Me pregunto también, que si tengo un contrato de trabajo por un total de horas determinadas y que van aparejado por un pago por esa cantidad de horas, entonces como es eso que porque se distorsione un indicador, se incumpla con mi contrato de pagarme por las horas de trabajo que cumpli en el mes, es decir cumpli con mi jornada laboral a cabalidad pero como quiera solo me pagaran 225 pesos, no se entiende.
    En igual sentido pregunto si en este país ya no vale la pena estudiar y superarse, porque solo se le da importancia al trabajador directo a la produccion a ese hay que pagarle bastante porque genera bastante productivamente, sin embargo los que estamos en oficina porque estudiamos por 5 años en una licenciatura y nos hicimos profesionales, y nos pasamos 3 años cursando una maestria para ser profesionales mas competentes nos consideran una carga, el hecho de estar pensando y trazando objetivos estrategias y estar llenos de papeles para garantizar la producción, mantener la legalidad de la entidad, no significa que contribuyamos y eso hay que revertirlo, el que esta como obrero es porque su capacidad y preparación dió para ello y el que esta en l aparte administrativa es porque su preparación par ellos está acorde, y su capacidad también, si seguimos así el pais se quedará sin profesionales porque como bien alguien dijo aqui los médicos, ingenieros arquitectos, maestros se iran para la producción que es donde se reconoce el trabajo y que por él se paga, con esta situacion no se pone de manifiesto lo que se plasma y no se respeta en la constiyución de que «el trabajo es remunerado conforme a su calidad y cantidad; al proporcionarlo se atienden las exigencias de la economía y la sociedad, la eleccion dle trabajador y su aptitud y calificación.

  24. Es muy buena esta opción. En el código del trabajo quedan muchas lagunas, es muy general. En mi caso quisiera saber el tratamiento a los adiestrados y que leyes y resoluciones los amparan pues la resolución del 2009 fue derogada. Mi hija trabaja en la TV como editora en adiestramiento, ella es graduada del ISA, es capaz de editar un programa sin problemas, pero no le pagan por rendimiento porque es adiestrada, a pesar de poder realizar el trabajo con calidad y en un tiempo adecuado.

  25. Muyyyy bueno.
    Gran escrito, ojala muchos lo leyeran, sobre todo, los que piensan que se resolvió el problema de los Salarios, para mi entender y apoyando su escrito se ha complicado más
    Ha conceptualizado realidades, hoy estamos viviendo una inseguridad con los salarios en Cuba, no sabemos que realmente nos corresponde salarialmente.
    Dependemos de acciones administrativas en nuestros centro laborales, aunque los trabajadores participemos en lo análisis de planes, no participamos en la decisiones finales de lo planificado si hay un nivel superior que nos pone techos de indicadores a cumplir.

  26. Magnífico escrito acabo de leer
    Usted no tendrá la verdad absoluta, pero si ha dicho una gran verdad, lamentablemente estamos viviendo una incertidumbre total con lo salarios en Cuba, lejos de sentirnos bien, nos estamos sintiendo en una tembladera, metafóricamente hablando. Hoy no se sabe que cobraremos al finalizar un mes de trabajo, en una empresa con Eficiencia, que decir las ineficientes.
    Muy valiente su escrito. FELICIDADES.

    Valiente también publicarlo.

  27. SI alguien me puede explicar que significa y como se calcula el valor agregado

    siempre que no se deteriore el gasto de salario por peso de valor agregado bruto
    planificado para el período.

    • Para el cálculo del valor agregado bruto se considera el nivel de actividad de la empresa expresada en pesos

      En el transporte y en las empresas que prestan servicios se determina restándole a los ingresos de la actividad fundamental , los impuestos sobre los servicios públicos(Ventas Netas), a estas Ventas Netas se le resta el valor de los gastos de materias primas, materiales, combustible, energía, etc y los servicios prestados por terceros.

      Lo primero que se necesita para el mejoramiento de la productividad es el establecimiento de indicadores y su análisis. El éxito de la medición y el análisis de la productividad dependen en gran medida de que las partes interesadas (dirigentes, trabajadores, organizaciones sindicales) tengan una clara conciencia de por qué el incremento de la productividad es importante para el país, la empresa y el colectivo.

      FORMACION del Salario por la empresa será:

      Fondo de Salario Total = (Gastos de Salarios Plan del Mes Empresa / VAB Empresa Plan del Mes) * VAB Bruto Real Empresa del mes .

      Si el VAB Real es igual al VAB Planificado, se forma solo el salario base de calculo según la categoria ocupacional y los salarios adicicionales autorizados por plantilla, si el VAB real fuera mayor se formaría más salario que sería el posible Salario por rendimiento y si el VAB real fuera menor, entonces los salarios bases de cálculos se penalizarian hasta el limite que no se deteriore esa relación planificada.

      Para formar salarios la Relación Gastos de Salarios/VAB Real debe ser menor o igual a la relación Gastos de Salarios/VAB Plan, si esta relación real fuera menor se forma algo más de salario, si esta relación fuera igual a la planificada se forma solo el salario base de calculo que corresponde por categoría ocupacional y si esta relación real fuera mayor entonces habría que penalizar los salarios hasta el límite que se cumpla la relación planificada.

      El colectivo laboral, debe conocer la dependencia de la magnitud del Fondo de salario y del monto del valor agregado generado, debe estar interesado en que este último crezca lo más posible. Esto es posible conociendo el Plan previsto para el año del gasto de Salario /VAB y que su cumplimiento sea igual o menor a lo planificado en cada período de cierre económico.

      Se comprobará que el Fondo de Salario en el año corriente debe crecer en función de la Variación del Valor Agregado mientras mayor sea el VAB mayor serán los salarios, siempre que la relación que se obtenga entre Salarios/VAB sea igual o menor a la que se planificó

  28. ¿Hacia dónde va la política salarial en Cuba?
    Dr.Sc. Lázaro González Rodríguez*

    “El que nada quiere para sí, dirá la verdad siempre”

    Las políticas laborales establecidas durante más de 50 años, colmadas de múltiples errores provocados, entre otros, por el voluntarismo, la improvisación, el analfabetismo sobre esta importante esfera y ciertas posiciones oportunistas, e ignorar que esta política tiene que fundamentarse en la ciencia del trabajo, han producido incongruencias con los principios marxista-leninistas, frenando el desarrollo socioeconómico y la formación de valores ético-morales necesarios para la construcción del socialismo.

    El salario, dada su connotación económica, política y social constituye un aspecto relevante de la política laboral en el cual las incongruencias se manifiestan con mayor agudeza, pues su organización nunca ha reflejado adecuadamente el principio de que cada cual reciba un salario en correspondencia con su aporte laboral y sea una realidad que a igual trabajo corresponda igual salario.

    Las disposiciones legales puestas en vigor recientemente no dan solución a la aplicación del principio antes señalado restringiendo el imprescindible papel del Estado socialista en la regulación del salario. Sin lugar a dudas, se mantienen las causas que provocaron graves errores en etapas anteriores.

    Con las regulaciones promulgadas se pierde aún más la connotación moral del salario al incrementarse la falta de correspondencia de este con la calidad y cantidad de trabajo aportado por el trabajador y tratar de solucionar el bajísimo poder adquisitivo del salario y sus funciones con el invento universal del llamado “sistema de pago por resultados”.

    La aplicación del principio de distribución del fondo de consumo individual (salario) en correspondencia con lo señalado por Carlos Marx en la “Crítica del Programa de Gotha”, y ratificado por Vladimir Ilich Lenin en “El Estado y la Revolución”, —aunque algunos lo consideren fuera de época— solamente es posible mediante la regulación estatal del salario a través de un sistema único fundamentado teórica y técnicamente.

    Sobre el particular es necesario tener presentes las palabras del Che al expresar:

    Tenemos que entender, nosotros no podemos ser hijos de la práctica absoluta, hay una teoría. Que nosotros tengamos algunas fallas, algunos motivos de discusión de algunos de los aspectos de la teoría, bueno, pues perfecto, para poder hacer eso hay que conocer aunque sea un poquito de teoría, ahora inventar la teoría totalmente a base de la acción, solamente eso, es un disparate.

