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Jubilado pregunta si puede incrementar su pensión

Lorenzo Hernández Martínez reside en Edificio A-53, apartamento 75, Zona 1, Alamar, pregunta si tiene derecho a incrementar su pensión.

 

 

“Laboré durante 16 años después de jubilarme en el año 2005, con 41 años trabajados ininterrumpidamente. En ese momento se me fijó una pensión de 316 pesos y después me apareció un incremento de 40 pesos más, es decir, desde el 2007, si mal no recuerdo, recibo una pensión de 356 CUP:

“Al analizar el contenido del Artículo 40 en sus letras a) y b) del Decreto 283, Reglamento de la Ley de Seguridad Social no me queda claro si esos beneficios son aplicables en mi caso porque me jubilé por la ley anterior con más de 30 años de trabajo, repito, ininterrumpidos.

“Me reincorporé a trabajar el 17 de julio del 2006 y ya cumplí 16 años en una nueva plaza (nada que ver con la que ocupaba en el momento de mi jubilación).

“Aclaro que anualmente era autorizado para seguir reincorporado al trabajo, hasta que entró en vigor la actual ley.

“El salario promedio mensual ha sido de 875.34 mensuales hasta que se aplicó el reordenamiento monetario; a partir de ahí 4 200.

“Entonces, ¿tengo derecho a recibir algún beneficio?

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