Por Mariem Laureiro
Sobre la comisión de peritaje médico laboral
Seguridad Social establece que la invalidez para el trabajo puede ser parcial o total, y se determina por la comisión de peritaje médico, al examinar al trabajador a fin de analizar su capacidad laboral.
Así afirma Ana M. Martín Pérez, jefa del departamento de Trámites de Pensiones del Instituto Nacional de Seduridad Social, adscripto al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en respuesta a la carta de Bárbara Puga Meneses, quien padece varias enfermedades y posee dudas sobre el tema.
La administración, sostiene la funcionaria, está obligada a solicitar al galeno de asistencia, la remisión del trabajador a la citada comisión, 30 días antes de que el tratamiento médico llegue al término de seis meses. Esta remisión, agrega, debe formularse mediante escrito, acompañado de un certificado médico y el resumen de historia clínica de todos los especialistas que atienden al trabajador.
Precisa que las comisiones de peritaje médico están integradas, con carácter permanente, por doctores de varias especialidades. “Si se comprueba una incapacidad total para laborar, la administración debe tramitar de inmediato la pensión por ese concepto”.
Martín Pérez señala que en caso de ser dictaminada la invalidez parcial, debe ser aplicada alguna de las siguientes variantes:
1- Modificar las condiciones del puesto o contenido de trabajo, en correspondencia con el estado de salud de la persona, para que pueda continuar desempeñándolo sin que se afecten sus ingresos económicos.
2- Reubicar de forma priorizada en un cargo para el que se encuentre apto física y mentalmente, así como reducir su horario laboral.
Especifica la experta que la persona con discapacidad parcial tiene derecho a percibir una pensión provisional de la administración, cuando esta no puede aplicar de inmediato los cambios mencionados, o aquel requiere recibir curso de calificación o recalificación para ser reubicado.
Dicho subsidio es abonado por la entidad por el término de hasta un año, período en el cual el trabajador se mantiene vinculado al centro.
Pago de subsidio por accidente
Algunos lectores nos escriben con dudas referentes al procedimiento del pago de subsidio por accidente.
Según el artículo 36 de la Ley No. 105 de Seguridad Social, esa acción procede cuando el trabajador presenta una enfermedad de origen común o profesional, o sufre un accidente ordinario o en su puesto de labor, que lo incapacita temporalmente para cumplir con su empleo.
El acápite 38 especifica que el subsidio se concede a quien esté vinculado laboralmente en el momento de enfermarse o accidentarse, y siempre que esa situación no haya sido autoprovocada, o por motivo o en ocasión de cometer un acto transgresor del orden legal del país o de pretender su comisión.
La administración realiza el pago de dicha asistencia una vez acreditada la enfermedad o la lesión mediante certificado médico, dictamina el Decreto No. 283 del Reglamento de la Ley de Seguridad Social, en su artículo 54.
Buenas,soy Médico con 34 años de Servicio, tengo 56 años, tengo un Peritaje Parcial Permenente por Hipoacus8a Neurosensorial, no puedo auscultar pacientes, me adecuaron el trabajo, hace un año, presento Psoriasis además. en estos momentos la vicedireccion de asistencia médica, no está respetando la adecuacuacion anterior y quieren modificarla, sin yo estar de acuerdo, ya que no se justifica. espero respuesta, gracias
Escriba a buzon@trabajadores.cu para que sea atendido por Buzón Abierto
Buenas quisiera saber si es fraude después de q un trabajador pase peritaje médico con una invalidez total y cobre una chequera se ubique a trabajar en otro centro de trabajo
Buenas tardes.soy Yaritza marzo trabajadora de la gastronomía especializada en Santiago de cuba , quisiera saber si pueden aclararme cierta duda sobre mi trabajo y mi enfermedad es una fibromialgia, estoy peritada con por la comisión médica con limitaciones de trabajo en tiempos de covid ,me incorporé y unos meses después el centro cerro por vacaciones masiva en la provincia por la epidemia en estos momentos no me dicen claramente lo que harán conmigo cuando empiece el funcionamiento sólo que quedó interrupta sin una explicación concreta de lo que sucederá después conmigo , por favor si pueden responderme porque el lunes voy a presentarme en la Empresa a la que pertenezco y quisiera estar informada de mis derechos y deberes
Zenaida Torres Soto mi esposo trabajador civil del minint tuvo un accidente de trabajo el cual sufrio un daño axonal difuso.TCE grave.que fue un paciente en estado vegetativo percistente.y asi no querian pagarle accidente de trabajo.despues de Tanta lucha le pasaron 60 % y siempre tuve la duda y recuerso humano siempre me dijo que era 60% y fui a otros lugares unos me decian que era 80% pero la verdad que me canse .Y lo deje pero hoy me volvieron alectar porque la verdad que no esposo se ha recuperado .Pero no es la misma persona .hoy sufre de la memoria le falta equilibrio y parece una ataxia .yo me pregunto si es 60 % i 80% todavia no lo Han peritado tiene que presentarse a la segunda comision
Quisiera que me explicarán que debo hacer mi padrastro estaba enfermo entregando certificado hacia ya diez meses y nunca lo pasaron por la comisión médica a los cuántos certificado es que pasan por dicha comisión. Debido a su enfermedad y malas atenciones en el sistema de salud se quitó la vida sin siquiera tener un retiro a dónde pudiera dirigirme
Si una presona activa laborando con más de 65 años se enferma, y hay que pasarle por comisión médica si no tiene los años de trabajos mínimo le pueden dar la jubilición por invalidez.