    La aplicación consecuente del pago según el trabajo aportado coadyuva a:

    – Incrementar la producción y la productividad en las ramas productivas y hacer más eficientes los servicios.
    – Garantizar que el salario recibido en función del trabajo aportado sea el medio fundamental de vida y con esto propiciar la elevación de los valores ético-morales.
    – Promover la elevación de la calificación profesional y que este constituya un medio de atracción hacia las profesiones deficitarias para el desarrollo económico y social.
    – Estimular la ocupación de puestos de trabajo o cargos de mayor responsabilidad.
    – Lograr la afluencia de personal hacia aquellos trabajos con condiciones extra calificatorias.
    – Atraer a los trabajadores hacia aquellas ramas y regiones de gran importancia para el desarrollo económico y social.
    – Disminuir la fluctuación de los trabajadores.

    ¿Qué ha motivado la elaboración de este artículo? La errónea política salarial actual y el deseo de contribuir con nuestros modestos conocimientos y experiencias a enrumbar por el camino más adecuado, y siempre perfectible, de una política que coadyuve a nuestro propósito supremo: la construcción del socialismo.

    Las recientes regulaciones salariales puestas en vigor reflejan el alto grado de analfabetismo de sus gestores sobre el tema, carencia de conocimientos sobre el desarrollo histórico de los salarios en el país y de las experiencias extranjeras, así como una pobre evaluación integral de la situación actual, amén de no concordar con los principios marxista-leninistas de la organización del salario — ¿son válidos o no?—. Se puede afirmar, sin riesgo a equivocarnos, que las nuevas regulaciones salariales provocarán, bajo el pretexto de conceder mayor autonomía a las empresas y separar las funciones estatales de las empresariales, a que el salario se rija por las leyes económicas del capitalismo con visos de un neoliberalismo nunca soñado por este, las cuales frenarán el desarrollo económico del país.

    La urgente necesidad de incrementar la producción y la productividad, así como de elevar los salarios, ha provocado que los gestores de esta política hayan perdido la proyección estratégica de que la construcción del socialismo es el objetico a alcanzar, y que las decisiones de hoy marcarán la vida del país en el corto, mediano y largo plazo. En la construcción del socialismo, las leyes del mercado no pueden directa ni indirectamente determinar el salario del trabajador.

    La legislación salarial establecida no define claramente una política y en ciertos casos es contradictoria; en otros omisa y, además, carente de fundamentación técnica.

    Hasta aquí una síntesis de mis criterios sobre las disposiciones adoptadas. ¿En qué me fundamento?

    Primero: Durante los últimos años he publicado diversos artículos demostrando fehacientemente la improcedencia de la expresión “aplicar el principio socialista de distribución de cada cual su capacidad, a cada cual según su trabajo” atribuida por algunos a Carlos Marx en su Crítica del Programa de Gotha, no obstante, el error persiste, o no se ha leído dicha obra, o su lectura ha sido muy superficial. Otra causa puede ser repetir sin investigar. El Código adolece, entre otros, de estos males. (artículo 2, inciso c)

    Reproduzco a continuación párrafos de la citada obra en el cual Carlos Marx trata los aspectos de la distribución en el socialismo.
    Tomemos, en primer lugar, las palabras «el fruto del trabajo» en el sentido del producto del trabajo; entonces el fruto colectivo del trabajo será el producto social global.

    Pero, de aquí, hay que deducir:

    Primero: una parte para reponer los medios de producción consumidos.

    Segundo: una parte suplementaria para ampliar Ia producción.

    Tercero: el fondo de reserva o de seguro contra accidentes, trastornos debidos a calamidades, etc.

    Estas deducciones del «fruto Integro del trabajo» constituyen una necesidad económica, y su magnitud se determinará según los medios y fuerzas existentes, y en parte, por medio del cálculo de probabilidades; lo que no puede hacerse de ningún modo es calcularlas partiendo de la equidad.

    Queda Ia parte restante del producto global, destinada a servir de medios de consumo.

    Pero, antes de que esta parte llegue al reparto individual, de ella hay que deducir todavía:

    Primero: los gastos generales de administración, no concernientes a la producción.

    En esta parte se conseguirá, desde el primer momento, una reducción considerabilísima, en comparación con la sociedad actual, reducción que irá en aumento a medida que la nueva sociedad se desarrolle.

    Segundo: la parte que se destine a la satisfacción colectiva de las necesidades, tales como escuelas, instituciones sanitarias, etc.
    Esta parte aumentará considerablemente desde el primer mo-mento, en comparación con la sociedad actual, y seguirá aumen¬tando en la medida en que la sociedad se desarrolle.

    Tercero: los fondos de sostenimiento de las personas no capacitadas para el trabajo, etc.; en una palabra, lo que hoy compete a la llamada beneficencia oficial.

    Solo después de esto podemos proceder a la «distribución», es decir, a lo único que, bajo la influencia de Lassalle y con una concepción estrecha, tiene presente el programa, es decir, a la parte de los medios de consumo que se reparte entre los productores individuales de la colectividad.

    Y continúa:

    De lo que aquí se trata no es de una sociedad comunista que se ha desarrollado sobre su propia base, sino de una que acaba de salir precisamente do la sociedad capitalista y que, por tanto, presenta todavía en todos sus aspectos, en el económico, en el moral y en el intelectual, el sello de la vieja sociedad de cuya entraña procede. Congruentemente con esto, en ella el productor individual obtiene de Ia sociedad —después de hechas las obligadas deduc¬ciones— exactamente lo que Ie ha dado. Lo que el productor ha dado a la sociedad es su cuota individual de trabajo.

    Más adelante señala:

    La sociedad le entrega un bono consignando que ha rendido tal o cual cantidad do trabajo (después de descontar lo que ha trabajado para el fondo común), y con este bono saca de los depósitos sociales de medios de consumo la parte equivalente a Ia cantidad de trabajo que ha rendido. La misma cuota de trabajo que ha dado a Ia sociedad bajo una forma, la recibe de ésta bajo otra forma distinta.

    Aquí reina, evidentemente, el mismo principio que regula el intercambio de mercancías, por cuanto este es intercambio de equivalentes. Han variado la forma y el contenido, porque bajo las nuevas condiciones nadie puede dar sino su trabajo, y porque, por otra parte, ahora nada puede pasar a ser propiedad del individuo, fuera de los medios individuales de consumo. Pero, en lo que se refiere a la distribución de éstos entre los distintos productores, rige el mismo principio que en el intercambio de mercancías equivalentes: se cambia una cantidad do trabajo, bajo una forma, por otra cantidad igual de trabajo, bajo otra forma distinta.

    Por eso, el derecho igual sigue siendo aquí, en principio, el derecho burgués, aunque ahora el principio y la práctica ya no se tiran de los pelos, mientras que en el régimen de intercambio de mercancías, el intercambio de equivalentes no se da más que como término medio, y no en los casos individuales.

    A pesar de este progreso, este derecho igual sigue llevando implícita una limitación burguesa. El derecho de los productores es proporcional al trabajo que han rendido; la igualdad, aquí, consis¬te en que se mide por el mismo rasero: por el trabajo.

    Citaremos ahora lo expresado sobre el tema por V.I. Lenin en su obra El Estado y la Revolución:

    Sin embargo, este derecho persiste en otro de sus as¬pectos: persiste como regulador de la distribución de los productos y de la distribución del trabajo entre los miembros de la sociedad. Quien no trabaja no come: este principio socialista es ya una realidad; “a igual cantidad de tra¬bajo, igual cantidad de productos”: también es ya una realidad este principio socialista. Sin embargo, esto no es todavía el comunismo, ni suprime todavía el “derecho bur¬gués”, que da una cantidad igual de productos a hombres que no son iguales y por una cantidad desigual (desigual de hecho) de trabajo.

    Esto es un “defecto”, dice Marx, pero un defecto inevi¬table en la primera fase del comunismo, pues, sin caer en el utopismo, no se puede pensar que, al derrocar el capita¬lismo, los hombres aprenderán a trabajar inmediatamente para la sociedad sin sujetarse a ninguna norma de derecho; además, Ia abolición del capitalismo no sienta de repente las premisas económicas para este cambio.

