El Convenio Colectivo de Trabajo adquiere una dimensión estratégica como instrumento de lucha del sindicato. Es una herramienta de gran valor para la negociación colectiva con los empleadores ante la descentralización de facultades que impactan la política laboral y salarial, para encauzar los planteamientos de los trabajadores y fijar la responsabilidad administrativa en su solución”.
Ulises Guilarte De Nacimiento
secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC)
El Código de Trabajo es la Ley General. El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) permite su materialización en cada centro laboral, previa elaboración y firma de los lineamientos generales cuando proceda, entre los ministros, presidentes de institutos, jefes de órganos de una parte y los secretarios generales de los Sindicatos Nacionales de la otra, lo cual tendrá lugar en acto solemne el próximo día 21 de abril en la sede de la CTC. Estos son documentos metodológicos que enuncian la política laboral y se atemperan a las particularidades de cada rama o actividad y sirven de guía para la negociación colectiva en la base.
El diagnóstico que empleadores y la organización sindical deben realizar en cada colectivo acerca de los aspectos del quehacer de la entidad que no deben faltar en la negociación. Se crean con ese fin dos comisiones negociadoras: la parte administrativa elige compañeros del consejo de dirección y de otras áreas, y la organización sindical se acompaña de trabajadores destacados elegidos en asamblea y el representante de la Anir, entre otros. Ambas partes son asesoradas por el jurídico, el director económico, de Recursos Humanos y especialistas.
Las comisiones, con la activa participación de los trabajadores, elaboran un proyecto de Convenio que debe estar a tono con las transformaciones ocurridas en el ámbito laboral y se somete a consideración del colectivo; si no se toman en cuenta a los trabajadores no hay negociación.
Reglamentos disciplinarios internos, los sistemas de pago, el pago de las utilidades, el pago por alto desempeño, la emulación, la estimulación material y moral, los cargos que pueden ejercer el trabajo a distancia y el teletrabajo, y otros que se determinen.
En el CCT se plasman acuerdos que tienen fecha y responsable de cumplimiento, por tanto su revisión se lleva a cabo en las asambleas, cuando corresponda analizar cada cuestión acordada. No puede ser un documento muerto ni formal, sino un traje a la medida de cada centro, cuya correcta elaboración y chequeo permanentes son la clave para que pueda ejercer un papel transformador en el colectivo.
| fuente: Esfera de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC