“El proceso para la aprobación de los proyectos de trabajo tiene un término de hasta 25 días hábiles, en correspondencia con la actividad a ejercer y los permisos adicionales que conlleva.
“De no requerir ningún permiso adicional será aprobado por el director municipal de Trabajo en un término de hasta tres días hábiles, quien posteriormente notifica a la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat) para la inscripción en el Registro de Contribuyente tanto del titular y como de sus trabajadores contratados.
“En esa instancia se confeccionarán y emitirán el carné de contribuyente y el vector fiscal de las personas involucradas en el proyecto, en un plazo de hasta tres días hábiles, lo que será enviado hacia la oficina de trámite de las direcciones de trabajo municipales, para su posterior entrega al interesado.
“No obstante, a partir de la informatización de todo el proceso y la voluntad de agilizar y simplificar los trámites de su aprobación, y teniendo en cuenta la constante fluctuación de los trabajadores contratados en el proyecto de trabajo del titular, se labora de conjunto con la Onat, para que dichos mecanismos sean mucho más expeditos y sin dejar de cumplir lo establecido para su inscripción como contribuyente.
“Aspecto que ciertamente en su caso se ha excedido del tiempo establecido, fisuras que serán nuevamente evaluadas entre las entidades involucradas.
“En tal sentido, puesto en contacto con el promovente, en aras de dar seguimiento a su proceso, conocimos que tanto él como sus trabajadores contratados, ya poseen los documentos que acreditan ejercer el trabajo por cuenta propia, dígase carné de contribuyente, el vector fiscal y certifico de validación del proyecto de trabajo; y quedó conforme con la atención brindada”.