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Debaten y aprueban nuevas normas jurídicas diputados cubanos

Durante este viernes el Tercer Período Ordinario de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su X Legislatura analizó el Proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo y el Proyecto de Ley de Condecoraciones y Títulos Honoríficos, las cuales fueron aprobadas por los diputados.

Foto: Abel Padrón Padilla/Cubadebate

La Ley sobre Procedimiento Administrativo es una norma novedosa y extensa (más de 400 artículos) que regula la relación entre las entidades administrativas y la ciudadanía, así como los procesos que median en ese vínculo.

El ministro de Justicia Oscar Manuel Silveira Martínez, diputado por el municipio de Bayamo, de Granma, presentó al plenario la norma y explicó que el artículo 94 de la Constitución del 10 de abril del 2019 consagra el derecho de toda persona a disfrutar de un debido proceso, tanto en el ámbito judicial como en el administrativo.

La Ley de Procedimiento Administrativo no tiene antecedentes en el país, pero es “es útil y necesaria, porque tiene como objetivo esencial, regular y sistematizar” el proceder administrativo, que constituyen “el cauce por el que discurre el funcionamiento de la administración, para lograr la eficacia y la eficiencia, como parte de la declaración de Cuba como Estado Socialista de Derecho y Justicia Social”.

El proceso de consultas generó 138 criterios, de los cuales 81 fueron tomados en cuenta (totalmente o en parte). Como resultado se modificaron 44 artículos y 2 disposiciones especiales, se suprimieron 2 artículos y se añadieron un Por Cuanto, una Sección, dos artículos y una Disposición Final. Otras modificaciones salieron del debate con los diputados.

Su objetivo es “regular el procedimiento administrativo como institución que transversaliza todo el subsistema jurídico que es el Derecho Administrativo” y en el articulado sistematiza los modos de actuar de las instituciones. Define, como principios generales de actos y actuaciones administrativas, la legalidad, la simplicidad e informalismo, la racionalidad, transparencia y publicidad, la objetividad e imparcialidad; así como la participación y el control popular.

También establece los derechos y garantías de las personas en el ámbito administrativo (correcta atención, debido procedimiento, recursos para la impugnación de las decisiones, entre otros); las medidas cautelares y sus requisitos; así como el “procedimiento administrativo sancionador”.

Homogeniza el funcionamiento de la administración pública y los sujetos que ejercen alguna función pública frente a la población; concentra en una norma jurídica contenidos dispersos en otras disposiciones; brinda mayor protección y seguridad jurídica a las personas; corrige prácticas negativas como el incumplimiento de plazos, la exigencia de documentación innecesaria, y no dar participación a los ciudadanos ni acceso a los expedientes administrativos.

Una vez que entre en vigor, se espera que disminuyan los riesgos de litigios judiciales entre las personas y las estructuras que realizan la actividad administrativa y contribuya a la eliminación del burocratismo en la tramitación administrativa, explicó.

Esta es “una ley esencial para garantizar el ejercicio del pleno derecho de las personas”, dijo Silveira Martínez.

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales José Luis Toledo Santander recordó que los servidores públicos ponen en contacto a la ciudadanía con la administración pública, y en este sentido, la ley propende a eliminar procederes que entorpecen la vida , favorece la eficiencia de esos procesos, y fortalece la gestión pública, indispensable para una sociedad más justa y equitativa.

Foto: Abel Padrón Padilla /Cubadebate

Daisy Bárbara López Sao, diputada por el municipio de Holguín; Yordany Andarcio Álvarez, diputado por el municipio artemiseño de Bahía Honda; y Orisell Richards Martínez, diputada por el capitalino municipio de La Lisa, destacaron la necesidad de la Ley, su carácter novedoso y vital a la hora de establecer la forma en que se relacionan las instituciones administrativas con la ciudadanía.

Richards Martínez hizo énfasis en la necesidad de la formación y capacitación de los servidores públicos de cara a su implementación; mientras que Karla Santana, diputada por La Habana Vieja, destacó que esta norma garantiza el poder de la ciudadanía, pues le concede potestad del pueblo para actuar frente a irregularidades administrativas.

El profesor Andry Matías, invitado a la sesión, explicó que la norma jurídica fue trabajada durante tres años y busca ordenar la burocracia; así como regular el dialogo diario entre la ciudadanía y las instituciones.

Esta Ley fortalece la moralidad de nuestros funcionarios públicos y la decencia de los servidores públicos. La actividad cotidiana en Cuba está mediada por la administración pública y por tanto, su proceder es trascendente para la felicidad de la ciudadanía.

Es una norma necesaria que encauza los esfuerzos del Estado de derecho y justicia social, indicó Matías.

Silveira Martínez insistió además en el rol de los asesores y consultores jurídicos en la implementación de esta Ley, “extensa (más de 400 artículos), pero redactada en forma sencilla”.

Informó que desde el Minjus y el resto de los ministerios se han diseñado los mecanismos de control, en los cuales también participan los tribunales de justicia. “El hilo conductor de esta norma es que prime la decencia en el proceder administrativo”, concluyó.

Una Ley para la espiritualidad del pueblo

La Ley de Condecoraciones y Títulos Honoríficos establece como reconocer moralmente a cubanas y cubanos, colectivos, territorios y personas extranjeras, por su defensa de la Patria y la Revolución Socialista fue aprobada por la Asamblea Nacional de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Ordenar y perfeccionar el sistema de condecoraciones y títulos honoríficos es el propósito de la nueva norma en la cual trabajaron un conjunto amplio de organismos, según explicó Oscar Silveira Martínez, Ministro de Justicia.

El proyecto integra de manera orgánica lo establecido en este tema, conceptualiza los términos de títulos honoríficos y condecoraciones, dicta el procedimiento para su otorgamiento y entrega, así como los derechos y deberes de las personas estimuladas, entre otros elementos.

Es necesaria, ofrece una visión conceptual y sistémica, y actualiza los procedimientos, adujo Silveira Martínez al presentar el proyecto.

El Ministro, quien citó los conocidos aforismos de José Martí “Honrar, honra” y “el elogio oportuno fomenta el mérito”, valoró que en Cuba es cotidiana la actuación meritoria de muchas personas.

José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, explicó que era imprescindible hacer guardar correspondencia de esta potestad con lo estipulado en la Constitución de 2019, que trasladó la facultad de otorgar esos reconocimientos del Consejo de Estado hacia el Presidente de la República.

Resulta novedoso además la implementación de un registro de todas las condecoraciones y títulos, apuntó el diputado, quien hizo referencia al debate del proyecto con todos los integrantes de la Asamblea Nacional.

Durante el debate, varios diputados hicieron referencia a la relevancia de la Ley, por todo lo que representa para la espiritualidad y el fomento de valores en la sociedad cubana, así como para la defensa de la historia.

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