Asohy Hernández Orta, especialista principal de la Dirección Jurídica y de Relaciones Internacionales del MTSS, responde al trabajador Luis Columbié Digumet, de Santiago de Cuba.
“En atención a su escrito, se informa que si la unidad se extinguió los trabajadores deben recibir el tratamiento laboral o salarial aplicable a los trabajadores disponibles previsto en la Ley 116 Código de Trabajo, del 20 de diciembre del 2013 y en su Reglamento, el Decreto 326, del 12 de junio del 2014.
“De considerar que se ha producido una violación de la legislación laboral vigente o se ha violado el procedimiento previsto en la ley, el trabajador cuenta con un término de 180 días naturales para presentar su inconformidad ante el Órgano de Justicia Laboral (OJL) en materia de derechos de trabajo.
“De persistir su inconformidad, contra la decisión del OJL, el trabajador puede acudir a la vía judicial”.
Realmente siempre que se vaya a extinguir cualquier unidad, antes habrá que pensar en la reubicación de los trabajadores y más ahora que todo está difícil, pero desgraciadamente no sucede así.
se trata de un casi de extinción de la unidad donde laboraba el trabajador, cuestión que esta regulada en la ley y que se debe aplicar un tratamiento laboral y salarial por el empleador. considero acertada esa respuesta; lo que sí debemos pensar es por qué los empleadores no cumplen con lo previsto en la ley si están obligados a ello???. el empleador es quien debe sensibilizarse con el trabajador y explicarle los fundamentos de esa decisión y el derecho que le asiste.
Que respuesta más burocrática brindada por el compañero Hernández Orta, el término disponible es un eufemismo usado en la legislación laboral para disfrazar los despidos laborales que en buena lid es la extinción unilateral por parte del empleador de la relación contractual de un empleado o colectivo de trabajadores. Para los empleadores es más fácil hacer bajar los costos amortizando plazas, lo que tienen que hacer es innovar, modernizar y optimizar los procesos.En medio de las dificiles sictuaciones que estamos atravezando decirle a un trabajador que quedó disponible y sabiendo que las llamadas garantías salariales aprobadas no cubern las necesidades más elementales creo que esta respuesta debío tener un poco más de sensibildad, pues nadie sabe como vive ese trabajador que en su estado descidío escribir a este diario en busca no de una respuesta sino más bien de ayuda.
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