Aclaran hasta cuándo puede recibir subsidio

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cartaMayra Vergara Hernández nos es­cribió solicitando que “se le escla­rezca si la entidad laboral de su amiga, que está próxima a cumplir los 60 años de edad, con 40 años de tiempo de servicios, una vez que le concedan derecho a pensión por edad debe continuar pagándole sub­sidio”.

La dirección de Pensiones del Inass le responde lo siguiente:

“Si al cumplir los 60 años su ami­ga solicita derecho a pensión por edad, la entidad está en la obligación de presentar el expediente de pen­sión a la filial municipal del Instituto Nacional de Seguridad Social de su municipio.

“Esta dispone cuando será alta en las nóminas de la Seguridad Social y por consiguiente baja en el centro laboral. Mientras no se le conceda el derecho a la pensión la entidad debe continuar pagando el certificado mé­dico, por lo que su amiga debe con­tinuar presentándolo de encontrarse aún enferma, de lo contrario se in­corpora hasta la fecha notificada.

“Aclaramos, además, que una vez presentado el expediente de pensión y notificada la fecha de la baja, si su amiga no presenta certificado médi­co o no se incorpora, no recibirá in­greso alguno, pues la Seguridad So­cial asume a partir de la fecha de alta notificada”.

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