Respuestas del Ministerio de Trabajo sobre deberes y derechos laborales

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La responsabilidad individual y colectiva en materia laboral tiene múltiples aplicaciones y una sola directiva, según demuestran estas respuestas recibidas desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

Una viene firmada por el Licenciado Francisco Guillén Landrián, jefe del Departamento Jurídico de ese organismo, y aclara dudas de Julio Alberto Cabrera Rodríguez, residente en la provincia de Mayabeque.

Este escribió a Trabajadores por las dificultades que presentó al no recibir la hoja resumen del expediente laboral, que debía entregar en su nuevo centro de trabajo.

A l respecto informa el funcionario que las disposiciones referidas al tema se encuentran establecidas en la Resolución No. 8 del 2005, del MTSS: Reglamento general sobre relaciones laborales.

El artículo 92 recoge que en los casos en que el trabajador de cualquier categoría ocupacional cause baja para incorporarse a otro centro, el jefe de la entidad de procedencia es el encargado de remitir directamente aquellos documentos a la administración que pretende contratar. Esta a su vez, tiene la obligación de gestionar ambos textos.

Si no los recibe por cualquier motivo puede emplear al trabajador por el período de prueba establecido de 90 días. Si al término de ese tiempo continúa sin lograr los documentos, está facultada para llevar a cabo las acciones y obtenerlos directamente en la entidad de origen. De comprobarse extravío del expediente, se le solicita una copia de la hoja resumen archivada, lo cual resulta elemento indispensable para evaluar al aspirante a la plaza.

En su respuesta, el especialista significa que el lugar de donde proviene el trabajador está precisado a la reconstrucción del expediente laboral dentro del término de 30 días hábiles, de conformidad con lo regulado en la citada Resolución.

El artículo 98 reconoce que: “En caso de deterioro o pérdida parcial o total de los expedientes laborales, las administraciones son responsables con esta situación y deben realizar todas las gestiones necesarias para reconstruir la historia laboral de los trabajadores afectados”.

Finalmente recalca lo recogido en dicho artículo, que se aplica medida disciplinaria a funcionarios y demás designados comprometidos directos, por el deterioro o pérdida, o el incumplimiento de los procedimientos establecidos con respecto a los expedientes laborales.

Tarjeta SNC- 2-25 y años de servicios

La siguiente respuesta de Sonia Sordo Luis, especialista de la dirección de Políticas y Proyecciones del MTSS, deja bien sentada la responsabilidad en la rúbrica de la tarjeta SNC- 2-25.

Foto: Gabriela López Dueñas
Foto: Gabriela López Dueñas

El texto explica que según lo establecido, el trabajador es la única persona autorizada para firmar el registro de salarios y tiempo de servicios, una vez dada su conformidad con las anotaciones hechas por la administración.

Por otra parte, Amalay Lam Pérez, experta de la mencionada oficina, refiere que: “En el MTSS y en el Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS) adscripto al mismo, no constan los años de servicios de los trabajadores”. La custodia de los documentos probatorios de ese lapso es responsabilidad de la administración del centro laboral, en tanto el propio trabajador debe exigir por el cumplimiento de sus derechos, en caso de pérdida o deterioro de aquellos escritos.

Amplía que de 1980 a 1985 hubo un proceso de actualización sobre el sistema en todo el país, y cada empleado debió recibir la certificación de los años laborados hasta el 31 de diciembre de 1979 (Modelo-SS-6) quedando establecido, a partir del 1o de enero de 1980 el Registro de tiempo de servicios y salarios devengados (Modelo -SNC-1-25).

Subraya que, en caso de baja, se entrega una certificación del tiempo trabajado y los sueldos percibidos hasta la fecha en que cesa el contrato. Ambas certificaciones son válidas por sí solas para acreditar período de servicios.

No obstante lo anterior, y agotadas las vías para localizar el expediente, pueden ser útiles otros documentos como: carnés, contratos, diplomas de reconocimiento, certificados evaluativos, recibos sindicales u otros, que demuestren su condición de trabajador asalariado en determinado período.