buenas tardes, mi nombre es graciela, quisiera saber qué hacer pues mi esposo sufrió un accidente de trabajo el 3 de diciembre de 2018, en el mes de junio no èrcibió salario porque aún el médico de asistencia no había presentado el resumen de historia clínica ni la remisión a peritaje, documentación que solicitamos nosotros como familiares y no la admón como establece la ley. En fecha 16 de julio fue presentado a la comisión de peritaje y aunque habíamos presentado el certificado médico que correspondía a este mes a continuación del anterior, ahora la empresa se niega a realizar el pago pq refieren que es necesario emitir un certificado a partir de la fecha en que fue peritado. Es legal este proceder? Qué debo hacer?
Soy Mácula quisiera saber que % de mi salario me toca en caso de un peritaje por problemas de la vista si tengo 34 años de trabajo y solo me faltan 2 años para la jubilación
Soy médico y llevo aproximadamente 97 días de certificado médico debido a que presento una crisis de cervicobraquilagia con dos hernias cervicales que me mantienen cel cuello rígido, con entumecimiento y /o parestesias en el brazo izquierdo. Me dicen en mi area de trabajo que me pueden peritar a los tres o cuatro meses y medio si no me incorporo. Actualmente me están haciendo investigaciones y empiezo una terapia con ozono. Pregunto cual es el límite de un peritaje, y puede el policlínico llevarme a peritaje al cabo de los 4 1/2 meses
hola , una pregunta , si la persona al termino de 5 meses , y se ve que puede mejorar un poco mas , por lo que seria injusto , para la persona y gasto para el estado , peritar a una persona joven que sufrio una operacion delicada( al termino de los 6 meses) , pero puede , y tiene ganas de seguir trabajando , pero repito necesitaria algun tiemo mas ,, que tendria que hacer???, para no peritarse
Qué tiempo puede demorar recursos humanos en cambiar de puesto de trabajo a un trabajador, con un peritaje de incapacidad parcial. Saludos
soy trabajador del area de capital humano y se me presento el caso de un trabajdor que se le entrego las planillas para la remision a la comision de peritaje medico y al encontrarse el medico que lo atendia de vacaciones se demoro la entrega de la misma, trancurriendo cerca de un mes entre la fecha de vencimiento del ultimo certificado y la fecha en que se reunio la comision dandole esta seis meses mas de certificado y quiero saber como se procede al pago de ese tiempo que no tengo respaldado por el facultativo
soy medico especialista de 2do grado, he estado enfermo por dos años ahora me incorporo a trabajar me dicen que tengo que adiestrarme y me pagan un estipendio de 300 pesos hasta ser evaluado en realidad es asi?
Buenos días, por favor quisiera saber si pueden aclararme ciertas dudas que poseo sobre mi enfermedad y mi trabajo. Estoy operada de un apéndice cutáneo anterior y una ulcera anal posterior, ambas lesiones en el ano, desde el 6 de febrero de este año, he cumplido a cabalidad con el tratamiento impuesto por el proctologo pero aun así las heridas no han cicatrizado y el doctor me mantiene de certificado médico desde esa fecha, es decir ya son 3 meses mas o menos, el problema es que soy trabajadora de la salud, médico de consultorio Especialista en MGI, y ya mi director del área de salud esta cuestionando estos certificados y dice que me va a sacar de la bolsa de colaboracion médica en la que estoy propuesta y aprobada por el y todos los que tienen que autorizarlo, no sé cuando sera el viaje a Brasil pero eso no me preocupa porque mi salud es lo que priorizo por supuesto, mis dos interogantes son, ¿ hasta que tiempo puedo estar de certificado, si la enfermedad lo requiere lógico, sin tener que peritarme ? y lo otro es si ¿ el director puede prohibir mi salida a la mision por este problema? por favor respondanme porque necesito reunirme con el este martes dia 2 y no quiero ir desinformada sin saber cuales son mis derechos y deberes y los de el por supuesto como mi jefe inmediato. les agradesco de antemano por la ayuda.
quisiera saber si un trabajador de educación debe por obligación pasar 2 veces por la comisión médica, pues mi mamá maestra de preescolar con más de 30 años de trabajo presenta un cancer en 4ta fase lleva 14 meses de certificado y ayer 24/03/2017 fue que la llevaron a la comisión de peritaje y le dieron 6 meses más de certificado, alegando que que era la primera vez que pasaba por la comisión.
esta ley esta vigente en la actualidad ,porque a mi hermano que es trabajador civil del minit por mas de 28 años no se la quieren aplicar ,donde tengo que dirigirme en este caso ,el presenta una enfermedad en la columna vertebral que lo imposibilita seguir trabajando en las condiciones que se encuentra en la actualidad