No se requieren nexos familiares para estar en La Libreta

No se requieren nexos familiares para estar en La Libreta

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El núcleo familiar lo forman todas las personas inscritas en una misma libreta de control de ventas de productos alimenticios normados, según la Resolución 101/2023 del Ministerio del Comercio Interior, publicada en la Gaceta Oficial No.82 Extraordinaria.

Esta norma es para los efectos del Registro de Consumidores (antiguas OFICODA), por lo cual no se requieren nexos familiares, según comunica el Ministerio del Comercio Interior en su sitio web  donde señala que entró en vigor el martes 5 de diciembre.

 

 

La regulación rige para la inscripción de consumidores y núcleos en el Registro de Consumidores para el otorgamiento de La Libreta, y se aplica a las personas naturales cubanas con domicilio permanente en el país y para los extranjeros con residencia permanente en el territorio nacional.

El sitio digital del MINCIN también informa:

Para adquirir productos cárnicos, agropecuarios, pan y lácteos, la inscripción se hace por el Registro, de acuerdo con el vínculo de las unidades minoristas que las expenden con el establecimiento de venta minorista de productos alimenticios y no alimenticios en que ha sido inscrito el núcleo; debe existir correspondencia entre la ubicación física del establecimiento y la dirección de la vivienda, dentro de la misma zona demográfica.

El propietario de la vivienda es quien realiza la constitución del núcleo en el Registro y se designa como jefe de núcleo y, en los casos que la constitución de la vivienda por el propietario exceda de diez o más consumidores, se realiza el desglose del núcleo, previo acuerdo entre sus componentes.

Las oficinas de Registro de Consumidores son las responsables de realizar el desglose de los núcleos y de sus miembros de la siguiente forma:

Para núcleos de 10 a 14 consumidores, se autoriza constituir dos, incluido el existente

Para núcleos con 15 a 19 consumidores, el máximo de núcleos resultantes no excede de tres, incluido el existente

Para núcleos con 20 o más consumidores, el máximo de núcleos resultantes no excede de cinco, incluido el existente.

Asimismo, establece plazos y condiciones para las bajas de la libreta de los integrantes del núcleo:

En el caso de las personas fallecidas, la baja se tramita en los quince días hábiles posteriores al fallecimiento

Si la persona es recluida a centros penitenciarios, la baja se tramita en los diez días hábiles posteriores a los tres meses de la reclusión

Cuando la persona se ubica en un hogar de ancianos de forma temporal o permanente, la baja se tramita antes de ingresar al hogar

Cuando las personas salen al exterior del territorio nacional con carácter temporal, superior a dos meses, por motivos de trabajo, estudio, cooperación o asuntos particulares, la baja se tramita antes de efectuar la salida

Los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado que autorizan el envío de personal al extranjero por motivos de trabajo, estudio o cooperación por un plazo mayor de dos meses, solicitan a estos, antes de la salida, el modelo de constancia de baja de la libreta de control de ventas de productos alimenticios emitido por la Oficina de Registro de Consumidores donde se encuentra inscrito, el cual queda bajo custodia del Organismo hasta su regreso, para su reincorporación al Registro de Consumidores.

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Un comentario en No se requieren nexos familiares para estar en La Libreta

  1. Para el Ministerio de Comercio Interior
    mis saludos también para Trabajadores.

    Los núcleos nuevos creados por la COVID a personas que tienen residencia no legalizada y trabajan en la provincia donde viven y no piensan irse de las misma, tratando de legalizar las mismas con los trámites engorroso de vivienda ya quedan aprobado. y de ser así tambien puede recibir el alcohol y petróleo es decir kerosen. Es necesario las aprobación de dichos núcleos para evitar esos trámites que ocupan muchos tiempo y generan ausencia a sus puestos de trabajo. Gracias a Jehová en el nombre de Jesucristo por dicha Resolución

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