Estos deben presentarlos en la filial municipal del INASS para que sean analizados y determinar si procede reconocer el tiempo laborado a través de un dictamen que se expide, de manera excepcional, cuando el interesado entrega las referidas pruebas, recalca Lam Pérez.

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61 comentarios en Respuestas del Ministerio de Trabajo sobre deberes y derechos laborales

  1. VEO MUCHAS DUDAS PERO NO VEO RESPUETAS Y SERIA MUY OPORTUNO ACLARARLO YA QUE ESTOY VIENDO QUE SON DUDAS COLECTIVAS Y DEVIDO A LA IMPORTANCIA DE DICHO DOCUMENTO SE LE DEVIERA DAR RESPUESTA.GRACIAS

  2. Buen día, por favor tengo dudas con respecto a mi jubilación y el pago, trabajo en una emisora de radio y aparte de tener mi plaza como fonotecaria, escribo programas, ahora dicen que el pago por las escrituras no va a la tarjeta de salario, sin embargo, me descuentan mi pago a la seguridad social de dichas escrituras, necesito saber, porqué no va a la tarjeta de salario?, repito, si me rebajan seguridad social de dichas escrituras… Yo tenia entendido que solo no iba a la tarjeta si el trabajador cobra en divisa algún salario. Gracias y espero respuesta.

    • Buenas tardes, necesito saber que salario se le pone a un trabajador de certificado médico a la tarjeta SNC, porque existe un trabajador con un salario de 4210.00 especialista y otro con un salario de $4650.00 por ser Master

    • En el caso de las tarjetas magnéticas no minimiza para nada el trabajo de la nominera se realiza el mismo proceso sólo que no se emite el cheque por esta cantidad sólo los que no tienen tarjeta de les extraera efectivo

    • BN igual yo necesito un instructivo para el llenado de las tarjetas. Lo q más me preocupa es la anotación de las prestaciones complementaria al 100 y 60% además de las licencias de maternidad al 100 y al 60 %. Gracias

  3. Necesito saber cómo trabajador que área está responsabilidad es decir las tarjetas de salarios. SNC quien las llena recursos humanos o contabilidad en legislación lo dice

  4. Dentro de la responsabilidad administrativa del control y cuidado del SNC-2-25, quien responde ante los órganos rectores por la actualización de dicho documento?

  5. si un trabajador esta de certificado médico o de licencia de maternidad que salario debo poner el la tarjeta snc225,?el salario que sale en la nómina o el que debió devengar de estar trabajando

  6. Ya pido mi jubilación el 1ro enero 2022 por que tengo los años de servicio y tiempo de trabajo, para ello pido mi liquidación de vacaciones acumulada de 2021,y está se me paga junto a mi salario el día 6 de enero de 2022. Quiero saber si este salario de liquidación de vacaciones se me incorpora a la tarjeta SNC 225 para mi juvilacion.

  7. Buenos días, mi papá está en proceso de jubilación y no lo ha podido concretar porque tiene 19 años de servicios en tres entidades que no aparecen las tarjetas SNC-2-25 ni otros documentos que demuestren su paso por esos centros, pero si hay personas laborando actualmente que fueron sus colegas de trabajo. Me gustaría que me respondieran qué puedo hacer en ese caso?

  8. Me gustaria saber si dan respuesta a las inquietudes acá planteadas.
    Como se calcula el subsidio a un trabajador q presenta certificado médico en el mes de febrero/22 y en su SNC 225 solo tiene anotado salario en los meses de Marzo. Abril y agosto del 21 . en los demás meses no tiene anotación ya q por ser vulnerable no asistió al trabajo.

  9. Hola
    Tengo entendido que en la tarjeta SNC 225 se debe poner todo lo que el trabajador perciba. Mi duda radica en: trabajo en una empresa estatal donde por trabajar en proyectos científicos se remunera al trabajador según resolución 287/19. Este dinero también se refleja en el monto percibido por el trabajador en la SNC-225 o solo el salario por la plaza que ocupa? Podría este dinero tenerse en cuenta para la jubilación de los trabajadores del sector ciencia?