    Otras normas, fuera de las del “derecho burgués”, no existen. Y, por tanto, persiste todavía la necesidad del estado, que, velando por la propiedad común sobre los medios de producción, vele por la igualdad del trabajo y por la igualdad en la distribución de los productos.

    Del análisis de las obras de estos dos clásicos del marxismo se puede colegir:

    a) Que en ningún caso esta expresión aparece en sus obras ya que la distribución es un concepto más amplio que la parte correspondiente al consumo individual (salario). El principio no es socialista sino burgués, y que solo en la sociedad comunista los hombres comparecerán al trabajo en correspondencia con su capacidad.
    b) Que la distribución del fondo de consumo individual (salario) se realiza de acuerdo con el principio de “a igual cantidad de trabajo igual salario”.
    c) Que para lograr que a igual trabajo corresponda igual salario es imprescindible que centralmente el Estado elabore un sistema único.

    Segundo: Existe un concepto absolutamente erróneo sobre el apotegma “pagar por la calidad y cantidad del trabajo aportado”.
    Esta expresión no se refiere a la calidad del producto sino a la calidad del trabajo. La calidad del trabajo es el conjunto de cualidades y características que diferencian un trabajo de otro. La misma puede verse desde dos ángulos: la complejidad y las condiciones extra calificatorias.

    La complejidad está determinada, en última instancia, por el tiempo socialmente necesario para adquirir los conocimientos y habilidades necesarias para ejecutar un trabajo eficaz y eficiente. Las condiciones extra calificatorias son aquellas que no dependen de las complejidad del trabajo, sino de los factores que hacen que el trabajador tenga un gasto de energías físicas y/o mentales superiores a las normales en el desempeño de un puesto de trabajo, como por ejemplo, el esfuerzo físico de un estibador; las altas temperaturas en un fundidor, etc.

    La cantidad de trabajo son las veces que el trabajador realiza una labor de calidad determinada, lo cual puede medirse ya sea por el tiempo o por la intensidad. Esto último término es sinónimo de rendimiento, destajo, pago por unidad de obra, pago por piezas, etc.

    En el artículo 109 del Código de Trabajo se establece: “Se considera salario la remuneración en dinero que el empleador paga al trabajador, atendiendo a la calidad y cantidad del trabajo realizado y al tiempo real laborado, según corresponda”. A todas luces sobra “y al tiempo real laborado según corresponda”, ya que al expresarse de la forma en que lo hace da a entender que el pago por la calidad y cantidad del trabajo realizado corresponde a la forma de pago por rendimiento. Hay que señalar que ni en las formas de pago en sus múltiples sistemas en las condiciones actuales, ni en las precedentes se ha considerado la calidad del producto al objeto del pago.

    Tercero: Hemos dicho que existe indefinición en la política salarial ya que, por una parte, el Código establece en su artículo 2, inciso c), el pago por el trabajo realizado por el trabajador.

    Por otro lado, la Resolución 17 del presente año del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece el sistema de pago por resultados, en las que el trabajador no recibe su salario de acuerdo con los resultados de su trabajo, sino en correspondencia con los resultados económicos de la entidad. Asimismo, en la mencionada resolución se establecen dos principios: la forma de pago a tiempo y el destajo el que fija el pago en dependencia del trabajo aportado por el trabajador, mientras que en el sistema empresarial el principio es pagar por los resultados económicos de la empresa y no por el trabajo aportado por cada trabajador.

    El artículo 126 del Reglamento del Código no define que la escala será única ni que la evaluación del trabajo se efectuará centralizadamente. Asimismo, el Decreto 323 establece en su artículo 76 —en el cual relaciona las principales funciones de la empresa— en su numeral 50 “elaborar el procedimiento para la creación de nuevos cargos de trabajo, define el método de evaluación a emplear en la empresa”, y en el artículo 77 establece las principales facultades otorgadas al director general de la empresa fijando en los incisos 58,61 y 62 la facultad de aprobar cargos y salarios. La evaluación del trabajo por cada empresa y no centralizadamente por el MTSS, así como la fijación de salarios por estas, solamente nos conducirá al caos. ¿Se cumple el principio marxista-leninista sobre el pago del trabajo?, ¿cuál es la política? ¿el Estado fijará los salarios o serán las empresas? Definamos claramente lo que queremos. No tengo la menor duda que existe una nebulosidad con respecto a cómo debe ser la organización salarial en la etapa actual.

    Cuarto: Con la promulgación el pasado 28 de abril de la Resolución 17-2014 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) se abre un nuevo escenario en cuanto a la política salarial del Estado y el Gobierno, la cual a nuestro modo de ver no se compadece con los objetivos de construir el socialismo.

    Esta resolución toca un solo aspecto del sistema salarial, el cual requiere su reforma integral para dar solución entre otros aspectos al incremento de la producción y la productividad, a los bajos salarios, al igualitarismo de estos, al estimulo a la calificación de los trabajadores, a que estos ocupen puestos de trabajo con condiciones extracalificatorias y de mayor responsabilidad, etc.

    La resolución del MTSS establece para el sistema empresarial la aplicación de la forma de pago por rendimiento bajo los sistemas de pago por resultados de la empresa en los casos en que no se apliquen los diversos sistemas de pago a destajo. Textualmente el apartado séptimo expresa:

    La forma de pago por rendimiento es financiada por las empresas en correspondencia con el cumplimiento de los indicadores directivos aprobados en el plan de la economía y las posibilidades económicas y financieras de estas, y el salario a recibir no tiene límites, siempre que no se deteriore el gasto de salario por peso de valor agregado bruto planificado para el periodo.

    Cuando se deteriora el gasto de salario por valor agregado bruto planificado el salario base de cálculo aprobado por la autoridad facultada según el apartado Tercero, se afecta, hasta el límite del salario mínimo del país, con excepción de los trabajadores comprendidos en un sistema de pago a destajo.

    La distribución del salario formado, previa certificación de los indicadores directivos y otros establecidos en el sistema de pago se realiza a partir del salario base de cálculo aprobado y en correspondencia con el aporte individual y colectivo.

    Sobre el particular tenemos, entre otras, las siguientes consideraciones:

    a) La vinculación del salario a los resultados económicos de la empresa que se vienen aplicando desde 1994 en diversas modalidades no ha resuelto el incremento de la productividad, la calidad de las producciones, el ahorro material y mucho menos la correspondencia entre el salario y los precios, salvo excepciones muy contadas. En los últimos 15 años el incremento de la productividad no ha sido significativo obteniéndose una relación con respecto al salario nada halagüeña.
    b) Que conozcamos en ningún país capitalista, por muy neoliberal que sea, el salario de los trabajadores se modifica en correspondencia con los resultados económicos que tenga la empresa.
    c) La vinculación del salario a los resultados económicos de la empresa no se corresponde:

    – Con los postulados establecidos por C. Marx en la “Critica del Programa de Gotha” ni por V.I. Lenin en “El Estado y la Revolución”.
    – La Constitución de la República establece en el artículo 14 “también rige el principio de distribución socialista de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo” y en el artículo 45 “que el trabajo es remunerado conforme a su calidad y cantidad”
    – En la resolución sobre los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución aprobada en su VI Congreso, se establece en el preámbulo “deberá regir el principio de distribución socialista de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo”, cuestión esta reiterada en el primer párrafo de los acuerdos bajo el titulo Lineamiento de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

    En el lineamiento 170 se expresa: “asegurar que los salarios garanticen que cada cual reciba según su trabajo, que este genere productos y servicios con calidad e incremento de la producción y la productividad y que los ingresos salariales tengan un reflejo efectivo en la satisfacción de las necesidades básicas de los trabajadores y sus familias”
    Sustituir el principio “a cada cual según su trabajo” por la vinculación del salario a los resultados de la empresa, así como pretender resolver la problemática salarial mediante este sistema de pago al margen de los elementos que conforman el sistema salarial (escalas, calificadores, tarifas, etc.) solo traerá incrementar los problemas actuales en el ámbito de la política laboral del país.

