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Rendición de cuenta es transparencia

José Antonio Pérez Pérez, miembro del Secretariado Nacional de la CTC

Un principio cardinal de la democracia socialista refrendado en la Constitución de la República es que los trabajadores participan activa y conscientemente en los procesos de organización, gestión y control de la actividad económica nacional, basado en su condición de propietarios de los medios de producción, cuestión que reafirma la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista.

 

De su contenido se desprende el derecho de ser el principal destinatario de los beneficios y por otra, el deber de velar por su efectiva gestión, desde el control popular y social.

La rendición de cuenta administrativa es una de las formas mediante la cual los trabajadores desarrollan el derecho de participación.

Los resultados de las sistemáticas evaluaciones efectuadas por la Contraloría General y el Sistema Nacional de Auditoría evidenciaron que este mecanismo no era aplicado en todas las entidades y en otras no resultaba eficaz al estar plagado de formalismos y carecer de un método de realización.

La Contraloría General de la República, la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y las facultades de Derecho y Psicología de la Universidad de La Habana, con la participación de profesores y estudiantes universitarios, constituyeron un grupo de trabajo para conocer las mejores prácticas en esta materia, así como las deficiencias presentes, lo cual dio paso a la elaboración de una metodología.

La que se pone a disposición de las administraciones y los trabajadores, comprende principios y procederes o maneras específicas de conducirla, que responden a las siguientes interrogantes: quién rinde cuenta, ante quién, de qué se rinde cuenta, cómo, dónde y para qué. También se abordan las mejores prácticas identificadas en instituciones, a partir del marco legal establecido, y se identifican procederes negativos que deben ser evitados.

Con la aprobación de la Resolución no. 146 de 24 de abril de 2024, de la Contraloría General de la República Metodología para la rendición de cuenta administrativa a los trabajadores, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria no. 30 el 26 de abril de 2024, fecha a partir de la cual entra en vigor, se debe implementar su aplicación en las organizaciones superiores de dirección empresarial, empresas, empresas filiales, unidades empresariales de base, unidades presupuestadas, bancos, hasta el nivel de base, impulsado y con la activa participación de la CTC, los Sindicatos nacionales y trabajadores.

Se prevé que en un grupo de entidades se implementen clínicas jurídicas de alfabetización y de acción directa, mediante las cuales estudiantes de Derecho y de otras facultades de la Universidad de La Habana, con el acompañamiento de los profesores, pueden capacitar a las administraciones y a los trabajadores.

La rendición de cuenta debe formar parte esencial de la cultura y ambiente organizacional de toda entidad.

Debemos desterrar la visión de esta como acciones o actividades aisladas en el tiempo, concebidas para llenar una exigencia del sistema de control interno, sino que debe ser concebida, entendida e implementada en cada entidad estatal, cualquiera que sea su actividad, como un sistema y un proceso continuo.

Si bien la asamblea de afiliados y representantes es un espacio y oportunidad idóneos para llevar a cabo la rendición de cuenta a los trabajadores, se deben aprovechar el resto de los espacios de la vida laboral de la entidad.

De la actuación consecuente de cada uno de nosotros dependerá llevar a vías de hecho lo expresado por el Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, Miguel Mario DíazCanel Bermúdez, cuando señaló: “La rendición de cuenta, a todos los niveles, es un mecanismo que debemos perfeccionar, sistematizar, desarrollar con rigor ante el pueblo, con transparencia y como una vía para superarnos y perfeccionar la labor de dirección, en busca de resultados de mayor impacto en la sociedad”.

 

Una metodología para la rendición de cuenta administrativa a los trabajadores.

En el marco del sistema de economía socialista cubano, la participación de los trabajadores en la gestión y control de la actividad económica tuvo su fundamento jurídico, primero en el artículo 16 de la Constitución de 1976 y con la reforma, lo tiene en el artículo 20 de la Constitución de la República de 2019. Uno y otro han establecido como principio cardinal de la democracia socialista que los trabajadores participan activa y conscientemente en los procesos de organización, gestión y control de la actividad económica nacional, basado en su condición de propietarios de los medios de producción, cuestión que reafirma la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista.

De su contenido se desprende, el derecho de ser el principal destinatario de los beneficios y por otra, el deber de velar por su efectiva gestión, desde el control popular y social. Este debe entenderse como aquel que realiza el pueblo cuando asume roles institucionalizados, como son los de trabajador y que el Primer Secretario del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, ha llamado a desarrollar y fortalecer en nuestras instituciones y sociedad en general.

Diferentes normas legales han instrumentado los artículos constitucionales antes referidos, pudiendo mencionarse la Ley No. 116 “Código de Trabajo” de 20 de diciembre de 2013. La derogada Ley No. 107 “Ley de la Contraloría General de la República de Cuba” de 1 de agosto de 2009, instrumentó la rendición de cuenta administrativa, como una de las formas mediante la cual los trabajadores desarrollan el derecho de participación. Este contenido fue refrendado y ampliado en la Ley No. 158 “De la Contraloría General de la República de Cuba y del Sistema de Control Superior de los Fondos Públicos y de la Gestión Administrativa” de 13 de diciembre de 2022 y su Reglamento el Decreto Presidencial No. 674/2023 y se encuentra instrumentado en la Resolución No. 60/2011 de la CGR “Normas del sistema de control interno”, al ser un eslabón fundamental para su adecuado funcionamiento.

