A inicios de febrero publicamos, con el título Delegado y cuentapropista, la reclamación que hacía Nelson Montero Mercader, quien planteaba que cuando era movilizado, por su responsabilidad en el Poder Popular, no recibía salario, a diferencia de aquellos que laboraban para el Estado.
Marta Adán Hernández, directora provincial de Trabajo en Camagüey, manifiesta que “el reclamante fue visitado, se le dio respuesta, con la que estuvo conforme, y se concluyó que la reclamación era Sin Lugar”.
La directora amplió la información al señalar “que el compañero fue suspendido temporalmente por enfermedad en los meses de septiembre, octubre y diciembre del 2018, y que además trabajó en acciones constructivas en el hospital pediátrico Leopoldo Rey Sampayo, del municipio de Florida, desde el 21 de febrero del 2018 hasta el 26 de junio, cobrando 39 mil 446 pesos en su totalidad, al sumar los importes de los diferentes pagos realizados”.
La funcionaria le explicó que “la legislación para el trabajo por cuenta propia solo comprende como suspensión temporal los certificados médicos, movilizaciones militares, licencias de maternidad y, se adicionaron al nuevo reglamento, laborar como juez lego, reparar el vehículo para las actividades de instructor de automovilismo, transporte de carga y pasajeros con medios automotores, ferroviarios y marítimos.
“También arrendador de medios de transporte por un plazo de hasta seis meses, y realizar acciones de conservación y remodelación del inmueble en las actividades de arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, servicios gastronómicos en restaurantes y cafeterías, servicios de bar y recreación, asistente para la atención educativa y de cuidado de niños, por un plazo de hasta seis meses, presentando en todos los casos el documento establecido”.
Delegado y cuentapropista
Pero ademas, es increible lo que se lee en la reclamación hecha(http://www.trabajadores.cu/20190214/delegado-y-cuentapropista/)¿en 20 años como delegado no profesional del Poder popular no sabe o domina que los delegados de circunscripción no cobran salarios por ese cargo? es igual que ahora un presidente de CDR o una presidenta del Bloque FMC empiece a reclamar salarios por tal motivo, no son profesionales. Profesionales son el Presidente y Vicepresidente del Consejo popular, que si perciben salarios pues trabajan a tiempo completo en tal ocupación, mientras que hay miles de delegados DE BASE hoy que si trabajan en sus respectivas ocupaciones y ademas atienden(o desatienden) su circunscripción, y no cobran un centavo por eso; la Ley los protege en sus centros laborales cuando son movilizados en tareas extras. Ademas, este delegado ha cobrado 39 000 pesos, unos 1560 cUC al cambio, cada vez que fue movilizado ¿y con eso no atendió a su familia? Es cierto que la legislación está diseñada para estatales y presupuestados, inclusive hasta los mixtos, pero un cuentapropista en esa condición NO. Hay que conocer la Ley, y no interpretar a conveniencia, compañeros…
Resulta interesante que el ciudadano que escribió se quejaba de que lo movilizaron 4 meses y no le pagaban salario, cuando tiene una familia que mantener. Y ahora nos enteramos que en 6 meses cobró más de 39 mil pesos. Habría que preguntar si con $39 mil no se puede mantener una familia. ¿Y los demás trabajadores que los movilizan igual y jamás ganan ni la mitad de esa cantidad en un año? Se podría responder que es un problema de cada cual escribir o no al periódico, pero hay quejas y quejas. Hay familias que mantener y familias que mantener. Yo creo que el periódico de los trabajadores debía hacer algunas valoraciones ante estos casos y no solo copiar la respuesta, es una sugerencia. Muchas gracias y felicidades por esta importante sección.