    Como se desprende del estudio de todos estos documentos en ningún caso se alude a que el salario dependerá de los resultados económicos de la empresa.

    d) Los resultados económicos de una empresa no dependen solo de la labor de los trabajadores, ni siquiera de todos (hay trabajadores que no influyen en sus resultados). Si bien el accionar de los trabajadores es importante hay un sin número de causas por las cuales una empresa puede tener resultados económicos no favorables, como son: el bloqueo norteamericano, la crisis sistémica del capitalismo, la volatilidad de los precios en el mercado mundial, incumplimiento de contratos por parte de empresas nacionales y extranjeras, estado técnico del equipamiento, insuficiencia en el abastecimiento técnico material, como consecuencia de disponibilidades financieras del país, el clima, etc. etc. Si esto es así porque establecer que los resultados económicos de una empresa son responsabilidad exclusiva de los trabajadores y producir afectación en sus ingresos. Sin embargo las unidades presupuestadas cuyos gastos son soportados en lo fundamental por la producción mantienen su salario inalterable. Dos concepciones para un mismo problema.
    e) La incidencia de los precios en la “aparente eficiencia económica” de las empresas es un aspecto no analizado en el documento. Esta incidencia es decisiva —el níquel, por ejemplo— para aquellas en que el precio de su producción lo fija el mercado internacional
    f) Contradictoriamente, los trabajadores de las empresas más eficientes, con un mayor rigor de su plan y con resultados en sus indicadores más cercanos a las posibilidades reales —por ejemplo, muy cercanas a su capacidad máxima de producción— están en desventaja con respecto a los de las empresas con indicadores “más holgados”.
    g) Si a lo anterior sumamos que, en general, a las empresas más importantes para la economía se les ha exigido un mayor rigor en sus indicadores, evidentemente, sus trabajadores están en desventaja con respecto a los de las empresas “menos importantes”.
    h) Como consecuencia de los puntos anteriores, el Estado pierde la posibilidad de motivar salarialmente la incorporación y permanencia de los trabajadores en sus empresas más importantes. Esto es muy grave por su influencia negativa en la recuperación de la economía.
    i) Otro factor que determina los resultados económicos de una empresa el cual no depende de sus trabajadores son las decisiones que se toman por los directivos de la empresa y por los niveles superiores en los cuales ellos no tienen ni voz ni voto. Como ejemplo de esto tenemos el plan técnico económico el cual simplemente es informado a los trabajadores siendo su participación totalmente formal.
    j) Se propone que no habrá limites en el sobre cumplimiento lo cual si los indicadores están bien fundamentados su sobre cumplimiento oscilara entre un 15 y un 20% como regla general, sin embargo se establece que la reducción del salario puede llegar hasta el mínimo existente en el país. La idea de que los trabajadores con este sistema pueden duplicar o triplicar su salario, es pura falacia, esto puede ocurrir solamente cuando los indicadores estén mal calculados y no tengan fundamentación técnica alguna.
    Realmente no nos imaginamos con los niveles que tienen los precios actualmente como se puede vivir con 225 pesos.
    k) No coincidimos en que se gasta salario para producir valor agregado, desde David Ricardo, pasando por Marx hasta los más famosos economistas actuales de los países capitalistas todos reconocen que el salario es parte del valor agregado. Una explicación cabal sobre el particular puede encontrarse en el Tomo I de El Capital. Además todas las empresas no tiene valor agregado, este indicador es solamente en la producción material.
    l) No se ha tenido en cuenta las decenas de empresas que presentan resultados económicos negativos por lo que cabe una pregunta ¿Qué pasara con el salario de estos trabajadores?
    m) Con este sistema el Estado limita mucho su control sobre los salarios.
    n) No se han tenido en cuenta la calidad de la planificación ni la contabilidad.

    Llama la atención que una decisión tan importante sobre los ingresos, y en definitiva el nivel de vida de los trabajadores, no fue analizada previamente con estos, contrario a lo expresado reiteradamente por la dirección del país. No obstante, lo más importante es reiterar que:

    – No en las economías más neoliberales se les disminuye el salario a los trabajadores. Se les puede “botar”, pero no rebajarles el salario en dependencia de los resultados económicos de cada mes.
    – ¿Se puede considerar esta decisión una “medida de choque”?
    – ¿Cómo podría entender un buen trabajador que ha cumplido con dedicación y eficiencia su trabajo que el salario de un mes se le reduzca drásticamente? ¿Lo entendería su familia?
    – Aunque la “vinculación del salario de los trabajadores a los resultados económicos de la empresa” no es un tema nuevo de esta resolución, se debe insistir en lo desacertado de este proceder. A los trabajadores se les debe respetar sus salarios, y si la empresa obtiene resultados positivos en sus indicadores de eficiencia se les podría estimular con un incremento del mismo.

    Quinto: no obstante el artículo 4 del Código señalar que este “regula las relaciones de trabajo que se establecen entre empleadores radicados en el territorio nacional y las personas…” y lo dispuesto en el artículo 2, inciso c)”Igualdad en el salario… a cada cual según su trabajo”, esto no se cumple con los trabajadores a contratar en las inversiones extranjeras.

    Según información de funcionarios de la Zona de Desarrollo Mariel por la televisión, el salario de los trabajadores dependerá, fundamentalmente, de lo que se acuerde en cada contrato de inversión. El mecanismo explicado provocará:

    a) Desigualdad de salario para iguales trabajos.
    b) Diferentes salarios entre la inversión extranjera y la empresa estatal.
    c) Mayor nivel de fluctuación de personal calificado de la empresa estatal hacia las extranjeras.
    d) Posible formación de una “aristocracia obrera”.
    e) Incrementar los criterios adversos sobre la empresa estatal magnificando la propiedad privada.

    Sexto: El artículo 126 del Decreto 326, Reglamento de Código de Trabajo, es un monumento al desconocimiento de la temática salarial y de incumplimiento de lo dispuesto por la ley. El Código (Ley 116), establece en su artículo 113: “En el Reglamento de este Código se define el concepto de cada uno de los elementos del sistema salarial y los procedimientos para su aplicación”.
    Hagamos algunas preguntas:

    a) ¿Son los elementos señalados los que conforman el sistema salarial?
    b) ¿Son correctos los conceptos cuando estos existen?
    c) ¿Dónde están los procedimientos para su aplicación?

    Al responder estas preguntas debemos subrayar que al proyectar los elementos del sistema salarial ha faltado el análisis y evaluación de los antecedentes e, inexplicablemente, tratando de ser originales introducen cambios técnicamente erróneos lo que, sin lugar a dudas, traerá graves consecuencias a la política laboral. Unido a ello, las definiciones que se ofrecen de la escala, el listado de cargos, las formas de pago y los pagos adicionales no corresponden a la naturaleza de la técnica salarial. Es inaceptable que los gestores de este Decreto hayan planteado como elementos del sistema salarial el salario mínimo, el básico y el promedio.

    El sistema salarial tiene como piedra angular la evaluación de la calidad del trabajo, cuestión que no se define ni en el Código ni en su Reglamento. Por consiguiente ¿bajo qué principios se valora cada puesto de trabajo o cargo? Técnicamente, la escala no es de salarios. Las escalas son de complejidad y de factores extra calificatorios, estos últimos conocidos comúnmente como condiciones laborales anormales.

    La sustitución de los calificadores por el listado de cargos nos plantea las siguientes preguntas: ¿cómo se puede determinar la complejidad de un cargo sin conocer el contenido de trabajo? ¿se puede conocer el trabajo a realizar simplemente por su nombre? ¿cómo proceder cuando un cargo tiene diferentes complejidades?

    Por otra parte, los requisitos de un cargo no son solamente de calificación, existen otros factores como por ejemplo la experiencia, que deben considerarse.

    Los pagos adicionales señalados tienen una explicación muy vaga no definiéndose aquellos factores que los determinan.
    El sistema salarial técnicamente comprende, desde el punto de vista de la evaluación de la calidad, los siguientes elementos:

    – La escala de complejidad —dentro de la complejidad, la responsabilidad, es uno de los factores a considerar—.
    – Los calificadores
    – La escala de condiciones extra calificatorias.
    – Los listados de puestos y labores irregulares con condiciones extra calificatorias.
    – Las tarifas.

