Por Tamara Rendón Portelles
Como parte del cronograma legislativo de este año, figura la Ley de Salud Pública, cuya prórroga para el 2023 será aprobada en la próxima sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular, informa Dagmara Cejas Bernet, Directora Jurídica del Ministerio de Salud Pública (MINSAP). Desde 2019, profesionales de diversas especialidades del sistema sanitario trabajan en un proyecto, “bastante avanzado, el cual desarrolla más de 40 artículos constitucionales”, explica.
“Igualmente, el Código de las Familias, recientemente aprobado, impacta en más de veinte procesos en el sector de la salud. De manera general, el nuevo proyecto de ley de nuestro organismo reconoce estos postulados, a modo de declaraciones de principios”, señala.
Según la directiva, incluye temas relacionados con la violencia, los cuidados que recaen en las mujeres, la reproducción humana asistida, la planificación familiar y la anticoncepción, la terminación voluntaria del embarazo, los derechos de las personas en situación de discapacidad, adultas mayores, así como de niñas y niños, al considerar la autonomía progresiva y el interés superior de la infancia.
“La Ley No. 41 de Salud Pública data de 1983, actualizarla es una necesidad para la mayoría de los procesos, para la organización del Sistema Nacional de Salud y las garantías que brinda a la población, pues va más allá de la voluntad política, al tener una protección jurídica en un cuerpo legal de rango superior. De esa manera, podremos gozar de la tranquilidad de que esos derechos conquistados en la Constitución tienen realmente mecanismos de protección legal que permitan a las personas exigirlos y al Estado, planificar sus obligaciones, en fin, para lograr un pleno ejercicio de los derechos ciudadanos.
“Tenemos un cronograma legislativo interno, el cual ha conllevado a realizar un diagnóstico legal y técnico de todos aquellos temas que son totalmente novedosos y los que no, pero necesitan actualizaciones. Hay varias subcomisiones que trabajan en más de 50 normas para adecuarlas a esta legislación del Sistema de Salud, una vez aprobada. Por ejemplo, los reglamentos de los policlínicos, hospitales clínico-quirúrgicos y psiquiátricos, hogares de ancianos y maternos, centros médicos psicopedagógicos, etc., en aras de fortalecer todas las herramientas sanitarias, los mecanismos de trabajo y de control.
“Esa es otra de las cuestiones que pondera el documento, para que exista un autocontrol permanente de la calidad de los servicios. La calidad constituye una obligación del sistema sanitario, en línea con el artículo 72 de la Constitución. Por tanto, contempla todos los procesos que integran una estrategia de calidad. Antes hablaba de inspección, ahora amplía mucho más ese concepto.
“Para la elaboración del proyecto, funciona un grupo de trabajo multidisciplinario e intersectorial, el cual incluye 27 representantes de diferentes sectores, otros organismos de la Administración Central del Estado y organizaciones de masas, lo cual permite contar con mayor diversidad de criterios, pues los impactos de la Salud Pública transversalizan a toda la sociedad”, precisa Cejas Bernet.
Sobre algunas temáticas relacionadas con la salud sexual, los derechos sexuales y reproductivos, conversa con el equipo de Comunicación de Cenesex.
Hace décadas, las mujeres cubanas acuden a servicios ginecológicos para interrumpir un embarazo por diversos motivos. ¿Tendrán ahora una mayor protección jurídica en el Proyecto de Ley de Salud?
La nueva propuesta legislativa fortalece el derecho a la terminación voluntaria del embarazo, que si bien el sistema ha brindado esa atención médica desde la década del ´70 – no solo el acceso al proceder médico, sino además en condiciones seguras- ciertamente no estaba enunciado el derecho de manera explícita.
El sistema siempre previó que las mujeres tienen que cumplir una serie de requisitos médicos, por ejemplo, realizarse análisis porque no pueden tener anemia y en un tiempo determinado para no poner en riesgo su salud. Siempre han existido protocolos médicos para el acceso y la atención con pautas clínicas y éticas bien definidas. El derecho se ha garantizado en la práctica, pero no constaba de manera expresa.
