Los trabajadores de este tipo de lugar siempre están expuestos a condiciones difíciles de trabajo, tóxicas, peligrosas, por las altas temperaturas que se reciben en estas funciones.
Este taller tiene ya casi un decenio de creado y los trabajadores se jubilan cinco años antes que lo normal por lo antes expresado.
Ahora les corresponde a tres trabajadores su jubilación y en la empresa nos dicen que no se pueden jubilar porque la categoría y la escala donde están no les permite hacerlo por edad.
¿Cómo es posible, si toda la vida aquí ha existido por ley? ¿Por qué la empresa no puso a los trabajadores en la escala correspondiente?, pregunta el lector.
¿Cómo es posible que el trabajador tenga que ir al órgano de justicia laboral para hacer una reclamación de un decreto ley que está vigente? Las leyes son leyes y no sé por qué no se respetan. Las empresas que cuentan con talleres de este tipo tienen que poner a los trabajadores en la escala que les corresponden.
Porque no es lo mismo un taller de mecánica que uno de fundición.