    Definidos estos elementos, y particularmente los métodos a emplear para evaluar los puestos de trabajo o cargos desde el punto de vista de la complejidad y las condiciones extra calificatorias, procede, como elemento, las formas de pago. Adicionalmente, a dichos elementos, es conveniente añadir los sistemas de primas por el ahorro material, de tiempo y el mejoramiento de la calidad de los productos y servicios.

    Séptimo: El análisis de los puntos precedentes nos lleva a una conclusión: la política salarial actual carece de integralidad y de fundamentación técnica basada en los resultados de la ciencia. La eliminación del Instituto Nacional para la Investigación Científica del Trabajo, en lugar de fortalecerlo ha dado muestra de la superficialidad de las decisiones tomadas.

    De todo lo planteado anteriormente se puede concluir lo siguiente:

    1. La falta de conocimientos sobre las técnicas de organización del salario, y consecuentemente una grave indeterminación en cuanto al establecimiento de la política salarial a seguir.
    2. La necesidad de reexaminar todo lo legislado hasta el presente teniendo en cuenta los principios leninistas, los antecedentes existentes en el país en relación con la organización del salario, las experiencias de otros países, los objetivos de la etapa actual y de las futuras.
    3. La urgente necesidad de darle solución a la problemática salarial si tenemos presente que en el año 2013 en relación a 1990, el salario escasamente creció 2,5 veces, mientras que los precios lo hacen en 20-30 veces, produciéndose una enorme disminución del poder adquisitivo del salario que provoca que quienes solamente dependen de este no puedan satisfacer sus necesidades básicas.
    4. El Estado debe controlar los precios, los cuales no deben seguir formándose a partir de la oferta y la demanda en espera de que los incrementos de la producción resuelvan los niveles alcanzados por estos, ya que mientras tanto, el incremento de las desigualdades en los ingresos y las penurias de aquellos que solamente viven con su salario se mantendrán durante un tiempo relativamente prolongado.

    No nos cabe la menor duda que el objetivo que encara nuestro pueblo de construir una sociedad próspera y sostenible: el socialismo, es un proceso complejo que, como señaló Fidel Castro, nadie ha descubierto cómo realizarlo, no obstante, estoy convencido que este no es posible construirlo con las armas melladas del capitalismo, como señaló el Che, lo que no quiere decir que no se apliquen las tácticas propias que demande cada momento histórico, pero teniendo muy presente la estrategia final: construir el socialismo.

    La lentitud en la creación de la base material de dicha sociedad —provocada por diversos factores no objeto de este artículo— y la pérdida de valores del hombre que debe vivir en la misma, entre ellos la honradez y la honestidad, pasa inexorablemente por la relación precios-salario, ha faltado el necesario interés personal, material y espiritual.

    El tiempo de vida es infinitesimal y todos queremos disfrutarlo lo más plenamente posible. Las aspiraciones de hoy no son las mismas que las de enero de 1959, el cambio es evidente y la postración ante el Dios Oro sacrificando valores éticos, está presente en lo común de nuestros ciudadanos.

    Valores éticos y base material conforman una unidad cuya dinámica va a depender de dos factores básicos: el salario real y la educación. La construcción del socialismo, como señaló Fidel Castro, no es solo producir riquezas, sino también desarrollar la conciencia, en este punto del análisis hay que tener presentes las siguientes palabras de Engels ante la tumba de Carlos Marx:

    Así como Darwin descubrió la ley del desarrollo de la naturaleza orgánica, Marx descubrió la ley del desarrollo de la historia humana: el hecho, tan sencillo, pero oculto hasta él bajo la maleza ideológica, de que el hombre necesita, en primer lugar; comer, beber, tener un techo y vestirse antes de poder hacer política, ciencia, arte, religión, etc.; que por tanto, la producción de los medios de vida inmediatos, materiales, y por consiguiente, la correspondiente fase económica de desarrollo de un pueblo o de una época es la base a partir de la cual se han desarrollado las instituciones políticas, las concepciones jurídicas, las ideas artísticas e incluso las ideas religiosas de los hombres y con arreglo a la cual deben, por tanto explicarse, y no al revés, como hasta entonces se había venido haciendo.

    En contexto diferente, José Martí expresó: “En pueblos como en hombres, la vida se cimienta sobre las necesidades materiales” y que “en lo común de la naturaleza humana, se necesita ser próspero para ser bueno”. Así como “No basta la prosperidad para hacer a los pueblos durables, si no se les fortalece con la práctica constante y predominio del sentimiento”.

    La situación actual relacionada con precios y salarios y expresada de forma concreta en el poder adquisitivo de este último no puede esperar a que el mercado accione bajando los primeros, por esta vía el camino será largo y nunca lograremos que el nivel de los precios se corresponda con el nivel de los salarios. De ahí que la solución no puede ser otra que reformar integralmente el sistema salarial y su aplicación paulatina comenzando por los sectores claves de la economía y aquellos que garantizan la calidad de vida del pueblo, sobre la base del autofinanciamiento en las empresas.

    Reiteramos que el sistema de pago por resultados no da solución a la problemática existente, ya que si bien en algunos casos y en los inicios incrementará la producción y la productividad y consecuentemente el salario de los trabajadores, en etapas posteriores será un freno al desarrollo de las fuerzas productivas ya que en la misma medida en que los indicadores directivos y el valor agregado planificado crezcan, en esta misma medida disminuirá el salario de los trabajadores.

    Hasta aquí, algunas reflexiones sobre la política salarial actual. Sé que algunos tratarán de estigmatizar mis palabras argumentando que me creo poseedor de la verdad absoluta, que me resisto al cambio, que es fácil criticar sin proponer soluciones, etc., etc. Nada más alejado de la realidad, soy totalmente consciente de que nadie tiene la verdad absoluta, y que solamente es posible alcanzarla en cada momento producto de las contradicciones.

    No me resisto al cambio, todo lo contrario, creo firmemente en su necesidad, pero como bien señaló nuestro máximo guía Fidel Castro “Cambiar todo lo que debe ser cambiado”. Cambiar por cambiar es pura tontería y cambiar sin tener en cuenta las consecuencia del cambio es una locura. Sobre la crítica y las propuestas debo decir que en los últimos años he elevado múltiples propuestas sobre cómo resolver la situación salarial.

    En la elaboración del presente documento he tenido presentes dos principios martianos:

    “El primer deber de un hombre es pensar por sí mismo”. Y “Un hombre que oculta lo que piensa, o no se atreve a decir lo que piensa, nos es un hombre honrado”

    Concluyo con la primera estrofa del poema ¿Qué cuántos años tengo? de José Saramago

    ¿Qué cuántos años tengo?-¡Qué importa eso!
    ¡Tengo la edad que quiero y siento!
    La edad en que puedo gritar sin miedo lo que pienso.
    Hacer lo que deseo, sin miedo al fracaso o lo desconocido…
    Pues tengo la experiencia de los años vividos
    y la fuerza de la convicción de mis deseos.

    La Habana, 30 de septiembre del 2014

    *Lázaro González Rodríguez (1941- )
    Licenciado en Economía, Universidad de La Habana
    Doctor en Ciencias Económicas graduado en la Universidad de Leipzing, antigua RDA, con calificación Magna Cum Laude, Profesor Titular Adjunto de.la Universidad de La Habana.
    Ha dedicado 54 años de su vida a la organización del trabajo y los salarios y a la dirección empresarial. Laboró 20 años en el Ministerio de Trabajo ocupando, entre otros cargos, el de director de Salarios, viceministro y director del Instituto Nacional para la Investigación Científica del Trabajo. En 1981 se incorpora a la Rama de la Goma ocupando durante cuatro años el cargo de director Económico y durante 16 años el de director de la empresa de la goma “Conrado Piña” —empresa laboratorio del Ministerio de Trabajo y primera en aplicar el perfeccionamiento empresarial.
    Durante 1997 forma parte del grupo gubernamental que elaboró las bases para el perfeccionamiento empresarial en las empresas estatales civiles. Presidió la Comisión de Organización del Trabajo y los Salarios al XIII Congreso de la CTC, Delegado empleador ante la OIT, 1988-2000.
    Ha escrito varios libros sobre la temática y decenas de artículos publicados en Cuba y en el extranjero. Ha sido nominado cinco veces al Premio Nacional de Economía.