  10. Buenas tardes,
    Tengo algunas dudas encuanto alos datos a acentar en la tarjetas de salario y tiempo de servicio SC04-08:
    1. Si un trabajador esta de certificado medico o de vacaciones se le pone el salario que el devenga en nominas por certificado medico o el que tiene como salario fijo o sea el trabajador tiene como salario 4410.00 pesos y salio de certificado medico y devengo 1020.00 cual es el q yo tengo q reflejar en la tarjeta sc-04-08.
    2. El importe devengado por vacacioes pagadas antcipadamente donde se registra en el mes en que pagan las vacaciones o en el mes que debo difrutarlas.
    3. Quien firma la tarjeta como supervisor debajo de la firma del trabajador, quiero decir, la responsabilidad del area es de contabilidad o recursos humanos, porque como ya la confeccon de estos modelos la realiza el area de RRHH no es logico que contabilidad de su firma.

    saludos

  11. Buenos dias, segun la Resolución No 268 del 28 de agosto del 2018 del MFP, en el punto 104, dice…….Actualizar y emitir por el personal designado del área de Recursos Humanos, el modelo Registro de Salario y Tiempo de Servicio; así como, el modelo Certificación de Años de Servicios y Salarios Devengados.

    La duda es la siguiente, cuando dice «emitir», debo interpretar que quien firma ambos documentos es Recursos Humanos?

    agradecida por su respuesta

    sldos

  12. Quisiera conocer si la utilidad del último trimestre del año y que de plantea pagar en febrero, o sea 2 meses después de terminado el presente año, se pone en la tarjeta CNC 2-25 del 2021.

  13. Sobre el llenado de las tarjetas SNC- 2-25 , actualmente SC-4-08 y elaboración de nòminas es bien debatido en el mundo empresarial y existen aun dudas y discrepancias respecto a ello, Me gustaría saber
    1. que norma especifica regula lo relacionado con la tarjeta SC-4-08.
    2. De quien es responsabilidad el llenado de la tarjeta SC-4-08. De contabilidad o Recursos Humanos.
    3.Hasta donde llega el limite entre recursos humanos y contabilidad en la elaboración de las nominas y pre nóminas.
    4. Quien firma en revisado y aprobado las nominas.
    5. Debe Recursos Humanos introducir los datos en el sistema contable para la confección de la nomina, y contabilidad da formato oficial e imprime y luego recursos humanos debe revisar la misma y firmarla ademàs?

  14. que norma especifica regula lo relacionado con la tarjeta SC 2_25
    2. De quien es responsabilidad el llenado de la tarjeta SC-4-08. De contabilidad o Recursos Humanos.
    3.Hasta donde llega el limite entre recursos humanos y contabilidad en la elaboración de las nominas y pre nóminas.
    4. Quien firma en revisado y aprobado las nominas.
    5. Debe Recursos Humanos introducir los datos en el sistema contable para la confección de la nomina, y contabilidad da formato oficial e imprime y luego recursos humanos debe revisar la misma y firmarla ademàs?

  15. mi pregunta es si un trabajador esta de certificado medico o de vacaciones se le pone el salario que el devenga en nominas o el que tiene como salario fijo o sea el trabajador tiene como salario 4410.00 pesos y salio de certificado medico y devengo 1020.00 cual es el q yo tengo q reflejar en la tarjeta cnc-25
    saludos

  16. si hay tantas preguntas publicadas por el tema de las tarjetas. ¿Por qué no se publican las respuestas?

  17. Buenas Tardes por favor necesitamos conocer en qué cuerpo legal está recogido la responsabilidad del llenado de las tarjetas SNC-225 y 1-25, si es de RR.HH ó Contabilidad?

