“Se me exige estar trabajando, aunque hasta el momento no me dan trabajo por mi edad, sin embargo estoy apto, física y mentalmente para hacerlo.
“Cuando se aprobó la Ley 105 de Seguridad Social, en diciembre de 2008, me encontraba fuera del país. Los 65 años, edad para jubilarme, los cumplí en el extranjero y contaba con más de 30 años de servicio”.