  29. Llevo a diario, todo los comentarios, en algunos he intervenido en otros no, espero que el 26 de enero estas inquietudes todas o al menos las más sensibles, se den respuesta, ya comenzó el 2015, y la expectativa de los trabajadores, está no muy a favor de la resolución 17 del MTSS, porque sobre todo las empresas que su contabilidad está certificada, y eficientes, no se observó en el 2014 ninguna mejoría salarial, todo lo contrario, el salario total devengado por los trabajadores, fue menos y el mejor de los casos igual al siempre ganado, no se explica y no se entiende, y si existe un Limite administrativo por el estado, es que las cifras planificadas límites de la relación Gastos De Salarios /VAB son las mismas con que cerró cada empresa en el 2012.

  30. Ovel Galindo Pomares
    Mi inquietud se debe a que, como exponen blogueros anteriores no se concibe que de las empresas en cuba que apliquen la ley 17 unas lo hagan de una forma diferente a otras mi caso es el siguiente, por la evaluación de desempeño que se aplica en la empresa entre otros aspectos esta es una de las que te rebaja, o quita como quieran llamar el salario que el trabajador va a devengar o sea que pierdes punto, mi tema es el siguiente, según explica el dpto de Recursos humanos cuando el trabajador sale de vacaciones al entrar halla lo que halla trabajado no se le puede evaluar al 100 % esos días trabajados según la evaluación, o sea si Salí 15 días de vacaciones o los días que sean ese mes mi evaluación no puede ser de 100 puntos pues según ellos no trabaje todo el mes, significa que en el modelo que tienen conformado por el cual se calcula el salario a pagar te rebajan puntos de la evaluacion sin motivo alguno ademas de los dias que te rebajan por vacaciones osea que te rebajan doblemente el salario y lo que me resulta insólito, estupido incluso ilegal es que en esta evaluación no existe ningún aspecto que denote dicha medida, quitándote así ellos puntos de donde estimen conveniente, es una gran duda pues en este mes que transcurre no tengo salario que cobrar pues como no estuve de acuerdo con la evaluación no me reportaron salario alguno y no se a quien ni como acudir

  31. El nuevo código plantea en el art 122 que el trabajo extraordinario se retribuye con un incremento del 25% en relación con el salario del cargo. Conocemos que el salario básico comprende el salario escala y los pagos adicionales y el pago que se realiza por aplicar el perfeccionamiento es un pago adicional.
    Pero me intereso en conocer, a que se le llama salario del cargo, que es el que se toma como referencia para hacer el pago del trabajo extraordinario y no se explica el código ni en el reglamento.
    Ejemplo: Si trabajo en una empresa en Perfeccionamiento Empresarial y tengo Salario básico es $ 490.00 compuesto por $385.00 de salario escala y $105.00 por el pago adicional por perfeccionamiento, a la hora del pago de las horas extras al 1.25%, aclárenme qué valor se toma: ¿$490.00 ó $385.00?
    De ser posible, por favor, envíenme la respuesta a mi dirección electrónica.

    Gracias.

  32. Nos hemos reunido un grupo de compañeros atendiendo a la feliz convocatoria del periódico «Trabajadores» para discutir sobre los sistemas de pago y tenemos un conjunto de aspectos que pretendemos que los expertos en la temática del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la CTC nos respondan.
    El grupo está integrado por el Profesor y Doctor en Ciencias Económicas, ex viceministro del Ministerio del Trabajo Lázaro González Rodríguez, la Lic. Mónica de la C. Williams Alfonso, Máster en Ciencias en Derecho Laboral y Seguridad Social; el Lic. Pedro Luis Hierro Wong, Máster en Ciencias en Derecho Laboral y Seguridad Social; la Lic. Cecilia Estrella Cortina Acosta, Socióloga, experta en asuntos laborales; el Ing. Yaisel Pérez, el Master en Ciencias Fernando Hernández, la Lic. Mildred Walwyn Fuentes; el Lic. Juan Lázaro Aguilera y la experta en asuntos laborales Julia Santana.
    Hemos tenido como guía las palabras de nuestro Comandante en Jefe Fidel Castro cuando señaló:
    «Desde el punto de vista revolucionario, no importan las discrepancias, lo que importa es la honestidad con que se opine. De las contradicciones saldrá la verdad».
    1. La aplicación de los sistemas de pagos particularmente los destajos y el famoso pago por resultado no dan solución a la crisis actual entre los salarios que devengan los trabajadores y el aumento sistemático de los precios.
    2. Con normas obsoletas, sin normadores y organizadores del trabajo, ni siquiera cronómetros. ¿Cómo pueden implantarse estos sistemas si uno de sus requisitos es contar con una correcta organización del trabajo y normas fundamentadas técnicamente?
    3. ¿Por qué durante más de 25 años no se han preparado organizadores del trabajo ni normadores, si siempre se pide que se realicen estudios sobre esta temática, de los cuales pueden obtenerse incrementos sustanciales de la productividad?
    4. Si tenemos tantas dificultades en la elaboración del plan técnico económico y en la contabilidad ¿cómo lograr que el valor agregado bruto planificado y real realmente se correspondan con la realidad?
    5. ¿En todas las empresas y UEB el cálculo del valor agregado bruto se hace de igual forma? ¿Acaso todas las empresas tienen valor agregado?¿Tienen valor agregado las empresas de seguridad y protección, las importadoras, las exportadoras, los bancos, etc.?
    6. ¿La reforma integral de los salarios es o no una necesidad de la economía?
    7. Con los problemas que tenemos en el abastecimiento material, las piezas de repuesto, combustible, organización, decisiones de los niveles superiores ¿es posible que los trabajadores asuman la responsabilidad absoluta de crear el valor agregado bruto planificado?
    8. Si la planificación es correcta, técnicamente fundamentada ¿es posible sobrecumplirla en más del 20%? Y si esta es mucho mayor ¿por qué no ajustar el plan? El año siguiente donde la empresa debe crecer ¿qué pasa con el salario de los trabajadores?
    9. ¿Es posible que el trabajador reciba mensualmente salarios diferentes? ¿Cómo planificar la vida? Pero si el trabajador no puede planificar su vida personal ¿cómo se podrá planificar la economía del país?
    10. De los que visitamos mercados agropecuarios, ya sean cooperativas o estatales, las carretillas, ¿alguien cree que se puede vivir con 225 pesos CUP?
    11. Si la mayoría de la población está insatisfecha con el nivel de precios ¿por qué el Estado no toma una acción regulatoria?
    12. El artículo 126 del reglamento del código de trabajo no hay la menor duda que da la impresión que fue elaborado por analfabetos económicos.
    13. ¿Por qué no se ofrece una conferencia donde participen verdaderos expertos en salario para establecer la estrategia a seguir y que se discuta con los trabajadores tal y como señalo nuestro presidente Raúl Castro en la clausura del último congreso de la CTC?
    14. El Ministerio de Trabajo y con ello el Estado se desentendió de la regulación del salario y con ello del principal elemento para ordenar la distribución de la riqueza, ¿entonces, cuál es la razón de existencia de Ministerio del Trabajo y el propio Estado?
    15. En la descentralización de las facultades del Estado hacia las empresas debe tenerse presente que hay problemas que ineludiblemente corresponden al Estado como son el establecimiento de un sistema salarial acorde a los principios marxista leninistas y la regulación de los precios. Cuba se propone construir el socialismo el cual no se lograra utilizando las leyes del mercado capitalista.
    16. La participación de los trabajadores en las decisiones sobre salarios es imprescindible. ¿Por qué no se dicutió la Resolución 17 del MTSS con los trabajadores?
    17. Cuál es la influencia que tiene un trabajador individual en el resultado de una empresa, acaso él modifica los precios del mercado mundial, controla la naturaleza, aprueba el plan de inversiones o de abastecimientos de la empresa: entonces ¿por qué él tiene que financiar esas variables si no tiene influencia sobre ellas?
    18. En los sistemas de pago por rendimiento mientras más altas sean las normas producto de medidas técnico organizativas, la productividad y demás indicadores de eficiencia producto de medidas técnico económicas o económico sociales más bajo será el salario de los trabajadores. Este se reducirá proporcionalmente al incremento de las normas, la productividad y demás indicadores de eficiencia.
    Pongamos el ejemplo del sistema a destajo:
    a) Supongamos que la tarifa es de 8 pesos en 8 horas de trabajo y la norma 8 artículos, por lo cual la tasa es de 1 peso por artículo.
    b) Si en la situación anterior se producen inversiones que elevan el rendimiento del equipo y además medidas organizativas que elevan la productividad del trabajador a 16 artículos en 8 horas, entonces la tasa será de 0.50 por artículo.
    Pongamos el ejemplo del pago por resultado:
    a) Supongamos que una empresa tiene planificado un valor agregado de 1 millon de pesos, con un fondo de salario de 500 mil, con 100 trabajadores y 5 mil pesos de salario medio, para un «gasto de salario por peso de valor agregado» de 0.5.
    b) Estimulados por el sistema los directivos de la empresa y los trabajadores, realizaron un gran esfuerzo, sobre cumpliendo la producción, las ventas y reduciendo los gastos en el consumo productivo y en los servicios recibidos de otras entidades. Además, racionalizaron un grupo de trabajadores. Como consecuencia de esto el valor agregado fue de 1 millón 500 mil pesos, el salario de cálculo 450 pesos, el número de trabajadores fue de 90 y el «gasto de salario por peso de valor agregado» fue de 0.3, por lo que los trabajadores recibieron como promedio un salario de 8 mil 333 pesos.
    c) Si la capacidad de la empresa está practicamente en sus límites y las posibilidades de ahorro se han reducido enormemente, ¿Qué pasará con el plan del próximo año? ¿Qué pasará con el salario de los trabajadores?
    19. ¿Por qué no se reforma integralmente el sistema salarial y este se aplica en la medida de las posibilidades económicas y donde las empresas parte de sus utilidades tienen que dedicar al autofinanciamiento del incremento salarial?
    20. ¿Acaso los sistemas de pago en 20 años han solucionado el problema del incremento de la productividad y de los salarios reales? entonces ¿por qué seguimos violando principios económicas establecidos? No se paga por resultados del trabajo, se paga por la cantidad de trabajo aportado y esto último no lo decimos los firmantes lo dice la Constitución de la República de Cuba.
    21. En Cuba destacó Nuestro Comandante en Jefe que debe ser un país de científicos entonces nos preguntamos ¿la ciencia del trabajo no existe? ¿los problemas laborales se pueden dilucidar sobre la base del voluntarismo y la subjetividad? Tenemos instituciones que investigan las más disímiles temáticas sin embargo el trabajo fuente de toda riqueza material y gran parte de las espirituales condición eterna de existencia de la sociedad no merece una institución de investigación. El instituto creado en 1974 fue disuelto por los decisores entendieron que no hacía falta.
    22. ¿Cómo se podrá cumplir el principio constitucional, por demás elemento de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de a igual trabajo igual salario? ¿Por qué dos choferes de rastras que manejen dos camiones de similares características, con la misma cantidad de kilómetros recorridos, la misma mercancía y con el mismo coeficiente de tráfico van a cobrar diferente salario simplemente porque uno trabaja en Almacenes Universal y otro en la Empresa del Pan?
    23. En resumen, la organización de los salarios y su relación con los precios es un aspecto tan sensible en los trabajadores y la población en general, que no podemos seguir cometiendo errores que, a la corta o a la larga frenarán el desarrollo económico del país, así como la formación de los valores éticos que deben primar en los trabajadores en una sociedad socialista.