  18. Saludos para todos, estoy preocupada con el llenado de las tarjetas snc 2-25, en la provincia de santigo de cuba, del ministerio de salud publica nos imponieron el llenado de estos modelos, y ahora los nomineros que ya van hacer

  19. Claribel
    Soy trabajadora del sectro de salud publica, especialmente de un Dpto de recursos humanos, y me pregunta esta relacionada con la custodia y llenado de las tarjeta de tiempo de servicio y salario devengado, puesto en mi provincia le informaron al area de contabilidad el traspasaron este modelo a recursos humanos, y a esto no le veo logica a pesar de que exista resolución que diga que es recursos humanos. En primera quien recibe a los trabajadores, confecciona movimientos de nominas, quien realiza los diferentes tipos de contratación es recursos humanos, quien realiza las prenominas es recursos humanos, quien realiza los diferentes pagos por concepto de seguridad social a corto o mediano plazo es recursos humanos, quien realiza los tramites de jubilación es recursos humanos y ahora tiene que llenar las tarjetas SNC 2-25 y SNC 1-25 es recursos humanos. Mi pregunta es cual la contrapartida en todo esto, Que trabajo realizara la persona que lleva nominas y si ya todo en el sector de salud publica esta informatizado, incluyendo los salario puesto existen en todas las unidades tarjetas magneticas

  20. Bnas noches quisiera sabe q se plasma en la tarjeta snc 225 porq en mi centro de trabajo me explican q se pone el % de mi salario y no veo q se corresponde lo q cobro en nómina (es inferior) con lo q esta escrito en la tarjeta ( que es mas ). Porq yo estoy de licencia de maternidad y cobro un salario ínfimo q no es el que esta plasmado en mi tarjeta snc 225. Por favor respondanme al correo

  21. Es una lástima que con tantos comentarios y dudas sobre este tema de la tarjeta SC´-4-08 nadie se tome el trabajo de dr respuesta. Realmente uno no sabe donde acudir para aclarar las dudas en temas tan sensibles que comprometen el fututro de los trabajadores.
    Estas dudas fueron realizadas desde el 2018 sin respuestas:
    Yaelsy Lafita Cobas dice:
    22 febrero, 2018 a las 10:39

    Hola este tema sobre el llenado de las tarjetas SNC- 2-25 , actualmente SC-4-08 y elaboración de nòminas es bien debatido en el mundo empresarial y existen aun dudas y discrepancias respecto a ello, Me gustaría saber
    1. que norma especifica regula lo relacionado con la tarjeta SC-4-08.
    2. De quien es responsabilidad el llenado de la tarjeta SC-4-08. De contabilidad o Recursos Humanos.
    3.Hasta donde llega el limite entre recursos humanos y contabilidad en la elaboración de las nominas y pre nóminas.
    4. Quien firma en revisado y aprobado las nominas.
    5. Debe Recursos Humanos introducir los datos en el sistema contable para la confección de la nomina, y contabilidad da formato oficial e imprime y luego recursos humanos debe revisar la misma y firmarla ademàs?

  22. Buenos días, necesito saber si todavía se puede seguir usando la tarjeta SNC-225, o es de obligatorio uso el modelo sc-4-08 registro de salario y tiempo trabajado establecido en la resolución 148 del 2006 del Ministerio de Finanzas y Precios, de poder usarse el primero si es posible necesito orientación sobre que norma establece la metodología de llenado.
    Saludos, Gracias

  23. EL QUE LE ESCRIBE ES GERENTE DE UNA SUCURSAL 100% EXTRANJERA LA CUAL LABORA CON PERSONAL SUBCONTRATADO POR ACOREC, COMO ESTA ESTABLECIDO, TENGO UN CASO DE UN TRABAJADOR DE 76 AÑOS QUE HA ESTADO DE CERTIFICADO MEDICO POR UN PERIODO DE MAS DE 2 MESES Y SEGUN ME COMENTA PRETENDE VOLVERSE A INCORPORAR A PRINCIPIOS DEL MES DE OCTUBRE A PESAR DE NO ESTAR AUN EN OPTIMO ESTADO, MI PREGUNTA ES SI A ESE TRABAJADOR LO TENGO QUE VOLVER A ADMITIR TACITAMENTE O EL DEBE PRESENTARME ALGUN DOCUMENTO MEDICO QUE ME AVALE QUE SU ESTADO YA ES OPTIMO PARA COMENZAR, TODO ESTO INDEPENDIENTEMENTE DE LA EDAD QUE TIENE QUE YA DE HECHO ES UN IMPEDIMENTO PARA SU DESEMPEÑO.