En 2013, por primera vez el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución 24, esta norma reconocía el tema de la terminación voluntaria del embarazo, pero no como una declaración de derechos –aunque estaba implícito-.
Al aprobarse el Código, en esta normativa del sector recibe un tratamiento distinto, expresamente como derecho de las mujeres, pero también tenemos el deber de educar en salud para que no sea un mecanismo de anticoncepción, sino de protección, porque constituyen técnicas de alto riesgo, que usarlas de manera periódica pueden provocar infertilidad o hasta la muerte. Por eso, la propia normativa propuesta pondera la planificación familiar, la prevención y promoción de salud. Tiene un enfoque integral y preventivo.
A nivel mundial, es muy complejo lograr ambas cosas: la declaración de principios y proveer el servicio, aunque sea un sistema público o privado, porque son temas que precisan un alto compromiso gubernamental y consensos sociales complejos.
¿Cómo repercutirá en la práctica médica el reconocimiento jurídico de este derecho?
Para nosotros, en la práctica este cambio no impacta en una modificación de la resolución que tenemos hoy ni en los protocolos de atención vigentes, porque ya eso está implementado hace décadas.
¿Qué modificaciones sí implican cambios prácticos en el sistema de salud cubano?
Existen otros temas que son totalmente nuevos, como la reproducción humana asistida y la gestación solidaria. En la Gaceta Oficial ya está publicado el reglamento, el cual amplía el acceso a estos procederes para familias homoparentales, y ese documento tiene plena consonancia con el Proyecto de Ley de Salud.
Todo lo concerniente al consentimiento informado implica cambios porque ha incorporado la autonomía progresiva. Las personas en situación de discapacidad ya no tienen tutores y no se declaran incapacitadas, tienen apoyos que siempre las tienen que tener en cuenta. Para el sistema, eso cambia por completo porque el personal de salud lleva todo este tiempo acostumbrado a tratar con personas que tienen representantes. De ahí, la necesaria capacitación y superación profesional para asumir todas estas concepciones nuevas e imprescindibles para ofrecer mejores servicios con un enfoque de derechos.
¿Qué tratamiento ofrece esta norma a la violencia como problema de salud pública, considerado pandémico por la OPS/OMS?
En la normativa, el tema de la violencia se trata lo mismo para proteger a las personas, que para establecer los mecanismos de prevención y control de la violencia, como obligaciones del Estado. Para el organismo eso es totalmente inédito. Aunque de una manera u otra existe la atención de las personas que sufren violencia, no existían protocolos de actuación para la identificación oportuna, el tratamiento, el control de la información, los impactos. Es ahora, recientemente, que incorpora este tema, a partir del Programa Nacional de Adelanto de la Mujer y la Estrategia contra la violencia de género del sector de la salud, además del Código de las Familias, donde esos temas están situados con un interés sanitario.
Concierne a Salud Pública que existan ambientes y escenarios con cero violencia para el desarrollo adecuado del individuo, su convivencia en armonía dentro de la familia, la comunidad y la sociedad. El Comité de Género del MINSAP trabaja en la elaboración de los protocolos para preparar a las nuevas generaciones de especialistas.
Pretendemos potenciar el enfoque preventivo, por lo que el 80 % de la atención va orientada a identificar estos casos por el médico y la enfermera de la familia, quienes deben conocer cuáles núcleos familiares viven en escenarios violentos, ya sea por las condiciones de vida, por características o conductas de alguno de sus integrantes, por trastornos psicológicos- psiquiátricos, etc.