    • Con el respeto de este grupo de experto, que consiente están de realidad objetiva, en ninguno de los análisis expresado aquí, muy correctos todos, mencionan , que el MTSS exigió en el 2013 planificar el 2014 igual al cierre obtenido en la Relación Gastos de salarios/VAB y a su vez para el 2015 está relación Plan debe ser igual cierre 2014, por despeje entonces el Plan 2015 es igual al cierre 2012 de la relación.
      Esta retórica, da al traste en la formación de los salarios de los trabajadores, para empresas que siempre han sido eficientes, hoy las empresas que fueron ineficientes en el 2012 , le han permitido con la eficiencia del 2014 pagar más salarios, sin embargo las empresas que se han mantenido con ascenso de la productividad , utilidades, VAB y disminución de sus costos, no han podido pagar salarios con mayor beneficios a los trabajadores. Y todo por consecuencia de poner UN LIMITE administrativo comparar con años anteriores, donde la realidad objetiva del país no es igual en cada año.
      Quien me puede explicar esto?. La empresa a la que pertenezco Prácticos de Cuba en Perfeccionamiento Empresarial desde hace 14 años con indicadores e eficiencia en ascenso se encuentra con esta disyuntiva, y los trabajadores no entendemos.

  33. Estoy de acuerdo con lo señalado por los compañeros Lázaro González Rodríguez que sino me equivoco fue viceministro del Ministerio del Trabajo y con el compañero Roberto Pérez Díaz, de que hay que hacer una reforma integral de los salario, que de verdad cumpla las leyes del Marximo-Leninismo. Sino se hace esto todo lo proyectado en sistemas de pago no tiene fundamento alguno. Creo que hay que buscar un grupo de expertos en salario, pues parece que los actuales especialistas en el tema no dominan bien el mismo.

  34. El problema estriba en que hay que reformar íntegramente el sistema de salario.
    Mientras que la escala no sea única y las diferencias en los grupos no reflejen los diferentes grados de complejidad, mientras que las tarifas sean muy bajas y no se correspondan con el costo de la vida, téngase presente que entre 1989 y el 2013, mientras que el salario promedio crece aproximadamente 3 veces, los precios lo hacen 25 o 30 veces. Los calificadores no reflejan la división real del trabajo y los pagos por condiciones laborales anormales no tienen significación.
    La aplicación de los destajos lleva entre otros aspectos el abastecimiento técnico-material suficiente, el control de las normas de consumo y calidad, la disponibilidad técnica de los equipos y la elaboración de normas del trabajo fundamentadas técnicamente. ¿En nuestra realidad cuantas empresas reúnen estos requisitos?
    El pago por resultado único en el mundo deja en manos de los trabajadores la creación del valor agregado cuando este depende además de su trabajo, de factores que no tienen nada que ver con su actuación. Por otra parte si el plan está bien fundamentado los sobrecumplimientos estarán entre el 10 y el 15%, pero además, el próximo año ¿cómo queda el salario de los trabajadores?

  35. Para las Empresas Importadoras y otras que su encargo Estatal: NO debe ser generar VALOR, NI PRODUCTIVIDAD: La Resolución 17 y el Indicador condicionante de NO deterioro de la Relación Salario/Valor Agregado, es un problema o una traba para estimular a sus trabajadores. Desde el punto de vista Numerico de Fria Eficiciencia, para sectores estrategicos para el país, que tienen la función de contribuir al Ahorro de Importaciones por busqueda de mejores precios, la buena gestión va en contra de los planes empresariales, pues toda disminución de precios implica disminución de ingresos, productividad y valor agregado, pues no es OBJETIVO PARA EL PAIS que ENCAREZCAN LA CADENA VALOR. Por tanto para los sectores que su Encargo Estatal, tiene como Prioridad poner los Interes Nacionales (del país) sobre los Intereses Empresariales, va a seguir perjudicandolas o puede traer o está trayendo ya serios problemas. Ejemplo: las Entidades Importadoras. Su encargo Estatal es buscar eficiencia que redunden en ventajas económicas expresadas en precios preferenciales, descuentos por cantidades, que implican AHORROS EN MLC, deterioran su PRODUCTIVIDAD PLANIFICADA, SU VALOR AGREGADO, QUE DA SUS FRIOS BALANCES,sin embago producen efecto multiplicador en la cadena productiva. ¿QUE HACEN SUS TRABAJADORES?, la 17 los acaba, si esos Colectivos son eficientes, en teoria deben estar obligados a SIEMPRE a producir Ahorros de USD. Esas Entidades actualmente tienen serios problemas con el completamiento de su fuerza de trabajo calificada (requiere de mucha preparación, conocimientos especializados no solo de carreras afines, sino además Comercio Exterior y Finanzas Internacionales) pueden ahorrar y algunas están ahorrando MUSD, sin embargo muchas ni tienen estimulación en CUC, y esta resolución si son eficientes impide que puedan recibir mas salario