  24. Buenas Tardes mi pregunta es quien es el responsable de llenar el modelo SC-4-08?. Este tema nos esta golpiando a todos los compañeros que trabajamos en el área de Capital Humano.

  25. Soy auditor y considero que el modelo sc-4-08 registro de salario y tiempo trabajado tiene incongruencia en lo normado en la resolución 148 del 2006 del Ministerio de Finanzas y Precios, ya que el modelo establece que quién lo firma es el área económica y lo que se establece es el jefe de personal, y quién vela por su cumplimiento es la persona quién lo firma, no existen respuestas al respetco.

  26. M.Sc. Gustavo Juan Rodríguez Zaldumbide
    Soy Ejecutivo de Ventas y Contrataciónde la
    Dirección de Ventas de Hoteles Marca Propia de Gaviota
    Vicepresidencia de Mercadotecnia / Grupo de Turismo Gaviota,S.A.
    Y necesito saber, por qué pierdo el derecho a cobrar los 80.00 por la maestría, amparado este pago en la Resol 30/2005, que nada tiene que ver con el resultado productivo? ya que Gaviota esta penalizada en lo que respecta al pago por resultado productivo

    -En que instructivo legal del MTSS se legisla no pagar la maestría por incumplimiento del los indicadores de eficiencia?
    Responderme al correo que indico

    3 de Abril 2018 a las 13.00

    Deseo me aclaren una duda. Soy J, Cuba, que estoy como cooperante que labora en el Estado Plurinacional de Bolivia. Tengo una duda, En el salario que yo devengo en Cuba, que es el que vale a al hora del retiro, se incluyen 80.00 por pago de maestría. En el caso que por deficiencias en el cumplimiento del plan de una entidad, que se aplique la Resol 17 a pagar el salario Básico:
    -Por qué pierdo el derecho a cobrar los 80.00 por la maestría, amparado este pago en la Resol 30/2005, que nada tiene que ver con el resultado productivo? Donde se establece eso?
    -Solamente se anota en el SNC 2-25 el importe del salario básico, sin la maestría, solamente porque no me la pagan, afectando así mi jubilación?
    -En este caso no procede anotar en la SNC 225 lo que normalmente debería devengar para no afectar al trabajador en su retiro?
    -En que instructivo legal del MTSS o el MFP se legisla afectar la anotación del SNC 2-25 de esa forma y donde se legisla no pagar la maestría por incumplimiento del los indicadores de eficiencia?
    Favor si pueden responderme al correo que indico en la presente

    • Buenas tardes:
      Estuve de certificado medico durante los meses de Julio a Octubre del 2017 y recibi como salario en esos meses el pago de dichos certificados. No obstante, en mi tajeta SNC-225 me plasma solamente mi salario basico.
      Mi pregunta es ¿Cuál es el importe real que debe plasmarseme en mi tarjeta SNC-225 y que Resolución lo ampara?
      Por favor si pueden respondanme al correo que indico.
      Isabel Delgado Suárez
      Esp. En Normas y Procedimientos
      correo electrónico auditoria@guani.alinet.cu
      Saludos y gracias

  27. Buenos dias, necesito se me aclare que departamento es el responsable de llevar la tarjeta SC-4-08 Registro de Salario y Tiempo de servicio, sí lo firma el Jefe de contabilidad o el Jefe de Recursos Humanos