Los resultados de las sistemáticas evaluaciones realizadas por la Contraloría General y el Sistema de Nacional de Auditoría evidenciaron que este mecanismo no era aplicado en todas las entidades y en otras no resultaba eficaz, al estar plagado de formalismos y carecer de un método de realización que propiciara una participación real y efectiva.

La Contraloría General de la República, la Central de Trabajadores de Cuba y las facultades de Derecho y Psicología de la Universidad de La Habana, con la participación de profesores y estudiantes universitarios, constituyeron un grupo de trabajo para conocer las mejores prácticas en esta materia, así como las deficiencias presentes, lo cual dio paso a la elaboración de una metodología para su mejor hacer.

La metodología que se concibió y que se pone a disposición de las administraciones y los trabajadores, comprende un conjunto de aspectos relevantes y de pasos ordenados lógicamente, que son presupuesto y guía para el desarrollo eficaz de la rendición de cuenta a los trabajadores. En la metodología se establecen principios y procederes o maneras específicas de conducirla, que responden a las siguientes interrogantes: quién rinde cuenta, ante quién, de qué se rinde cuenta, cómo, dónde y para qué. También se abordan las mejores prácticas identificadas en instituciones, a partir del marco legal establecido, y se identifican procederes negativos que deben ser evitados.

El resultado de la investigación fue sometido a un primer proceso de consulta con los organismos y gobiernos provinciales, de ahí que se incorporara a su contenido los criterios y recomendaciones recibidos que tributan a su perfeccionamiento.

Con la aprobación de la Resolución No. 146 de 24 de abril de 2024, de la Contraloría General de la República “Metodología para la rendición de cuenta administrativa a los trabajadores”, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 30 el 26 de abril de 2024, fecha a partir de la cual  entra en vigor, se debe implementar su aplicación en las organizaciones superiores de dirección empresarial, empresas, empresas filiales, unidades empresariales de base, unidades presupuestadas, bancos, hasta el nivel de base, impulsado y con la activa participación de la CTC, los Sindicatos nacionales y trabajadores.

Resulta fundamental conocer los basamentos políticos, constitucionales y legales que le dan vida y deben guiar su desarrollo, junto con los principios que en la propia metodología se reconocen, propiciando que en el proceso de implementación en cada lugar, se pueda adecuar a las características de cualquier nivel o actividad económica sin perder su esencia. En esta primera etapa se requiere un amplio proceso de capacitación y divulgación en el seno de cada colectivo.

Se prevé que en un grupo de entidades se implementen clínicas jurídicas de alfabetización y de acción directa, mediante la cual estudiantes de Derecho y de otras facultades de la Universidad de La Habana, con el acompañamiento de los profesores, pueden capacitar a las administraciones y a los trabajadores sobre esta herramienta metodológica y al mismo tiempo conocer las experiencias del proceso.

La rendición de cuenta debe ser un sistema y un proceso que forme parte esencial de la cultura y ambiente organizacional de toda entidad. Además de constituir una manifestación importante del principio de participación, se instituye en presupuesto esencial, no solo para la efectiva gestión económica, sino también para la formación integral del colectivo laboral. El logro de esta meta depende en buena medida no solo de cómo las direcciones administrativas implementen y perfeccionen este proceso, sino también del protagonismo que logren los colectivos laborales, de la labor coadyuvante de la sección sindical y de la exigencia de todos para que se cumpla como corresponde.

Debemos desterrar la visión de la rendición de cuenta a los trabajadores como acciones o actividades aisladas en el tiempo, concebidas para llenar una exigencia del sistema de control interno, sino que debe ser concebida, entendida e implementada en cada entidad estatal, cualquiera que sea su actividad, como un sistema y un proceso continuo. Lo anterior significa que, si bien la asamblea de afiliados y representantes es un espacio y oportunidad idóneo para llevar a cabo la rendición de cuenta a los trabajadores, se deben aprovechar el resto de los espacios de la vida laboral de la entidad. Por otra parte, en su concepción sistémica debe ser capaz de interconectar los diferentes actos de rendición de cuenta en el marco de los diversos procesos de la entidad y, lo más importante, lograr la retroalimentación de sus diferentes resultados.

De la actuación consecuente de cada uno de nosotros, dependerá llevar a vías de hecho lo expresado por el Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, Miguel Mario Díaz-Canel Bermúdez, en su intervención en el Décimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su IX Legislatura, en el Palacio de Convenciones el 14 de diciembre de 2022, “La rendición de cuenta, a todos los niveles, es un mecanismo que debemos perfeccionar, sistematizar, desarrollar con rigor ante el pueblo, con transparencia y como una vía para superarnos y perfeccionar la labor de dirección, en busca de resultados de mayor impacto en la sociedad”.

 

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