  36. Felicito a Trabajadores por la iniciativa, pero el problema no es de los sistemas de pagos, se requiere una reforma integrar del sistema salarial, lo cual no implica su aplicación generalizada sino de acuerdo a las posibilidades económicas y a la priorización de los diferentes sectores. La Resolución 17 ha inventado el sistema de pago por resultados de donde seria bueno que alguien de los niveles superiores dijera en que otro país del mundo existe este tipo de sistema.
    Con una escala supuestamente única que no refleja los grados de complejidad, con tarifas extraordinariamente bajas, con calificadores desactualizados, con pagos a destajos con normas obsoletas (hace años que no se preparan normadores, ni organizadores del trabajo), en fin con el caos que tenemos en los salarios los sistemas de pagos no resuelven, ni resolveran la situación actual. A esto hay que agregarle la obligación del estado de regular los precios, estos no pueden estar sujetos a la especulación y aún mercado que por sus características difieren de los mercados tradicionales capitalistas y aúnen estos muchos países regulan los precios. En Cuba antes del triunfo de la Revolución había regulación de precios en un grupo de artículos. La situación es compleja, pero con 225 pesos no se puede vivir, por lo menos los que tenemos que adquirir los productos en los mercados.

  37. Coincido con las mismas dudas de Rafael López, mi acceso a internet también es estatal y tengo prohíbido el acceso a las redes sociales o hacer uso de los buzones se servidores gratuitos por internet, cuestión que se contradice con muchos progamas informativos del país que informan pueden ser seguidos por Facebook u otra red social, incluso con esta propia entrevista sucede esto… ¿entonces como puedo interactuar en este foro?

  38. Lo que no puede ser es que, en el país, un grupo de Empresas apliquen la resolución 17, de una forma y otras de otra forma. El legislador (MTSS) debe orientar y regular (reglamentar) cómo debe hacerse, para que ningún Organismo o Empresa viole o se vaya por encima de la ley, interpretando cada cual a su manera la citada resolución. Los problemas presentados en las Empresas son, fundamentalmente, porque no tienen toda la orientación o, como el caso de nosotros, que el organismo superior da sus orientaciones y estas deben cumplirse con independencia de la no conformidad por parte de aquellos que tienen otra interpretación sobre la Disposición Séptima de dicha resolución.

  39. Me parese que el salario de los que se subordinan al Gobierno no se corresponde por ejemplo un auditor B asistente Interno de Educacion que se subordina a la UCAI-CAP el salario es de 380.00 CUP con ese salario alcansa ni para lo basico hay que hacer algo al recpecto o nos vamos ha quedar sin auditores

  40. Como ya todos han dicho me párese interesante este tema creo que ya es hora de que el tema salario mejore en todos los sectores ya sea Unidad Presupuestada o Empresa me parese muy bien que se tenga en cuenta la opinion de los trabajadores

  41. Creo que los salarios de los profesionales, medicos, ingenieros, educadores..etc debe analizarse muy bien, pues de lo contrario pronto veremos los medicos trabajando de obreros en una fabrica pues ganarian mas,,,y nuestros profesionales son integrales, dignos y responsables, deben considerar su aumento de salario de un modo mas eficiente.
    Mis respetos

  42. No entiendo porque en el caso de que no se cumpla el encargo estatal, los trabajadores tendrán que cobrar 225 pesos y no el salario base de cálculo, es algo que no es justo porque se sacrificaron por cumplir su plan y que no se deteriore ningun indicador.

    • Estamos a igual, todo es porque estan comparando con años anteriores y si hay topes administrativos con la comparación con año anterior esto de la relación Salarios/VAB el Plan es una referencia o sea el 2014 debe ser igual o menor al cierre 2012 y para el 2015 han exigido con el 2014, la empresa la relación planificada no es lo que planificas según los indicadores directivos sino con lo que sucedio en año atrás, cuando en Cuba un año nada que ver con otro

      • Quiero aclarar el cobrar 225.00 como limite cuando una empresa está penalizada, es porque se ha deteriorado la Relación Gastos de Salarios/VAB planificada, que al no cumplirse se pagará hasta que se llegue al cumplimiento de esta relación, así se establece en la Resolución No 17. (¿Cómo es que penalizaron porque no se cumple el encargo estatal?)

  43. Lo que necesito saber ahora que Murillo reafirmó los salarios sin Límite en los Sistemas de Pagos para las empresa estatales con eficiencia, con niveles de utilidades altos, no existen topes administrativos,¿ por qué existe un año de referencia para el Plan 2014 que termina que debe ser igual al cierre 2012 para la relación Salarios/VAB y para el 2015 el Plan debe ser el limite cierre 2014 en esta relación?, como se explica esto nadie me lo explica, ojala aclaren, en el debate cibernético de enero , estoy con muchas ansias de que me expliquen estas dudas.

  44. ¿Todavia ustedes creen que sea lógico y humano, que un ingeniero en Cuba tenga un salario de 470 CUP? Respondan con total franqueza.

  45. solo me gustaría saber como es que se calcula el salario que debe devengar por ejemplo un medico o un profesor..en base a que?..esa formula no se actualiza?..cuando el salario va a cubrir las necesidades básicas..?

    • Bueno debo decirte que en caso de los Médicos y los Maestros los salarios son presupuestados, son por las categorías ocupacionales que vienen definida con los salarios que les toca según cada categoría, no se forman como las Empresa Estatales eficientes, que crean salarios a partir del Valor Agergado Bruto (VAB), que no es más que los Ingreso que se obtiene de las ventas que realizan, rebajandole gastos materiales y de servicios, lo que queda de esta resta, es lo que relacionado con el Plan de salario y el el VAB planificado y el real formado de VAB, forma los salarios, en el caso de la salud y la educación, si no crean VAB, no existe esta fórmula de formación de salarios

  46. Pienso que este foro sera interesante y espero que pueda aclarar las principales inquietudes de los trabajadores , creo que este tema a veces se enreda demasiado con una serie de terminos economicos que estan bien lejos del trabajador y que el poco puede hacer para transformarlos, espero participar ese dia

  47. Es una idea muy buena y la vez muy til pues asi los trabajadores fundamentalmente los estatales podran viabilizar sus inquietudes pues hay sectores de nuestrostrabajadores que no han recibido ningun beneficio salarial y necesitan saber que opciones tienen pues a veces las administraciones crean una nube de negaciones y dificultades que hace imposible plantear cualquier inquietud salarial .

    • Pienso que esta conferencia digital es muy fructifera, sobretodo para aquellos que podemos tener esta posibilidad, es muy necesario entrar el 2015 bien preparado en está temática, que no se está totalmente satisfecho, y sobretodo dejar bien claro que el indicador de Gastos de Salarios/VAB, es determinante y su plan 2015 que no debes ser mayor que el cierre 2014 que este a su vez se exige terminar igual o menor a como se cerró el 2012 (años tan diferentes) y es aquí donde está uno de los problemas con la aplicación de la resolución 17, que no se está dejando bien explicado está exigencia, muchos trabajadores no entienden , todo tiene que ver con la planificación más que nada.

  48. Estoy muy deseosa de compartir estas opiniones, me es muy interesante el tema estaré online ese día sin falta, hay que acabar de perfeccionar esta temática por el bien de todos los trabjadores

  49. Tengo muchas dudas y mi acceso a internet es estatal pero tengo prohibido, como la mayoria, acceder a las redes sociales o usar algún buzón de servidores gratuitos por internet…a que buzón puedo enviar mis dudas y como puedo interactuar en ese foro?…puede ser a traves de cubadebate que si me es permitido?

    Gracias Rafael

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