  28. Buenos días, me uno a la interrogante de la cra Yaelsy Lafita Cobas, pues es cierto que capital humano ejecuta en la mayoria de los casos todas las operaciones que debe realizar el área de contabilidad, ya sea por la implementación de sistemas que son para explotar en el área de contabilidad y las asume capital humano o por desconocimiento de la res.13/2007.
    La realidad es esa, y a pesar de estar legislado, las entidades no lo toman en cuenta, sugiero que se divulgue mas este tema y que las organizaciones e instituciones que tienes responsabilidad con este tema se proyenten y tomen medidas oportunas para de aguna forma prevenir los riegos que esto pudiera traer.
    atentamente, Ibis Ma. Rodés Suárez

  29. Hola este tema sobre el llenado de las tarjetas SNC- 2-25 , actualmente SC-4-08 y elaboración de nòminas es bien debatido en el mundo empresarial y existen aun dudas y discrepancias respecto a ello, Me gustaría saber
    1. que norma especifica regula lo relacionado con la tarjeta SC-4-08.
    2. De quien es responsabilidad el llenado de la tarjeta SC-4-08. De contabilidad o Recursos Humanos.
    3.Hasta donde llega el limite entre recursos humanos y contabilidad en la elaboración de las nominas y pre nóminas.
    4. Quien firma en revisado y aprobado las nominas.
    5. Debe Recursos Humanos introducir los datos en el sistema contable para la confección de la nomina, y contabilidad da formato oficial e imprime y luego recursos humanos debe revisar la misma y firmarla ademàs?

  30. Buenos dias, necesito se me aclare en la empresa que departamento es el responsable de llevar la tarjeta SNC -2 -25.

    • Danay me gustaría saber si recibiste respuesta sobre cual es el Departamento responsable del llenado y control de la tarjeta SC-4-08

  31. Hola, por favor necesito hacer una consulta, llevo 6 meses en una empresa , no tengo mi expediente aqui , si pido la baja no me tienen en cuenta esos 6 meses trabajados para cuando vaya a presentar mi retiro .

  32. Buenas tardes
    Deseo me aclaren una duda. Soy Jaime Pérez Elguera,trabajador de Labiofam, Cuba, que estoy como cooperante que labora en el Estado Plurinacional de Bolivia. Tengo una duda, En el salario que yo devengo en Cuba, que es el que vale a al hora del retiro, se incluyen 80.00 por pago de maestría. En el caso que por deficiencias en el cumplimiento del plan de una entidad, que se aplique la Resol 17 a pagar el salario Básico:
    -Por qué pierdo el derecho a cobrar los 80.00 por la maestría, amparado este pago en la Resol 30/2005, que nada tiene que ver con el resultado productivo? Donde se establece eso?
    -Solamente se anota en el SNC 2-25 el importe del salario básico, sin la maestría, solamente porque no me la pagan, afectando así mi jubilación?
    -En este caso no procede anotar en la SNC 225 lo que normalmente debería devengar para no afectar al trabajador en su retiro?
    -En que instructivo legal del MTSS o el MFP se legisla afectar la anotación del SNC 2-25 de esa forma y donde se legisla no pagar la maestría por incumplimiento del los indicadores de eficiencia?
    Favor si pueden responderme al correo que indico en la presente

  33. El caso que tenga una trabajadora que este embarazada y me presente certificados medicos continuos por embarazo de riesgo por mas de 5 meses ? que se refleja en la targeta de salario devengado en estos meses el Basico o el minimo del pais (aclaramos que durante estos meses la ueb nuestra esta penalizada a $ 225.00) y tenemos otra trabajadora que laboro durante todo su embarazo en este mismo periodo . Tambien quisiera saber en que documento, resolucion o decreto lo puedo corroborar

  34. El sistema contable automatizado ASSETS Premium certificado por MFP lleva entre otros documentos de manera automatizada el Registro de años de servicios y Salarios devengados
    La duda es la siguiente
    ¿estos modelos a pesar de tener todos los datos de usos obligatorios no son validos para archivarlos en el expediente del trabajador y forzosamente hay que hacerlos a mano?

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