Publica Gaceta Oficial decreto sobre receso laboral del 28 de julio

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La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó hoy, en edición Extraordinaria No. 54, el Decreto 94 de 2023, que declara este viernes 28 de julio día de receso laboral, con pago de salario.

El texto, firmado por Manuel Marrero, Primer Ministro, dispone que los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales y los gobernadores e intendentes quedan encargados de garantizar que se realicen o mantengan ese día las actividades culturales, recreativas y de comercio y servicio a la población en la actual etapa de verano.

Como disposiciones finales, el decreto contempla encargar a la ministra de Trabajo y Seguridad Social de Cuba, Marta Elena Feitó, la emisión de las disposiciones jurídicas complementarias para la ejecución de lo planteado en el documento.

Este lunes la Gaceta compartió, además, las resoluciones 10 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y la 178 de la Aduana General de la República, suscritas por la ministra Feitó y el vicejefe primero Enrique Díaz, respectivamente.

Según la resolución 10/2023, los empleadores de los centros de trabajo y actividades que recesan sus labores este 28 de julio abonan a los trabajadores el salario básico, salvo que coincida con los de su descanso semanal o con aquellos que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, garantía salarial, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social.

Están exceptuados de recesar, las labores relacionadas con la zafra azucarera u otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de proceso de producción continua, labores inaplazables de carga y descarga, servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, y farmacias.

Tampoco dejarán de laborar los expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedajes y centros turísticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras que se determinen por las autoridades facultadas por la ley.

Igualmente están exceptuados de recesar los trabajadores que laboran en las actividades culturales, recreativas, y de comercio y servicios, encargados de garantizar los servicios que se brindan a la población en esta etapa de verano.

En cuanto a la resolución 178/2023, resolvió otorgar la certificación como Operador Económico Autorizado a la empresa Laboratorios AICA, de capital 100 por ciento cubano, con categoría de empresa de Alta Tecnología y subordinada al Grupo Empresarial BioCubaFarma.

La vigencia de esa certificación se extiende por el plazo de tres años, contados a partir de la entrada en vigor de la resolución, a los treinta días de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial.

(Tomado de ACN)

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