Actualmente, un equipo especializado está escribiendo los protocolos para que en el primer escenario, donde vive el individuo, en su entorno, profesionales de la salud sean capaces de dispensarizar estos casos, con herramientas sanitarias que el protocolo va a diseñar para ofrecerle al pueblo una atención oportuna, junto al equipo básico de salud, que tiene un trabajador social. Ese proceso estará centrado en trabajar sobre las causas para evitar la violencia. También habrá protocolos de protección y de enfrentamiento desde el punto de vista médico, todavía están en el proceso de diseño, pero prevén la actuación sanitaria en diferentes momentos.
Además, el texto normativo establece principios para desarrollar la sexualidad humana de modo más saludable sin ningún tipo de abuso, coerción, violencia o discriminación, pauta la necesidad de contar con estrategias de salud para prevenir y atender manifestaciones de violencia, recuperación de víctimas y victimarios, así como otros comportamientos sociales con impacto en la salud y el bienestar de las personas.
Este tema figura entre las prioridades de Salud Pública, por eso aparece en el capítulo inicial de Disposiciones Generales para la atención médica y social. Está contenido también en la parte de la atención a la salud sexual y reproductiva en todo el ciclo de vida, que incluye recibir información y orientación especializada, promover ambientes libres de violencia en atención a las condiciones del individuo y su desarrollo en el entorno familiar, educacional y comunitario.
En resumen, el proyecto legislativo aborda la problemática en tres momentos: como un derecho, como una herramienta de interés sanitario y luego como protección en materia de salud sexual y reproductiva.
Durante la IV Convención Internacional Cuba-Salud 2022, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), de conjunto con el MINSAP, presentaron una guía de actuación para la atención al parto respetuoso. ¿La normativa aborda este aspecto?
El documento ofrece un marco general y estipula que todas las necesidades de atención tienen que tener la misma calidad, a partir del respeto a la dignidad de las personas, ya sea en el parto o cualquier otro servicio de salud.
Establece el derecho ciudadano a recibir un trato digno, basado en principios de la ética médica y sin discriminación por cualquier causa, condición o circunstancia individual que implique distinción lesiva a su dignidad y a los derechos humanos.
Las personas atendidas tienen derecho a no ser sometidas sin su consentimiento a exploración, tratamiento o exhibición con fines docentes en cualquier tipo de asistencia médica, incluyendo la ginecológica, por supuesto.
El personal de salud debe resguardar la integridad física, intimidad y situación de salud de sus pacientes. Tiene la obligación en su conducta de apegarse a los principios de legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia; a la transparencia de sus actuaciones; a brindar informaciones claras y sencillas, comprensibles para los pacientes; promover la disminución de las desigualdades sociales en salud y prestar servicios con calidad. Eso implica también un reconocimiento de la autonomía del paciente, así como una comunicación sistemática adecuada que garantiza el intercambio y el respeto mutuo.
¿Cómo proyecta esta legislación la atención específica a las personas trans?
La atención a las personas transexuales solo estaba concebida dentro de una comisión de trabajo, la cual es necesaria para atender sus necesidades de operaciones de cambio de sexo, pero estamos aspirando a una atención integral desde la comunidad.
Solamente este tema tiene un diagnóstico legal que empezó por actualizar una resolución del 2011. En consonancia con Cenesex, que también ha liderado en este proceso, creemos que lo más correcto desde el punto de vista sanitario y lo más justo también, es que existan espacios de atención especializados en los consultorios y policlínicos para que estas poblaciones tengan un acompañamiento oportuno en su lugar de residencia.
La Dirección de Atención Médica del ministerio y el Departamento de Atención Primaria de Salud, también de hospitales y con las diferentes especialidades, trabajan de conjunto desde hace varios meses en este sentido. Una vez aprobada la propuesta, constituirá también otro salto importante dentro de este ejercicio legislativo, el cual ampliará el acceso a la salud de estas personas y el derecho a tener una vida digna, lo cual significa atender su desarrollo como seres humanos. Esta legislación implica una visión más amplia de lo que es la salud, que no es más que alcanzar una vida plena para todas las personas.