En esas circunstancias, ni el Gobierno ni las autoridades locales se han quedado de brazos cruzados, y ensayan alternativas. Una de estas es la Resolución 207 del Ministerio de Transporte, al amparo de la cual las entidades estatales pueden prestar servicios de transportación de pasajeros y cargas a personas naturales, y arrendar vehículos subutilizados a particulares o nuevas formas de gestión.
En Camagüey existe un ejemplo de los beneficios de dicha norma, la cual con su aplicación ayudó a los choferes de la Empresa de Bebidas y Refrescos a que multiplicaran sus ingresos, hasta entonces menguados por el mal estado técnico de sus vehículos.
Allí la Resolución 207 contribuyó a que ocho camiones que estaban casi muertos volvieran a la actividad para trasladar materias primas y producciones terminadas y engrosar los fondos de salario y utilidad de la empresa. En el proceso, sus choferes se convirtieron en trabajadores por cuenta propia, arrendatarios de los equipos y responsables de su cuidado y mantenimiento.
Es necesario acotar que la ley no regaló los bienes del Estado, solo viabilizó una especie de préstamo que beneficia a ambos: la empresa asegura el movimiento de sus productos y el chofer garantiza su trabajo e, incluso, aumenta sus ingresos, pues cuando termina con su entidad puede contratarse con otros.
Aunque la normativa establece los requisitos a cumplir por arrendador y arrendatario, en la transportación de personas el control debiera prevalecer más, porque los choferes ponen las tarifas a su conveniencia y siempre en ascenso.
Esta Resolución coloca sobre la mesa opciones valederas para paliar el problema del transporte, pero sin control de lo estipulado reinará la anarquía y el afectado seguirá siendo el pueblo.
Arrendar o no, no es el problema. El cubano también necesita mejorar la movilidad urbana para trabajar, para vivir, y hacia allí deberán ir todas las buenas ideas que puedan ponernos en marcha.