“El Departamento de Atención a los Ciudadanos de la Fiscalía Provincial de Villa Clara radicó la queja número 15/24 para la investigación de los hechos.
“Se conoció que la promovente convive con su madre, en el inmueble propiedad de esta última, ubicado en calle Pinto número 8, entre calle Colón y calle Solía, Sagua la Grande, y que desde el año 2023 sostienen conflictos con su vecina colindante, quien realizó una remodelación en su inmueble y se apropió de una parte del pasillo, que divide ambos departamentos.
“Con motivo de esta situación, Yai se persona ante la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanístico de Sagua la Grande, donde le actualizan la propiedad del inmueble, le realizan la medición catastral y advierten que le asistía razón, en cuanto a que la vecina le había usurpado la parte del inmueble en cuestión, sin que dicha entidad se pronunciara respecto a las violaciones detectadas, generando esto el agravamiento de los conflictos existentes entre las partes.
“En razón a lo anterior, el 5 de abril de 2024 en respuesta ofrecida a la promovente se le explicó que para dirimir el conflicto debía presentar proceso de límites y linderos ante esa propia entidad administrativa, que es la competente para conocer y pronunciarse: y que, de mostrar desacuerdo con lo resuelto, podía mediante asistencia letrada acudir en demanda a la vía judicial, conforme prevé el artículo 24 (h) de la Ley número 141/2021 Código de Procesos, que establece que el Tribunal Municipal Popular conoce las demandas referidas a los conflictos de vecindad”. La carta refiere que Yai Magdiel estuvo de acuerdo con la atención dada y la respuesta ofrecida.