El Estado, la empresa, el salario

El Estado, la empresa, el salario

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Todas las resoluciones de pago aplicadas en el sistema empresarial cubano se conectan en el fin común de elevar la productividad del trabajo en la creación de bienes y prestación con calidad de los servicios, reducir gastos y costos, y, en consecuencia, incrementar los ingresos del país, de la empresa y de empleados y empleadores.

 

El Estado, la empresa, el salario
El Estado, la empresa, el salario. Foto: Tomada de  http://www.cubadebate.cu/

 

No importa cuán revolucionaria haya sido una en relación con la otra, se conectan también en un punto común: las signa un resultado dispar, a veces por el propio contenido de sus letras —corregidas, cambiadas, perfeccionadas—, a veces por ignorarse que en ese mismo contenido ofrecieron y ofrecen las maneras de implementar convenientes sistemas de pago.

Mis acercamientos a colectivos laborales corroboran que las resoluciones confluyen, además, en un aspecto que lastra su efectividad: las direcciones implementan sin previo escrutinio de sus realidades, el estudio revelador de la pertinencia de pagar por rendimiento o a tiempo, en dependencia de las condiciones técnico-organizativas del proceso de producción o prestación de servicios, de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo.

Precisamente el resuelvo Cuarto de la Resolución 6 condiciona la aplicación del pago por resultados y a destajo a tres requisitos, el primero de los cuales establece la “organización del trabajo que garantice la utilización racional de la fuerza”, lo que supone, en términos simplificados, plantillas parecidas a los planes y no afectadas por excesos o defectos.

Saltarse el imprescindible paso desajusta ambientes laborales, donde es normal la percepción de trabajar más y ganar menos, o los antaños reclamos porque “arriba (Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial y empresas) se percibe mucho más que “abajo”, donde se transforma la materia prima, o la imposibilidad de los empleados de acogerse, al mismo tiempo, al destajo y al resultado.

Esos efectos trascienden el ámbito microeconómico si los ingresos salariales son mayores que los bienes y servicios generados, el conocido pago sin respaldo productivo, no solo ya por colocar en la circulación más dinero que mercancías, sino, además, por obligar al Estado a importar los renglones insatisfechos por sus industrias.

Las culpas de los fracasos terminan buscándose en una Resolución 6 que aunque no es la verdadera victimaria, sí convierte en víctimas a los empleados, cuando los empleadores la implementan a puro capricho, a conveniencia de ellos o por ineptitud y, como si fuera poco, los sindicatos lo permiten, ojos cerrados al mandato de la representación.

Esa misión inherente a las organizaciones sindicales debiera ejercerse con eficacia. La forma de pago por rendimiento se aprueba por el jefe facultado, pero de común acuerdo con el sindicato, no siempre listo, seamos honestos, para disentir, coincidir o sugerir cambios en las letras de los sistemas y reglamentos, los que al consentir, legitiman su validez, para bien o para mal.

Cuántas veces las administraciones huyen de responsabilidades aludiendo a que si algo no complace, no es culpa de ellas. “El sindicato estuvo de acuerdo”, el clásico lavado de manos, y ahí mismo se trabó el dominó. Las reglas del juego las imponen los reglamentos, hechos a ámbitos de estructuras empresariales, y no impuestos por la Resolución No. 6, son los que fijan los aspectos para la formación y distribución del salario, según el aporte individual y colectivo, los indicadores medibles y cómo serán penalizados los incumplimientos.

Cualquier resolución, en saldos prácticos, debiera conectarse en un punto común: proporción en los beneficios que van al Estado, a las empresas, al bolsillo de los empleados y empleadores. Qué calidad de director se tiene, qué calidad de sindicato existe. Si al primero se le designa, al segundo no. Elegir idóneos dirigentes de base no es una opción, es la mejor opción para preservar los derechos de los colectivos laborales.

 

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5 comentarios en El Estado, la empresa, el salario

  1. bueno y en el caso de las entidades donde se paga un salario indebido, y que en el proximo pago es perjudicado el trabajador porque se lo descuentas, porque no multan a la persona que indicói el pago del salario, el que infrigio en el pago indebido. siempre tiene que pagar la masa trabajadora, que culpa tengo yo que realicen pagos indebidos, esto sucede mucho en las empresas estatales y esta pasando actualmente.

  2. Saludos JuanE:

    Es verdad que en no pocos colectivos laborales siguen cayendo de «arriba» los planes, los imponen, aunque también sé de lugares donde se construyen de abajo hacia arriba y no toleran imposiciones… Pero si ya nada se puede hacer para variar esos planes, para los que se supone existe respaldo de materia prima, entonces, no queda otra que producir y dar servicios con racionalidad. Ajustarse a esas cifras, asegurar su cumplimiento eficiente, es lo que queda. En esta parte, cuando ya el plan ha sido decidido, solo queda buscar un plan, y eso corresponde a los directivos de la administración. Corresponde al Sindicato que ese plan se satisfaga sin violar los derechos de los trabajadores (incluido el respeto a la categorías empleo-salario).

    JuanE, gracias por su comentario.

  3. Muy bueno el articulo pero le falta o oculta algo primoldial.Los planes e indicadores son bajados centralizadamente y no se pueden cambiar asi lo dicen y se confirma por funcionarios que hablan de estos temas en cubadebate por lo que los sindicatos y directivos de base actualmente estan atados de pies y manos.

  4. La resolucion 6 pone en manos de los empresarios las herramientas para elevar el salario de sus trabajadores logrando los niveles de eficiencia y eficacia requeridos para el cumplimiento de los objetivos propuestos. Para ellos es necesario organizarse, estudiar, analizar tendencias, comportamientos, hacer uso racional de la fuerza de trabajo. No es solo multiplicar el gasto de salario/peso del vab por le vab real, sino lo legislado se covierte en letra muerta cuando salen mal las cosas y cuando pagamos mas salario que el debido y se corrige luego el tiro el efecto es negativo y crea malestar en la masa trabajadora. La correcta aplicacion de los sistemas de pago esta en manos de las administraciones y no en la resolucion misma. En todo esto los sindicatos tienen un palel fundamental.

    • Edel, gracias por su comentario. Coincidencia total. Disculpe la demorada respuesta, pero por algún inconveniente técnico, supongo, no vi el comentario hasta ahora.
      Saludos y comente siempre que pueda, sus razonamientos son muy apreciados.

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